Estado y legitimidad colombiana: elementos y principios constitucionales
1. ESTADO Y LEGITIMIDAD COLOMBIANA
ELABORADO POR:
JANETH ALEXANDRA ARROYAVE BOHORQUEZ
ELIANA ACOSTA CORREA
2. «Agrupación humana, fijada en un territorio
determinado y en la que existe un orden
social, político y jurídico orientado hacia el bien
común, establecido y mantenido por una autoridad
dotada de poderes de coerción».
CONCEPTO DE
ESTADO
El estado es una creación humana. En sus orígenes el hombre vivía
en lo que se conoce como estado de naturaleza, no sometido a las leyes
positivas, ni perteneciendo a ningún territorio delimitado. Es preciso
reconocer que instintivamente muchas especies de animales, no solo
el hombre, tienden a delimitar sus territorios y así lo hizo el ser
humano, a la manera animal, por la fuerza, conquistando tierras a las
que les puso nombre y límites, y las consideró propias.
3. Este concepto puede ser analizado en sus distintos
elementos:
• Agrupación Humana: término sociológico que se refiere a un grupo complejo
de individuos. El Estado es una sociedad de personas naturales que
constituyen el elemento humano o poblacional del mismo.
• Territorio: el Estado lo requiere como condición, es
determinado, mutable, conocido y con cierta delimitación.
• Orden social, político y jurídico: el estado surge como una forma de organizar
la convivencia, confiere un orden a sus integrantes que les otorga seguridad a
sus relaciones al interior del Estado. Supone una realidad social y política a la
cual deben ajustarse las normas a dictar por el Estado.
• Conjunto de autoridades dotadas de poder de coerción: se advierte una
diferenciación de funciones al interior del Estado: Gobernantes (autoridades)
y Gobernados (confieren legitimidad a los gobernantes). Los Gobernantes
tienen facultades para hacerse obedecer en caso de no acatamiento, en último
término por la fuerza (por medio de sanciones).
4. TERRITORIO.
El territorio, el espacio físico en donde se asienta la población, constituye uno de
los elementos fundamentales del Estado. Según algunos más que un elemento,
sería una condición de existencia, ya que sin territorio desaparece el Estado. Sin
embargo, si el territorio fuera la única condición de existencia del Estado, en
cualquier territorio -mutable o indeterminado- podría cumplirse la condición para
establecer un Estado en particular. Esto no parece ser así, advirtiéndose que la
relación entre Estado y territorio es por lo común estable y específica. El territorio
se convierte en elemento de cada Estado, no cualquier territorio sino uno
determinado, lo que no implica afirmar su invariabilidad, ya que éste admite
cambios.
ELEMENTOS DEL ESTADO
Población (elemento humano del Estado).
Territorio (espacio físico).
Poder Político (forma de organización colectiva para lograr sus
fines).
5. Pese a lo esencial de este elemento es admisible que, temporalmente, un Estado
esté privado del control sobre su territorio debido a una invasión por otro Estado.
Esto siempre y cuando se trate de un fenómeno de fuerza, de índole material y, en
principio, temporal. No se afecta la figura jurídica Estado, aún cuando según las
circunstancias, la invasión del territorio podría determinar el fin de la existencia
jurídica del Estado. En el presente siglo se comprueban casos de Estados que han
subsistido pese a carecer temporalmente de control sobre su territorio. Por
ejemplo, Polonia, Francia y otros Estados ocupados militarmente por Alemania
durante la Segunda Guerra Mundial, conservan sus autoridades, las que
permanecen ocultas o en el exilio, no desaparecen y después de la derrota del
invasor vuelven a ejercer su dominio territorial.
Por otro lado, se observa que el territorio es un instrumento para el
Estado, necesario para la realización de sus funciones y cumplimiento de sus
fines. El territorio es fuente de recursos, ámbito de desarrollo de
actividades, hábitat de la población y se proyecta como parte del ecosistema
terrestre. Finalmente, el territorio es el ámbito espacial que delimita el ejercicio de
la competencia por parte del Estado y donde se asienta su colectividad.
6. POBLACIÓN
Primer elemento del Estado por cuanto éste es, ante todo, una
agrupación humana. La población es un conjunto de personas naturales
que habitan en un territorio de manera estable. Este asentamiento estable
o residencia exigido a los integrantes de la población excluye a los
extranjeros de paso o transeúntes.
Este conjunto humano estará integrado habitualmente por nacionales y
extranjeros. Los nacionales son aquellos que tienen la nacionalidad del
Estado de que se trata.
La nacionalidad en definitiva es el vínculo jurídico que une a un
individuo a un Estado. Sin embargo, como se ha dicho, en general dentro
de los Estados también pueden encontrarse extranjeros que residen
dentro del estado y por tanto, deberán respetar las normas internas
y, serán sujetos también de ciertas funciones del Estado respecto de la
población. Entre ellas, la más relevante, su protección de diversos riesgos
a que pueda estar expuesta: agresiones externas, ingreso de
enfermedades, etc.
7. PUEBLO
El pueblo o ciudadanía es el conjunto de individuos que dentro de la
población se encuentra habilitado para ejercer derechos políticos.
Estos individuos, constituidos como pueblo -colectivamente-
integran un todo que es el titular de la soberanía.
En un régimen democrático los derechos políticos se
refieren, fundamentalmente, a la participación de la comunidad en la
generación y funcionamiento de órganos representativos. Así, la
ciudadanía permite al individuo disfrutar del derecho a sufragio, del
derecho a ser elegido (o derecho de sufragio pasivo) y de la posibilidad
de incorporarse a la función pública (cuando para ser designado
funcionario público se exige la calidad de ciudadano).
8. TEORÍA DE LA SOBERANÍA
En la teoría política, la idea de soberanía es antigua. Ella data desde el siglo XVI
y se asocia al surgimiento del Estado moderno. Es usada por primera vez por el
pensador francés Jean Bodin, quien la caracteriza como un poder absoluto y
perpetuo que reside en una república. Desde entonces se ha generalizado el uso
del concepto de soberanía como atributo del poder estatal.
Es menester afirmar la idea de soberanía limitada por lo menos en dos aspectos:
por el fin del Estado, que es el bien público temporal, por un lado, y por otro,
por los derechos de las personas que, jurídicamente se contemplan en las
constituciones que los Estados se han ido dando desde el siglo XVIII.
A pesar de su asociación con la idea de monarquía, por su origen histórico, el
término soberanía pasó del antiguo régimen al constitucionalismo de los siglos
XIX y XX. Esto porque la Revolución Francesa reivindicó este poder del rey,
absoluto e ilimitado, radicándolo en el pueblo.
Se distinguen dos planos de la soberanía: soberanía política y soberanía legal.
La primera podría describirse como la soberanía en el Estado y la segunda como
la soberanía del Estado.
9. LA CONSTITUCIÓN DEFINICIÓN:
Conjunto de reglas que ordenan el funcionamiento de
su régimen político.
Sus ejes axiológicos son llegar a constituir una
sociedad incluyente y democrática, basada en la
participación, en la toma de decisiones y en el
cumplimiento y respeto de los derechos
fundamentales.
“UNA VENTANA A LA
CONSTITUCIÓN”
10. LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
1991
Se encuentra conformada por 6 elementos de preámbulo.
Son los siguientes:
• Protección de Dios: Respeto por la libertad de culto, pensamiento…
• Unidad nacional: Colombia es una república unitaria la cual debe
manejarse dentro de un marco de unidad nacional.
• Asegurar
vida, convivencia, trabajo, justicia, igualdad, conocimiento, libertad y
paz: Garantiza el derecho a la vida, a una sana convivencia y tomar el
trabajo como una obligación social.
Todos tenemos derecho a la justicia y a oportunidades para acceder a la
educación.
• Marco jurídico democrático y participativo: Todos debemos cumplir por
igual con las normas jurídicas implantadas por los gobernantes.
Tenemos derecho a participar en la toma de decisiones de nuestro país.
• Orden político, económico y justo: Nos podemos desarrollar como
personas dignas y alcanzar con la ayuda del estado nuestras metas.
• Integración con la comunidad latinoamericana y del caribe: Establecer
relaciones, creando mercado abierto como un proceso de integración y
11. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1: Colombia es un estado social de derecho.
Artículo 2: Son fines esenciales del estado servir a la
comunidad.
Artículo 3: La soberanía reside exclusivamente en el pueblo del
cual emana el poder público.
Artículo 4: La constitución es norma de normas.
Artículo 5: El estado ampara a la familia como institución
básica de la sociedad.
Artículo 6: Los particulares son responsables ante las
autoridades por infringir la constitución y las leyes.
Artículo 7: El estado reconoce y protege la diversidad étnica y
cultural de la Nación colombiana.
12. Artículo 8: Es obligación del Estado y de las personas
proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Artículo 9: Las relaciones exteriores del estado se
fundamentan en la soberanía nacional.
Artículo 10: El castellano es el idioma oficial de
Colombia.
Artículo 11: El derecho a la vida es inviolable, no habrá
pena de muerte.
Artículo 12: Nadie será sometido a desaparición
forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes.
Artículo 13: Todas las personas nacen libres e iguales
ante la ley.
13. Artículo 14: Toda persona tiene derecho al
reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 15: Todas las personas tienen derecho a su
intimidad y a su buen nombre.
Artículo 16: Todas las personas tienen derecho al
libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 17: Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre y
la trata de seres humanos en todas sus formas.
Artículo 18: Se garantiza la libertad de conciencia.
Artículo 19: Se garantiza la libertad de cultos.
14. CLASES DE DEREHOS
DERECHOS CIVILES
Pertenecientes a la esfera humana y se extienden a todos los
individuos, nacionales o extranjeros que habitan en el territorio del estado.
No tienen distinción de
raza, edad, sexo, idiomas, religión, opinión, política, origen nacional o
social, posición económica…
DERECHOS POLÍTICOS
Pertenece a la persona en cuanto a miembro activo del estado o sea en
cuanto ciudadano.
DERECHOS HUMANOS
Son valores de convivencia fundamentados en la dignidad humana, la
razón y la justicia. Implican el reconocimiento de unas condiciones
mínimas de orden material y espiritual que se deben garantizar a todas las
personas.
Conjunto de instrumentos, normas, reglas y mecanismos que regulan y
controlan las relaciones mutuas entre los individuos, los grupos, las
comunidades, los pueblos, el estado y las naciones.
15. Algunos de los derechos
consagrados en la constitución
son:
El derecho a la vida
Derecho a la autonomía
Derecho a la intimidad
Hebeas Data.
Libertad de locomoción y residencia.
Derecho sobre la participación política.
Hebeas Corpus.
Derechos sociales económicos y culturales.
La seguridad social.
Derecho a la salud básica.
Derecho a la educación.
Derecho a la cultura.
Libertad de expresión y de información.
Derechos del niño.
Derechos del adolecente.
Derechos mínimos de los trabajadores.
16. FINALIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS
Garantizar a cada persona, un tiempo de
paz, el respeto por sus derechos y
libertades, para así asegurar su plano
desarrollo social y protegerlos de abusos por
parte de las autoridades.
REFLEXIONEMOS
Como ciudadanos Colombianos, debemos poner
de nuestra parte para que se respeten y
defiendan los derechos humanos; ya que son
parte fundamental en la vida del ser humano y
en la construcción de una sana convivencia
social.
17. ¡GRACIAS
BIBLIOGRAFIA
IMÁGENES TOMADAS DE:
• GOOGLE IMÁGENES
• ZOOLÓGICO SANTA FE
INFORMACION TOMADA DE:
• GOOGLE
• WIKIPEDIA
• LECTURAS DE LA UNIDAD UNO Y DOS
RECOMENDADOS POR LA DOCENTE UCN.
• COSTITUCION POLITICA