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18-8-2014
JOSE SANTOS PANTA BABILONIA 
TRATA DE PERSONAS 
a Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada 
Transnacional define la trata de personas del siguiente modo: 
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, 
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al 
rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de 
L 
vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el 
consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. 
Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras 
formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las 
prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. 
La definición se encuentra en el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, 
Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (también 
conocido como el Protocolo contra la trata de personas), complementario a 
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada 
Transnacional, conocida también como la Convención de Palermo. 
Adoptado por las Naciones Unidas en Palermo ola, Italia en 2000, el Protocolo contra la 
trata de personas representa un marco fundamental en los esfuerzos internacionales para 
luchar contra la trata de seres humanos establecido por la Convención de Palermo. El 
Protocolo contra la trata de personas es uno de tres Protocolos adoptados para 
complementar la Convención. 
ELEMENTOS 
Los elementos de la trata de personas son: 
1. El acto (qué se hace): la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir 
01 
personas. 
2. Los medios (cómo se hace): amenaza o uso de fuerza, coacción, rapto, fraude, 
engaño, abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión de 
pagos o beneficios en cambio del control de la vida de la víctima. 
3. Objetivo (por qué se hace): para fines de explotación, que incluye 
prostitución, explotación sexual, trabajos forzados, esclavitud, retirada de 
órganos y prácticas semejantes. 
Existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos:13 a) Cuando se redujere o 
mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a 
prácticas análogas; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios 
forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de 
cualquier forma de comercio sexual; d) Cuando se practicare extracción ilícita de 
órganos o tejidos humanos. 
También se puede ordenar según el orden de acontecimientos:14 
1. El reclutamiento, este puede ser por engaño o forzoso y tiene la participación 
de un reclutador.
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2. Transporte, a partir de aquí hasta la explotación la víctima está sometida a 
la coerción, el traslado puede ser entre regiones o a otros países. En este proceso 
participa los transportistas, los funcionarios corruptos, y los intermediarios del 
tratante. 
La explotación, aquí la víctima es sometida a la explotación, por el proxeneta o el 
explotador. Que se acredita sobre la víctima un derecho de propiedad totalmente ilegal. 
 Existe un negocio a nivel mundial en el que se compran y se venden personas; 
 Mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes son explotados sexualmente y 
utilizados en trabajos forzados, servidumbre, y matrimonios serviles; 
 Muchas de las personas que hoy son víctimas de la trata de personas, fueron 
engañadas por personas que conocían: novia/o, amiga/o; 
 Puedes convertirte en víctima de trata de personas; 
 Existen muchas medidas que podemos adoptar para prevenirnos y prevenir a nuestros 
01 
seres queridos; 
 Desde que empezaste a leer esto, una persona como tú ha sido engañada y hoy es 
víctima de la trata de personas: en este momento, su valor como ser humano será 
determinado por las ganancias que reditúe a su/s explotador/es. 
 Permanentemente en el mundo entero hay 2.4 millones de personas que, víctimas de la 
trata de personas y de engaños, se ven obligadas a realizar trabajos forzados. (OIT, 
2005) 
 Las mujeres y las niñas constituyen alrededor del 80% de las víctimas identificadas. 
La trata de niños representa entre el 15% y el 20% de las víctimas, aproximadamente. 
En todas las regiones del mundo se ha detectado la trata de niños y en algunos países 
es la modalidad principal de la trata de personas. (UNODC, 2009) 
 La explotación sexual representa aproximadamente el 80% de los casos registrados. 
 Los expertos estiman que los casos de trata de personas registrados para trabajos 
forzados es muy inferior a la realidad o que, en su mayoría, sus autores son 
enjuiciados por otros delitos. (UNODC, 2009) 
 En el 30% de los países donde se disponía de datos sobre el sexo del delincuente, el 
número de mujeres condenadas por delitos relacionados con la trata de personas era 
superior al de hombres. (UNODC, 2009) 
 Las Naciones Unidas estiman que el valor del mercado de la trata de personas 
asciende a 32,000 millones de dólares. (OIT, 2005) 
 Los datos sobre los casos registrados evidencian que la trata de personas a nivel 
intrarregional (en una misma región) era el tipo de trata predominante en la mayoría 
de los países y que la trata de personas a nivel transregional (entre diversas regiones), 
aunque significativa, era relativamente menos frecuente. (UNODC, 2008) 
Se detectaron casos de trata de personas a nivel nacional en al menos 32 de los países de 
que se disponía de información y, en algunos países, era un problema grave. (UNODC, 
2008) La trata de personas es un delito. 
 Los lugares más comunes donde se ejerce la trata de personas
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01
JOSE SANTOS PANTA BABILONIA 
DIFERENCIAS ENTRE TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS 
Tanto la trata de personas, como el tráfico ilícito de ellas, refieren a dos problemáticas 
distintas, por lo que es importante utilizar los términos de manera correcta. A 
continuación, se desarrolla un cuadro con las principales diferencias: 
TRATA DE PERSONAS TRAFICO DE 
01 
PERSONAS 
DEFINICIÓN Captación, transporte, traslado, 
acogida o recepción de una 
personas… para su explotación.” 
(Protocolo para prevenir, reprimir 
y sancionar la trata de personas) 
La facilitación de un 
cruce de fronteras sin 
cumplir los requisitos 
legales o administrativos 
con el fin de obtener 
directa o indirectamente 
un beneficio económico 
u otro de orden 
material.” 
(Protocolo contra el 
tráfico ilícito de
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01 
migrantes) 
CONTACTO Generalmente la víctima es 
contactada por la/el tratante. 
La persona contacta a 
la/el traficante (pollero). 
CONSENTIMIENTO El consentimiento está viciado, 
porque se consigue a través de 
diferentes medios, como el engaño, 
el fraude o el abuso de una 
situación de vulnerabilidad. 
La persona consiente el 
cruce de fronteras sin la 
documentación 
requerida. 
RUTAS Puede ser dentro de un mismo país, 
o puede implicar el cruce de 
fronteras. 
Implica necesariamente 
un cruce de fronteras. 
PAGOS En la mayoría de los casos el/la 
tratante sufraga los gastos 
derivados del transporte y/o 
traslado de la víctima. 
Hay un intercambio 
monetario entre la 
persona y la/el traficante 
(pollero). 
DELITO Atenta contra la víctima y sus 
derechos, por lo que es un delito 
que afecta a la persona en un 
primer lugar, y a la legislación de 
los Estados en un segundo término. 
Atenta contra la 
legislación de los 
Estados. 
GANANCIA El beneficio económico o de otra 
índole se obtiene de la explotación 
de una persona. 
El beneficio económico 
o de otra índole se 
obtiene de la facilitación 
del ingreso ilegal de una 
persona a otro país. 
CONSECUENCIAS PARA LAS VÍCTIMAS 
 Grave violación a los derechos humanos 
 Abuso físico y/o sexual y/o psicológico 
 Daño físico o psicológico prolongado o permanente 
 Muerte 
 Cosificación de las personas 
 Dificultades de reintegración 
 Estigmatización
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El brindar servicios adecuados de salud y atención a las víctimas de trata no es 
solamente una obligación humanitaria, sino también un asunto de salud pública para los 
países de origen, tránsito y destino. La población también queda expuesta a contraer 
enfermedades infecciosas principalmente, donde la prevención y promoción de la salud 
son factores fundamentales por parte de los Estados a fin de atender y garantizar el 
acceso a los servicios de salud. 
CONSECUENCIAS DE LA TRATA EN LAS SOCIEDADES 
 Desestabilización de los mercados sexual y laboral, generando competencias desleales 
(particularmente en aquellos Estados donde la industria del sexo no se penaliza) 
 Descomposición del tejido social 
 Costos por recuperación de las víctimas 
 Riesgos de afectación a la salud pública (ITS, VIH/SIDA, Hepatitis B Y C) 
 Proliferación y diversificación del crimen organizado y pugnas territoriales 
01 
generadoras de conflicto y violencia 
 Lavado de dinero con un claro impacto en los mercados financieros 
 Aumento de la corrupción 
 Violación de las legislaciones nacionales existentes (contra la explotación sexual, 
leyes laborales, migratorias, de derechos humanos, etc.)
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01 
BIBLIOGRAFIA 
 http://es.wikipedia.org/wiki/Trata_de_personas 
 http://agapeorgmx.com/que-es-la-trata-de-personas/ 
 https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou 
rce=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=Ewf0U5TcI6nhsATTxoK4Cg&ved=0CAYQ_ 
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 https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou 
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 https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou 
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%252F5032a1b5c9a10.jpg%3Bhttp%253A%252F%252Fwww.activism.com%2 
52Fes_MX%252Fpeticion%252Ffirmas-de-apoyo-para-la-aprobacion-de-la-ley-contra- 
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trata de personas

  • 2. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA TRATA DE PERSONAS a Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional define la trata de personas del siguiente modo: La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de L vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. La definición se encuentra en el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (también conocido como el Protocolo contra la trata de personas), complementario a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida también como la Convención de Palermo. Adoptado por las Naciones Unidas en Palermo ola, Italia en 2000, el Protocolo contra la trata de personas representa un marco fundamental en los esfuerzos internacionales para luchar contra la trata de seres humanos establecido por la Convención de Palermo. El Protocolo contra la trata de personas es uno de tres Protocolos adoptados para complementar la Convención. ELEMENTOS Los elementos de la trata de personas son: 1. El acto (qué se hace): la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir 01 personas. 2. Los medios (cómo se hace): amenaza o uso de fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión de pagos o beneficios en cambio del control de la vida de la víctima. 3. Objetivo (por qué se hace): para fines de explotación, que incluye prostitución, explotación sexual, trabajos forzados, esclavitud, retirada de órganos y prácticas semejantes. Existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos:13 a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual; d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos. También se puede ordenar según el orden de acontecimientos:14 1. El reclutamiento, este puede ser por engaño o forzoso y tiene la participación de un reclutador.
  • 3. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA 2. Transporte, a partir de aquí hasta la explotación la víctima está sometida a la coerción, el traslado puede ser entre regiones o a otros países. En este proceso participa los transportistas, los funcionarios corruptos, y los intermediarios del tratante. La explotación, aquí la víctima es sometida a la explotación, por el proxeneta o el explotador. Que se acredita sobre la víctima un derecho de propiedad totalmente ilegal.  Existe un negocio a nivel mundial en el que se compran y se venden personas;  Mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes son explotados sexualmente y utilizados en trabajos forzados, servidumbre, y matrimonios serviles;  Muchas de las personas que hoy son víctimas de la trata de personas, fueron engañadas por personas que conocían: novia/o, amiga/o;  Puedes convertirte en víctima de trata de personas;  Existen muchas medidas que podemos adoptar para prevenirnos y prevenir a nuestros 01 seres queridos;  Desde que empezaste a leer esto, una persona como tú ha sido engañada y hoy es víctima de la trata de personas: en este momento, su valor como ser humano será determinado por las ganancias que reditúe a su/s explotador/es.  Permanentemente en el mundo entero hay 2.4 millones de personas que, víctimas de la trata de personas y de engaños, se ven obligadas a realizar trabajos forzados. (OIT, 2005)  Las mujeres y las niñas constituyen alrededor del 80% de las víctimas identificadas. La trata de niños representa entre el 15% y el 20% de las víctimas, aproximadamente. En todas las regiones del mundo se ha detectado la trata de niños y en algunos países es la modalidad principal de la trata de personas. (UNODC, 2009)  La explotación sexual representa aproximadamente el 80% de los casos registrados.  Los expertos estiman que los casos de trata de personas registrados para trabajos forzados es muy inferior a la realidad o que, en su mayoría, sus autores son enjuiciados por otros delitos. (UNODC, 2009)  En el 30% de los países donde se disponía de datos sobre el sexo del delincuente, el número de mujeres condenadas por delitos relacionados con la trata de personas era superior al de hombres. (UNODC, 2009)  Las Naciones Unidas estiman que el valor del mercado de la trata de personas asciende a 32,000 millones de dólares. (OIT, 2005)  Los datos sobre los casos registrados evidencian que la trata de personas a nivel intrarregional (en una misma región) era el tipo de trata predominante en la mayoría de los países y que la trata de personas a nivel transregional (entre diversas regiones), aunque significativa, era relativamente menos frecuente. (UNODC, 2008) Se detectaron casos de trata de personas a nivel nacional en al menos 32 de los países de que se disponía de información y, en algunos países, era un problema grave. (UNODC, 2008) La trata de personas es un delito.  Los lugares más comunes donde se ejerce la trata de personas
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  • 5. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA DIFERENCIAS ENTRE TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS Tanto la trata de personas, como el tráfico ilícito de ellas, refieren a dos problemáticas distintas, por lo que es importante utilizar los términos de manera correcta. A continuación, se desarrolla un cuadro con las principales diferencias: TRATA DE PERSONAS TRAFICO DE 01 PERSONAS DEFINICIÓN Captación, transporte, traslado, acogida o recepción de una personas… para su explotación.” (Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas) La facilitación de un cruce de fronteras sin cumplir los requisitos legales o administrativos con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio económico u otro de orden material.” (Protocolo contra el tráfico ilícito de
  • 6. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA 01 migrantes) CONTACTO Generalmente la víctima es contactada por la/el tratante. La persona contacta a la/el traficante (pollero). CONSENTIMIENTO El consentimiento está viciado, porque se consigue a través de diferentes medios, como el engaño, el fraude o el abuso de una situación de vulnerabilidad. La persona consiente el cruce de fronteras sin la documentación requerida. RUTAS Puede ser dentro de un mismo país, o puede implicar el cruce de fronteras. Implica necesariamente un cruce de fronteras. PAGOS En la mayoría de los casos el/la tratante sufraga los gastos derivados del transporte y/o traslado de la víctima. Hay un intercambio monetario entre la persona y la/el traficante (pollero). DELITO Atenta contra la víctima y sus derechos, por lo que es un delito que afecta a la persona en un primer lugar, y a la legislación de los Estados en un segundo término. Atenta contra la legislación de los Estados. GANANCIA El beneficio económico o de otra índole se obtiene de la explotación de una persona. El beneficio económico o de otra índole se obtiene de la facilitación del ingreso ilegal de una persona a otro país. CONSECUENCIAS PARA LAS VÍCTIMAS  Grave violación a los derechos humanos  Abuso físico y/o sexual y/o psicológico  Daño físico o psicológico prolongado o permanente  Muerte  Cosificación de las personas  Dificultades de reintegración  Estigmatización
  • 7. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA El brindar servicios adecuados de salud y atención a las víctimas de trata no es solamente una obligación humanitaria, sino también un asunto de salud pública para los países de origen, tránsito y destino. La población también queda expuesta a contraer enfermedades infecciosas principalmente, donde la prevención y promoción de la salud son factores fundamentales por parte de los Estados a fin de atender y garantizar el acceso a los servicios de salud. CONSECUENCIAS DE LA TRATA EN LAS SOCIEDADES  Desestabilización de los mercados sexual y laboral, generando competencias desleales (particularmente en aquellos Estados donde la industria del sexo no se penaliza)  Descomposición del tejido social  Costos por recuperación de las víctimas  Riesgos de afectación a la salud pública (ITS, VIH/SIDA, Hepatitis B Y C)  Proliferación y diversificación del crimen organizado y pugnas territoriales 01 generadoras de conflicto y violencia  Lavado de dinero con un claro impacto en los mercados financieros  Aumento de la corrupción  Violación de las legislaciones nacionales existentes (contra la explotación sexual, leyes laborales, migratorias, de derechos humanos, etc.)
  • 8. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA 01 BIBLIOGRAFIA  http://es.wikipedia.org/wiki/Trata_de_personas  http://agapeorgmx.com/que-es-la-trata-de-personas/  https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou rce=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=Ewf0U5TcI6nhsATTxoK4Cg&ved=0CAYQ_ AUoAQ&biw=1024&bih=677#facrc=_&imgdii=_&imgrc=NF8kgRe5PQ07aM %253A%3BXVXsXado_S7qTM%3Bhttp%253A%252F%252Fdiariocaviar.co m%252Fwp-content%252Fuploads%252F2014%252F07%252Fimagen- 4.jpg%3Bhttp%253A%252F%252Fdiariocaviar.com%252F%253Fp%253D662 1%3B567%3B410.  https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou rce=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=Ewf0U5TcI6nhsATTxoK4Cg&ved=0CAYQ_ AUoAQ&biw=1024&bih=677#facrc=_&imgdii=_&imgrc=jAJJ02XncMnR_M
  • 9. JOSE SANTOS PANTA BABILONIA %253A%3BTWHky4xczAfo8M%3Bhttp%253A%252F%252F4.bp.blogspot.co m%252F-zPRdUcDcIEc% 252FUIYKZEaZsUI%252FAAAAAAAAKDQ%252FVdKZU 49_M7E%252Fs1600%252FEVENTO%252Bvolante%252BNBO%252BTRAT A.jpg%3Bhttp%253A%252F%252Finformativocodeci-cn-cideco. blogspot.com%252F2012%252F10%252Ftaller-trata-de-personas-en-comas. html%3B1500%3B1045.  https://www.google.com.pe/search?q=TRATA+DE+PERSONAS&espv=2&sou rce=lnms&tbm=isch&sa=X&ei=Ewf0U5TcI6nhsATTxoK4Cg&ved=0CAYQ_ AUoAQ&biw=1024&bih=677#facrc=_&imgdii=_&imgrc=KxGB4t03dzgB_M %253A%3BtP6nmMyqoK9- .YM%3Bhttp%253A%252F%252Fwww.activism.com%252Fpics%252Fes_MX %252F5032a1b5c9a10.jpg%3Bhttp%253A%252F%252Fwww.activism.com%2 52Fes_MX%252Fpeticion%252Ffirmas-de-apoyo-para-la-aprobacion-de-la-ley-contra- la-trata-de-personas%252F33323%3B800%3B518. 01