1. Legislación I
Profesor: Rodney Belmar Altamirano
11-04-2011
2. Programa
• Objetivos Generales:
Dentro del ámbito de las normas jurídicas
aproximarse al concepto de ley .
• Objetivos específicos:
Conocer el concepto de ley y la aplicación de la
misma en cuanto al tiempo, espacio y sanción.
3. La ley
• Art. 1° del Código Civil
Es una declaración de la voluntad soberana, que
manifestada en la forma prescrita por la
Constitución , manda , prohíbe o permite.
Otras definiciones:
4. Efectos de la ley en cuanto al tiempo
• Por regla general la ley rige desde su fecha de publicación
en el Diario Oficial salvo que la propia ley establezca una
fecha de entrada en vigencia posterior (Art.7° C.C.)
• Nadie puede alegar ignorancia de la ley después que esta
ha entrado en vigencia (Art.8° C.C.)
• Efecto sobre hechos anteriores a su entrada en vigencia
(Irretroactividad Art. 9° C.C.) por regla general no son
afectados por una ley nueva.
• En materia de contratos los requisitos y los efectos se rigen
por la ley vigente al momento de celebrarlos pero en
cuanto a la prueba de los mismos se distingue entre los
medios y la forma de probar. Los medios se rigen por la ley
antigua mientras que las formas por la ley nueva.
5. Efectos de la ley en cuanto al espacio
• Regla general : Principio de la territorialidad (Art. 14 C Civil) La
ley es obligatoria para todos los habitantes de la República
incluso los extranjeros.
• Excepción : Extraterritorialidad
Leyes personales: Se aplican las leyes chilenas a los chilenos
residentes en otro país en cuanto a los derechos y obligaciones de
familia.
Leyes reales: Los bienes situados en Chile se rigen por la ley chilena
aunque sus dueños sean extranjeros y no residan en Chile.
Leyes sobre actos y contratos: La ley del lugar rige la forma de los actos
y cttos. Excepción en Chile solo valen los testamentos dado en el
extranjero por escrito y en cuanto a la formalización de actos mediante
escritura pública sin importar la validez que tenga en el país que se
otorgó.
6. Efectos de la ley en cuanto a su sanción
• Las leyes pueden ser prohibitivas , imperativas y
permisivas.
• Sanción:
Ley prohibitiva: la sanción es la nulidad absoluta
Ley imperativa: Si es de interés público , la
sanción es la nulidad absoluta; si es de interés
particular la sanción puede ser nulidad absoluta o
relativa.
Ley permisiva: El que la infringe puede verse
obligado a indemnizar al que tenía el derecho
afectado.
7. Interpretación de la ley
• Qué es la interpretación de la ley:
Es determinar el sentido, significado y/o alcance
frente a situaciones concretas.
• Hermenéutica legal es la disciplina, así como el
conjunto de principios métodos y reglas para
descubrir el sentido de la ley.
• Sistemas de Interpretación:
Pueden ser reglados , cuando el legislador da
normas sobre interpretación o no reglados cuando
se carece de estas.
8. Interpretación de la ley
• Elementos de Interpretación :
1.- Lógico: Busca la voluntad de la ley al
momento de ser promulgada mediante el
estudio de palabras, textos , antecedentes.
2.- Histórico evolutivo: La ley una vez dictada
adquiere vida propia y hay que buscar su
sentido al momento de ser aplicada.
3.- Positivo teleológico: Trata de encontrar el fin
práctico perseguido por el legislador
9. Normas del Código Civil sobre interpretación
• Elemento gramatical: Art. 19 Cuando el sentido de la
ley es claro no se desatenderá su tenor literal.
• Art. 20 y 21 : En que sentido deben tomarse las
palabras?
En su sentido natural y obvio según el uso general de las
mismas.
Si el legislador las ha definido expresamente ese será sus
significado.
Las palabras técnicas significan lo que dicen quienes
profesan las ciencia o arte respectivo a menos que
aparezca claramente que se han utilizado con un sentido
distinto.
10. Normas del Código Civil sobre interpretación
• Elemento lógico e histórico: Art 19 inc.2° y Art
22 inc. 1°
Para interpretar una expresión oscura se puede
recurrir a su intención o espíritu claramente
manifestado en ella misma o en la historia
fidedigna de la ley.
El contexto de la ley servirá para ilustrar cada
una de sus partes.
11. Normas del Código Civil sobre interpretación
• Elementos sistemático: Art. 22 inc. 2° y art. 24
Los pasajes oscuros de una ley pueden ser
ilustrados por medio de otras leyes
especialmente si tratan de las mismas materias.
Los pasajes contradictorios se interpretarán de
la forma que mas conforme parezca al espíritu
general de la legislación.
12. Normas del Código Civil sobre interpretación
• La equidad: Art. 24 parte final
El sentimiento seguro y espontáneo de lo justo.
También señalado como el sentimiento de
justicia.
«La regla de lesbos v/s el mito de Procusto»
13. Reglas prácticas de interpretación
• Ley especial prevalece sobre la general ( Art.4 y 13 del
C.C)
• Lo favorable u odioso de una norma no debe tomarse
en cuenta para ampliar o interpretar (Art.23 C.C)
• Argumento de analogía ; donde existe la misma razón
debe existir la misma disposición.
• Argumento contrario sensu.
• Argumento a fortiori ( Quien puede lo más puede lo
menos, o con mayor razón)
• Argumento de no distinción; donde la ley no distingue
no cabe al interprete hacerlo.
14. Derogación de las leyes
• Concepto: Es la cesación de la eficacia de la norma en virtud de otra
posterior.
• Justificación: La evolución de la vida en sociedad requiere muchas
veces que las leyes vayan adaptándose.
• Principio: Las leyes solo pueden ser derogada o modificadas por
otras de igual o mayor jerarquía.
• Tipos de derogación:
Expresa: la nueva ley dice que deroga la anterior.
Tácita: las nuevas disposiciones son incompatibles con las existentes.
Total / Parcial /Orgánica
Desuso es la no aplicación de la ley , ello no significa su derogación.