2. ¿PUEDE UNA PERSONA QUE NO SEA AUTÓNOMO O
EMPRESARIO REGISTRAR UNA MARCA?
Cualquier persona física o jurídica, que desarrolle o
vaya a desarrollar una actividad comercial o
industrial en el territorio español (si el registro es de
ámbito nacional), y que tenga un domicilio en
España a efectos de notificación.
En el caso de empresas el registro de la marca
puede pertenecer proindiviso a varias personas y
se regirá por acuerdo entre ellos
3. ¿SE PUEDE RENOVAR UNA MARCA?
¿HASTA CUÁNTAS VECES?
El registro de una marca se otorga por 10
años contados desde el depósito de la solicitud.
Podrá renovarse indefinidamente por períodos de 10
años.
4. ¿PUEDEN VARIAS PERSONAS REGISTRAR UNA
MARCA EN COMÚN?
La marca o su solicitud podrá pertenecer pro indiviso
a varias personas. La comunidad resultante se regirá
por lo acordado entre las partes, en su defecto por lo
dispuesto en la Ley de Marcas y en último término por
las normas del Derecho común sobre la comunidad de
bienes.
5. ¿DÓNDE SE TRAMITAN LAS SOLICITUDES?
Se tramitan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Ante los órganos competentes
de las siguientes Comunidades
Autónomas
También en los siguientes lugares,
pero dirigidas al órgano que resulte
competente según lo señalado
anteriormente
•Donde tenga su domicilio.
•Donde tenga un establecimiento
industrial o comercial serio y efectivo.
•Donde el representante designado
por el solicitante, tenga su domicilio.
•Donde el representante designado
tenga una sucursal seria y efectiva.
•Oficinas de Correos.
•En los lugares previstos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
6. ¿QUÉ ES LA CLASIFICACIÓN NIZA?
La Clasificación de Niza es una clasificación de los
productos y servicios para el registro de las marcas de
fábrica o de comercio y las marcas de servicios. El
solicitante español debe indicar la clase o clases para la
que solicita la marca, en el momento de la solicitud.
7. ¿DÓNDE SE PUBLICA LA MARCA UNA VEZ
CONCEDIDA?
En la Oficina Española de Patentes y Marcas.
¿CUÁL ES EL PLAZO MÁXIMO PARA RECIBIR UNA
RESOLUCIÓN EN EL PROCESO DE SOLICITUD DE
MARCA?
•Si la solicitud no tuvo ningún suspenso y no hubiese oposiciones:
La ley establece un plazo máximo de resolución del procedimiento
de 12 meses desde la fecha de recepción de la solicitud en la
Oficina Española de Patentes y Marcas.
•La solicitud tuvo suspensos, reclamaciones, oposiciones: de 20
meses