3. 2.1. Municipios, provincias y
Comunidades Autónomas
• El Estado español
organiza el territorio en
municipios (8114),
provincias(50) y
Comunidades
Autónomas (17).
6. 2.2. La administración municipal
• Los municipios son las
unidades administrativas
y territoriales
elementales del Estado.
En su territorio se ejerce
la administración
municipal. Los
municipios están
gobernados por los
Ayuntamientos.
9. 2.3. La administración provincial
• Las provincias son territorios constituidos por la
agrupación de varios municipios. La provincia es, al
mismo tiempo, una división territorial y una entidad
local.
• La división en provincias data de 1833
• La provincia tiene tres funciones básicas:
Sirve de delimitación electoral.
Sirve de división territorial. El subdelegado del gobierno
representa al gobierno central en cada una de las provincias.
Es la entidad local de mayor rango, con la función de
cooperar con los municipios a través de la Diputación
Provincial.
13. 3.1. La Constitución de 1978 y las
Comunidades Autónomas
• En 1978 la Constitución Española reconoció el
derecho de las nacionalidades y las regiones a
constituirse en Comunidades Autónomas, así
como la organización descentralizada del
Estado.
• Entre 1979 y 1983 se organizaron las 17
Comunidades Autónomas actuales. De ellas,
siete tienen una única provincia.
15. EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIDAD
• Principio por el que se rigen los Estados
descentralizados.
• Implica que todos los servicios que puedan
proporcionar los municipios no deben
proporcionarlos las CCAA y que todos los
servicios que puedan prestar las CCAA no ha de
llevarlos a cabo el Estado.
• Supone que los servicios están más cerca de los
ciudadanos y representa un alto grado de
democracia.
17. 3.2 Los estatutos de autonomía
• Las Comunidades Autónomas se rigen por sus
Estatutos de Autonomía, donde se recogen
las instituciones, normas y competencias, así
como los recursos económicos que les
corresponden para ejercerlas.
18. Las competencias autonómicas
• Son aquellas sobre las que el gobierno
autonómico puede gobernar. Pueden ser:
1.Competencias exclusivas o plenas:
organización de sus instituciones de
autogobierno, urbanismo, vivienda, etc.
2.Compartidas con el Estado: gestión de los
transportes, legislación laboral
19. 3.3. Instituciones autonómicas de
gobierno
• Asamblea o Parlamento: Legislativo
• El Presidente autonómico: dirige el gobierno
autonómico. Es elegido por la Asamblea
• El Gobierno o Consejo: Ejecutivo.
20. C IUDADES AUTÓNOMAS
• En 1995, los municipios de Ceuta y Melilla se
convirtieron en Ciudades Autónomas.