1. CONJUNTO MULTIDISCIPLINARIO QUE TIENEN
COMO OBJETIVO LA PREVENCION DE LOS
ACCIDENTES MANEJANDO LA SALUD Y EL
BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES, PARA
PODER EVITAR ACCIDENTES E INCIDENTES EN EL
AMBIENTE DE TRABAJO RESPALDANDO LA
SEGURIDAD SOCIAL Y LAS CONDICIONES
FISICAS.
19. LEYES QUE RIGEN LA
SALUD OCUPACIONAL EN
COLOMBIA
La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la
Seguridad Social en el país, la cual consta de tres
componentes como son:
El Régimen de Pensiones
Atención en Salud
Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decreto Ley 1295 de 1994, cuyos objetivos buscan
establecer las actividades de promoción y prevención
tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de
los trabajadores.
Decreto 1295 en su Artículo 21 Literal D, obliga a los
empleadores a programar, ejecutar y controlar el
cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en la
empresa y su financiación.
20. A continuación se describen los
principales Decretos y Resoluciones que
reglamentan la Salud Ocupacional en
Colombia:
Ley 9a. De 1979, es la Ley marco de la Salud
Ocupacional en Colombia.
Resolución 2400 de 1979, conocida como el "Estatuto
General de Seguridad".
Decreto 614 de 1984, que crea las bases para la
organización y administración de la Salud Ocupacional.
Resolución 2013 de 1986, que establece la creación y
funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial en las empresas.
21. Resolución 1016 de 1989, que establece el
funcionamiento de los Programas de Salud
Ocupacional en las empresas.
Decreto 1295 de 1994, que establece la afiliación de
los funcionarios a una entidad Aseguradora en
Riesgos Profesionales (ARP).
Decreto1346 de 1994, por el cual se reglamenta la
integración, la financiación y el funcionamiento de las
Juntas de Calificación de Invalidez.
Decreto 1772 de 1994, por el cual se reglamenta la
afiliación y las cotizaciones al Sistema General de
Riesgos Profesionales.
Decreto 1832 de 1994, por el cual se adopta la Tabla
de Enfermedades Profesionales.
Decreto 1834 de 1994, por el cual se reglamenta el
funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos
Profesionales.
22. HISTORIA DE LA SALUD
OCUPACIONAL EN
COLOMBIA la existencia misma del
Los accidentes aparecen desde
ser humano, en especial desde las épocas primitivas cuando
el hombre para su subsistencia construye los primeros implementos de
trabajo para la caza y/o agricultura. En esta época se
consideraba la caída de un árbol o el ataque de una era como
accidente y la enfermedad era atribuida a fuerzas extrañas o
como un castigo de los dioses.
Entre los antecedentes históricos sobre la protección a los accidentes de
carácter laboral en las Edades Antigua, Media y
Moderna se encuentran los siguientes:
Edad antigua: En el año 4000 a.C. se realizaban en Egipto tratamientos
médicos y acciones de salud ocupacional a guerreros,
embalsamadores y fabricantes de armas. En el año 2000 a.C.
se estableció en el Código de Hammurabi la protección a los
artesanos y las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
23. En Grecia, en 1000 a.C., se contemplaba el tratamiento a zapateros
y artesanos. En Roma se conformaron colegios (agremiaciones)
a manera de asociaciones de ayuda mutua.
Edad media: Las cofradías, asociaciones de ayuda mutua,
atendían los casos de sus trabajadores accidentados. Así mismo, las
órdenes religiosas atendían a los trabajadores como obra de caridad.
Edad moderna: Con el fenómeno del maquinismo y el desarrollo
pleno de la revolución industrial aumentan los accidentes en el
trabajo, obligando a los estados a buscar una solución propia y
especial ante la muerte de los trabajadores, originándose la necesidad
de la salud ocupacional y la definición jurídica de accidente de
trabajo.
Y es así como en Colombia y los demás países se creo la salud
ocupacional para el bien de todos los trabajadores.
24. LA ARS
Administradoras de Riesgos de Salud (ARS): Son
entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas,
con patrimonio propio y personería jurídica, autorizadas
por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales
(SISALRIL) a asumir y administrar el riesgo de la provisión
del PBS a una determinada cantidad de beneficiarios y
serán denominadas como “ARS”, según el artículo 148 de
la Ley 87-01.
Las ARS habilitadas son:
26. LA IPS
Estas son las Instituciones Prestadoras de Servicios. Es decir, todos
los centros, clínicas y hospitales donde se prestan los servicios
médicos, bien sea de urgencia o de consulta.
Famosísimo también en este tema de los seguros de salud es el POS,
Plan Obligatorio de Salud. Se trata de un plan de servicios de salud al
que tiene derecho todo afiliado a una EPS.
Lo que cubre el POS
Dentro del POS estos son los servicios a los que tiene derecho el
afiliado.
-Promoción de la salud y promoción de la enfermedad.
-Consulta médica general, especializada y subespecializada.
-Consulta odontológica general y especializada.
27. -Ayudas diagnósticas.
-Atención del parto.
-Hospitalización y cirugía.
-Unidad de cuidados intensivos adultos y neonatal.
-Atención de enfermedades ruinosas o catastróficas.
-Pago de incapacidades por enfermedad general.
-Pago de licencias por maternidad y paternidad.
-Suministro de lentes. Adultos una vez cada cinco años y para niños,
una vez cada año.
-Medicamentos POS.
-Atención de urgencias médicas y odontológicas.