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Profesor: Antonio Aguilera
Dpto. de Historia y Ciencias Sociales
Liceo San José
 Comprender la noción de Estado de Derecho
que se aplica en Chile y sus implicancias para
la preservación y profundización de la
democracia.
Persona, sociedad y Derecho
Persona
Temporal Espacial
Educable
Social
Sujeto
Responsable
Afectivo
Persona
Persona Natural Persona Jurídica
Atributos Atributos
Todo individuo de la Especie
Humana
Agrupación de personas que
se unen para lograr objetivos
• La Capacidad
• El Nombre
• El Estado Civil
• La Nacionalidad
• El Domicilio
Político
 Civil
Todos menos el E. Civil
Fines de Lucro
Soc. Resp Lim.
Soc .Colectivas
Sin Fines de Lucro
Fundaciones
Protectoras
Corporaciones
Juntas de Vecinos
Sindicatos
Persona Sociedad
“La persona no existe sin la sociedad y no hay
sociedad sin individuos”
La Familia
Sociabilización Habilidades Sociales
ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
en el centro de estudiantes
el partido político
el colegio
el club deportivo
la sociedad política, una compleja forma de
asociación que ahora adopta la estructura de
ESTADO.
la Iglesia
“Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas”
Las Normas
“toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe
una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo
social al cual se pertenece”
Características de las normas
•Aprobados socialmente
•Variación de las pautas de comportamientos
•Escritas
•Dictados por costumbre
•Deben validarse y ser eficaces
•Base de la vida social
•Los jurídicas son obligatorios y coercitivas
Las normas jurídicas y las decisiones políticas se orientan a
conseguir el bien común de una determinada comunidad
política.
NormasSociales
Costumbres y
tradiciones
Regula el actuar
social
Varían según
sociedad y época
Sociales
Exteriores
Unilaterales
Coercibles
Normasreligiosas
Santidad y
salvación de las
personas
Sanción Divina
Actuar externo y
de consecuencia
NormasMorales
Pautas de
orientación de vida
Discernimiento de
la conciencia
Dimensión Personal
Dimensión social o
de interacción
NormasJurídicas
Posibilitan la
existencia del
Estado
Carácter
obligatorio
Usan la coacción
Heterónomos
Temporales
“La moral persigue el perfeccionamiento del hombre desde la
perspectiva de su bien personal y temporal”
-Contacto en la
cotidianeidad con el
derecho.
-Surge para establecer
normas.
-Las leyes permiten la
igualdad formal
“El Derecho en un Estado
moderno, es por lo tanto, el
conjunto de normas de conducta
obligatorias establecidas o
autorizadas por el Estado mismo y
respaldadas por su poder”
Derecho
DIRECTUM
Objetivo Subjetivo
Sistema jurídico de un país Adquirido solo por ser
persona
Importancia
delDerecho
Elemento de coordinación
Armoniza la convivencia
de los Hombres
Sustituye el uso de la
fuerza por los de la razón
Pacificador
Seguridad Jurídica
ElDerecho,su
misiónysufin Búsqueda de la justicia
Señala derechos y deberes
Fuentes
Fuentes Formales Fuentes Materiales
 La Constitución Política del Estado
 La Ley
 Decreto con Jerarquía de Ley
 Tratados internacionales  Dº Internacional
 Potestad Reglamentaria  Dec. Supremo,
Resoluciones e instrucciones.
 Costumbres jurídicas
 En este artículo se plantea el principio de
supremacía constitucional, en virtud del cual
la Constitución es la norma superior del
orden político, a la que deben someterse
tanto los gobernantes como los gobernados.
De este se desprenden otros principios
claves, que informan el conjunto de la
Constitución.
ART 6
 Los organismos del Estado son los principales
responsables de respetar la Constitución y
garantizar el orden institucional. La
Constitución reconoce esta responsabilidad
en el inciso tercero y final del artículo 6,
cuando señala:
 Según esta norma, quien ejerce poder es responsable de
ejecutar sus actos conforme al orden jurídico. Si una
autoridad actúa al margen o vulnerando ese orden, se hace
efectiva su responsabilidad administrativa, penal, civil o
política y se aplican las correspondientes sanciones.
 Artículo 8
Además, esta norma establece el principio de transparencia
que deben respetar los funcionarios del Estado, salvo en
los casos que, por ley de quórum calificado se establezca
la reserva o secreto en los casos explícitamente señalados
por la Constitución.
La Constitución o
Carta magna
(del latín cum, con,
y statuere,
establecer)
es
la norma fundament
al de
un Estado soberano
fija los límites y
define las
relaciones entre los
poderes del Estado
CONSTITUYE
UNA FUENTE
DE DERECHO
LIMITES PARA SU REFORMA
REGIMENES DE DERECHO
DIVISION DE PODERES
FORMA DE ESTADOY
TIPODE GOBIERNO
REFORMAS DE
1980 A 2005
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PUEDE REMOVER DE SU CARGO A
COMANDANTES EN JEFES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DIRECTOR
GENERAL DE CARABINEROS
ELIMINADOS LOS SENADORES VITALICIOS, SENADO COMPUESTO
POR 38 MIEMBROS ELEGIDOS DE MANERA POPULAR.
CONGRESO LEGISLA
DURANTE TODO EL AÑO
REQUISITO DE EDAD PARA SER PRESIDENTE DE 40 A 35 AÑOS
SE REDUCE EL PERIODO PRESIDENCIAL
A 4 AÑOS
SON CHILENOS LOS HIJOS DE MADRE Y PADRES CHILENOS
NACIDOS EN EL EXTRANJERO
 La Constitución Política de Chile
es el cuerpo legal que establece
las bases y principios esenciales
de la República actualmente.
 La Constitución vigente en Chile
es la promulgada el 8 de agosto
de 1980 que remplazó a la
Constitución de 1925 bajo el
Decreto Supremo Nº 1.150 de
1980.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1980
CRISIS
INSTITUCIONAL
Nace producto de un quiebre
institucional, que culminó con un
golpe de Estado el año 1973
SE DISUELVE EL
CONGRESO,
A partir de ese año, a pocos días
del pronunciamiento militar, y
sobre bases y principios que iba
definiendo la Junta Militar de
Gobierno, se inicia el estudio
del proyecto para una nueva
Constitución, a cargo de una
Comisión, la que comenzó a
reunirse el 24 de Septiembre de
1973.
1. En este contexto, y luego de gobernar a través de decretos leyes,
se nombra una Comisión encargada del estudio de una nueva
Constitución, "Comisión Ortúzar".
2. El resultado del trabajo se plasmó en un Anteproyecto
Constitucional, que fue entregado el año 1978, para una primera
revisión al Consejo de Estado, presidido por el ex Presidente
Alessandri Rodríguez, quien entrega su informe en julio de 1980.
3. Después de una segunda revisión por parte de la Junta de
Gobierno, encabezada por el General Augusto Pinochet, revisión
en la que se modifica el Cronograma Institucional del Gobierno
Militar, se aprueba la Constitución de 1980, con un texto de 120
artículos permanentes y 29 transitorios, que más tarde, estando
el país bajo Estado de Sitio, es sometida a plebiscito el 11 de
septiembre de ese año, para ser posteriormente promulgada el 21
de octubre de ese mismo año. Entra parcialmente en vigencia el
11 de marzo de 1981.
leamos
 En el plebiscito de 1980 se votó la
Constitución aludida, siendo
aprobada, según los resultados
oficiales, por más de un 65% de los
votantes.
 Se promulgó el 21 de Octubre de
1980, y publicó el 24 de Octubre de
ese mismo año para entrar en
vigencia el 11 de Marzo de 1981.
 Cuenta de catorce Capítulos, en los
que se van desarrollando las
instituciones más relevantes del
Estado de Derecho Chileno.
 La Constitución ha sufrido sucesivas
reformas.
Capítulo I: Presenta las bases de la institucionalidad y señala los principios
en que se sustenta
Capítulo II: Estable los conceptos de nacionalidad y ciudadanía dentro de
nuestra institucionalidad
Capítulo III: Se reconocen los derechos y deberes constitucionales y se
establecen Las garantías efectivas para la protección de las Personas y los
cuerpos intermedios de la sociedad
Capítulo IV – XIII: Parte Orgánica de la Constitución: Característica del
estado, del gobierno, así como la Organización y estructura de los poderes
del Estado
Capítulo XIV : Se presentan los procedimientos a través de los cuales
Puede reformarse la Constitución política total o parcialmente
Artículo 1°.- Las personas nacen libres e iguales en dignidad y
derechos.
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
El Estado está al servicio de la persona humana y su
finalidad es promover el bien común
Capítulo I
BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD
Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar
protección a la población y a la familia,
Artículo 4°.- Chile es una república democrática.
Artículo 5º.- La soberanía reside esencialmente en la Nación.
Estado
Elementos.
Población
Aparato Burocrático
Fuerzas armadas
Territorio.
Condición.
Nación
Artículo 2º.- Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo
de armas de la República y el himno nacional.
Artículo 3º.- El Estado de Chile es unitario. La administración del
Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o
desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley.
BASES INSTITUCIONALES DE CHILE
NUESTRO PAÍS ES
SOBERANO UNITARIO DEMOCRACIA
a. Es de carácter
representativo.
b. Las autoridades
son elegidas en
elecciones libres,
competitivas e
informadas.
CARACTERÍSTICAS DE LA DEMOCRACIA CHILENA
c. Existencia del
pluripartidismo y pluralismo
ideológico que está en
armonía con los derechos
humanos.
d. Respeto al Estado de
Derecho: las
autoridades actúan de
acuerdo a lo
establecido en la
Constitución.
PODERES PÚBLICOS EN CHILE:
EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL
LOS PODERES DEL ESTADO EN CHILE SON
TRES, Y FUNCIONAN EN FORMA AU´TÓNOMA
PODER EJECUTIVO
El Presidente de la República
dirige el Poder Ejecutivo, y a la
vez es Jefe de Estado
REQUISITOS PARA SER
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
 Chileno por Ius Solis
 Mayor de 35 años de edad
 Ciudadano con derecho a
sufragio
 Enseñanza media cumplida
Elegido de acuerdo al
sistema mayoritario a
doble vuelta o 2 turnos.
Jefe de Estado y
de Gobierno
Teorías de Derecho Divino.-
Teoría de Soberanía Popular.-
Teorías de Soberanía Nacional.-
 Presidente
 Ministros
 Subsecretarios
 Intendentes
 Gobernadores
 Seremis
MIEMBROS DEL PODER
EJECUTIVO
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA
ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
 Nombrar y remover a su voluntad a
los ministros de Estado,
subsecretarios, intendentes y
gobernadores.
 Nombrar al Contralor General de la
República con acuerdo del Senado.
 Ejercer la potestad reglamentaria en
todas aquellas materias que no sean
propias del dominio legal.
ATRIBUCIONES INTERNACIONALES
 Conducir las relaciones políticas
con las potencias extranjeras y
organismos internacionales, y
llevar a cabo las negociaciones;
concluir, firmar y ratificar los
tratados que estime convenientes
para los intereses del país, los
que deberán ser sometidos a la
aprobación del Congreso.
ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ATRIBUCIONES MILITARES
 Designar:
 Comandantes en Jefe del Ejército,
Armada, de la Fuerza Aérea y al
General Director de Carabineros.
ATRIBUCIONES ECONÓMICAS
 Cuidar de la recaudación de las rentas públicas y decretar su inversión
con arreglo a la ley.
 El Presidente de la República, con la firma de todos los Ministros de
Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender
necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de
agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la
seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a
mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el
país.
ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN LEGISLATIVA
 Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución,
sancionarlas y promulgarlas.
 Pedir, indicando los motivos, que se cite a sesión a cualquiera de las ramas del
Congreso Nacional.
 Dictar, previa delegación de facultades del Congreso, decretos con fuerza de
ley sobre las materias que señala la Constitución.
 Convocar a plebiscito en caso de existir desacuerdo en materia de reformas
constitucionales con ambas Cámaras del Congreso (artículo 128).
ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN
JUDICIAL
 Nombrar a los magistrados y fiscales
judiciales de las Cortes de Apelaciones y a
los jueces letrados, a proposición de la
Corte Suprema y de las Cortes de
Apelaciones, respectivamente; al miembro
del Tribunal Constitucional que le
corresponde designar; y a los magistrados y
fiscales judiciales de la Corte Suprema y al
Fiscal Nacional con acuerdo del Senado.
ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
PODER LEGISLATIVO En el caso de Chile es
Bicameral, compuesto
por la Cámara del
Senado y de Diputado.
El Senado esta formado por 38 miembros elegidos en forma
popular, los que duran en el cargo 8 años.
REQUISITOS PARA SER SENADOR (A)
 Ser ciudadano con derecho a sufragio.
 Haber cursado la enseñanza media o equivalente.
 Tener cumplidos treinta y cinco años de edad el día de la
elección.
CORPORACIÓN DEL SENADO
 Conocer de las acusaciones que la Cámara de
Diputados entable.
 El Senado resolverá como jurado y se limitará a
declarar si el acusado es o no culpable del delito,
infracción o abuso de poder que se le imputa.
 Decidir si ha o no lugar la admisión de las acciones
judiciales que cualquier persona pretenda iniciar
en contra de algún Ministro de Estado, con motivo
de los perjuicios que pueda haber sufrido
injustamente por acto de éste en el desempeño de
su cargo.
 Conocer de las contiendas de competencia que se
susciten entre las autoridades políticas o
administrativas y los tribunales superiores de
justicia.
 Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía en los
casos que determine la Constitución Política de la
República.
ATRIBUCIONES ESCLUSIVAS DEL SENADO
Los diputados son 120,
duran en el cargo 4 años
y para ser elegido como
tal es requisito
REQUISITOS PARA SER
DIPUTADO (A)
 Ser chileno.
 Tener 21 años.
 Ser ciudadano con
derecho a sufragio.
CÁMARA DE DIPUTADOS
FISCALIZAR LOS ACTOS DEL GOBIERNO. Para tal
efecto podrá
 Adoptar acuerdos o sugerir observaciones,
con el voto de la mayoría de los diputados
presentes, los que se transmitirán por
escrito al Presidente de la República, quien
deberá dar respuesta fundada por medio del
Ministro de Estado que corresponda, dentro
de treinta días.
 Citar a un Ministro de Estado, a petición de
a lo menos un tercio de los diputados en
ejercicio, a fin de formularle preguntas en
relación con materias vinculadas al ejercicio
de su cargo.
 Crear comisiones especiales investigadoras a
petición de a lo menos dos quintos de los
diputados en ejercicio, con el objeto de
reunir informaciones relativas a
determinados actos del Gobierno.
ATRIBUCIONES ESCLUSIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS
DECLARAR SI HAN O NO LUGAR LAS
ACUSACIONES QUE NO MENOS DE
DIEZ NI MÁS DE VEINTE DE SUS
MIEMBROS FORMULEN EN CONTRA DE
LAS SIGUIENTES PERSONAS:
 Del Presidente de la República.
 De los Ministros de Estado.
 De los magistrados de los tribunales
superiores de justicia y del
Contralor General de la República.
 De los generales o almirantes de las
instituciones pertenecientes a las
Fuerzas de la Defensa Nacional.
 De los intendentes y gobernadores.
 Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el
Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un
tratado se someterá a los trámites de una ley.
 Pronunciarse respecto del establecimiento del estado de sitio.
 Tomar conocimiento de la proclamación de Presidente de la República.
FUNCIONES DEL CONGRESO PLENO
De acuerdo a la Constitución el Poder Judicial, tiene “la facultad de conocer de las
causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado,
pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente
de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones
judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de
sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”.
PODER JUDICIAL
Producto del proceso de modernización de la
justicia se llevó a cabo la REFORMA
PROCESAL PENAL, la que consagra en su
ordenamiento jurídico los principios de:
 IMPARCIALIDAD.
 PUBLICIDAD.
 ORALIDAD.
 EFICIENCIA.
 INMEDIACIÓN.
GOBIERNO REGIONAL
GABINETE REGIONAL Es una instancia de colaboración y asesoría. Su
principal función es la coordinación intersectorial-
regional y regional-provincial.
CONSEJO
REGIONAL
Órgano que tiene por finalidad lograr la
participación de la comunidad de la región y posee
facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras.
Entre sus funciones se cuenta la de aprobar el plan
de desarrollo de la región, el presupuesto del
gobierno regional, entre otros.
SECRETARIOS
REGIONALES
MINISTERIALES
(SEREMIS)
Representan a los ministros y colaboran con el
intendente en la elaboración y ejecución de las
políticas y planes regionales, presupuestos
regionales y fiscalización de sus organismos
dependientes.
El Gobierno Regional: Está a cargo de la administración superior de la
región. Entre sus objetivos se cuentan el desarrollo social, cultural y
económico de la región. El gobierno interior de la región está radicado en
el Intendente, cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República.
Intendente: El gobierno interior de la región está radicado en el Intendente,
cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República. Él ejerce una función
dual: como jefe de gobierno de cada región y como órgano de la administración
superior de la misma. Para cumplir el rol de órgano ejecutor de las resoluciones
del Gobierno Regional, el Intendente cuenta con una serie de organismos que
ayudan a mejorar su gestión, éstas son:
INTENDENTE
Gobernador: Es la máxima autoridad
de la provincia, cargo de exclusiva
confianza del Presidente de la
República y subordinado al
Intendente. Dentro de sus funciones
se encuentra supervisar, asesorar y
proponer programas y proyectos de
desarrollo provincial.
Consejo Económico y Social Provincial:
Órgano consultivo y de la participación
provincial socialmente organizada. El
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El estado de derecho en chile cuarto medio

  • 1. Profesor: Antonio Aguilera Dpto. de Historia y Ciencias Sociales Liceo San José
  • 2.  Comprender la noción de Estado de Derecho que se aplica en Chile y sus implicancias para la preservación y profundización de la democracia.
  • 5. Persona Persona Natural Persona Jurídica Atributos Atributos Todo individuo de la Especie Humana Agrupación de personas que se unen para lograr objetivos • La Capacidad • El Nombre • El Estado Civil • La Nacionalidad • El Domicilio Político  Civil Todos menos el E. Civil Fines de Lucro Soc. Resp Lim. Soc .Colectivas Sin Fines de Lucro Fundaciones Protectoras Corporaciones Juntas de Vecinos Sindicatos
  • 6. Persona Sociedad “La persona no existe sin la sociedad y no hay sociedad sin individuos” La Familia Sociabilización Habilidades Sociales ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA en el centro de estudiantes el partido político el colegio el club deportivo la sociedad política, una compleja forma de asociación que ahora adopta la estructura de ESTADO. la Iglesia
  • 7. “Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas” Las Normas “toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social al cual se pertenece” Características de las normas •Aprobados socialmente •Variación de las pautas de comportamientos •Escritas •Dictados por costumbre •Deben validarse y ser eficaces •Base de la vida social •Los jurídicas son obligatorios y coercitivas Las normas jurídicas y las decisiones políticas se orientan a conseguir el bien común de una determinada comunidad política.
  • 8. NormasSociales Costumbres y tradiciones Regula el actuar social Varían según sociedad y época Sociales Exteriores Unilaterales Coercibles Normasreligiosas Santidad y salvación de las personas Sanción Divina Actuar externo y de consecuencia NormasMorales Pautas de orientación de vida Discernimiento de la conciencia Dimensión Personal Dimensión social o de interacción NormasJurídicas Posibilitan la existencia del Estado Carácter obligatorio Usan la coacción Heterónomos Temporales “La moral persigue el perfeccionamiento del hombre desde la perspectiva de su bien personal y temporal”
  • 9. -Contacto en la cotidianeidad con el derecho. -Surge para establecer normas. -Las leyes permiten la igualdad formal “El Derecho en un Estado moderno, es por lo tanto, el conjunto de normas de conducta obligatorias establecidas o autorizadas por el Estado mismo y respaldadas por su poder”
  • 10. Derecho DIRECTUM Objetivo Subjetivo Sistema jurídico de un país Adquirido solo por ser persona Importancia delDerecho Elemento de coordinación Armoniza la convivencia de los Hombres Sustituye el uso de la fuerza por los de la razón Pacificador Seguridad Jurídica ElDerecho,su misiónysufin Búsqueda de la justicia Señala derechos y deberes
  • 11. Fuentes Fuentes Formales Fuentes Materiales  La Constitución Política del Estado  La Ley  Decreto con Jerarquía de Ley  Tratados internacionales  Dº Internacional  Potestad Reglamentaria  Dec. Supremo, Resoluciones e instrucciones.  Costumbres jurídicas
  • 12.
  • 13.  En este artículo se plantea el principio de supremacía constitucional, en virtud del cual la Constitución es la norma superior del orden político, a la que deben someterse tanto los gobernantes como los gobernados. De este se desprenden otros principios claves, que informan el conjunto de la Constitución. ART 6
  • 14.  Los organismos del Estado son los principales responsables de respetar la Constitución y garantizar el orden institucional. La Constitución reconoce esta responsabilidad en el inciso tercero y final del artículo 6, cuando señala:  Según esta norma, quien ejerce poder es responsable de ejecutar sus actos conforme al orden jurídico. Si una autoridad actúa al margen o vulnerando ese orden, se hace efectiva su responsabilidad administrativa, penal, civil o política y se aplican las correspondientes sanciones.
  • 15.  Artículo 8 Además, esta norma establece el principio de transparencia que deben respetar los funcionarios del Estado, salvo en los casos que, por ley de quórum calificado se establezca la reserva o secreto en los casos explícitamente señalados por la Constitución.
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19. La Constitución o Carta magna (del latín cum, con, y statuere, establecer) es la norma fundament al de un Estado soberano fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado CONSTITUYE UNA FUENTE DE DERECHO LIMITES PARA SU REFORMA REGIMENES DE DERECHO DIVISION DE PODERES FORMA DE ESTADOY TIPODE GOBIERNO
  • 20. REFORMAS DE 1980 A 2005 PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PUEDE REMOVER DE SU CARGO A COMANDANTES EN JEFES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DIRECTOR GENERAL DE CARABINEROS ELIMINADOS LOS SENADORES VITALICIOS, SENADO COMPUESTO POR 38 MIEMBROS ELEGIDOS DE MANERA POPULAR. CONGRESO LEGISLA DURANTE TODO EL AÑO REQUISITO DE EDAD PARA SER PRESIDENTE DE 40 A 35 AÑOS SE REDUCE EL PERIODO PRESIDENCIAL A 4 AÑOS SON CHILENOS LOS HIJOS DE MADRE Y PADRES CHILENOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO
  • 21.  La Constitución Política de Chile es el cuerpo legal que establece las bases y principios esenciales de la República actualmente.  La Constitución vigente en Chile es la promulgada el 8 de agosto de 1980 que remplazó a la Constitución de 1925 bajo el Decreto Supremo Nº 1.150 de 1980. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1980 CRISIS INSTITUCIONAL
  • 22. Nace producto de un quiebre institucional, que culminó con un golpe de Estado el año 1973 SE DISUELVE EL CONGRESO, A partir de ese año, a pocos días del pronunciamiento militar, y sobre bases y principios que iba definiendo la Junta Militar de Gobierno, se inicia el estudio del proyecto para una nueva Constitución, a cargo de una Comisión, la que comenzó a reunirse el 24 de Septiembre de 1973.
  • 23. 1. En este contexto, y luego de gobernar a través de decretos leyes, se nombra una Comisión encargada del estudio de una nueva Constitución, "Comisión Ortúzar". 2. El resultado del trabajo se plasmó en un Anteproyecto Constitucional, que fue entregado el año 1978, para una primera revisión al Consejo de Estado, presidido por el ex Presidente Alessandri Rodríguez, quien entrega su informe en julio de 1980. 3. Después de una segunda revisión por parte de la Junta de Gobierno, encabezada por el General Augusto Pinochet, revisión en la que se modifica el Cronograma Institucional del Gobierno Militar, se aprueba la Constitución de 1980, con un texto de 120 artículos permanentes y 29 transitorios, que más tarde, estando el país bajo Estado de Sitio, es sometida a plebiscito el 11 de septiembre de ese año, para ser posteriormente promulgada el 21 de octubre de ese mismo año. Entra parcialmente en vigencia el 11 de marzo de 1981. leamos
  • 24.  En el plebiscito de 1980 se votó la Constitución aludida, siendo aprobada, según los resultados oficiales, por más de un 65% de los votantes.  Se promulgó el 21 de Octubre de 1980, y publicó el 24 de Octubre de ese mismo año para entrar en vigencia el 11 de Marzo de 1981.  Cuenta de catorce Capítulos, en los que se van desarrollando las instituciones más relevantes del Estado de Derecho Chileno.  La Constitución ha sufrido sucesivas reformas.
  • 25. Capítulo I: Presenta las bases de la institucionalidad y señala los principios en que se sustenta Capítulo II: Estable los conceptos de nacionalidad y ciudadanía dentro de nuestra institucionalidad Capítulo III: Se reconocen los derechos y deberes constitucionales y se establecen Las garantías efectivas para la protección de las Personas y los cuerpos intermedios de la sociedad Capítulo IV – XIII: Parte Orgánica de la Constitución: Característica del estado, del gobierno, así como la Organización y estructura de los poderes del Estado Capítulo XIV : Se presentan los procedimientos a través de los cuales Puede reformarse la Constitución política total o parcialmente
  • 26. Artículo 1°.- Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común Capítulo I BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia,
  • 27. Artículo 4°.- Chile es una república democrática. Artículo 5º.- La soberanía reside esencialmente en la Nación. Estado Elementos. Población Aparato Burocrático Fuerzas armadas Territorio. Condición. Nación Artículo 2º.- Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional. Artículo 3º.- El Estado de Chile es unitario. La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley.
  • 28. BASES INSTITUCIONALES DE CHILE NUESTRO PAÍS ES SOBERANO UNITARIO DEMOCRACIA
  • 29. a. Es de carácter representativo. b. Las autoridades son elegidas en elecciones libres, competitivas e informadas. CARACTERÍSTICAS DE LA DEMOCRACIA CHILENA
  • 30. c. Existencia del pluripartidismo y pluralismo ideológico que está en armonía con los derechos humanos. d. Respeto al Estado de Derecho: las autoridades actúan de acuerdo a lo establecido en la Constitución.
  • 31.
  • 32. PODERES PÚBLICOS EN CHILE: EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL LOS PODERES DEL ESTADO EN CHILE SON TRES, Y FUNCIONAN EN FORMA AU´TÓNOMA
  • 33. PODER EJECUTIVO El Presidente de la República dirige el Poder Ejecutivo, y a la vez es Jefe de Estado REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA  Chileno por Ius Solis  Mayor de 35 años de edad  Ciudadano con derecho a sufragio  Enseñanza media cumplida Elegido de acuerdo al sistema mayoritario a doble vuelta o 2 turnos. Jefe de Estado y de Gobierno Teorías de Derecho Divino.- Teoría de Soberanía Popular.- Teorías de Soberanía Nacional.-
  • 34.  Presidente  Ministros  Subsecretarios  Intendentes  Gobernadores  Seremis MIEMBROS DEL PODER EJECUTIVO
  • 35. ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA  Nombrar y remover a su voluntad a los ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y gobernadores.  Nombrar al Contralor General de la República con acuerdo del Senado.  Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal. ATRIBUCIONES INTERNACIONALES  Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso. ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 36. ATRIBUCIONES MILITARES  Designar:  Comandantes en Jefe del Ejército, Armada, de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros. ATRIBUCIONES ECONÓMICAS  Cuidar de la recaudación de las rentas públicas y decretar su inversión con arreglo a la ley.  El Presidente de la República, con la firma de todos los Ministros de Estado, podrá decretar pagos no autorizados por ley, para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas, de agresión exterior, de conmoción interna, de grave daño o peligro para la seguridad nacional o del agotamiento de los recursos destinados a mantener servicios que no puedan paralizarse sin serio perjuicio para el país. ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 37. ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN LEGISLATIVA  Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, sancionarlas y promulgarlas.  Pedir, indicando los motivos, que se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional.  Dictar, previa delegación de facultades del Congreso, decretos con fuerza de ley sobre las materias que señala la Constitución.  Convocar a plebiscito en caso de existir desacuerdo en materia de reformas constitucionales con ambas Cámaras del Congreso (artículo 128). ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 38. ATRIBUCIONES RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN JUDICIAL  Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los jueces letrados, a proposición de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, respectivamente; al miembro del Tribunal Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional con acuerdo del Senado. ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 39. PODER LEGISLATIVO En el caso de Chile es Bicameral, compuesto por la Cámara del Senado y de Diputado.
  • 40. El Senado esta formado por 38 miembros elegidos en forma popular, los que duran en el cargo 8 años. REQUISITOS PARA SER SENADOR (A)  Ser ciudadano con derecho a sufragio.  Haber cursado la enseñanza media o equivalente.  Tener cumplidos treinta y cinco años de edad el día de la elección. CORPORACIÓN DEL SENADO
  • 41.  Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable.  El Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa.  Decidir si ha o no lugar la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado, con motivo de los perjuicios que pueda haber sufrido injustamente por acto de éste en el desempeño de su cargo.  Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.  Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía en los casos que determine la Constitución Política de la República. ATRIBUCIONES ESCLUSIVAS DEL SENADO
  • 42. Los diputados son 120, duran en el cargo 4 años y para ser elegido como tal es requisito REQUISITOS PARA SER DIPUTADO (A)  Ser chileno.  Tener 21 años.  Ser ciudadano con derecho a sufragio. CÁMARA DE DIPUTADOS
  • 43. FISCALIZAR LOS ACTOS DEL GOBIERNO. Para tal efecto podrá  Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los diputados presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente de la República, quien deberá dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de treinta días.  Citar a un Ministro de Estado, a petición de a lo menos un tercio de los diputados en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo.  Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno. ATRIBUCIONES ESCLUSIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS
  • 44. DECLARAR SI HAN O NO LUGAR LAS ACUSACIONES QUE NO MENOS DE DIEZ NI MÁS DE VEINTE DE SUS MIEMBROS FORMULEN EN CONTRA DE LAS SIGUIENTES PERSONAS:  Del Presidente de la República.  De los Ministros de Estado.  De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República.  De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de la Defensa Nacional.  De los intendentes y gobernadores.
  • 45.  Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un tratado se someterá a los trámites de una ley.  Pronunciarse respecto del establecimiento del estado de sitio.  Tomar conocimiento de la proclamación de Presidente de la República. FUNCIONES DEL CONGRESO PLENO
  • 46. De acuerdo a la Constitución el Poder Judicial, tiene “la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”. PODER JUDICIAL
  • 47. Producto del proceso de modernización de la justicia se llevó a cabo la REFORMA PROCESAL PENAL, la que consagra en su ordenamiento jurídico los principios de:  IMPARCIALIDAD.  PUBLICIDAD.  ORALIDAD.  EFICIENCIA.  INMEDIACIÓN.
  • 48. GOBIERNO REGIONAL GABINETE REGIONAL Es una instancia de colaboración y asesoría. Su principal función es la coordinación intersectorial- regional y regional-provincial. CONSEJO REGIONAL Órgano que tiene por finalidad lograr la participación de la comunidad de la región y posee facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Entre sus funciones se cuenta la de aprobar el plan de desarrollo de la región, el presupuesto del gobierno regional, entre otros. SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES (SEREMIS) Representan a los ministros y colaboran con el intendente en la elaboración y ejecución de las políticas y planes regionales, presupuestos regionales y fiscalización de sus organismos dependientes.
  • 49. El Gobierno Regional: Está a cargo de la administración superior de la región. Entre sus objetivos se cuentan el desarrollo social, cultural y económico de la región. El gobierno interior de la región está radicado en el Intendente, cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República.
  • 50. Intendente: El gobierno interior de la región está radicado en el Intendente, cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República. Él ejerce una función dual: como jefe de gobierno de cada región y como órgano de la administración superior de la misma. Para cumplir el rol de órgano ejecutor de las resoluciones del Gobierno Regional, el Intendente cuenta con una serie de organismos que ayudan a mejorar su gestión, éstas son: INTENDENTE
  • 51. Gobernador: Es la máxima autoridad de la provincia, cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República y subordinado al Intendente. Dentro de sus funciones se encuentra supervisar, asesorar y proponer programas y proyectos de desarrollo provincial. Consejo Económico y Social Provincial: Órgano consultivo y de la participación provincial socialmente organizada. El referido Consejo se integra por el Gobernador y por miembros de las organizaciones sociales y de diversas instituciones de la provincia.