2. CONTENIDO
1. Justificación.
2. Objetivo.
3. Ámbito de Aplicación.
4. Principios Básicos de Comportamiento.
4.1. Legalidad.
4.2. Integridad Ética.
4.3. Derechos Humanos.
5. Ambiente Laboral.
5.1. Inclusión Laboral.
5.2. Equidad de Genero.
5.3. Seguridad Social.
5.4. Vida Integral.
3. CONTENIDO
6. Responsabilidad Social.
6.1. Promoción de una Vida Digna.
6.2. Protección del Medio Ambiente.
6.3. Luchadores por la Paz.
7. Interpretación y Cumplimiento.
4. 1. JUSTIFICACIÓN
La propuesta de valor de valor de nuestra institución se
centra en proporcionar una educación basada en la
formación de valores, por lo que todo el personal que
colabora en el Colegio debe vivir y promover los valores
que buscamos detonar en los alumnos para
convertirlos en personas de virtuosas, transmisores de
los principios éticos fundamentales.
5. 2. OBJETIVO:
Establecer los principios básicos a los que debe
apegarse el comportamiento de quienes forman parte
del Colegio Antonio Caso, personal administrativo,
docentes y alumnos; así como de las entidades físicas y
morales relacionadas con este: proveedores, clientes,
acreedores, etc.
6. 3. AMBITO DE APLICACIÓN
Este Código de Ética es de observación obligatoria para:
a) El Personal que Colabora con el Colegio: Docentes,
Alumnos, Personal Directivo y de Apoyo.
b) Padres de Familia.
c) Las entidades, no importando su personalidad
jurídica, que tienes relación directa o indirecta con
el Colegio.
8. 4.1. LEGALIDAD
a) Toda actividad desarrollada por el Colegio o el
personal que forma parte de él, deberá hacerse
dentro de los términos impuestos por la ley o leyes
correspondientes.
b) El personal debe ser reflejo de legalidad por lo que
no son admisibles, ni se solaparan las infracciones a
la ley en que ellos incurran.
9. 4.2. INTEGRIDAD ETICA
a) Todas las actividades del Colegio Antonio Caso y de
su personal deberán llevarse a cabo integra, honorable,
respetuosa y responsablemente.
b) El valor de la honestidad es el sustento de la
propuesta de valor de nuestra institución por lo que
actuar de manera contraria a este principio se
considera una falta grave.
10. 4.3. DERECHOS HUMANOS
a) Todas las actividades que realiza el Colegio Antonio
Caso o las que sus colaboradores llevaran en nombre
de este deben estar encaminadas a dignificar al ser
humano y bajo ningún motivo serán aceptables
practicas mezquinas como la humillación, el maltrato
físico y emocional, la indiscriminación o la desigualdad
ya que violan las garantias individuales del ser humano.
12. 5.1. INCLUSIÓN LABORAL
a) Dentro de los procesos de admisión del colegio
Antonio Caso no existe ningún impedimento para que
personas con algún tipo de discapacidad formen parte
de su planilla laboral, no obstante si la persona
manifestara problemas de salud relevantes quedara
excluida del proceso de admisión.
13. 5.2. EQUIDAD DE GENERO
a) Toda persona sin importar su genero, preferencia
sexual, religión o Ideología tiene las mismas
oportunidades de desarrollo dentro de la institución
siempre y cuando estas no atenten contra la meta de
un aeducación con formación de valores.
14. 5.3. SEGURIDAD SOCIAL.
a) Todas las actividades del Colegio deben realizarse
de manera que se garantice la integridad tanto
física como mental de sus colaboradores.
b) Todo colaborador del Colegio tiene derecho a las
prestaciones que marca la ley en materia de
seguridad y salud laboral, con el objeto de
proporcionarle una vida digna.
15. 5.4. VIDA INTEGRAL
a) Todos los colaboradores del colegio tienen derecho
a disfrutar de una vida equilibrada donde el trabajo
y la vida personal estén balanceadas para permitir
el desarrollo integral de la persona.
b) El Colegio es respetuoso, en todo momento, de los
tiempos que el colaborador destina a su libre
esparcimiento por lo que todo tema de índole
laboral deberá ser tratado dentro del horario de
trabajo del colaborador.
17. 6.1. PROMOCIÓN DE UNA VIDA DIGNA.
a) Todo colaborador del Colegio debe pugnar porque
cada persona reciba una vida digna y es su
responsabilidad fomentar este principio entre los
alumnos a través de actividades de amplio impacto
en el tejido social.
b) El Colaborador debe predicar con el ejemplo su
preocupación porque las personas en situaciones
de vulnerabilidad sean tratadas digna y
humanamente.
18. 6.2. PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
a) Todas las actividades desarrolladas por el Colegio
Antonio Caso deben ser planeadas y ejecutadas
considerando el impacto directo e indirecto que
tendrán sobre el entorno.
b) La racionalización de los recursos naturales es una
practica empresarial de observación obligatoria por
todas las partes relacionadas.
c) La protección y cuidado de los animales son un
reflejo de la dignificación del ser humano.
19. 6.3. LUCHADORES POR LA PAZ
a) Es responsabilidad de los Colaboradores fomentar
el ambiente propicio para promover la tolerancia, el
respeto y la concordia.
b) Las practica de hostigamiento, acoso y violencia son
actitudes reprobables por la institución.
c) La paz es un estado social que es alcanzable cuando
vivimos en un ambiente de concordia y el dialogo es
la vía de la negociación.
21. 7.1. CUMPLIMIENTO
a) El presente código es de observación obligada para
todos los colaboradores del Colegio Antonio Caso.
b) Si algún colaborador llegara a saber de alguna
situación que incumpla con este código, debe
notificar al comité de ética y valores.
c) Todo colaborador que sea acusado sera
considerado inocente hasta que después de un
periodo probatorio sea encontrado culpable y
acreedor a la sanción correspondiente.
22. 7.1. CUMPLIMIENTO
d) Ningún Colaborador podrá tener una relación mas
allá de lo académico con cualquiera de los alumnos ya
que estas situaciones pueden desencadenar conflictos
de interés.
e) Todo conflicto de interés que llegara a presentarse
deberá resolverse a través del dialogo para encontrar
una solución aceptable.
23. 7.1. CUMPLIMIENTO
f) La vulneración del presente código representa una
falta de índole laboral por lo que será sancionada con
base en las leyes laborales vigentes.
g) Las faltas que por su gravedad pudieran
comprometer la imagen y/o la integridad de la
Institución deberán sancionarse con el cese del
colaborador y la reparación de daños.
24. 7.2. VIGILANCIA
a) El órgano encargado de velar por el cumplimiento
de este código es el Comité de Ética y Valores de la
Institución y se encuentra facultado para dictaminar
la gravedad de la falta así como la sanción
correspondiente.
b) Cuando la falta viniera de un alumno este será
juzgado por el Comité de Honor y Disciplina, el cual
estara formado por alumnos del plantel y su fallo
sera revisado por un representante del Comité de
Etica y Valores quien dará el fallo final.