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CAPITULO 1

ESTRUCTURA DEL ESTADO
ESTRUCTURA DEL ESTADO


OBJETIVO


Dar a conocer a los estudiantes, algunos elementos teóricos y
prácticos para la comprensión y fundamentación legal del Estado
Colombiano.

Conocer la estructura institucional, administrativa y económica del
Estado Colombiano
PRESENTACION



ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO


• DNP (2005) “El Estado y su organización” *

• DNP (1995) “ Análisis de la Evolución del Sector público”

• DNP y WIESNER D., A. (2004). “Origen Político del Déficit
  Fiscal en Colombia: el contexto internacional 20 años
  después”.

• LOPEZ M., D. (2006). “El sueño Weberiano: claves para una
  comprensión constitucional de la estructura administrativa
  del Estado Colombiano”.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
            COLOMBIANO
NACION

COMPONENTE SOCIOLÓGICO                           COMPONENTE POLITICO

Grupo de personas que comparten                 Cuando el Grupo de personas que GENERAL
                                                                          CONTADURIA

Algunas características especiales              habitan en un territorio determinado
de cohesión social, como vínculos               establecen un orden y una cohesión
de sangre, de cultura o de historia.            social presentándose como una unidad
                                                diferenciada de otras afines


      Nacionalidades                                 Nacionalidad Estatal



                                       ESTADO

        Es la Nación jurídicamente organizada para realizar sus actos y
        políticamente libre, siendo su medio de acción el Gobierno.
NACION Y ESTADO
                                     (Diferencias y Conclusiones)


 Es una sociedad natural del ser humano
                                                         Es una sociedad humana que ocupa un
 con unidad de territorio, de costumbres y
                                                         determinado territorio, sujeta a un poder
 generalmente de lengua, con una vida y
                                                         soberano que crea, define y aplica un
 conciencia comunes de la que forma parte
                                                         orden jurídico que la estructura y cuyo
 la nacionalidad, en ese sentido es un
                                                         objetivo es alcanzar el bien público.
 elemento cultural de cohesión.




    GOBIERNO es el órgano intermedio entre el soberano (el Pueblo y el Estado) y está
    conformado por un grupo de personas con una responsabilidad compartida para ejercer
    el poder político



        PODER Es la capacidad o potencial para influir en las decisiones y controlar los recursos.




KLNG©                                                            Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
“La organización política y jurídica de un pueblo en un
                   determinado territorio y bajo el poder de mando de una
                                 autoridad que gobierna”



  Espacio físico que
garantiza la existencia              EL ESTADO                          Máxima potestad del
      del Estado                                                       pueblo, que no proviene
                                                                        de ningún otro poder

                  Territorio                              Soberanía

                                                                       En Colombia la soberanía
                                                                       se ejerce indirectamente,
                                                                       delegada al ESTADO


                  Gobierno                                Pueblo




      Conjunto de                                               Comunidad de los que viven
     instituciones             Es el ESTADO en acción,          en ese territorio de acuerdo
    habilitadas para           a nivel nacional y territorial   Con el ordenamiento jurídico
ejercer el poder público                                                 establecido

                                                                               Fuente: DNP
TERRITORIO COLOMBIANO

                                                       Espectro
                                                       electromagnético

                                              Espacio Aéreo
  Zona            Zona           Mar
                                                     Suelo
Económica       contigua      Territorial
 (200 millas)                   (12 millas)




                                                Subsuelo
     200 m

                           Plataforma
                           continental

                                                      Fuente: DNP
TERRITORIO GEOGRAFICO



TERRITORIO ECONOMICO
CONSTITUCION
                                                  POLITICA
                                                                   se considera
                      Como



  NORMA                              LEY DE                                    CARTA                        LEY
 SUPERIOR                            LEYES                                     MAGNA                    FUNDAMENTAL



                          que rige

                                                                                       controlado por
                                                                  expresa el

       una           un
                                                                                                  CORTE
SOCIEDAD                  GOBIERNO                  ORDENAMIENTO                              CONSTITUCIONAL
               y                                      JURIDICO                                                                en relación con


             opera                                                                                               que define

                                                                   de un                                 la
                   en determinado


       TERRITORIO                                                                 EXEQUIBILIDAD                    INEXEQUIBILIDAD
                                                   ESTADO                                               de las




                                                                                                         LEYES
                                     Fuente: Garcia, G. y Bolivar, J.
“Colombia es un Estado social de derecho
     organizado en forma de República
                                                         CONTADURIA GENERAL DE
 unitaria, descentralizada, con autonomía
       de sus entidades territoriales,
  democrática, participativa y pluralista,
   fundada en el respeto de la dignidad
 humana, en el trabajo y la solidaridad de
    las personas que la integran y en la
      prevalencia del interés general”

                Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 1°.
FUNCIONES DEL ESTADO COLOMBIANO

  “Son fines esenciales del Estado: servir a la
comunidad; promover la prosperidad general;
   garantizar la efectividad de los principios,
     derechos y deberes consagrados en la
Constitución; facilitar la participación de todos
 en las decisiones que los afectan y en la vida
 económica, política, administrativa y cultural
    de la Nación; defender la independencia
  nacional; mantener la integridad territorial y
      asegurar la convivencia pacífica y la
           vigencia de un orden justo”.

                   Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 2°.
ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO

“Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la
           ejecutiva y la judicial.

Además de los órganos que las integran existen
  otros autónomos e independientes, para el
   cumplimiento de las demás funciones del
   Estado. Los diferentes órganos del Estado
  tienen funciones separadas pero colaboran
armónicamente para la realización de sus fines ”.


                   Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo
                   113°.
LEGISLATIVA



       FUNCIONES
           DEL
         ESTADO


EJECUTIVA             JUDICIAL
ESTRUCTURA DEL
                                               ESTADO
                                             COLOMBIANO


      RAMA DEL PODER              ORGANOS      ORGANOS DE          ORGANIZACIÓN              ORGANIZACIÓN
         PUBLICO                 AUTONOMOS      CONTROL             ELECTORAL                 TERRITORIAL


                                                                         CONSEJO
                                                  MINISTERIO            NACIONAL
LEGISLATIVA   EJECUTIVA     JUDICIAL               PUBLICO              ELECTORAL          DEPARTAMENTOS


                                                                        REGISTRADURIA
                                                  CONTRALORIA            NACIONAL DEL
                       ORDEN                       GENERAL DE            ESTADO CIVIL          DISTRITOS
                      NACIONAL                    LA REPUBLICA

                                                                          Registradurias
                                                    Contralorias          Departamental
                                                   Departamental            Municipal         MUNICIPIOS
                         ORDEN
                                                     Municipal              Distrital
                       TERRITORIAL
                                                     Distrital

                                                                        PROCURADURIA         TERRITORIOS
                                                                         GENERAL DE           INDIGENAS
                                                    AUDITORIA             LA NACION
•   BANCO DE LA REPUBLICA                          GENERAL DE
•   ENTES UNIVERSITARIOS AUTONOMOS                LA REPUBLICA
•   CORPORACIONES AUTONOMAS                                            DEFENSORIA
    REGIONALES                                                         DEL PUEBLO
•   COMISION NACIONAL DE TELEVISION
•   COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
                                                                       PERSONERIAS
                                                                       DISTRITALES Y
                                                                       MUNICIPALES
RAMA LEGISLATIVA


                        CONGRESO



                                                CAMARA DE
  SENADO                                      REPRESENTANTES

“ Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución,
   hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la
                           Administración.

 El Congreso de la República, estará integrado por el Senado y la
                   Cámara de Representantes”.

         Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 114°.
RAMA JUDICIAL


“La Corte Constitucional, la Corte Suprema de
  Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo
 Superior de la Judicatura, la Fiscalía General
   de la Nación, los Tribunales y los Jueces,
  administran la justicia. También lo hace la
             justicia penal militar”.

                  Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo
                                        116°.
RAMA EJECUTIVA

“EL Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe
del Gobierno y suprema autoridad administrativa.

El gobierno nacional está formado por el Presidente de
la República, los ministros del despacho y los directores
de departamentos administrativos.
El Presidente y el Ministro o Director de Departamento
correspondiente, en cada negocio particular, constituyen
el Gobierno.
……
Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superin-
tendencias, los establecimientos públicos y las empresas
industriales o comerciales del Estado, forman parte de la
Rama Ejecutiva”.
                    Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo
                                          115°.
RAMA JUDICIAL

                   JURISDICCION
                DE LO CONTENCIOSO                      JURISDICCION             CONSEJO
                  ADMINISTRATIVO                         ESPECIAL             SUPERIOR DE LA
                                                                               JUDICATURA


JURISDICCION                           JURISDICCION               FISCALIA GENERAL
 ORDINARIA                            CONSTITUCIONAL                 DE LA NACION
                    CONSEJO DE
                      ESTADO
CORTE SUPREMA                             CORTE                                   INSTITUTO DE
                                      CONSTITUCIONAL            FISCALES
  DE JUSTICIA                                                  DELEGADOS
                                                                                MEDICINA LEGAL
                                                                             Y CIENCIAS FORENCES
                    TRIBUNALES
                  ADMINISTRATIVOS
 TRIBUNALES
 SUPERIORES


 JUZGADOS DE                                                JURISDICCIONES
                                         JUSTICIA PENAL      COMUNIDADES
   CIRCUITO                                 MILITAR           INDIGENAS


  JUZGADOS
 MUNICIPALES                                       JURISDICCION
                                                      DE PAZ
RAMA EJECUTIVA

                                            ORDEN NACIONAL                                   ORDEN TERRITORIAL

                                              SECTORES (19)

                                            PRESIDENCIA MINISTERIOS Y
                                                DEPARTAMENTOS
                                                ADMINISTRATIVOS


                                                                                                         ORGANOS
     SECTOR CENTRAL                             SECTOR DESCENTRALIZADO
                                                                                                        AUTONOMOS


                      ENTIDADES ADSCRITAS                               ENTIDADES VINCULADAS


SUPERINTENDENCIAS                                                             EMPRESAS INDUSTRIALES Y
                                                                              COMERCIALES DEL ESTADO


                        ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS                                  SOCIEDAD FILIAL DE EMPRESAS
     UNIDADES                                                                 INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO
  ADMINISTRATIVAS
    ESPECIALES
                         UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESP.
                                                                              SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA.


                        SUPERINTENDENCIAS                                     EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS -MIXTA.


                        EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO                          SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PUBLICAS


                        ENTIDADES FINANCIERAS DE NATURALEZA UNICA             SOCIEDADES POR ACCIONES


                            FONDOS ESPECIALES COMO SISTEMA DE                 ENTIDADES DE NATURALEZA SOLIDARIA
                                        CUENTAS
                                        (Con P.J.)
                                                                              CORPORACIONES DE PARTICIPACION MIXTAS

                                                                              CORPORACIONES CIVILES
                                                                                SIN ANIMO DE LUCRO
RAMA EJECUTIVA

 ORDEN NACIONAL                        ORDEN TERRITORIAL




                  DEPARTAMENTAL                  MUNICIPAL                       DISTRITAL




                     Gobernador                         Alcalde                      Alcalde Mayor
CENTRAL              Secretarias                      Secretarias                     Secretarias
                    Dptos Admón.                     Dptos Admón.                    Dptos Admón.




                                                                                      Empresas I y C
                     Empresas I y C                   Empresas I y C                 Soc. Econ. Mixta
DESCENTRALIZADO     Soc. Econ. Mixta                 Soc. Econ. Mixta                 Serv. Publicos
                     Serv. Publicos                   Serv. Publicos                   Alcalde Local




  TERRITORIOS        Los Municipios y Territorios Indígenas podrán constituirse en “Provincias”
   INDIGENAS                                            por las
                      Asambleas a iniciativa del Gobernador, de los Alcaldes o de los propios
                                                     ciudadanos.
ALGUNAS PRECISIONES
   CONCEPTUALES
CENTRALIZACION
Esta es una manera de organizar administrativamente el
Estado; se caracteriza porque todas las tareas y
funciones públicas se encuentran a cargo de una sola
persona jurídica –Estado–. En ese sentido, es el
Gobierno Central el encargado de desarrollar todas las
tareas y funciones públicas.

No impide la existencia de agentes públicos territoriales
en todo el Estado, pero a estos no se les reconoce vida
jurídica; así mismo, Están sujetos a la autoridad central
y adquieren el carácter de circunscripciones de una
misma administración estatal, sin tener la posibilidad de
tomar decisiones.
DESCONCENTRACION
Es una forma jurídica en que se organiza la Administración,
otorgando funciones a agencias u órganos que actúan bajo
instrucciones de las autoridades centrales.

Según la Ley 489/98, es la radicación de competencias y funciones
en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo
o entidad administrativa, conservando la autoridad central las
potestades y deberes de orientación e instrucción.

Características
No poseen personería jurídica ni patrimonio propios, porque
todas sus labores están sujetas al poder jerárquico de las
instituciones nacionales.

Toman algunas decisiones, pero en nombre de las entidades
nacionales, ya que estas últimas continúan monopolizando las
funciones estatales.
TIPOS DE DESCONCENTRACION



    TERRITORIAL                        JERARQUICA


                                   Es cuando el Presidente de
Es cuando los órganos o            la República otorga funciones
agencias se desplazan y            de su autoridad a instancias
prestan su servicio en             inferiores sin que exista
diversas regiones del              desplazamiento físico, es decir,
Territorio dada la imposibilidad   que continúan siendo
o inconveniencia de hacerlo        ejercidas desde la capital.
Desde la capital.                  Eje: cuando las funciones son
                                   delegadas a los ministros y
                                   estos a su vez encomiendan a
                                   los demás funcionarios.




                                          Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
DESCENTRALIZACION

Consiste en otorgar competencias o funciones
administrativas a personas públicas diferentes del
gobierno central que las cumplen en su nombre
propio y bajo su responsabilidad.

En el caso colombiano la descentralización se da
en que cada entidad territorial adquiere su propia
personería jurídica pública, atenuando así la
jerarquía administrativa.

Esta forma de organización administrativa del Estado
Permite una reducción del Gobierno Nacional,
conservando este algunas facultades de vigilancia y
control.
PRINCIPALES OBJETIVOS DE LA DESCENTRALIZACION

  • Dar mayor autonomía política, fiscal y administrativa a los
 departamentos y municipios frente al Estado central.

  • Acercar la Administración a los ciudadanos para que estos la
 reconozcan como asunto propio.

  • La autonomía y la participación ciudadana se constituyen en
 elementos de democratización del país.


Al ser Colombia un Estado Unitario solo es posible la Descentrali-
zación Administrativa, que consiste en la entrega de competencias
o funciones administrativas a personas públicas creadas por el
poder central del Estado, para que las ejerzan en su propio nombre
y bajo su propia responsabilidad.
Si las entidades territoriales estuvieran facultadas para ejercer
Funciones legislativas o jurisdiccionales, se estarían adquiriendo
expresiones de Estado Federal.
TIPOS DE DESCENTRALIZACION
                            ADMINISTRATIVA




   TERRITORIAL                             POR SERVICIOS



Sistema de administración de
servicios que le reconoce a una
comunidad ubicada en un territorio     •   Descentralización Fiscal
la gestión de los asuntos públicos
de su interés, dotándola de
personalidad jurídica, atribuciones,   •   Descentralización
competencias y recursos.                   funcional
Ejemplos:
Departamentos, distritos y             •   Descentralización política
municipios, quienes reciben el
nombre de entidades territoriales.
TIPOS DE DESCENTRALIZACION
                 ADMINISTRATIVA




TERRITORIAL                    POR SERVICIOS


                   Es en la que se conceden competencias
                   y funciones, ya no a entidades
                   territoriales, sino a organismos que son
                   creados con el fin de realizar una
                   actividad especializada y tecnificada.

                   Es el caso de los Establecimientos
                   Públicos, Empresas Industriales y
                   Comerciales del Estado.
Superintendencias

Son organismos adscritos a un ministerio, los cuales,
dentro de los límites de la autonomía administrativa
y financiera establecida por la ley, ejercen algunas de
las funciones que pertenecen al Presidente de la
República, especialmente las de control, inspección y
vigilancia de la prestación de un servicio público o
del ejercicio de una actividad y las demás que la ley
les confiere.
Tienen cierta autonomía frente al ministerio del cual
dependen.
Establecimientos Públicos
Según la Ley 489 de 1998, son organismos encargados
Principalmente de atender funciones administrativas y prestar
servicios públicos conforme a las reglas de derecho público.

Características:
• Personería jurídica: sujeto de derechos y obligaciones.
• Autonomía administrativa: facultad para manejarse a sí misma.
• Patrimonio independiente: constituido con bienes o fondos públicos
comunes o con el producto de impuestos, tasas o contribuciones de
destinación especial.
 • Tienen una dirección, a cargo de un Director, quien es el
    representante
legal de la entidad,.
 • Tiene una junta o consejo directivo, órgano colegiado y deliberante
que se encuentra en cabeza del establecimiento; el Presidente de la
junta es el Ministro o Director de Departamento Administrativo al cual
está adscrito.
Empresas Industriales y Comerciales del Estado
Son organismos creados por la ley, o autorizados por esta, que
desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial
conforme a las reglas del derecho privado, salvo las
excepciones que consagre la Ley,

Características:

• Personería jurídica.
• Autonomía administrativa.
• Capital independiente, constituido totalmente con bienes o
fondos públicos comunes; los productos de ellos o el
rendimiento de impuestos, tasas o contribuciones de
destinación
especial.
Sociedades de Economía Mixta
Son organismos constituidos bajo la forma de sociedades
comerciales con aportes estatales y de capital privado,
creados por la ley o autorizados por esta, que desarrollan
actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las
reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre
la Ley.

Para su constitución es necesario la realización de dos
actos jurídicos; la ley que las autoriza determina las condiciones
de participación del Estado y el Contrato de Sociedad, mediante
los cuales los socios se comprometen a hacer los aportes
correspondientes en dinero, trabajo u otros bienes, con el
propósitos de realizar la repartición de utilidades de acuerdo
con las actividades que definen como objeto de la sociedad.
Características de las Sociedades de Economía Mixta

• Personería jurídica.

• Autonomía administrativa. Esta autonomía presenta varios
grados dependiendo de la participación del Estado dentro de la
sociedad, de manera que a menor participación económica del
Estado existirá mayor autonomía.

 • Son ellas mismas las que establecen las tarifas y precios para
sus servicios y productos.

• Capital público y privado. Los aportes que integran la sociedad
pueden ser dinero en efectivo, laborales o inmateriales,
pero los aportes estatales, según el artículo 463 del Código de
Comercio, pueden consistir en ventajas financieras o fiscales,
garantías de las obligaciones de la sociedad o suscripción
de los bonos que ella emita, auxilios especiales, concesiones, etc.

 • La existencia de una asamblea de accionistas o junta de
socios, de una junta o consejo directivo y de representantes
legales que tienen la denominación de gerentes o presidentes.
ESTRUCTURA Y ACTIVIDAD ECONOMICA DEL
                  SECTOR PUBLICO




KLNG©                          Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
ESTRUCTURA ECONOMICA DEL
                                            SECTOR PUBLICO COLOMBIANO
                             NACIONAL                                                                           TERRITORIAL



            FINACIERO                                        NO                                  FINACIERO               NO FINANCIERO
                                                         FINANCIERO


   BANCO     ENTIDADES      ENTIDADES                                                             ENTIDADES                ENTIDADES NO
                                                        ENTIDADES NO
  CENTRAL   FINANCIERAS    FINANCIERAS                                                           FINANCIERAS                FINANCIERAS
                                                         FINANCIERAS
            DE DEPOSITO       DE NO                                                                 DE NO
                             DEPOSITO                                                              DEPOSITO

                                                                                                                                       GOBIERNO
                                                                       GOBIERNO                                     EMPRESAS
                                             EMPRESAS                                                                                   GENERAL
                                                                        GENERAL
                                                                                                     CAJAS DE
               BANCOS                                                                                VIVIENDA
                                                                                                                                           ADMINISTRACION
                              CAJAS DE                                                                                  EMPRESAS
                              VIVIENDA                                                                                                        CENTRAL
                                                                                                                       SOCIALES DEL
                                                 EMPRESAS                                                                ESTADO
                                                                           ADMINISTRACION
                                                SOCIALES DEL
                                                                              CENTRAL                FIDUCIARIAS
                                                  ESTADO
                OTRAS                                                                                                                          CONSEJOS
               ENTIDADES      FIDUCIARIAS                                                                                EMPRESAS                 Y
                                                                                                                       INDUSTRIALES           ASAMBLEAS
                                                                               EJECUTIVA             FONDOS                 Y
                                                  EMPRESAS                                                             COMERCIALES
                              FONDOS            INDUSTRIALES
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Estructura del estado

  • 2. ESTRUCTURA DEL ESTADO OBJETIVO Dar a conocer a los estudiantes, algunos elementos teóricos y prácticos para la comprensión y fundamentación legal del Estado Colombiano. Conocer la estructura institucional, administrativa y económica del Estado Colombiano
  • 3. PRESENTACION ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO • DNP (2005) “El Estado y su organización” * • DNP (1995) “ Análisis de la Evolución del Sector público” • DNP y WIESNER D., A. (2004). “Origen Político del Déficit Fiscal en Colombia: el contexto internacional 20 años después”. • LOPEZ M., D. (2006). “El sueño Weberiano: claves para una comprensión constitucional de la estructura administrativa del Estado Colombiano”.
  • 4. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO
  • 5. NACION COMPONENTE SOCIOLÓGICO COMPONENTE POLITICO Grupo de personas que comparten Cuando el Grupo de personas que GENERAL CONTADURIA Algunas características especiales habitan en un territorio determinado de cohesión social, como vínculos establecen un orden y una cohesión de sangre, de cultura o de historia. social presentándose como una unidad diferenciada de otras afines Nacionalidades Nacionalidad Estatal ESTADO Es la Nación jurídicamente organizada para realizar sus actos y políticamente libre, siendo su medio de acción el Gobierno.
  • 6. NACION Y ESTADO (Diferencias y Conclusiones) Es una sociedad natural del ser humano Es una sociedad humana que ocupa un con unidad de territorio, de costumbres y determinado territorio, sujeta a un poder generalmente de lengua, con una vida y soberano que crea, define y aplica un conciencia comunes de la que forma parte orden jurídico que la estructura y cuyo la nacionalidad, en ese sentido es un objetivo es alcanzar el bien público. elemento cultural de cohesión. GOBIERNO es el órgano intermedio entre el soberano (el Pueblo y el Estado) y está conformado por un grupo de personas con una responsabilidad compartida para ejercer el poder político PODER Es la capacidad o potencial para influir en las decisiones y controlar los recursos. KLNG© Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
  • 7. “La organización política y jurídica de un pueblo en un determinado territorio y bajo el poder de mando de una autoridad que gobierna” Espacio físico que garantiza la existencia EL ESTADO Máxima potestad del del Estado pueblo, que no proviene de ningún otro poder Territorio Soberanía En Colombia la soberanía se ejerce indirectamente, delegada al ESTADO Gobierno Pueblo Conjunto de Comunidad de los que viven instituciones Es el ESTADO en acción, en ese territorio de acuerdo habilitadas para a nivel nacional y territorial Con el ordenamiento jurídico ejercer el poder público establecido Fuente: DNP
  • 8. TERRITORIO COLOMBIANO Espectro electromagnético Espacio Aéreo Zona Zona Mar Suelo Económica contigua Territorial (200 millas) (12 millas) Subsuelo 200 m Plataforma continental Fuente: DNP
  • 10. CONSTITUCION POLITICA se considera Como NORMA LEY DE CARTA LEY SUPERIOR LEYES MAGNA FUNDAMENTAL que rige controlado por expresa el una un CORTE SOCIEDAD GOBIERNO ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL y JURIDICO en relación con opera que define de un la en determinado TERRITORIO EXEQUIBILIDAD INEXEQUIBILIDAD ESTADO de las LEYES Fuente: Garcia, G. y Bolivar, J.
  • 11. “Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República CONTADURIA GENERAL DE unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general” Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 1°.
  • 12. FUNCIONES DEL ESTADO COLOMBIANO “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad; promover la prosperidad general; garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional; mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”. Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 2°.
  • 13. ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO “Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros autónomos e independientes, para el cumplimiento de las demás funciones del Estado. Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines ”. Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 113°.
  • 14. LEGISLATIVA FUNCIONES DEL ESTADO EJECUTIVA JUDICIAL
  • 15. ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO RAMA DEL PODER ORGANOS ORGANOS DE ORGANIZACIÓN ORGANIZACIÓN PUBLICO AUTONOMOS CONTROL ELECTORAL TERRITORIAL CONSEJO MINISTERIO NACIONAL LEGISLATIVA EJECUTIVA JUDICIAL PUBLICO ELECTORAL DEPARTAMENTOS REGISTRADURIA CONTRALORIA NACIONAL DEL ORDEN GENERAL DE ESTADO CIVIL DISTRITOS NACIONAL LA REPUBLICA Registradurias Contralorias Departamental Departamental Municipal MUNICIPIOS ORDEN Municipal Distrital TERRITORIAL Distrital PROCURADURIA TERRITORIOS GENERAL DE INDIGENAS AUDITORIA LA NACION • BANCO DE LA REPUBLICA GENERAL DE • ENTES UNIVERSITARIOS AUTONOMOS LA REPUBLICA • CORPORACIONES AUTONOMAS DEFENSORIA REGIONALES DEL PUEBLO • COMISION NACIONAL DE TELEVISION • COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PERSONERIAS DISTRITALES Y MUNICIPALES
  • 16. RAMA LEGISLATIVA CONGRESO CAMARA DE SENADO REPRESENTANTES “ Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la Administración. El Congreso de la República, estará integrado por el Senado y la Cámara de Representantes”. Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 114°.
  • 17. RAMA JUDICIAL “La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, administran la justicia. También lo hace la justicia penal militar”. Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 116°.
  • 18. RAMA EJECUTIVA “EL Presidente de la República es Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. El gobierno nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondiente, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno. …… Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superin- tendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la Rama Ejecutiva”. Constitución Política de Colombia. 1991. Artículo 115°.
  • 19. RAMA JUDICIAL JURISDICCION DE LO CONTENCIOSO JURISDICCION CONSEJO ADMINISTRATIVO ESPECIAL SUPERIOR DE LA JUDICATURA JURISDICCION JURISDICCION FISCALIA GENERAL ORDINARIA CONSTITUCIONAL DE LA NACION CONSEJO DE ESTADO CORTE SUPREMA CORTE INSTITUTO DE CONSTITUCIONAL FISCALES DE JUSTICIA DELEGADOS MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENCES TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS TRIBUNALES SUPERIORES JUZGADOS DE JURISDICCIONES JUSTICIA PENAL COMUNIDADES CIRCUITO MILITAR INDIGENAS JUZGADOS MUNICIPALES JURISDICCION DE PAZ
  • 20. RAMA EJECUTIVA ORDEN NACIONAL ORDEN TERRITORIAL SECTORES (19) PRESIDENCIA MINISTERIOS Y DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS ORGANOS SECTOR CENTRAL SECTOR DESCENTRALIZADO AUTONOMOS ENTIDADES ADSCRITAS ENTIDADES VINCULADAS SUPERINTENDENCIAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS SOCIEDAD FILIAL DE EMPRESAS UNIDADES INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO ADMINISTRATIVAS ESPECIALES UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESP. SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA. SUPERINTENDENCIAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS -MIXTA. EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PUBLICAS ENTIDADES FINANCIERAS DE NATURALEZA UNICA SOCIEDADES POR ACCIONES FONDOS ESPECIALES COMO SISTEMA DE ENTIDADES DE NATURALEZA SOLIDARIA CUENTAS (Con P.J.) CORPORACIONES DE PARTICIPACION MIXTAS CORPORACIONES CIVILES SIN ANIMO DE LUCRO
  • 21. RAMA EJECUTIVA ORDEN NACIONAL ORDEN TERRITORIAL DEPARTAMENTAL MUNICIPAL DISTRITAL Gobernador Alcalde Alcalde Mayor CENTRAL Secretarias Secretarias Secretarias Dptos Admón. Dptos Admón. Dptos Admón. Empresas I y C Empresas I y C Empresas I y C Soc. Econ. Mixta DESCENTRALIZADO Soc. Econ. Mixta Soc. Econ. Mixta Serv. Publicos Serv. Publicos Serv. Publicos Alcalde Local TERRITORIOS Los Municipios y Territorios Indígenas podrán constituirse en “Provincias” INDIGENAS por las Asambleas a iniciativa del Gobernador, de los Alcaldes o de los propios ciudadanos.
  • 22. ALGUNAS PRECISIONES CONCEPTUALES
  • 23. CENTRALIZACION Esta es una manera de organizar administrativamente el Estado; se caracteriza porque todas las tareas y funciones públicas se encuentran a cargo de una sola persona jurídica –Estado–. En ese sentido, es el Gobierno Central el encargado de desarrollar todas las tareas y funciones públicas. No impide la existencia de agentes públicos territoriales en todo el Estado, pero a estos no se les reconoce vida jurídica; así mismo, Están sujetos a la autoridad central y adquieren el carácter de circunscripciones de una misma administración estatal, sin tener la posibilidad de tomar decisiones.
  • 24. DESCONCENTRACION Es una forma jurídica en que se organiza la Administración, otorgando funciones a agencias u órganos que actúan bajo instrucciones de las autoridades centrales. Según la Ley 489/98, es la radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa, conservando la autoridad central las potestades y deberes de orientación e instrucción. Características No poseen personería jurídica ni patrimonio propios, porque todas sus labores están sujetas al poder jerárquico de las instituciones nacionales. Toman algunas decisiones, pero en nombre de las entidades nacionales, ya que estas últimas continúan monopolizando las funciones estatales.
  • 25. TIPOS DE DESCONCENTRACION TERRITORIAL JERARQUICA Es cuando el Presidente de Es cuando los órganos o la República otorga funciones agencias se desplazan y de su autoridad a instancias prestan su servicio en inferiores sin que exista diversas regiones del desplazamiento físico, es decir, Territorio dada la imposibilidad que continúan siendo o inconveniencia de hacerlo ejercidas desde la capital. Desde la capital. Eje: cuando las funciones son delegadas a los ministros y estos a su vez encomiendan a los demás funcionarios. Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
  • 26. DESCENTRALIZACION Consiste en otorgar competencias o funciones administrativas a personas públicas diferentes del gobierno central que las cumplen en su nombre propio y bajo su responsabilidad. En el caso colombiano la descentralización se da en que cada entidad territorial adquiere su propia personería jurídica pública, atenuando así la jerarquía administrativa. Esta forma de organización administrativa del Estado Permite una reducción del Gobierno Nacional, conservando este algunas facultades de vigilancia y control.
  • 27. PRINCIPALES OBJETIVOS DE LA DESCENTRALIZACION • Dar mayor autonomía política, fiscal y administrativa a los departamentos y municipios frente al Estado central. • Acercar la Administración a los ciudadanos para que estos la reconozcan como asunto propio. • La autonomía y la participación ciudadana se constituyen en elementos de democratización del país. Al ser Colombia un Estado Unitario solo es posible la Descentrali- zación Administrativa, que consiste en la entrega de competencias o funciones administrativas a personas públicas creadas por el poder central del Estado, para que las ejerzan en su propio nombre y bajo su propia responsabilidad. Si las entidades territoriales estuvieran facultadas para ejercer Funciones legislativas o jurisdiccionales, se estarían adquiriendo expresiones de Estado Federal.
  • 28. TIPOS DE DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA TERRITORIAL POR SERVICIOS Sistema de administración de servicios que le reconoce a una comunidad ubicada en un territorio • Descentralización Fiscal la gestión de los asuntos públicos de su interés, dotándola de personalidad jurídica, atribuciones, • Descentralización competencias y recursos. funcional Ejemplos: Departamentos, distritos y • Descentralización política municipios, quienes reciben el nombre de entidades territoriales.
  • 29. TIPOS DE DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA TERRITORIAL POR SERVICIOS Es en la que se conceden competencias y funciones, ya no a entidades territoriales, sino a organismos que son creados con el fin de realizar una actividad especializada y tecnificada. Es el caso de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
  • 30. Superintendencias Son organismos adscritos a un ministerio, los cuales, dentro de los límites de la autonomía administrativa y financiera establecida por la ley, ejercen algunas de las funciones que pertenecen al Presidente de la República, especialmente las de control, inspección y vigilancia de la prestación de un servicio público o del ejercicio de una actividad y las demás que la ley les confiere. Tienen cierta autonomía frente al ministerio del cual dependen.
  • 31. Establecimientos Públicos Según la Ley 489 de 1998, son organismos encargados Principalmente de atender funciones administrativas y prestar servicios públicos conforme a las reglas de derecho público. Características: • Personería jurídica: sujeto de derechos y obligaciones. • Autonomía administrativa: facultad para manejarse a sí misma. • Patrimonio independiente: constituido con bienes o fondos públicos comunes o con el producto de impuestos, tasas o contribuciones de destinación especial. • Tienen una dirección, a cargo de un Director, quien es el representante legal de la entidad,. • Tiene una junta o consejo directivo, órgano colegiado y deliberante que se encuentra en cabeza del establecimiento; el Presidente de la junta es el Ministro o Director de Departamento Administrativo al cual está adscrito.
  • 32. Empresas Industriales y Comerciales del Estado Son organismos creados por la ley, o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre la Ley, Características: • Personería jurídica. • Autonomía administrativa. • Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes; los productos de ellos o el rendimiento de impuestos, tasas o contribuciones de destinación especial.
  • 33. Sociedades de Economía Mixta Son organismos constituidos bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, creados por la ley o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre la Ley. Para su constitución es necesario la realización de dos actos jurídicos; la ley que las autoriza determina las condiciones de participación del Estado y el Contrato de Sociedad, mediante los cuales los socios se comprometen a hacer los aportes correspondientes en dinero, trabajo u otros bienes, con el propósitos de realizar la repartición de utilidades de acuerdo con las actividades que definen como objeto de la sociedad.
  • 34. Características de las Sociedades de Economía Mixta • Personería jurídica. • Autonomía administrativa. Esta autonomía presenta varios grados dependiendo de la participación del Estado dentro de la sociedad, de manera que a menor participación económica del Estado existirá mayor autonomía. • Son ellas mismas las que establecen las tarifas y precios para sus servicios y productos. • Capital público y privado. Los aportes que integran la sociedad pueden ser dinero en efectivo, laborales o inmateriales, pero los aportes estatales, según el artículo 463 del Código de Comercio, pueden consistir en ventajas financieras o fiscales, garantías de las obligaciones de la sociedad o suscripción de los bonos que ella emita, auxilios especiales, concesiones, etc. • La existencia de una asamblea de accionistas o junta de socios, de una junta o consejo directivo y de representantes legales que tienen la denominación de gerentes o presidentes.
  • 35. ESTRUCTURA Y ACTIVIDAD ECONOMICA DEL SECTOR PUBLICO KLNG© Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado
  • 36. ESTRUCTURA ECONOMICA DEL SECTOR PUBLICO COLOMBIANO NACIONAL TERRITORIAL FINACIERO NO FINACIERO NO FINANCIERO FINANCIERO BANCO ENTIDADES ENTIDADES ENTIDADES ENTIDADES NO ENTIDADES NO CENTRAL FINANCIERAS FINANCIERAS FINANCIERAS FINANCIERAS FINANCIERAS DE DEPOSITO DE NO DE NO DEPOSITO DEPOSITO GOBIERNO GOBIERNO EMPRESAS EMPRESAS GENERAL GENERAL CAJAS DE BANCOS VIVIENDA ADMINISTRACION CAJAS DE EMPRESAS VIVIENDA CENTRAL SOCIALES DEL EMPRESAS ESTADO ADMINISTRACION SOCIALES DEL CENTRAL FIDUCIARIAS ESTADO OTRAS CONSEJOS ENTIDADES FIDUCIARIAS EMPRESAS Y INDUSTRIALES ASAMBLEAS EJECUTIVA FONDOS Y EMPRESAS COMERCIALES FONDOS INDUSTRIALES Y LEGISLATIVA COTRALORIAS COMERCIALES OTROS Y EMPRESAS PERSONERIAS FONDOS DE JUDICIAL DE SERVICIOS GARANTIAS PUBLICOS EMPRESAS ORGANISMOS DE SERVICIOS DE CONTROL SOCIEDADES DE ADMINISTRACION FOGACOOP PUBLICOS ECONOMIA DESCENTRALIZADA MIXTA ORGANIZACIÓN ELECTORAL ENTES AUTONOMOS FOGAFIN SOCIEDADES SOCIEDADES DE PUBLICAS ECONOMIA MIXTA ADMINISTRACION ENTES DESCENTRALIZADA DESCENTRALIZADOS EMPRESAS OTROS SUPRA ENTES AUTONOMOS ENTES SUPRA SOCIEDADES PUBLICAS ENTES DESCENTRALIZADOS ENTIDADES DE SEGURIDAD ENTIDADES DE SOCIAL SEGURIDAD SOCIAL KLNG© Modulo : Gestión Pública y Estructura del Estado