Este documento establece las normas sobre el permiso retribuido para ejercer el derecho al voto en las elecciones al Parlamento Europeo del 25 de mayo de 2014 para las personas trabajadoras por cuenta ajena. Se otorgan permisos de 2, 3 o 4 horas dependiendo de si el horario de trabajo coincide con el periodo de apertura de las mesas electorales en 2-4 horas, 4-6 horas o 6 o más horas respectivamente. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso. Correspon
Informa permiso para votar elecciones parlamento europeo
1. EJERCICIO DEL DERECHO AL VOTO DE LAS
PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA AJENA EN
LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO
CONVOCADAS PARA EL DÍA 25 DE MAYO DE 2014.
- Las personas trabajadoras por cuenta ajena, con un horario de trabajo
que no coincida con la apertura de las mesas electorales, o que
coincida con un período inferior a dos horas, no tendrán derecho a
permiso retribuido.
- Las personas trabajadoras por cuenta ajena, con un horario de trabajo
que coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el periodo de
apertura de las mesas electorales, gozarán de un permiso retribuido de
DOS HORAS.
- Las personas trabajadoras por cuenta ajena, con un horario de trabajo
que coincida en cuatro o más horas y menos de seis con periodo de
apertura de las mesas electorales, gozarán de un permiso retribuido de
TRES HORAS.
- Las personas trabajadores por cuenta ajena, con un horario de trabajo
que coincida en seis o más horas con el periodo de apertura de las
mesas electorales, gozarán de un permiso retribuido de CUATRO
HORAS.
Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la
correspondiente reducción proporcional del permiso.
Corresponde al empresario la distribución, conforme a la organización
del trabajo, del periodo en que los trabajadores y trabajadoras
dispondrán del permiso para acudir a votar.