1. Actividad sobre Trámites de registro de una
marca.
1. ¿Puede una persona que no sea autónomo o empresario registrar una marca?
Si, Cabe que una empresa elija una denominación y la registre como marca, nombre
comercial, denominación social e incluso que la registre como dominio en Internet
2. ¿Se puede renovar una marca? ¿Hasta cuántas veces?
El registro de una marca se otorga por 10 años contados desde el depósito de la
solicitud y podrá renovarse indefinidamente por períodos de 10 años
3. ¿Pueden varias personas registrar una marca en común?
Sí. Una marca y una solicitud de marca pueden pertenecer a varias personas. La
comunidad resultante se va a regir por lo que acuerden las partes y en su defecto por
las normas del Derecho común sobre la comunidad de bienes.
Cada partícipe puede por sí solo ejercitar las acciones civiles y penales en defensa de
la marca, pero debe notificarlo a los demás comuneros, a fin de que puedan sumarse
a las mismas.
4. ¿Dónde se tramitan las solicitudes?
Las solicitudes se tramitan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (Paseo
de la Castellana, 75, 28046 Madrid - Teléfono: 902157530), si bien el solicitante podrá
presentar sus solicitudes de registro de marcas, a su libre elección, ante los órganos
competentes de las Comunidades Autónomas.
5. ¿Qué es la clasificación NIZA?
La Clasificación de Niza es una clasificación de los productos y servicios para el
registro de las marcas de fábrica o de comercio y las marcas de servicios. El
solicitante español debe indicar la clase o clases para la que solicita la marca, en el
momento de la solicitud.
6. ¿Dónde se publica la marca una vez concedida?
La Administración Nacional de Patentes procede a la publicación de la patente
concedida en el boletín de marcas y patentes que edita el INPI a los efectos que la
sociedad tome conocimiento de la innovación en el estado de la técnica.
7. ¿Cuál es el plazo máximo para recibir una resolución en el proceso de solicitud
de marca?
La ley establece un plazo máximo de resolución del procedimiento de 12 meses desde
la fecha de recepción de la solicitud en la Oficina Española de Patentes y Marcas - si
la solicitud no tuvo ningún suspenso y no hubiese oposiciones - y de 20 meses si la
solicitud tuvo suspensos, reclamaciones, oposiciones, etc.
Vanesa Castaño Brenes