2. FUNCIONES DEL ESTADO
• Tres son las funciones del estado: legislativo, ejecutivo y jurisdiccional. De
ellas se han ido desprendiendo otras que son encargadas a diversos órganos
estatales consagrados en los textos constitucionales con carácter autónomos
e independientes.
• Estas funciones, desde el punto de vista substancial, tiene en cuenta la
naturaleza jurídica del acto estatal , sin repara en el órgano que lo cumple .
3. EL ÓRGANO LEGISLATIVO
• EVOLUCIÓN HISTÓRICA. Las primeras hucilas de asamblea legislativa representativa, tal como
hoy se las entiende. Lo encontramos en la edad media. Mas adelante, en la mayoría de países de
Europa entre los cuerpos colegiados con base feudal y los modernos parlamentos.
• CONCEPTO: es un órgano legislativo en un poder constituido compuesto por uno o dios asambleas
de representantes de la nación, libremente elegidos. cuya finalidad es dar expresión ala voluntad del
estado en ,o que se refiere Ala función de elaborar. Modificar o derogar leyes.
• FUNCIÓN: la función principales del órgano legislativo son: la de legislación. De fiscalización y de
representación.
4. FORMAS
EL BICAMERAL
• Es la forma de organización del órgano legislativo
compuesto por dos cámaras políticas. Su origen en
Inglaterra: la cámara de los lores y la cámara de los
comunes
• VENTAJAS DEL BICAMERALISMO: los
defensores del bicameralismo sostienen que en los
países de escasa o media cultura política. La existencia
de una segunda cámara es una necesidad.
• DESVENTAJA DEL BICAMERALISMO: si bien
ofrece ventajas . Ala luz de los hechos, resultan
indiscutibles ello no significa que sus inconvenientes no
sean ostensibles.
EL UNICAMERAL
• es la forma del organización legislativo en una sola
cámara. Tiene su origen en Francia. Durante la época
revolucionario y su mentor al celebre Abate Enmanuel
Sieyes
• VENTAJAS DEL UNICAMERALISMO: según
Kelsen, el mas importante defensor de este sistema en el
siglo xx. La idea democrática exige que el órgano
legislativo se componga en una sola cámara debido a que
la unidad política exige unidad de criterio
• DESVENTAJAS DEL UNICAMERALISMO: los
detractores de unicameralismo. A su vez , defensores de
bicameralismo , sostiene que el sistema de cámara única
pasa de los excesos del servilismo ala demagogia
revolucionaria poco reflexiva.
5. Órgano ejecutivo
• CLASES:
• A. por el numero de personas que lo dirigen . El órgano legislativo puede ser: unitario y colegiado:
• UNITARIO: cuando es encargado a una sola persona
• COLEGIADO: cuando el gobierno es encargado a un grupo de personas , en el cual unos a otros se controlan.
• B. SEGÚN LA FORMA DE GOBIERNO QUE SE ADOPTE. El órgano ejecutivo puede ser : mesocéfalo o
bicéfalo.
• 1. MESOCÉFALO: ES LA FORMA DE ORGANIZACIÓN PROPIO DEL RÉGIMEN PRESIDENCIAL
DE GOBIERNO. Aquí las jefaturas de estado y de gobierno son ejercidas por la misma persona.
• 2. BICÉFALO: ES PROPIO DEL GOBIERNO PARLAMENTARIO. En donde el jefe de estado es persona
distinta del jefe de gobierno.
6. ÓRGANOS DEL
EJECUTIVO
• A. LA JEFATURA DE ESTADO: es el órgano
que sintetiza la soberanía de la nación. La persona
que lo ejerce lo personifica.
• B. LA JEFATURA DE GOBIERNO: es el
órgano encargado de dirigir la política nacional.
• :C. EL GABINETE O CONSEJO DE
MINISTROS: es un cuerpo colegiado encargado
de la dirección y gestión de los servicios públicos.
FUNCIONES
LA FUNCIÓN DE GOBIERNO: consiste de dirigir
la política interna externa del país.
LA FUNCIÓN DE REGLAMENTACIÓN:
consiste la facultad de órgano ejecutivo de hacer
operativo la aplicación de las leyes emanadas del
congreso.
LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN: consiste
en llevar acabo la dirección y gestión de los servicios
públicos.
LA FUNCIÓN LEGISLATIVA: consiste el la
facultad que la constitución otorga al ejecutivo para
dictar decretos legislativos. Con rango de ley. Previa
delegación de facultades del congreso.
7. ÓRGANO JUDICIAL
• INTRODUCCIÓN: el ejercicio de los derechos fundamentales implica necesariamente el deber de
respetar el derecho de los demás. La fronteras donde comienza y termina los derechos de las personas.
• Es pues en la necesidad de dar solución justa a los conflictos de derechos que se encuentran el germen
del que emerge el órgano judicial
• NATURALEZA: el sistema democrático supone una distribución de funciones. Atribuciones y
competencias entre diversos detentadores del poder radica r.adica la naturaleza independiente del
órgano judicial.
• ANTECEDENTES: en las comunidades antiguas primitivas la tarea de administrar justicia era
encargada , por lo general , aun consejos de ancianos
8. • CONCEPTO: el órgano judicial es el encargado de impartir justicia ( preferimos el termino impartir
ala de administrar, por ser esta un función del ejecutivo.) impartir justicia significa no solamente la
solución de conflictos de derechos o de incertidumbres jurídicas.
• FUNCIONES:
• A .FUNCION JURISDICCIONAL O CONTENCIOSA: Consiste en la declaración del derecho
controvertido o en el restablecimiento del derecho violado.
• B. FUNCION TUTELAR O NO CONTENCIOSA: Es la jurisdiccional voluntaria el órgano
judicial interviene para resolver incertidumbres jurídicas o situaciones no conflictivas.
• C. FUNCION CONSTITUCIONAL: Es la potestad de la que gozan los jueces. En ciertos
países(EE.UU.. PERU. ARGENTINA. ETC )de examinar la constitucionalidad de las leyes. Esta
función implica la no aplicación de las leyes.
9. • FORMAS:
• A. SISTEMA JUDICIAL DE JUECES Y TRIBUNALES: Es el ms común en los países que
forman parte de la familia jurídica del CIVIL LAW O ROMANO _ GERMANO.
• Los tribunales son órganos especializados, de carácter permanente, integrados por magistrados
competentes, en quienes recae la responsabilidad de revisar los fallos emanados de los jueces de
inferior jerarquía
• B SISTEMA DE JUECES Y JURADOS: Este sistema es propio de los países anglosajones que
forman parte de la familia del common law. El fundamento de esta forma de organización judicial
radica en que sin la justicia emana del pueblo, entonces, a el corresponde ejercer esta función.