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TEORIA GENERAL DE LOS
CONTRATOS, FORMACION
   Y ELEMENTOS DEL
 CONTRATO DE TRABAJO
    Mgr. MITZI LINARES VIZCARRA
                                         ABOGADO
                           LIC. EN ADMINISTRACION




      E-MAIL: ejelinaresvizcarra@gmail.com
CONTRATO.
CONTRATOS CIVILES NOMINADOS.
LAS PARTES DEL CONTRATO DE
TRABAJO.
RESOLUCIÓN Y RESCISIÓN.
NORMATIVIDAD DEL ESTADO (CONSTITUCIÓN DE 1993)
Tratados
(Const. Art.55º)                                     C

Const. 106º                                       L. ORG.
Const. 102º-103º-109º
Dec. Leg. 560
                                                 L. ORD.                    NORMA LEGISLATIVA

Const. 101º-102º (1-2-4)                       RES. LEG.

Const. 104º, D.Leg. 560                DECRETO LEGISLATIVO
                                        DECRETO URGENCIA                           C. Art. 118 (19)
Const. 118 (8),
D.Leg.560                                 DECRETO SUPREMO
                                                                                      NORMAS
                                                                                      ADMINISTRATIVAS
Const. 118º (8),                       RESOLUCIÓN SUPREMA                             (Art. 148)
D.Leg.560
Const. 119º
D.Leg.560                            RESOLUCIÓN MINISTERIAL
                                RESOLUCIÓN VICE-MINISTERIAL
D.Leg.560
(marzo ‘90)                    RESOLUCIÓN DIRECTORAL GENERAL
D.Leg.560                          RESOLUCIÓN DIRECTORAL
                                   ACCIONES DE SIMPLE TRÁMITE
                     (oficios, informes, memorándum, otros) (d. Leg. 560 – Rgto. Interno)
Fuentes del Derecho
                   Fuente Social
FUENTES REALES     Fuente Económica
                   Fuente Política
                                      Constitución.
                                      Leyes.
                   Legislación        D.S., R. S..
                                      Reglamentos y Resoluciones.
                                      Ordenanzas Municipales.

                                      Civil.- Fuero Común.
                                      Penal.- Fuero Común.
                   Jurisprudencia     Tributario.- Tribunal Fiscal (Obligatoria).
FUENTES FORMALES                      Trabajo.- Fuero Laboral.
                                      Constitucional.

                   Doctrina           Juristas

                                      Derecho Comercial.
                   Costumbre          Derecho del Comercio               Internacional
                                      (Incoterms 1980, 1990, 2000).
Sobre las Personas
Definiciones Operativas
Capacidad: Aptitud jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones.
Domicilio Legal: Sea de PN o PJ, señalado
expresamente y que implica sometimiento a
la jurisdicción correspondiente.
Nombre: Designación que oficialmente se
hace ante el Reg. Civil correspondiente.
Sobre las Personas
   Todo ser susceptible de ejercer derechos y
   sujeto de obligaciones.

                      RELACION JURÍDICA


          Derecho Privado           Derecho Público

SUJETO                                           OBJETO

Personas Naturales.
Personas Jurídicas.
Nacimiento
                   Personas Naturales                           Muerte
– Atributos de la Personalidad: Son las cualidades.
     Estado: Situación que determinada persona ocupa dentro de la
     familia o en la sociedad.
     Capacidad: Idoneidad para ser sujeto de derecho.
       Clases:
      – Goce: Aptitud de ser dueño o titular de un derecho. (La tienen todos).
      – Ejercicio: Poder ejercitar por sí misma sus derechos civiles. (Libertad de
        obrar).
     Incapacidad: Falta de aptitud jurídica para gozar o ejercer derechos
     y contraer obligaciones.
      – Goce: Es sólo excepcional y relativa. (sordos, mudos, ciegos).
      – Ejercicio: No puede ejercer por sí misma sus derechos. No tiene aptitud
        intelectiva o volitiva para realizar convenientemente ciertos actos
        jurídicos.
            Absoluta: No puede ejercer derecho alguno del que es titular.
            Relativa: Sólo ejerce algunos derechos directamente.
– Legislación: Código Civil de 1984.
– Jurisprudencia: Resoluciones de última instancia emitidas por la
  Corte Suprema de Justicia del Perú.
PROCESO DE CONTRATACIÓN
PROCESO DE RECLUTAMIENTO,
SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN

 PERFIL DEL PUESTO
 Son los requerimientos que deben satisfacer las
 personas,     para     ocupar   los     puestos
 eficientemente, puede decirse que la vacante es
 una pieza faltante en una maquina.
RECLUTAMIENTO
Las herramientas que utiliza son las siguientes:
Manpower (agencia del trabajo temporal)
Cedepeca (centros delegacionales promotores de
empleo, capacitación y adiestramiento del distrito
federal)
Medios de comunicación masivas.
Ferias del empleo
Agencias de colocación
Internet (websites, e-mail)
Instituciones educativas
Familiares o recomendados
Puerta a puerta en la calle
Otras empresas
SELECCIÓN
Para dinero y tiempo, este PROCESO DE SELECCIÓN DE
PERSONAL:
ENTREVISTA
ELEMENTO DE LA ENTREVISTA
 TIPOS DE PREGUNTAS
1.   Cerradas.
2.   Abiertas.
3.   Generales.
4.   Enfocadas.
5.   Provocadoras.
6.   Desempeño pasado.
7.   Hipotéticas.
8.   Auto Evaluación
TIPOS DE ENTREVISTAS:
1.   E. Libre:
2.   E. Planificada:
3.   E. De tensión:
4.   E. Múltiple:
5.   E. De grupo:
6.   E. no dirigida:
7.   E. Profunda:
PAUTAS DE COMPORTAMIENTO DEL ENTREVISTADO
  Presencia física
  Saludar cortésmente.
  Asistencia puntual a la cita es fundamental.
  Tomar asiento sin cruzar las rodillas.
  Evitar respuestas irónicas, críticas no constructivas,
  agresividad.
  Evitar ambiciones inmediatas
  Despedida dentro de los parámetros de corrección en los
  que se desarrollo la entrevista.
PRUEBAS PSICOMÉTRICAS
Comprende la aplicación de ciertas pruebas para
tener un marco de referencias sobre el potencial
intelectual y personalidad del candidato.
 Tipos:
   – Pruebas de personalidad.
   – Pruebas de inteligencia
   – Pruebas de intereses.
   – Pruebas de rendimiento.
   – Pruebas de aptitud
INVESTIGACIÓN LABORAL
Nos permite predecir el comportamiento
futuro del candidato en el puesto.
 Tipos:
 Investigación    de   antecedentes   de
trabajo.
 Investigación de antecedentes penales.
 Investigación      de       cartas   de
recomendación.
 Investigación en el domicilio.
PASOS PARA PEDIR REFERENCIAS
Prepárese antes de la llamada
Preséntese a sí mismo y a la compañía
Explique su propósito
Obtenga cooperación
Pase de la verificación al desempeño, luego al potencial
Pida una impresión general y pregunte a quién más se
podría consultar
Tome notas y manténgalas por preparado del archivo
del empleado una vez que se haya contratado
EXAMEN MÉDICO

Es de importancia básica en las
organizaciones, al grado de llegar a
influir en elementos tales como la
calidad y cantidad de producción,
índices de ausentismo y puntualidad.
CONTRATACIÓN
INDUCCIÓN
CAPACITACIÓN
 OBJETIVOS
 IMPORTANCIA DE LACAPACITACIÓN
PROGRAMA DE INDUCCIÓN
ENFOQUE DUAL DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN
BENEFICIOS DE LOS PROGRAMAS DE INDUCCIÓN
SEGUIMIENTO DE LA INDUCCIÓN
POSIBLES DIFICULTAD
MANUAL DE BIENVENIDA
TEMAS DE LA ORGANIZACIÓN GLOBAL
PRESTACIONES Y SERVICIOS AL PERSONAL
PRESENTACIONES
FUNCIONES Y DEBERES ESPECIFICOS
LA CRISIS DE INDUCCIÓN
  POSIBLES DIFICULTADES
DERECHO CONTRACTUAL
TEORÍA GENERAL DE LOS
CONTRATOS
                    Mitzi L. del C. Linares Vizcarra.
                                           Abogado.
                             Lic. en Administración.
Definiciones Operativas:

 Contrato: Convención o pacto entre
 dos o más personas.
 Contrato Aleatorio: Hecho eventual.
 Contrato Bilateral: Dos personas se
 obligan recíprocamente.
 Contrato Consensual: Se perfecciona
 por el consentimiento.
La Trilogía
                          CONTRATO




                                        Entrega del bien u
Manifestación     de                    objeto materia de
Voluntades con el                       transacción,     y
objeto    de   crear,                   recepción      del
modificar o extinguir   CONSECUENCIAS   pago en el lugar y
obligaciones.                           tiempo acordado.
                            PACTO
                              O
                         CONVENCIÓN

ACTO JURÍDICO                             OBLIGACIONES
Teoría de los Contratos
 ELEMENTOS
Naturales
                Para existencia
Esenciales                          Comunes.        Consentimiento.
                Para Subsistencia   Especiales.     Objeto.
                                                    Causa.
                                    Especialísimos.            De derecho
               Condición.                                                   s/natur. o causa.
Accidentales Término o plazo.                                                             Identidad.
               Modo.                                   Error                 s/objeto     Cualidad.
                  1. Pluralidad.                               De hecho                   Cantidad
 REQUISITOS                                                                  s/persona
                  2.Capacidad.
                                 Consciente.                                 s/motivos
                  3.Voluntad. Inteligente.
                                             Vicios.
Consentimiento                   Libre.                        Principal
                                    Expresa.           Dolo
                  4.Declaración.                               Incidental
                                    Tácita.
                  5.Concordancia. Silencio.

                                                        Violencia e intimidación.
             Posibilidad.
Objeto       Licitud.
             Determinabilidad.
             Existencia.
Causa        Licitud.
             Verdadera.
RESUMEN
Se entiende por contrato el acuerdo de voluntades
mediante el cual se crean, modifican o extinguen
obligaciones.
La base de toda contratación es el acuerdo de
voluntades.
Para que el acuerdo de voluntades se perfeccione debe
considerarse el Principio de Autonomía de la Voluntad
y los límites que existen para ésta.
Un contrato se inicia con una oferta que es la propuesta
de celebrar éste con determinadas bases, quedando el
contrato perfeccionado en el momento que la oferta es
aceptada.(diversas formas y medios).
Conocimientos Laborales
              Mgr. Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra.
                                                   Abogada.
                                      Lic. En Administración.

                      E-mails: ejelinaresvizcarra@gmail.com
                         esjuemlinaresvizcarra@gmail.com
Clasificación de los Empleos
          Clasificación
1.    Se divide por categorías profesionales:
     1.   Sirve para calcular la remuneración.
2.    La distinción en función de la categoría del
      trabajador:
     1.   Debido a la jerarquización y categorización que tiene la
          Empresa, el “reclutado” no tiene opción a escoger.
     2.   No es el individuo sino el puesto de trabajo que importa la
          distinción en función de la profesionalidad del trabajador.


          “EQUILIBRIO EN LAS JERARQUÍAS IMPUESTAS”
El Contrato de Trabajo y la
Calificación del Empleo

 EL CONTRATO DE TRABAJO: Acuerdo de
 voluntades por el cual el que presta sus
 servicios (trabajador) pone a disposición de
 otro (empleador) su energía de trabajo a
 cambio de una retribución.
El Contrato de Trabajo y la
Calificación del Trabajador
1.    Cuando se ofrece el trabajo va aparejado
      de la calificación correspondiente.
2.    El Contrato de Trabajo es una
      Herramienta legal.
     1. Consecuencias de la trasgresión.
Elementos esenciales del
  Contrato de Trabajo
Prestación Personal de Servicios.
 – Dos excepciones:
Trabajo a Domicilio.
      Trabajo Familiar.
Subordinación.- El Empleador tiene el poder.
 – Reglamentario.
 – Fiscalizador.
 – Disciplinario.
 – Ius Variandi (Cambios o modificaciones).
Remuneración.
 – Obligaciones:
      El Trabajador de prestar el servicio.
      El Empleador de remunerar los servicios.
Formalización del Contrato
 de Trabajo
    Dependerá del Tipo de Contrato; es
    decir  la   solemnidad  legalmente
    exigida para su celebración, ésta
    dependerá del tipo de contrato que
    celebremos.
    – Existen los Especiales.

En cualquier caso el empleador debe cumplir con
registrar al trabajador en el libro de planillas hasta
las 72 horas de su ingreso al centro de su trabajo.
Contratos de Prestaciones de
Servicios Autónomos
 Se debe a la variedad de contratos
 laborales debido a la existencia de la
 relación laboral.
 La existencia de otras modalidades de
 prestación de servicios autónomos que se
 pueden confundir con los servicios
 subordinados laborales, cuando existen
 los que no tienen subordinación.
Entidades e Instituciones

Los que laboran bajo las órdenes

de un Jefe y que tienen un horario

de trabajo, mismo que puede ser

por turnos, incluso.
Contratos sin Subordinación
  Contrato de Locación de Servicios.
                                                  EL
                                               COMITENTE


                       UC IÓN
                   B
               TRI
             RE                          IOS
                                      VIC
                                SER


EL LOCADOR
Contratos de Obra                                 EL
                                                 COMITENTE


                         UC IÓN
                     B
                 TRI
               RE                          IOS
                                        VIC
                                  SER


    EL
CONTRATISTA
              OBRA DETERMINADA
Contrato de Comisión
      Mercantil                                                 EL
  CÓDIGO DE COMERCIO DE                                      COMITENTE
          1902
                                                                       Dirección
                                    C   IÓN
                             I BU
                     R    ETR                          IOS
                                                                   EL
                                                    VIC        TRABAJADOR
                                              SER


       EL COMISIONISTA                                         DEPENDENCIA

                                                          Goza de
TRABAJADOR   TRABAJADOR      TRABAJADOR                Independencia
Contratos
           Nominados
                                 Docente:
Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra.
                                 Abogado.
                    Lic. en Administración.
Contrato de Mandato.
 OBJETIVOS.
 – Definición.
 – Importancia.
 – Caracteres Jurídicos.
 – Capacidad de los sujetos.
 – Obligaciones del Mandatario.
 – Obligaciones del Mandante.
 – Modalidades.
 – Extinción del Mandato.
 – Mandato Judicial.
 – Obligaciones del Mandato Judicial.
 – Obligaciones del Mandante Judicial.
 – Terminación del Mandato Judicial.
Garantías.
        Objetivos.
        Garantías Reales:
        – La Prenda.
        – La Prenda sin Desplazamiento.
        – La Hipoteca.
        – El Warrant y el Certificado de Depósito.
        Garantías Personales:
        – La Fianza: Se obliga frente al acreedor para
          garantizar la obligación del Deudor.
        – El Aval: Garantiza el pago de una Letra de
          Cambio, un Pagaré.
Objetivos:
              Introducción:
              Concepto de la Sociedad Mercantil: Es un contrato por el
              que dos o más personas convienen en poner en común bienes
Sociedades.



              o industria con el fin de repartirse las utilidades.
              – Características: Actividades de índole económica.
              Tipos de Sociedades y Estructuras:
              – Sociedades de Responsabilidad Limitada.
              – Sociedad Anónima.
              – Sociedad Anónima Abierta.
              – Sociedad Anónima Cerrada.
              – Sociedad Colectiva.
              – Sociedad Encomandita Simple.
              – Sociedad Encomandita por acciones.
Constitución Simultánea.
           CONSTITUCIÓ
           CONSTITUCIÓN
                                         Constitución por Suscripción Pública.
           ACCIONES: Representan partes alícuotas del capital social.
           NÚMERO DE PERSONAS: Tres o no más de 20 accionistas y no tiene
           acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.
                                                  -Ordinaria: Se realiza cuando lo
                                                  disponga el Estatuto, por lo menos una
                            - Junta General       vez al año.
                                                  -Extraordinaria: Se realiza en cualquier
                                                  momento.

                                            Directores elegidos por la Junta General.
SOCIEDAD
                                            Número de Directores: El que fijen los
ANÓ
ANÓNIMA    ÓRGANOS         - Directorio     Estatutos.
                                            No es necesario ser accionista para ser
                                            Director.

                                          El gerente será nombrado por el Directorio.
                           - Gerencia     La duración del cargo es por tiempo indefinido.


                                          -Nuevos Aportes.
                                          -Capitalización de Reservas.
           AUMENTO DE CAPITAL             -Revalorización del Patrimonio Social.
                                          -Conversión de obligaciones en Acciones.
SOCIEDAD ANONIMA S.A.
Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra.
Abogado.
Lic. en Administración.
- CARACTERÍSTICAS
   Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil,
   cualquiera sea su objeto social.
- DENOMINACIÓN
   Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad
   Anónima o la sigla S.A.
- CAPITAL SOCIAL
   Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los
   socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte
   puede ser en efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos).
   Los socios - Accionistas: Fundadores, derechos, obligaciones y responsabilidades.
- OBJETO SOCIAL
   Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros.
- ORGANOS DE LA EMPRESA
1. Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está
   integrado por el total de socios.
2. Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas.
   En ningún caso el número de directores es menor de tres (3).
3. Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y
   administrador de la empresa.
4. Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia.
TIPOS O MODALIDADES DE
LA SOCIEDAD ANÓNIMA:
Sociedad Anónima Cerrada                     Sociedad Anónima Abierta

Aquellas sociedades anónimas que no          Es aquella que cumple con uno o más
tienen más de 20 accionistas y sus           requisitos: que las acciones estén
acciones no están inscritas en el Registro   inscritas en el Registro Público del
Público del Mercado de Valores. La           Mercado de Valores, tener más de 750
denominación debe incluir la indicación      accionistas, que se constituya como tal,
"Sociedad Anónima Cerrada" o las siglas      etc. La denominación debe incluir la
S.A.C.                                       indicación "Sociedad Anónima Abierta"
                                             o las siglas S.A.A.
Debe tener: Requisitos, derecho de
adquisición preferente, transmisión de       Debe tener: Requisitos, inscripción,
acciones por sucesión, derecho de            control de CONASEV, convocatoria por
separación, exclusión de accionistas,        los accionistas, aumento de capital sin
directorio    facultativo, juntas   no       derecho     preferente,  derecho    de
presénciales.                                separación y de información.
OTRAS FORMAS SOCIETARIAS
SOCIEDAD COMERCIAL DE                      EMPRESA INDIVIDUAL DE
  RESPONSABILIDAD LIMITADA                  RESPONSABILIDAD LIMITADA
           S.R.L.:                                   E.I.R.L.

El     capital    está    dividido   en   CARACTERÍSTICAS
participaciones iguales, acumulables e    Es una persona jurídica de derecho
indivisibles, que no pueden ser           privado, constituida por voluntad
incorporadas en títulos valores, ni       unipersonal con patrimonio distinto al
denominarse acciones.                     de su titular. Se constituye para el
Los socios no pueden exceder de 20 y      desarrollo exclusivo de actividades
no responden personalmente por las        económicas de pequeña empresa.
obligaciones sociales.                    ORGANOS DE LA EMPRESA
ORGANOS DE LA EMPRESA                     Titular: órgano máximo de la empresa
Junta General de Socios: representa       que tiene a su cargo la disposición de
a todos los socios de la empresa.         los bienes y actividades.
Gerencia: es el órgano encargado de la    Gerencia: Órgano que tiene a su
dirección y administración de la          cargo     la   administración   y    la
sociedad y es el representante legal de   representación de la Empresa, es
la empresa.                               designado por el Titular.
LA SOCIEDAD COLECTIVA                             LA SOCIEDAD CIVIL
Es aquella compañía que tiene dos o       Posee gran similitud con la Sociedad Comercial
más propietarios, que se llaman           de Responsabilidad Limitada, en cuanto a la
socios. Por lo tanto, el patrimonio de    forma en que está representado el capital - por
la compañía está repartido entre los      aportaciones o participaciones - y a la
                                          transferencia de estas aportaciones. Los socios
socios. Al igual que en la empresa        pueden aportar servicios a esta sociedad, aún
individual, existe una responsabilidad    sin desembolso de capital.
ilimitada por parte de los socios. No     Debe tener:
obstante, se puede limitar la               Breve referencia histórica.
responsabilidad      de       algún(os)     Antecedentes Legislativos. Código Civil de
                                          1936.
socio(s), pero por lo menos uno de
                                            Diferencias con otras organizaciones
ellos debe tener responsabilidad
                                            Con la S.R.L.
ilimitada. A esta persona se le llama
                                            Con la Cooperativa.
"socio general".                            Con la Asociación.
Debe tener:                                 Constitución.
- Referencia Histórica. - Constitución.     Régimen Administrativo.
- Régimen Administrativo. - Régimen         Régimen Económico.
                                            La Sociedad Civil Simple.
Económico.
                                            La Sociedad Civil de Responsabilidad
                                          Limitada.
SOCIEDAD EN COMANDITA
   SIMPLE Y POR ACCIONES
Este tipo de sociedad puede
constituirse con o sin acciones:     En Comandita por Acciones.
En Comandita Simple. Está            Como en su nombre se indica el
compuesta por dos tipos de           capital está dividido en acciones. Los
socios: los colectivos, quienes      socios colectivos son responsables
responden        solidaria       e   ilimitadamente y los comanditarios
ilimitadamente        por      las   sólo por el valor de sus acciones.
obligaciones sociales de la
empresa, y los comanditarios,
que     responden     únicamente
hasta por el monto de sus                 Debe tener:
                                          •Referencia Histórica.
aportaciones. En esta modalidad
                                          •Constitución.
sólo      hay     participaciones         •Clases de Socios y responsabilidad.
sociales.                                 •Régimen Administrativo.
                                          •Régimen Económico.
Los Títulos Valores
NOTAS CARACTERIZADORAS DE
   LOS TÍTULOS VALORES
Documento que contiene o representa
derechos patrimoniales.
El destino a que están dedicados
(circulación).
Carácter formal.
 LA FALTA DE ALGÚN REQUISITO, HACE
               ALGÚ
 PERDER EL CARÁCTER DE TÍTULO VALOR AL
           CARÁ        TÍ
 DOCUMENTO.
LA LETRA DE CAMBIO:
 CARACTERÍSTICAS:
  – La denominación de Letra de Cambio.
  – La indicación del lugar y fecha de giro.
  – La orden incondicional de pagar una cantidad
    determinada de dinero o una cantidad determinable de
    éste, conforme a los sistemas de actualización o
    reajuste de capital legalmente admitidos.
  – El nombre y número del documento oficial de identidad
    de la persona a cuyo cargo se gira.
  – El nombre de la persona a quien o a la orden de quien
    debe hacerse pago.
  – El nombre, el número de documento oficial de identidad
    y la firma de la persona que Gira la Letra de Cambio.
  – La indicación del vencimiento.
  – La indicación del lugar de pago, y la previsión del pago
    si fuere diferente la forma de cómo debe efectuarse
    éste.
EL CHEQUE:
  Es un título valor que constituye una orden de pago del
  girador a una empresa del sistema financiero girada, a fin
  de que pague con fondos de su cuenta corriente una
  cantidad de dinero a favor de un tercero denominado
  tenedor.

CARACTERÍSTICAS:
1. Número o código de identificación.
2. Lugar y fecha de su emisión.
3. Orden de pagar una cantidad determinada de dinero
   expresada en números o letras, o de ambas formas.
4. Nombre del beneficiario o la indicación de que es al
   portador.
5. Nombre y domicilio de la empresa del sistema financiero
   girada.
6. Lugar de pago (no esencial).
7. Nombre y firma del emitente (obligado principal).
EL PAGARÉ Y EL VALE A LA
ORDEN:
CARACTERÍSTICAS:

1. La denominación de "pagaré" o "vale a la orden".
2. La indicación de la fecha y del lugar de la
   expedición.
3. La orden incondicional de pagar una cantidad de
   dinero determinada o determinable en los casos de
   reajuste de capital legalmente admitidos.
4. El nombre de la persona a quien, o a la orden de
   quien, debe hacerse el pago;
5. La indicación del vencimiento y del lugar en que ha
   de efectuarse el pago; y
6. El nombre y la firma del emitente
RESUMEN
                               -Documento de Crédito.
                               -Girado a la Orden.
                               -Formal: Literal. •A la Vista.
                  LETRA DE                 •A cierto plazo desde la vista.
TÍTULOS VALORES




                  CAMBIO   -Vencimientos: •A cierto plazo desde la fecha de emisión.
                                           •A fecha fija
                           -Autónoma.
                           -Transmisión por Endoso.

                               -Orden de Pago.
                  CHEQUE       -Formularios del Banco.
                               -Transmisión por Endoso.


                               -Compromiso de Pago.
                  PAGARÉ
                               -Se rige por las normas de la Letra de Cambio.
GRACIAS POR SU
ATENCIÓN
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Elusion y Evasion
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Derecho laboral y comercial Sesion IV

  • 1. TEORIA GENERAL DE LOS CONTRATOS, FORMACION Y ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO Mgr. MITZI LINARES VIZCARRA ABOGADO LIC. EN ADMINISTRACION E-MAIL: ejelinaresvizcarra@gmail.com
  • 2. CONTRATO. CONTRATOS CIVILES NOMINADOS. LAS PARTES DEL CONTRATO DE TRABAJO. RESOLUCIÓN Y RESCISIÓN.
  • 3. NORMATIVIDAD DEL ESTADO (CONSTITUCIÓN DE 1993) Tratados (Const. Art.55º) C Const. 106º L. ORG. Const. 102º-103º-109º Dec. Leg. 560 L. ORD. NORMA LEGISLATIVA Const. 101º-102º (1-2-4) RES. LEG. Const. 104º, D.Leg. 560 DECRETO LEGISLATIVO DECRETO URGENCIA C. Art. 118 (19) Const. 118 (8), D.Leg.560 DECRETO SUPREMO NORMAS ADMINISTRATIVAS Const. 118º (8), RESOLUCIÓN SUPREMA (Art. 148) D.Leg.560 Const. 119º D.Leg.560 RESOLUCIÓN MINISTERIAL RESOLUCIÓN VICE-MINISTERIAL D.Leg.560 (marzo ‘90) RESOLUCIÓN DIRECTORAL GENERAL D.Leg.560 RESOLUCIÓN DIRECTORAL ACCIONES DE SIMPLE TRÁMITE (oficios, informes, memorándum, otros) (d. Leg. 560 – Rgto. Interno)
  • 4. Fuentes del Derecho Fuente Social FUENTES REALES Fuente Económica Fuente Política Constitución. Leyes. Legislación D.S., R. S.. Reglamentos y Resoluciones. Ordenanzas Municipales. Civil.- Fuero Común. Penal.- Fuero Común. Jurisprudencia Tributario.- Tribunal Fiscal (Obligatoria). FUENTES FORMALES Trabajo.- Fuero Laboral. Constitucional. Doctrina Juristas Derecho Comercial. Costumbre Derecho del Comercio Internacional (Incoterms 1980, 1990, 2000).
  • 6. Definiciones Operativas Capacidad: Aptitud jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Domicilio Legal: Sea de PN o PJ, señalado expresamente y que implica sometimiento a la jurisdicción correspondiente. Nombre: Designación que oficialmente se hace ante el Reg. Civil correspondiente.
  • 7. Sobre las Personas Todo ser susceptible de ejercer derechos y sujeto de obligaciones. RELACION JURÍDICA Derecho Privado Derecho Público SUJETO OBJETO Personas Naturales. Personas Jurídicas.
  • 8. Nacimiento Personas Naturales Muerte – Atributos de la Personalidad: Son las cualidades. Estado: Situación que determinada persona ocupa dentro de la familia o en la sociedad. Capacidad: Idoneidad para ser sujeto de derecho. Clases: – Goce: Aptitud de ser dueño o titular de un derecho. (La tienen todos). – Ejercicio: Poder ejercitar por sí misma sus derechos civiles. (Libertad de obrar). Incapacidad: Falta de aptitud jurídica para gozar o ejercer derechos y contraer obligaciones. – Goce: Es sólo excepcional y relativa. (sordos, mudos, ciegos). – Ejercicio: No puede ejercer por sí misma sus derechos. No tiene aptitud intelectiva o volitiva para realizar convenientemente ciertos actos jurídicos. Absoluta: No puede ejercer derecho alguno del que es titular. Relativa: Sólo ejerce algunos derechos directamente. – Legislación: Código Civil de 1984. – Jurisprudencia: Resoluciones de última instancia emitidas por la Corte Suprema de Justicia del Perú.
  • 10. PROCESO DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN PERFIL DEL PUESTO Son los requerimientos que deben satisfacer las personas, para ocupar los puestos eficientemente, puede decirse que la vacante es una pieza faltante en una maquina.
  • 11. RECLUTAMIENTO Las herramientas que utiliza son las siguientes: Manpower (agencia del trabajo temporal) Cedepeca (centros delegacionales promotores de empleo, capacitación y adiestramiento del distrito federal) Medios de comunicación masivas. Ferias del empleo Agencias de colocación Internet (websites, e-mail) Instituciones educativas Familiares o recomendados Puerta a puerta en la calle Otras empresas
  • 12. SELECCIÓN Para dinero y tiempo, este PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL: ENTREVISTA ELEMENTO DE LA ENTREVISTA TIPOS DE PREGUNTAS 1. Cerradas. 2. Abiertas. 3. Generales. 4. Enfocadas. 5. Provocadoras. 6. Desempeño pasado. 7. Hipotéticas. 8. Auto Evaluación
  • 13. TIPOS DE ENTREVISTAS: 1. E. Libre: 2. E. Planificada: 3. E. De tensión: 4. E. Múltiple: 5. E. De grupo: 6. E. no dirigida: 7. E. Profunda: PAUTAS DE COMPORTAMIENTO DEL ENTREVISTADO Presencia física Saludar cortésmente. Asistencia puntual a la cita es fundamental. Tomar asiento sin cruzar las rodillas. Evitar respuestas irónicas, críticas no constructivas, agresividad. Evitar ambiciones inmediatas Despedida dentro de los parámetros de corrección en los que se desarrollo la entrevista.
  • 14.
  • 15. PRUEBAS PSICOMÉTRICAS Comprende la aplicación de ciertas pruebas para tener un marco de referencias sobre el potencial intelectual y personalidad del candidato. Tipos: – Pruebas de personalidad. – Pruebas de inteligencia – Pruebas de intereses. – Pruebas de rendimiento. – Pruebas de aptitud
  • 16. INVESTIGACIÓN LABORAL Nos permite predecir el comportamiento futuro del candidato en el puesto. Tipos: Investigación de antecedentes de trabajo. Investigación de antecedentes penales. Investigación de cartas de recomendación. Investigación en el domicilio.
  • 17. PASOS PARA PEDIR REFERENCIAS Prepárese antes de la llamada Preséntese a sí mismo y a la compañía Explique su propósito Obtenga cooperación Pase de la verificación al desempeño, luego al potencial Pida una impresión general y pregunte a quién más se podría consultar Tome notas y manténgalas por preparado del archivo del empleado una vez que se haya contratado
  • 18. EXAMEN MÉDICO Es de importancia básica en las organizaciones, al grado de llegar a influir en elementos tales como la calidad y cantidad de producción, índices de ausentismo y puntualidad.
  • 19. CONTRATACIÓN INDUCCIÓN CAPACITACIÓN OBJETIVOS IMPORTANCIA DE LACAPACITACIÓN PROGRAMA DE INDUCCIÓN ENFOQUE DUAL DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN BENEFICIOS DE LOS PROGRAMAS DE INDUCCIÓN SEGUIMIENTO DE LA INDUCCIÓN POSIBLES DIFICULTAD MANUAL DE BIENVENIDA TEMAS DE LA ORGANIZACIÓN GLOBAL PRESTACIONES Y SERVICIOS AL PERSONAL PRESENTACIONES FUNCIONES Y DEBERES ESPECIFICOS LA CRISIS DE INDUCCIÓN POSIBLES DIFICULTADES
  • 20. DERECHO CONTRACTUAL TEORÍA GENERAL DE LOS CONTRATOS Mitzi L. del C. Linares Vizcarra. Abogado. Lic. en Administración.
  • 21. Definiciones Operativas: Contrato: Convención o pacto entre dos o más personas. Contrato Aleatorio: Hecho eventual. Contrato Bilateral: Dos personas se obligan recíprocamente. Contrato Consensual: Se perfecciona por el consentimiento.
  • 22. La Trilogía CONTRATO Entrega del bien u Manifestación de objeto materia de Voluntades con el transacción, y objeto de crear, recepción del modificar o extinguir CONSECUENCIAS pago en el lugar y obligaciones. tiempo acordado. PACTO O CONVENCIÓN ACTO JURÍDICO OBLIGACIONES
  • 23. Teoría de los Contratos ELEMENTOS Naturales Para existencia Esenciales Comunes. Consentimiento. Para Subsistencia Especiales. Objeto. Causa. Especialísimos. De derecho Condición. s/natur. o causa. Accidentales Término o plazo. Identidad. Modo. Error s/objeto Cualidad. 1. Pluralidad. De hecho Cantidad REQUISITOS s/persona 2.Capacidad. Consciente. s/motivos 3.Voluntad. Inteligente. Vicios. Consentimiento Libre. Principal Expresa. Dolo 4.Declaración. Incidental Tácita. 5.Concordancia. Silencio. Violencia e intimidación. Posibilidad. Objeto Licitud. Determinabilidad. Existencia. Causa Licitud. Verdadera.
  • 24. RESUMEN Se entiende por contrato el acuerdo de voluntades mediante el cual se crean, modifican o extinguen obligaciones. La base de toda contratación es el acuerdo de voluntades. Para que el acuerdo de voluntades se perfeccione debe considerarse el Principio de Autonomía de la Voluntad y los límites que existen para ésta. Un contrato se inicia con una oferta que es la propuesta de celebrar éste con determinadas bases, quedando el contrato perfeccionado en el momento que la oferta es aceptada.(diversas formas y medios).
  • 25. Conocimientos Laborales Mgr. Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra. Abogada. Lic. En Administración. E-mails: ejelinaresvizcarra@gmail.com esjuemlinaresvizcarra@gmail.com
  • 26. Clasificación de los Empleos Clasificación 1. Se divide por categorías profesionales: 1. Sirve para calcular la remuneración. 2. La distinción en función de la categoría del trabajador: 1. Debido a la jerarquización y categorización que tiene la Empresa, el “reclutado” no tiene opción a escoger. 2. No es el individuo sino el puesto de trabajo que importa la distinción en función de la profesionalidad del trabajador. “EQUILIBRIO EN LAS JERARQUÍAS IMPUESTAS”
  • 27. El Contrato de Trabajo y la Calificación del Empleo EL CONTRATO DE TRABAJO: Acuerdo de voluntades por el cual el que presta sus servicios (trabajador) pone a disposición de otro (empleador) su energía de trabajo a cambio de una retribución.
  • 28. El Contrato de Trabajo y la Calificación del Trabajador 1. Cuando se ofrece el trabajo va aparejado de la calificación correspondiente. 2. El Contrato de Trabajo es una Herramienta legal. 1. Consecuencias de la trasgresión.
  • 29. Elementos esenciales del Contrato de Trabajo Prestación Personal de Servicios. – Dos excepciones: Trabajo a Domicilio. Trabajo Familiar. Subordinación.- El Empleador tiene el poder. – Reglamentario. – Fiscalizador. – Disciplinario. – Ius Variandi (Cambios o modificaciones). Remuneración. – Obligaciones: El Trabajador de prestar el servicio. El Empleador de remunerar los servicios.
  • 30. Formalización del Contrato de Trabajo Dependerá del Tipo de Contrato; es decir la solemnidad legalmente exigida para su celebración, ésta dependerá del tipo de contrato que celebremos. – Existen los Especiales. En cualquier caso el empleador debe cumplir con registrar al trabajador en el libro de planillas hasta las 72 horas de su ingreso al centro de su trabajo.
  • 31. Contratos de Prestaciones de Servicios Autónomos Se debe a la variedad de contratos laborales debido a la existencia de la relación laboral. La existencia de otras modalidades de prestación de servicios autónomos que se pueden confundir con los servicios subordinados laborales, cuando existen los que no tienen subordinación.
  • 32. Entidades e Instituciones Los que laboran bajo las órdenes de un Jefe y que tienen un horario de trabajo, mismo que puede ser por turnos, incluso.
  • 33. Contratos sin Subordinación Contrato de Locación de Servicios. EL COMITENTE UC IÓN B TRI RE IOS VIC SER EL LOCADOR
  • 34. Contratos de Obra EL COMITENTE UC IÓN B TRI RE IOS VIC SER EL CONTRATISTA OBRA DETERMINADA
  • 35. Contrato de Comisión Mercantil EL CÓDIGO DE COMERCIO DE COMITENTE 1902 Dirección C IÓN I BU R ETR IOS EL VIC TRABAJADOR SER EL COMISIONISTA DEPENDENCIA Goza de TRABAJADOR TRABAJADOR TRABAJADOR Independencia
  • 36. Contratos Nominados Docente: Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra. Abogado. Lic. en Administración.
  • 37. Contrato de Mandato. OBJETIVOS. – Definición. – Importancia. – Caracteres Jurídicos. – Capacidad de los sujetos. – Obligaciones del Mandatario. – Obligaciones del Mandante. – Modalidades. – Extinción del Mandato. – Mandato Judicial. – Obligaciones del Mandato Judicial. – Obligaciones del Mandante Judicial. – Terminación del Mandato Judicial.
  • 38. Garantías. Objetivos. Garantías Reales: – La Prenda. – La Prenda sin Desplazamiento. – La Hipoteca. – El Warrant y el Certificado de Depósito. Garantías Personales: – La Fianza: Se obliga frente al acreedor para garantizar la obligación del Deudor. – El Aval: Garantiza el pago de una Letra de Cambio, un Pagaré.
  • 39. Objetivos: Introducción: Concepto de la Sociedad Mercantil: Es un contrato por el que dos o más personas convienen en poner en común bienes Sociedades. o industria con el fin de repartirse las utilidades. – Características: Actividades de índole económica. Tipos de Sociedades y Estructuras: – Sociedades de Responsabilidad Limitada. – Sociedad Anónima. – Sociedad Anónima Abierta. – Sociedad Anónima Cerrada. – Sociedad Colectiva. – Sociedad Encomandita Simple. – Sociedad Encomandita por acciones.
  • 40. Constitución Simultánea. CONSTITUCIÓ CONSTITUCIÓN Constitución por Suscripción Pública. ACCIONES: Representan partes alícuotas del capital social. NÚMERO DE PERSONAS: Tres o no más de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores. -Ordinaria: Se realiza cuando lo disponga el Estatuto, por lo menos una - Junta General vez al año. -Extraordinaria: Se realiza en cualquier momento. Directores elegidos por la Junta General. SOCIEDAD Número de Directores: El que fijen los ANÓ ANÓNIMA ÓRGANOS - Directorio Estatutos. No es necesario ser accionista para ser Director. El gerente será nombrado por el Directorio. - Gerencia La duración del cargo es por tiempo indefinido. -Nuevos Aportes. -Capitalización de Reservas. AUMENTO DE CAPITAL -Revalorización del Patrimonio Social. -Conversión de obligaciones en Acciones.
  • 41. SOCIEDAD ANONIMA S.A. Mitzi Lourdes del Carmen Linares Vizcarra. Abogado. Lic. en Administración.
  • 42. - CARACTERÍSTICAS Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. - DENOMINACIÓN Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad Anónima o la sigla S.A. - CAPITAL SOCIAL Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos). Los socios - Accionistas: Fundadores, derechos, obligaciones y responsabilidades. - OBJETO SOCIAL Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. - ORGANOS DE LA EMPRESA 1. Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el total de socios. 2. Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores es menor de tres (3). 3. Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa. 4. Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia.
  • 43. TIPOS O MODALIDADES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA:
  • 44. Sociedad Anónima Cerrada Sociedad Anónima Abierta Aquellas sociedades anónimas que no Es aquella que cumple con uno o más tienen más de 20 accionistas y sus requisitos: que las acciones estén acciones no están inscritas en el Registro inscritas en el Registro Público del Público del Mercado de Valores. La Mercado de Valores, tener más de 750 denominación debe incluir la indicación accionistas, que se constituya como tal, "Sociedad Anónima Cerrada" o las siglas etc. La denominación debe incluir la S.A.C. indicación "Sociedad Anónima Abierta" o las siglas S.A.A. Debe tener: Requisitos, derecho de adquisición preferente, transmisión de Debe tener: Requisitos, inscripción, acciones por sucesión, derecho de control de CONASEV, convocatoria por separación, exclusión de accionistas, los accionistas, aumento de capital sin directorio facultativo, juntas no derecho preferente, derecho de presénciales. separación y de información.
  • 46. SOCIEDAD COMERCIAL DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.: E.I.R.L. El capital está dividido en CARACTERÍSTICAS participaciones iguales, acumulables e Es una persona jurídica de derecho indivisibles, que no pueden ser privado, constituida por voluntad incorporadas en títulos valores, ni unipersonal con patrimonio distinto al denominarse acciones. de su titular. Se constituye para el Los socios no pueden exceder de 20 y desarrollo exclusivo de actividades no responden personalmente por las económicas de pequeña empresa. obligaciones sociales. ORGANOS DE LA EMPRESA ORGANOS DE LA EMPRESA Titular: órgano máximo de la empresa Junta General de Socios: representa que tiene a su cargo la disposición de a todos los socios de la empresa. los bienes y actividades. Gerencia: es el órgano encargado de la Gerencia: Órgano que tiene a su dirección y administración de la cargo la administración y la sociedad y es el representante legal de representación de la Empresa, es la empresa. designado por el Titular.
  • 47. LA SOCIEDAD COLECTIVA LA SOCIEDAD CIVIL Es aquella compañía que tiene dos o Posee gran similitud con la Sociedad Comercial más propietarios, que se llaman de Responsabilidad Limitada, en cuanto a la socios. Por lo tanto, el patrimonio de forma en que está representado el capital - por la compañía está repartido entre los aportaciones o participaciones - y a la transferencia de estas aportaciones. Los socios socios. Al igual que en la empresa pueden aportar servicios a esta sociedad, aún individual, existe una responsabilidad sin desembolso de capital. ilimitada por parte de los socios. No Debe tener: obstante, se puede limitar la Breve referencia histórica. responsabilidad de algún(os) Antecedentes Legislativos. Código Civil de 1936. socio(s), pero por lo menos uno de Diferencias con otras organizaciones ellos debe tener responsabilidad Con la S.R.L. ilimitada. A esta persona se le llama Con la Cooperativa. "socio general". Con la Asociación. Debe tener: Constitución. - Referencia Histórica. - Constitución. Régimen Administrativo. - Régimen Administrativo. - Régimen Régimen Económico. La Sociedad Civil Simple. Económico. La Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.
  • 48. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Y POR ACCIONES Este tipo de sociedad puede constituirse con o sin acciones: En Comandita por Acciones. En Comandita Simple. Está Como en su nombre se indica el compuesta por dos tipos de capital está dividido en acciones. Los socios: los colectivos, quienes socios colectivos son responsables responden solidaria e ilimitadamente y los comanditarios ilimitadamente por las sólo por el valor de sus acciones. obligaciones sociales de la empresa, y los comanditarios, que responden únicamente hasta por el monto de sus Debe tener: •Referencia Histórica. aportaciones. En esta modalidad •Constitución. sólo hay participaciones •Clases de Socios y responsabilidad. sociales. •Régimen Administrativo. •Régimen Económico.
  • 50. NOTAS CARACTERIZADORAS DE LOS TÍTULOS VALORES Documento que contiene o representa derechos patrimoniales. El destino a que están dedicados (circulación). Carácter formal. LA FALTA DE ALGÚN REQUISITO, HACE ALGÚ PERDER EL CARÁCTER DE TÍTULO VALOR AL CARÁ TÍ DOCUMENTO.
  • 51. LA LETRA DE CAMBIO: CARACTERÍSTICAS: – La denominación de Letra de Cambio. – La indicación del lugar y fecha de giro. – La orden incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero o una cantidad determinable de éste, conforme a los sistemas de actualización o reajuste de capital legalmente admitidos. – El nombre y número del documento oficial de identidad de la persona a cuyo cargo se gira. – El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse pago. – El nombre, el número de documento oficial de identidad y la firma de la persona que Gira la Letra de Cambio. – La indicación del vencimiento. – La indicación del lugar de pago, y la previsión del pago si fuere diferente la forma de cómo debe efectuarse éste.
  • 52. EL CHEQUE: Es un título valor que constituye una orden de pago del girador a una empresa del sistema financiero girada, a fin de que pague con fondos de su cuenta corriente una cantidad de dinero a favor de un tercero denominado tenedor. CARACTERÍSTICAS: 1. Número o código de identificación. 2. Lugar y fecha de su emisión. 3. Orden de pagar una cantidad determinada de dinero expresada en números o letras, o de ambas formas. 4. Nombre del beneficiario o la indicación de que es al portador. 5. Nombre y domicilio de la empresa del sistema financiero girada. 6. Lugar de pago (no esencial). 7. Nombre y firma del emitente (obligado principal).
  • 53. EL PAGARÉ Y EL VALE A LA ORDEN: CARACTERÍSTICAS: 1. La denominación de "pagaré" o "vale a la orden". 2. La indicación de la fecha y del lugar de la expedición. 3. La orden incondicional de pagar una cantidad de dinero determinada o determinable en los casos de reajuste de capital legalmente admitidos. 4. El nombre de la persona a quien, o a la orden de quien, debe hacerse el pago; 5. La indicación del vencimiento y del lugar en que ha de efectuarse el pago; y 6. El nombre y la firma del emitente
  • 54. RESUMEN -Documento de Crédito. -Girado a la Orden. -Formal: Literal. •A la Vista. LETRA DE •A cierto plazo desde la vista. TÍTULOS VALORES CAMBIO -Vencimientos: •A cierto plazo desde la fecha de emisión. •A fecha fija -Autónoma. -Transmisión por Endoso. -Orden de Pago. CHEQUE -Formularios del Banco. -Transmisión por Endoso. -Compromiso de Pago. PAGARÉ -Se rige por las normas de la Letra de Cambio.