Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
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1. Estudiantes :
1. Llanco Apaza Mario
2. Colque Nina Erika
3. Coronel Mejía Belinda
4. Murillo Pozo Estefany Alba
5. Morales Romero Masshiel Escarlet
6. Tinta Aruquipa Moisés Rubén
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
CARRERA: DERECHO
Materia: TEORIA DEL ESTADO
Docente: DR. VLADIMIR PEÑAFIEL
Grupo : VC
Grupo
TEMA: FUNCIONES DEL PODER
2. FUNCIONES DEL PODER
Las funciones del Poder es Público del Estado tienen su base jurídica en el derecho que el
pueblo le confiere al Estado para controlar o administrar a la nación, y para poder ejercer ese
derecho necesita de una serie de órganos o entes que colaboren con la función de gobierno.
Funciones es realizar las actividades destinadas al cumplimiento de un fin mediante los
órganos de estado que ejerce y titularizan las diversas funciones del poder.
3. CONCEPTOS GENERALES
Se expresa actividades que son realizadas por una autoridad
de un órgano especifico señalando por la normativa vigente.
Las actividades o manifestaciones del poder del estados en
términos genéricos son funciones
La realización de las funciones supone la voluntad de alguien
que tenga potestad para un determinado ejercicio
La autoridad es el titular de la acción, el sujeto o conjunto de
personas, que mediante actos ejercita el poder.
Debe tener derecho a legalidad esto permite el acatamiento de
los sometidos
el pleno ejercicio del poder se denomina gobierno
4. TRANCURSO DE LA
HISTORIA
ANTIGÜEDAD
Su gobernante fue
faraón, sátrapa
Asumió la
totalidad del
mando
Roma: su gobierno
era monárquica e
imperial
EDAD MEDIA
Su poder era feudal,
corporativo, municipal y
eclesiástico
Tenia establecido su
monarquía, capas de
centralizar poderes
Europa trajo como
consecuencia edad
moderna
5. DIVISIÓN DEL PODER
ORGANIZACIÓN IDEAL
DOS ÓRGANOS DEL
ESTADO
legislativo y ejecutivo
• Aristóteles
La función ejecutiva, la
función federativa, relativa
a los problemas de la guerra
y de la paz, finalmente, la
potestad.
“TRES PODERES DEL
ESTADO:
EJECUTIVO, LEGISLATIVO,
JUDICIAL”
• Montesquieu
Órganos Legislativo,
Ejecutivo, Judicial y
Electoral
• Estado
Plurinacional
de Bolivia.
• Locke
6. CORONA
• Jefatura del Estado
• Arbitrar entre los diferentes poderes
• Máxima representación del Estado
PODER
LEGISLATIVO
PODER
JUDICIAL
PODER
EJECUTIVO
• Elaborar y aprobar
las Leyes
• Elegir al presidente
del gobierno
• Gobernar
• Aplicar el derecho
• Garantizar el
cumplimiento de la
constitución
ELECTORES
Controla
Eligen
7. ÓRGANOS DEL ESTADO
PLURINACIONAL
ÓRGANO
LEGISLATIVO
ÓRGANO
EJECUTIVO
ÓRGANO
JUDICIAL
ÓRGANO
ELECTORAL
Presidenta o el
Presidente, la
Vicepresidenta
o
Vicepresidente
del Estado y
las Ministras y
los Ministros
la Cámara de
Diputados y la
Cámara de
Senadores
La jurisdicción
ordinaria y la
jurisdicción
indígena
originario
campesina
Órgano
responsable y
del ejercicio
de la función
electoral en
todo el
territorio
nacional y en
los asientos
electorales del
exterior
8. ESTRUCTURA DE PODERES
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ÓRGANO
LEGISLATIVO
ÓRGANO
EJECUTIVO
ÓRGANO
JUDICIAL
ÓRGANO
ELECTORAL
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
PLURINACIONAL
PRESIDENCIA
DEL ESTADO
TRIBUNAL
SUPREMO DE
JUSTICIA
TRIBUNAL
SUPREMO
ELECTORAL
CÁMARA DE
SENADORES
TRIBUNALES
ELECTORALES
DEPARTAMENTALES
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL
VICEPRESIDENCIA
DEL ESTADO
CÁMARA DE
DIPUTADOS
MINISTERIOS
JURISDICCIÓN
AGROAMBIENTAL
JUZGADOS
ELECTORALES
JURISDICCIÓN
INDÍGENA ORIGINARIA
CAMPESINA
JUZGADOS DE
MESAS DE
SUFRAGIO
CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA
NOTARIOS
ELECTORALES
9. ÓRGANO DE PODER DEL ESTADO
PLURINACIONAL
La administración publica del estado
plurinacional de Bolivia se organiza y
estructura su poder publica a través de los
órganos legislativo, ejecutivo, judicial y
electoral.
El sistema de gobierno se define según lo
establecido en el art. 11 de la constitución
política de 2009.
La organización del estado esta fundamentada
en la independencia, separación coordinación
y cooperación de estos órganos.
Sus funciones estatales la de control, defensa de la sociedad y la de defensa del estado.
Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son
delegables entre si.
10. ÓRGANO LEGISLATIVO DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Es la única con la facultad de aprobar y
sancionar leyes que rigen para todo el
territorio nacional, encargada de
promover y articular a participación
organizada de las y los integrantes de la
comunidad, los sectores sociales, y
organizaciones comunitarias que
integran los diferentes comités de
trabajo.
ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL DE BOLIVIA
La asamblea legislativa es el órgano administrativo y vela por la buena coordinación de las
políticas de administración del país. También tiene como función la representación del país hacia
el resto del mundo.
11. ÓRGANO LEGISLATIVO DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CÁMARA DE SENADORES
Esta conformada por un total de 36 miembros en cada departamento se
eligen cuatro senadores en circunscripción departamental por votación
universal, directa y secreta.
La cámara de senadores ejerce las atribuciones de:
Legislación. Dictar, modificar, interpretar, derogar, abrogar leyes para
el Estado.
Fiscalización. Controlar y fiscalizar a los diferentes Órganos del
Estado y entidades públicas con el propósito de investigar y
transparentar el ejercicio de la función pública.
Gestión. Cumplimiento referido a las actividades que realiza la Cámara
de Senadores en ejercicio de sus competencias y atribuciones propias.
12. ÓRGANO LEGISLATIVO DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CÁMARA DE DIPUTADOS
Esta conformada por 130 diputados el numero debe reflejar la
votación proporcional obtenida por cada partido, agrupación
ciudadana o pueblo indígena, pprincipalmente dictar leyes para
todo el Estado Plurinacional y además controla y fiscaliza a los
Órganos del Estado y las instituciones públicas.
La Cámara de Diputados ejerce en lo que le corresponde, la
soberanía y la representación popular, así como las funciones
legislativas de fiscalización, de gestión y de coordinación que
señala la Constitución Política del Estado
13. ÓRGANO EJECUTIVO DEL
ESTADO PLURINACIONAL
DE BOLIVIA
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina
que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del
Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los
Ministros de Estado.
El poder ejecutivo es el responsable de la gestión diaria del Estado, concibe y
ejecuta leyes y políticas que tienen que ser aplicadas; representa a la nación en sus
relaciones diplomáticas; y sostiene a las fuerzas armadas.
14. PRESIDENTE DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Luis Alberto Arce Catacora
El presidente es elegido por sufragio universal
y tienen un periodos de mandato de cinco años
y ser reelegido por una sola vez.
Son funciones del Presidente del Estado
Plurinacional de Bolivia es cumplir y hacer
cumplir la Constitución y las leyes. Proveer a la
defensa y a la seguridad de la Nación, así como
a la conservación del orden público. Ejercer el
mando de la Fuerzas Armadas de la Nación con
todas las funciones y atribuciones respectivas.
Artículo 173 de la constitución política del
estado plurinacional de Bolivia.
15. VICEPRESIDENTE DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA.
David Choquehuanca Céspedes
El vicepresidente es elegido por sufragio universal y tienen un
periodos de mandato de cinco años.
El Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia compone el
órgano ejecutivo del poder publico del estado boliviano y es el
primero en la línea sucesión constitucional para remplazar al
presidente de estado, en caso de ausencia temporal o definitiva,
renuncia, revocatorio de mandato, sentencia condenatoria
ejecutoriada o muerte. establecidos en la presente Constitución.
El vicepresidente del estado preside la asamblea legislativa del
estado plurinacional de Bolivia.
Coordinar las relaciones entre el Órgano Ejecutivo, la Asamblea
Legislativa Plurinacional y los gobiernos autónomos.
Participar en las sesiones del Consejo de Ministros.
16. MINISTROS
Las ministras y ministros son servidoras públicas y
servidores públicos, y tienen atribuciones, además de las
determinadas en la constitución política del estado
plurinacional de Bolivia.
Proponer y coadyuvar en la formulación de las políticas
generales del gobierno.
Proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su
sector.
La gestión de la administración publica en el ramo
correspondiente.
Dictar normas administrativas en el ámbito de su
competencia.
Proponer proyectos de decretos supremos y suscribirlos
con la presidenta o el presidente del estado.
Resolver en ultima instancia todo asunto administrativo
que corresponda a su ministerio.
Presentar a la asamblea legislativa plurinacional los
informes que le soliciten.
Coordinar con los ministerios las políticas de gobierno.
II. Los ministras y los ministros de estado son
responsables de los actos de administración adoptados en
sus respectivas carteras.
17. ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Artículo 4. (EJERCICIO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL).
I. La función judicial es única en todo el territorio
del Estado Plurinacional y se ejerce por medio del
Órgano Judicial a través de:
1. La Jurisdicción Ordinaria, por el Tribunal
Supremo de Justicia, los Tribunales
Departamentales de Justicia, los Tribunales de
Sentencia y los juzgados;
2. La Jurisdicción Agroambiental, por el Tribunal
Agroambiental y los Juzgados Agroambientales;
3. Las Jurisdicciones Especiales reguladas por ley.
4. La Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, por sus propias autoridades, según sus
normas y procedimientos propios. II. La justicia constitucional se ejerce por el Tribunal
Constitucional Plurinacional de acuerdo a ley. III. La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción
indígena originario campesina gozan de igual jerarquía.
18. ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Máxima instancia de jurisdicción ordinaria. Esta
integrado por magistradas y magistrados, se
organiza internamente en salas especializadas.
Su composición y organización se determina por la
ley.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es la
máximo instancia de la jurisdicción ordinaria,
cuya función es impartir justicia en materia civil,
comercial, familiar, niñez y adolescencia,
tributaria, administrativa, trabajo y seguridad
social, anticorrupción, penal y otras que señale la
norma (Ley N° 025, artículo 29).
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
19. ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
JURISDICCIÓN AGROAMBIENTAL
Es el máximo tribunal especializado de la jurisdicción
agroambiental. Se rige en particular por los principios de
función social, integridad, inmediatez, sustentabilidad e
interculturalidad.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL
Vela por la supremacía de la constitución,
ejerce el control de constitucionalidad, y
precautela el respeto y la vigencia de los
derechos y las garantías constitucionales.
20. ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
JURISDICCIÓN INDÍGENA ORIGINARIA
CAMPESINA
Las naciones y pueblos indígena originario
campesinos ejercerán sus funciones y de
competencia a través de sus autoridades, y
aplicaran sus principios, valores culturales,
normas y procedimientos propios.
La conformación de la autonomía indígena
originario campesina se basa en los territorios
ancestrales, actualmente habitados por esos pueblos
y naciones, y en la voluntad de su población,
expresada en consulta, de acuerdo a la Constitución
y la ley
21. ÓRGANO JUDICIAL DEL ESTADO
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Es la instancia responsable del régimen disciplinario de
la jurisdicción ordinaria, agroambiental y de las
jurisdicciones especializadas del control y fiscalización
de su manejo administrativo y financiero, y de la
formulación de políticas de gestión:
Ejercer el control disciplinario de los vocales y juezas y
jueces, personal auxiliar administrativo de las
jurisdicciones ordinaria, agroambiental, de los
jurisdicciones especializadas y de la dirección
administrativa y financiera.
Determinar la cesación del cargo de los vocales, juezas y
jueces.
Designar jueces y juezas disciplinarios y su personal.
Denunciar ante autoridades competentes los delitos que
fueren de su conocimiento en el ejercicio de sus
funciones y constituirse en parte querellante en aquellos
casos graves que afecten directamente a la entidad.
22. ÓRGANO ELECTORAL
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
Es el máximo nivel de órgano electoral,
tiene jurisdicción nacional y asientos
electorales ubicados en el exterior.
Dentro sus atribuciones es organizar,
dirigir, supervisar y ejecutar los procesos
electorales en la elección de representantes
del estado plurinacional de Bolivia, elección
de autoridades judiciales, revocatorias de
mandatos en el territorio nacional y en
asientos electorales en el exterior
Esta compuesto por siete miembros mínimo
tres mujeres, quienes duraran en sus
funciones seis años sin posibilidad de
reelección, a la menos dos de los cuales
serán indígena originario campesino
23. ÓRGANO ELECTORAL
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
TRIBUNALES ELECTORALES DEPARTAMENTALES
Están compuestos, en cada caso, por cinco vocales, cuatro
elegidos por la cámara de Diputados de la asamblea
legislativa plurinacional de ternas conformadas por las
asambleas departamentales y uno designado por el
presidente del estado plurinacional.
24. ÓRGANO ELECTORAL
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
JURADOS DE MESAS DE SUFRAGIOS.
Son los ciudadanas y ciudadanos elegidos por
sorteo del padrón electoral, que se constituyen en
la máxima autoridad electoral de cada mesa de
sufragio y son responsables de organización y
funcionamiento.
JUZGADOS ELECTORALES.
Están compuestos por jueces electorales
designados en cada departamento por el
tribunal departamental para preservar los
derechos y garantías en procesos electorales,
referendos y revocatorias de mandatos.
25. ÓRGANO ELECTORAL
PLURINACIONAL DE BOLIVIA
NOTARIOS ELECTORALES
Son las autoridades electorales
designadas en cada departamento
por el tribunal electoral para
cumplir las funciones de apoyo
logístico y operativo y para dar fe
de las actas electorales en procesos
electorales, referendos y
revocatorias de mandatos en los
recintos que les son asignados