5. ¿Qué es EL ESTADO?¿Qué es EL ESTADO?
Un conglomerado social, política yUn conglomerado social, política y
jurídicamente constituido, asentadojurídicamente constituido, asentado
sobre un territorio determinado,sobre un territorio determinado,
sometido a una autoridad que sesometido a una autoridad que se
ejerce a través de sus propiosejerce a través de sus propios
órganos y cuya soberanía esórganos y cuya soberanía es
reconocida por otros Estadosreconocida por otros Estados
6. EL ESTADO: elemento articulador de la sociedadEL ESTADO: elemento articulador de la sociedad
EL TERRITORIO
LA POBLACION
EL GOBIERNO
LA SOBERANIA
7. ELEMENTOS DEL ESTADOELEMENTOS DEL ESTADO
La población; elemento humano.La población; elemento humano.
El territorio; elemento físico.El territorio; elemento físico.
El poder público; Elemento formal.El poder público; Elemento formal.
Soberanía reconocida por OtrosSoberanía reconocida por Otros
EstadosEstados
9. ESTRUCTURA CONSTITUCIONAL
LA CONSTITUCION TIENE UN PREAMBULO O
INTRODUCCION Y UN TEXTO NORMATIVO
13 TITULOS
51 CAPITULOS
380 ARTICULOS Y
61 ARTICULOS TRANSITORIOS
COMPUESTA POR:
10. SINTESIS DE LOS TITULOS CONSTITUCIONALES
TITULO I: DE LOS
PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES
(Artículos 1 a 10)
TITULO II: DE LOS
DERECHOS,
GARANTIAS Y LOS
DEBERES
(Art. 11 a 95)
TITULO V: DE LA
ORGANIZACIÓN DEL
ESTADO
(Artículos 113 a 131)
TITULO VIII: DE LA
RAMA JUDICIAL
(Artículos 228 a 257)
TITULO IX: DE LAS
ELECCIONES Y DE
LA ORGANIZACIÓN
ELECTORAL
(Artículos 258 a 266)
TITULO XIII: DE LA
REFORMA A LA
CONSTITUCION
(Artículos 374 a 380)
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS:
Sesenta y un (61)
Artículos
TITULO III: DE LOS
HABITANTES Y DEL
TERRITORIO
(Artículos 96 a 102)
TITULO IV: DE LA
PARTICIPACION
DEMOCRATICA Y DE
LOS PARTIDOS
(artículos 103 a 112)
TITULO VI: DE LA
RAMA LEGISLATIVA
(Artículos 132 a 1879
TITULO X: DE LOS
ORGANISMOS DE
CONTROL
(Artículos 267 a 284)
TITULO VII: DE LA
RAMA EJECUTIVA
(Artículos 188 a227)
TITULO XI: DE LA
ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL
(Artículos 285
a331)
TITULO XII: DEL
REGIMEN
ECONOMICO Y DE
LA HACIENDA
PUBLICA
(Artículos 332 a 373)
11. EL ESTADO COLOMBIANOEL ESTADO COLOMBIANO
CONSTITUCION POLÍTICA – ARTICULO 1.CONSTITUCION POLÍTICA – ARTICULO 1.
Colombia es un Estado social de derecho, organizado enColombia es un Estado social de derecho, organizado en
forma de República unitaria, descentralizada, conforma de República unitaria, descentralizada, con
autonomía de sus entidades territoriales, democrática,autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto a laparticipativa y pluralista, fundada en el respeto a la
dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de lasdignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las
personas que la integran y en la prevalencia del interéspersonas que la integran y en la prevalencia del interés
general.general.
FINES DEL ESTADOFINES DEL ESTADO
Artículo 2 C.P.C.Artículo 2 C.P.C.
12. Quien manda?Quien manda?
Art. 2o. Párrafo 2°. Las autoridades de la
República están instituidas para proteger a
todas las personas residentes en Colombia,
en su vida, honra, bienes, creencias, y
demás derechos y libertades, y para
asegurar el cumplimiento de los deberes
sociales del Estado y de los particulares.
Art. 3o. La soberanía reside exclusivamente
en el pueblo, del cual emana el poder
público. El pueblo la ejerce en forma directa
o por medio de sus representantes, en los
términos que la Constitución establece.
13. Art. 123. Son servidores
públicos los miembros de
las corporaciones públicas,
los empleados y
trabajadores del Estado y
de sus entidades
descentralizadas
territorialmente y por
servicios.
Los servidores públicos
están al servicio del Estado
y de la comunidad;
ejercerán sus funciones en
la forma prevista por la
Constitución, la ley y el
reglamento. La ley
determinará el régimen
aplicable a los particulares
que temporalmente
desempeñen funciones
públicas y regulará su
ejercicio.
14. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADOLA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
ARTICULO 113. Son
Ramas del Poder
Público, la legislativa, la
ejecutiva, y la judicial.
Además de los órganos
que las integran existen
otros, autónomos e
independientes, para el
cumplimiento de las
demás funciones del
Estado. Los diferentes
órganos del Estado
tienen funciones
separadas pero
colaboran
armónicamente para la
realización de sus fines.
ARTICULO 286. Son
entidades territoriales
los departamentos, los
distritos, los municipios
y los territorios
indígenas. La ley podrá
darles el carácter de
entidades territoriales a
las regiones y
provincias que se
constituyan en los
términos de la
Constitución y de la ley.
15. BANCO DE LA REPUBLICA
ENTES UNIVERSITARIOS AUTONOMOS
CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES
COMISION NACIONAL DE TELEVISIÓN
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
MINISTERIO
PUBLICO
PROCURADURIA
GENERAL DE LA
NACIÓN
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
CONTRALORIA
GENERAL DE
LA REPUBLICA
LEGISLATIVA EJECUTIVA JUDICIAL
CONSEJO
NACIONAL
ELECTORAL
REGISTRADURIA
NACIONAL
DEL ESTADO CIVILORDEN
NACIONAL
ORDEN
TERRITORIAL
PERSONERIAS
DISTRITALES Y
MUNICIPALES
ESTRUCTURA DEL
ESTADO
COLOMBIANO
RAMAS DEL PODER
PÚBLICO
ORGANOS
AUTONOMOS
ORGANOS DE
CONTROL
ORGANIZACIÓN
ELECTORAL
Fuente DAFP
16. RAMA LEGISLATIVA DEL PODER
PÚBLICO
Le corresponde reformar la
Constitución, hacer las leyes y
ejercer el control político sobre
el gobierno y la
administración.
17. CONGRESO
LA REPUBLICA
SENADO
DE LA REPUBLICA
CAMARA
DE REPRESENTANTES
COMISIONES
CONSTITUCIONALES
PERMANENTES
COMISIONES
LEGALES
COMISIONES
ACCIDENTALES
OTRAS
COMISIONES
Constitucional De Cuentas De Cuentas
Internacional
Hacienda
Presupuesto
Ambiental
Servicios Públicos
Social
Investigaciones
y Acusaciones
De Derechos
Humanos y Audiencias
De Ética
De Acreditación
Crédito Público
De Seguimiento
18. COMPOSICIÓN DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
SENADO :
– 100 Senadores y dos (2) más por circunscripción
nacional especial por comunidades indígenas.
CAMARA DE REPRESENTANTES :
– Dos (2) representantes por circunscripción territorial.
– Uno (1) más por 250.000 habitantes o fracción mayor
de
125.000
– Cinco (5) más de circunscripción especial (2 por
comunidades negras, 1 por comunidades indígenas, 1
para minorías políticas y 1 para colombianos en el
exterior)
19. REQUISITOS PARA SER CONGRESISTA
SENADOR:
• Ser colombiano de nacimiento.
• Ciudadano en ejercicio.
• Ser mayor de 30 años.
REPRESENTANTE:
• Ciudadano en ejercicio..
• Tener más de 25 años a la fecha de la
elección.
20. Rama EjecutivaRama Ejecutiva (115 C.P.)(115 C.P.)
Ejerce la actividad administrativa. AdelantaEjerce la actividad administrativa. Adelanta enen
formaforma coordinadacoordinada entre las instituciones,entre las instituciones,
organismos y entidaorganismos y entidaddes que la componen,es que la componen,
todas las actividades administrativas que estántodas las actividades administrativas que están
al servicio de los intereses generales de laal servicio de los intereses generales de la
comunidad, para el adecuado cumplimiencomunidad, para el adecuado cumplimientto deo de
los fines esenciales del Estado.los fines esenciales del Estado.
21. RAMA EJECUTIVA
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
VICEPRESIDENCIA
MINISTERIOS
DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS
ORGANISMO
S
PRINCIPALE
S
SUPERINTENDENCIAS
UNIDADES ADITIVAS
ESPECIALES
EMPRESAS INDUSTRIALES
Y COMERCIALES
DEL ESTADO
SOCIEDADES
DE ECONOMIA MIXTA
ESTABLECIMIENTOS
PUBLICOS
ORGANISMO
S
ADSCRITOS
ORGANISMOS
VINCULADOS
ENTIDADES
DESCENTRALIZADAS
INDIRECTAS
ENTIDADES DE
CARACTER
ESPECIALSector Central
Sector Descentralizado
23. ORGANOS DE CONTROL
CONTROL FISCALMINISTERIO PUBLICO
PROCURADURIA GENERAL
DE LA NACION
DEFENSORIA
DEL PUEBLO
PROCURADURIAS
REGIONALES
PERSONERIAS
MUNICIPALES
PROCURADURIA
DEPARTAMENTALES
PROCURADURIA
DISTRITALES
PROCURADURIA
MUNICIPALES
CONTRALORIA GENERAL
DE LA REPUBLICA
AUDITORIA GENERAL
DE LA REPUBLICA
CONTRALORIAS
DEPARTAMENTALES
CONTRALORIAS
DISTRITALES
Y MUNICIPALES
24. MINISTERIO PÚBLICO
Ejerce la vigilancia de la conducta
oficial de quienes desempeñen
funciones públicas, las de elección
popular, ejerce el poder disciplinario,
adelanta las investigaciones e impone
las respectivas sanciones y vela por la
promoción, el ejercicio y divulgación
de los derechos humanos.
25. MINISTERIO PÚBLICO
PROCURADOR
GENERAL
DE LA NACIÓN
Elegido por el Senado
por 4 años, por terna
integrada por:
• Presidente de la
República
• Corte Suprema de
Justicia
• Consejo de Estado.
DEFENSOR DEL
PUEBLO
Elegido por la Cámara
de Representantes por
4 años de terna
presentada por el
Presidente de la
República.
26. CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
Tiene a su cargo la vigilancia
de la gestión fiscal de la
administración y de los
particulares o entidades que
manejan fondos o bienes de
la Nación.
27. CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
La vigilancia de la gestión
fiscal incluye:
– Control financiero
– Control de gestión
– Control de resultados.
En casos especiales Podrán
ejercerla entidades
privadas
previo concepto del Consejo
de Estado
Nivel central:
Está conformado por las
dependencias con sede en el
Distrito Capital;
Nivel Desconcentrado:
Está constituido por las
dependencias de la
Contraloría
ubicadas fuera de la sede del
Distrito Capital y se configura
con observancia de los
principios de la
función administrativa.
28. CONTRALOR GENERAL DE LA
NACIÓN
REQUISITOS
– Ser Colombiano de
nacimiento y en ejercicio
de la ciudadanía
– Más de 35 años de
edad
– Título universitario, o
– Profesor no menos de 5
años
ELECCION
Elegido por el Congreso en
pleno, por periodo igual al
Presidente de la
República,
de terna presentada por:
– Corte Constitucional
– Corte Suprema de
Justicia
– Consejo de Estado
29. ÓÓrganos Autónomosrganos Autónomos
Son entidades estatales sujetas a régimen legalSon entidades estatales sujetas a régimen legal
propio, establecido en la Constitución o en lapropio, establecido en la Constitución o en la
ley.ley.
No pertenecen a ninguna de las tres ramas delNo pertenecen a ninguna de las tres ramas del
poder público.poder público.
SonSon::
El Banco de la RepúblicaEl Banco de la República
Los Entes Universitarios AutónomosLos Entes Universitarios Autónomos
Las Corporaciones Autónomas RegionalesLas Corporaciones Autónomas Regionales
La Comisión Nacional de TelevisiónLa Comisión Nacional de Televisión
La Comisión Nacional del Servicio CivilLa Comisión Nacional del Servicio Civil
30. ORGANIZACIÓN
ELECTORAL
Tiene a su cargo la organización
de las elecciones, su dirección y
vigilancia, así como lo relativo a la
identificación de las personas.
31. COMPOSICIÓN DE LA ORGANIZACIÓN
ELECTORAL -Código Electoral -
AUTORIDADES QUE LA INTEGRAN:
– Consejo Nacional Electoral;
– Registrador Nacional del Estado Civil;
– Delegados del Registrador Nacional;
– Registradores Distritales, Municipales y
Auxiliares;
– Delegados de los Registradores Distritales
y Municipales.
32. CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL
COMPOSICIÓN
– No menor de 7 Miembros
ELECCIÓN
El Consejo de Estado por 4 años de ternas
elaboradas por:
– Partidos y movimientos políticos con
personería jurídica;
– El Consejo deberá reflejar la composición
política del Congreso
REQUISITOS:
– Los mismos que para ser Magistrado de la
Corte Suprema de Justicia
33. REGISTRADOR NACIONAL
DEL ESTADO CIVL
ELECCIÓN
Por el Consejo Nacional Electoral
para un periodo de 4 años.
REQUISITOS
Los mismos que para ser
miembro del Consejo Nacional
Electoral.
34. LA ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL
Una entidad territorial es la creación de carácter
legal de una circunscripción territorial
correspondiente a una colectividad local o
regional, con:
- Autoridades propias,
- Autonomía administrativa,
- Personaría jurídica, a fin de resolver sus
propias necesidades mediante sus autoridades
elegidas por la comunidad o sus representantes.
35. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
Artículos 285 y 286 Constitución Política
Artículos 285 y 286 C.P.Artículos 285 y 286 C.P.
DEPARTAMENTOS 32
DISTRITOS 10
MUNICIPIOS 1099
E.T.I.S
PROVINCIAS
REGIONES
36. DERECHOS DE LA E.T.DERECHOS DE LA E.T.
Las entidades territoriales
gozan de autonomía para la
gestión
de sus intereses, dentro de
los límites de la Constitución
y la Ley, y en virtud de ella
podrán:
- Gobernarse por autoridades
propias.
- Ejercer las competencias que
les corresponden.
- Administrar los recursos y
establecer los tributos
necesarios para su
cumplimiento.
- Participar en las rentas
nacionales.
37. Su delimitación se hará por el Gobierno Nacional con
participación de los representantes de las comunidades
indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento
Territorial.
Algunas funciones de los Consejos Indígenas:
Velar por la aplicación de las normas sobre usos del suelo y
poblamiento de su territorio
Diseñar políticas, planes y programas de desarrollo económico y
social en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo
Promover las inversiones públicas en sus territorios
Percibir y distribuir sus recursos
Velar por la preservación de los recursos naturales
Colaborar con el mantenimiento del orden público
Territorios Indígenas (330 C.P.)Territorios Indígenas (330 C.P.)
38. DISTRITOSDISTRITOS
Distrito Capital de BogotáDistrito Capital de Bogotá
Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de IndiasDistrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias
Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa MartaDistrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta
Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
Distritos especiales, industriales, portuarios, biodiversos yDistritos especiales, industriales, portuarios, biodiversos y
eco turísticos de Buenaventura y Tumaco.eco turísticos de Buenaventura y Tumaco.
D.E. eco turístico, histórico y universitario de Popayán.D.E. eco turístico, histórico y universitario de Popayán.
Distrito histórico y cultural de Tunja.Distrito histórico y cultural de Tunja.
D.E. de Turbo.D.E. de Turbo.
D.E. fronterizo y turístico de Cúcuta.D.E. fronterizo y turístico de Cúcuta.
40. DepartamentosDepartamentos
GuaviareGuaviare San JoséSan José
HuilaHuila NeivaNeiva
MagdalenaMagdalena Santa MartaSanta Marta
MetaMeta VillavicencioVillavicencio
NariñoNariño PastoPasto
Norte de SantanderNorte de Santander CúcutaCúcuta
PutumayoPutumayo MocoaMocoa
QuindíoQuindío ArmeniaArmenia
RisaraldaRisaralda PereiraPereira
San Andres, Prov ySan Andres, Prov y
Santa CatalinaSanta Catalina San AndrésSan Andrés
SantanderSantander BucaramangaBucaramanga
SucreSucre SincelejoSincelejo
TolimaTolima IbaguéIbagué
Valle del CaucaValle del Cauca CaliCali
VaupésVaupés MitúMitú
VichadaVichada Puerto CarreñoPuerto Carreño
41. EL DEPARTAMENTO
Es una entidad territorial
integrada por Municipios
y bajo la autoridad de
un Gobernador.
Creado por el Congreso
de la República.
Autoridades:
Asamblea
Departamental y
Gobernador
Características:
Autonomía de la
gestión.
Autoridades propias.
Personería Jurídica.
Hacienda Pública
Departamental.
Categorización.
42. EL DEPARTAMENTOEL DEPARTAMENTO
– La Asamblea Departamental. (Art. 299 C.P.)
En cada Departamento hay una corporación administrativa de elección
popular, denominada Asamblea Departamental, que ejercerá el control
político, sobre los actos de los Gobernadores, los Secretarios de
Despacho y los Gerentes de las entidades descentralizadas.
Es un ente ejecutivo, no legislativo.
Integrada por:
Siete (7) Diputados para el caso de las Comisarías erigidas como
Departamento, y En los demás Departamentos no menos de once (11)
Diputados ni más de treinta y uno (31).
Diputados de período de cuatro (4) años.
No tienen la calidad de empleados públicos y perciben honorarios por
su asistencia a las sesiones correspondientes.
Son elegidos por sufragio directo para período de ccuatro (4) años, y
son reelegibles de manera indefinida.
43. EL DEPARTAMENTO
GOBERNADOR.
En cada Departamento habrá un
Gobernador, quien ostenta el carácter de:
• Agente del Presidente de la República,
(orden público y ejecución de la política
económica general)
• Jefe de la administración seccional y,
• Representante legal del Departamento.
Es autoridad en la cual se manifiestan la
centralización y la descentralización.
Funcionario de elección popular para un
período de cuatro (4) años, sin que pueda
ser reelegido para el período siguiente.
44. EL MUNICIPIO
Es la entidad territorial
fundamental de la
división político
administrativa, con
autonomía política,
fiscal y administrativa.
Su creación corresponde
a la Asamblea
Departamental.
Elementos:
El geográfico
El político
El demográfico
Su objeto principal
es prestar los
servicios públicos
que determine la
Ley; construir
obras; ordenar el
desarrollo del
territorio; promover
la participación
Comunitaria y el
mejoramiento de la
calidad de vida de
sus habitantes.
45. EL MUNICIPIO
CATEGORIACATEGORIA POBLACIONPOBLACION I. C. DE L. D.I. C. DE L. D.
ESPECIALESPECIAL Igual o superior a 500.000 Superiores a
400.000 S.M.L.M
PRIMERAPRIMERA Entre 100.001 y 500.000 Superiores a 100.000
S.M.L.M y hasta
400.000
SEGUNDASEGUNDA Entre 50.001 y 100.000 Superiores a 50.000
S.M.L.M y hasta 100.000
TERCERATERCERA Entre 30.001 y 50.000 Superiores a 30.000
S.M.L.M y hasta 50.000
CUARTACUARTA Entre 20.001 y 30.000 Superiores a 25.000
S.M.L.M y hasta 30.000
QUINTAQUINTA Entre 10.001 y 20.000 Superiores a 15.000
S.M.L.M y 25.000
SEXTASEXTA Igual o inferior a 10.000 No superiores a 15.000
S.M.L.M
46. EL MUNICIPIO
EL CONCEJO MUNICIPAL.
• Es un órgano de elección popular, de carácter deliberante,
con funciones de fijación de prioridades y directrices del
desarrollo municipal.
• Es una corporación eminentemente administrativa,
encargada de disponer lo Conveniente para la
administración del Municipio y de ejercer el control político
sobre la Administración.
• Cada Municipio constituye una circunscripción electoral.
• Integrada por Concejales elegidos para un período de
cuatro (4) años, similar al del Alcalde.
El numero de Concejales depende de la población y va de 7
hasta 21 miembros, siempre impar.
47. EL MUNICIPIO
CONCEJO MUNICIPALCONCEJO MUNICIPAL
• Periodo de sesionesPeriodo de sesiones. Los Concejos de los Municipios de categoría 3 a 6. Los Concejos de los Municipios de categoría 3 a 6
sesionarán ordinariamente 4 veces al año en los meses de febrero, mayo,sesionarán ordinariamente 4 veces al año en los meses de febrero, mayo,
agosto y noviembre, máximo una vez por día. Cada período podrá seragosto y noviembre, máximo una vez por día. Cada período podrá ser
prorrogado por 10 días. Se permite a los Concejales participar de lasprorrogado por 10 días. Se permite a los Concejales participar de las
sesiones de manera no presencial.sesiones de manera no presencial.
• Comisiones:Comisiones: Deben tener Comisiones permanentes según reglamentoDeben tener Comisiones permanentes según reglamento
• ActasActas: Se levanta una por cada sesión plenaria y de comisión.: Se levanta una por cada sesión plenaria y de comisión.
• Gaceta del ConcejoGaceta del Concejo
• Mesas DirectivasMesas Directivas: Integradas por un Presidente y dos vicepresidentes: Integradas por un Presidente y dos vicepresidentes
para períodos de un año.para períodos de un año.
• SecretarioSecretario: Elegido por la Corporación para períodos de un año y puede: Elegido por la Corporación para períodos de un año y puede
se reelegido.se reelegido.
• Atribuciones (32) y Prohibiciones (41)Atribuciones (32) y Prohibiciones (41)
48. CONCEJO MUNICIPALCONCEJO MUNICIPAL
MOCION DEMOCION DE
OBSERVACIONESOBSERVACIONES..
Los Concejos podrán citarLos Concejos podrán citar
a sus sesiones a cualquieraa sus sesiones a cualquiera
de los Secretarios delde los Secretarios del
despacho con anticipacióndespacho con anticipación
menor de 5 días ymenor de 5 días y
cuestionario escrito. Encuestionario escrito. En
caso de no asistencia sincaso de no asistencia sin
excusa aceptada, cualquierexcusa aceptada, cualquier
Concejal podrá proponerConcejal podrá proponer
moción de observación quemoción de observación que
debe ser aprobada por lasdebe ser aprobada por las
2/3 partes y no implica2/3 partes y no implica
retiro del funcionarioretiro del funcionario
MOCION DE CENSURA.MOCION DE CENSURA.
Se podrá proponer enSe podrá proponer en
relación con los Secretariosrelación con los Secretarios
del Despacho por asuntosdel Despacho por asuntos
relacionados con susrelacionados con sus
funciones o desatención afunciones o desatención a
requerimientos y citacionesrequerimientos y citaciones
del Concejo. Debe serdel Concejo. Debe ser
propuesta por la ½ + 1 depropuesta por la ½ + 1 de
los Concejales y aprobadalos Concejales y aprobada
por el voto de las 2/3por el voto de las 2/3
partes, entre el tercero y elpartes, entre el tercero y el
décimo día después deldécimo día después del
debate.debate.
49. EL MUNICIPIO
CONCEJALES.CONCEJALES.
CALIDADES: Ciudadanos enCALIDADES: Ciudadanos en
ejercicio; haber nacido o serejercicio; haber nacido o ser
residente en el Municipio durante losresidente en el Municipio durante los
6 meses anteriores a la fecha de6 meses anteriores a la fecha de
inscripción o durante 3 añosinscripción o durante 3 años
consecutivos en cualquier épocaconsecutivos en cualquier época
50. EL MUNICIPIO
CONCEJALES.CONCEJALES.
INHABILIDADES:INHABILIDADES:
1.1. Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad,Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad,
excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura deexcepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura de
congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal;congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal;
o excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para elo excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para el
ejercicio de funciones públicas.ejercicio de funciones públicas.
2.2. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección hayaQuien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya
ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil,ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil,
administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien comoadministrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien como
empleado público del orden nacional, departamental o municipal, hayaempleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya
intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión ointervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o
celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivocelebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo
municipio o distrito.municipio o distrito.
51. EL MUNICIPIO
CONCEJALESCONCEJALES
Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión deQuien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de
negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebraciónnegocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración
de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o dede contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de
terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivoterceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo
municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sidomunicipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido
representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones,representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones,
o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridado de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad
social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.
44. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en
segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, consegundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con
funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayanfuncionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan
ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivoejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo
municipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sidomunicipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido
representantes legales de entidades que administren tributos, tasas orepresentantes legales de entidades que administren tributos, tasas o
contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios ocontribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o
de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.
Así mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente oAsí mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente o
parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad oparentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o
único civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para elecciónúnico civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para elección
de cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo municipiode cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo municipio
o distrito en la misma fecha".o distrito en la misma fecha".
52. EL MUNICIPIO
CONCEJALES.CONCEJALES.
INCOMPATIBILIDADES. 45INCOMPATIBILIDADES. 45
PROHIBICIONES. 48PROHIBICIONES. 48
CUSACIÓN DE HONORARIOS: Hasta 100% del salario diario delCUSACIÓN DE HONORARIOS: Hasta 100% del salario diario del
Alcalde y hasta 70 sesiones ordinarias y 12 extraordinarias al año.Alcalde y hasta 70 sesiones ordinarias y 12 extraordinarias al año.
(Mpios de categoria 3 a 6)(Mpios de categoria 3 a 6)
RECONOCIMIENTO DE TRANSPORTES. Para los que residan en elRECONOCIMIENTO DE TRANSPORTES. Para los que residan en el
área rural.área rural.
SEGUROS DE VIDA Y SALUD.SEGUROS DE VIDA Y SALUD.
53. ACUERDOSACUERDOS
INICIATIVAINICIATIVA
Los proyectos de ACUERDO pueden serLos proyectos de ACUERDO pueden ser
presentados por:presentados por:
Los CONCEJALESLos CONCEJALES
El ALCALDEEl ALCALDE
El PERSONEROEl PERSONERO
EL CONTRALOREL CONTRALOR
LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALESLAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES
POR INICIATIVA POPULARPOR INICIATIVA POPULAR
54. ACUERDOSACUERDOS
INICIATIVA EXCLUSIVA ALCALDE
Los planes y programas de desarrollo económico y social y obras
públicas (Art. 313.2, 315.5 C.P., Art.. 71 y 91 Ley 136/94).
Autorización contractual Art.313.3 C.P. y 71 la ley 136/94.
La estructura de administración Municipal y las funciones de sus
dependencias (Art.313.6 C.P. y 71 Ley 136/94).
Creación establecimientos públicas y empresas industriales o
comerciales o autorizar la constitución de sociedades de
economía mixta (Art.313.6 C.P. y Art. 71 Ley 136/94.
El presupuesto anual de rentas y gastos (Art.315.6 C.P. y Art. 91
ley 136/94.
55. EL ALCALDEEL ALCALDE
Alcalde Popular.
• Elegido por voto popular para un período de cuatro (4)
años, sin reelección.
• Jefe de la administración pública municipal y ejecutor de
los Acuerdos del Concejo.
• Le corresponde dirigir la administración, nombrando y
Separando libremente sus agentes.
• Calidades:
– Ser ciudadano colombiano en ejercicio,
– Haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o
la correspondiente área metropolitana durante el año
anterior a la inscripción como candidato, o durante un
período consecutivo de tres (3) años en cualquier tiempo.
56. EL PERSONEROEL PERSONERO
También habrá un PERSONERO quien será el agente del
ministerio publico en el municipio, elegido por el concejo
municipal, le corresponde la guarda y promoción de los
derechos humanos, la protección del interés público y la
vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones
públicas en el municipio (Art. 169 ley 136/94).
Ejercerá las facultades prevista en el art. 181 de la ley 136
de 1994 y las funciones específicas previstas en el art. 178
de la misma ley.
También ejercerá las funciones de veedor del tesoro
previstas en el artículo 24 de la ley 617 de 2000
57. EL FUTURO NO SE HEREDA PERO
TAMPOCO ES UNA CONDENA. SE
SUEÑA Y SE CONSTRUYE.
58. Al servicio de los intereses generales.
Principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
Mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.
Ejercicio del Control Interno.
LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA
Constitución Política, art. 209
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
Bajo los principios de: COORDINACIÓN,
CONCURRENCIA Y SUBSIDIARIDAD
59. La Función Administrativa
Principios - Sentencia C-561 de 1999
FINALÍSTICOSFINALÍSTICOS FUNCIONALESFUNCIONALES ORGANIZACIONALESORGANIZACIONALES
Al servicio de losAl servicio de los
interesesintereses
generalesgenerales
• IgualdadIgualdad
• MoralidadMoralidad
• EficaciaEficacia
• EconomíaEconomía
• ImparcialidadImparcialidad
• PublicidadPublicidad
• CeleridadCeleridad
•CompetenciaCompetencia
administrativaadministrativa
•DescentralizaciónDescentralización
• DesconcentraciónDesconcentración
• DelegaciónDelegación
• CoordinaciónCoordinación
60. La Acción Administrativa
Ley 489 de 1998, capítulo 3
Ejercicio directo
Descentralización
Desconcentración
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
Delegación
Coordinación y
colaboración
MODALIDADES
61. Ejercicio exclusivo de las potestades y
atribuciones inherentes a un cargo respecto de
asuntos asignados por la ley, la ordenanza, el
acuerdo o el reglamento ejecutivo y que no
pueden delegarse de ninguna manera en otra
autoridad.
Ejercicio directo
Ley 489 de 1998, art. 5
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
62. Distribución de competencias entre órdenes y
niveles de gobierno.
Descentralización territorial
Descentralización funcional o por servicios
Descentralización por colaboración
Descentralización Administrativa
Ley 489 de 1998, art. 7
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
63. Distribución de competencias entre órdenes de
gobierno.
Municipios: Prestación de servicios.
Departamentos: Asistencia y control a la prestación
de los servicios atendidos por el municipio.
Nación: Definición de planes, políticas y estrategias.
Descentralización Territorial
Ley 489 de 1998, art. 7
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
64. Radicación de competencias en entidades del sector
descentralizado, de cualquier orden de gobierno.
Descentralización Funcional
Ley 489 de 1998, art. 7
Sector Central
Secretarías de Despacho
Departamentos Administrativos
Se ocupan de la fijación de
Políticas.
Sector descentralizado
Establecimientos Públicos
Empresas oficiales de carácter local
Adelantan planes, programas y
proyectos para la implementación
de las políticas.
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
65. Ejercicio de funciones públicas por particulares
Participación ciudadana en la gestión
Asociaciones entre entidades y con particulares
Descentralización por colaboración
Ley 489 de 1998, artículos 95, 96 y 110
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
66. Radicación de competencias y funciones
en dependencias ubicadas fuera de la
sede principal del organismo o entidad.
Desconcentración
Ley 489 de 1998, art. 8
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
67. Transferencia del ejercicio de funciones a colaboradores o
a otras autoridades, con funciones afines o
complementarias.
El delegante puede asumir la función en cualquier tiempo.
En el caso de la contratación no se exime de
responsabilidad al delegante.
Delegación
Ley 489 de 1998, art. 9 a 14
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano
68. Garantiza la armonía en el ejercicio de las
competencias y funciones administrativas.
La coordinación puede ser entre entidades
municipales, entre ordenes de gobierno, con el
sector privado, con la sociedad civil, con
organismos internacionales.
Coordinación
C.P. art. 209 y Ley 489 de 1998, art. 6
Departamento Administrativo de la Función Pública
República de Colombia
Estructura del Estado colombiano