4. RIESGOS PARA LA SALUD DEBIDO A LA INGESTA
EXCESIVA DE ENERGÍA Y NUTRIENTES CRÍTICOS
NUTRIENTE RIESGO ASOCIADO A INGESTA EXCESIVA
ENERGÍA
Obesidad, enfermedad cardiovascular, diabetes,
cáncer, presión arterial elevada
(WHO/FAO, 2003)
AZÚCARES AGREGADOS Y
TOTALES
Obesidad, diabetes, enfermedad cardiovascular,
caries dentales
(WHO/FAO, 2003; Mozaffarian, 2011)
ÁCIDOS GRASOS
SATURADOS
Dislipidemia, enfermedad cardiovascular, diabetes
(WHO/FAO;2003; WHO/FAO 2008; Elmadfa 2009)
ÁCIDOS GRASAS TRANS
Dislipidemia, enfermedades cardiovasculares
(WHO/FAO;2003; WHO/FAO 2008; Elmadfa 2009)
SODIO (SAL)
Presión arterial elevada, enfermedades
cardiovasculares
(WHO/FAO, 2003; Strazullo, 2009)
5. LA CARGA DE LA ENFERMEDAD
• Sobrepeso y obesidad se asocia con hipertensión
arterial, diabetes mellitus, enfermedades respiratorias
(asma), problemas psicosociales
• Estas enfermedades, acortan la vida, la obesidad puede
reducir la esperanza de vida de una persona hasta en
diez años
• Se estima que entre un 5 al 8% del presupuesto
sanitario se debe a la obesidad.
(Med Clin N Am 91 (2007) 321 – 338.;
OPS, Facts sheet, abril, 2006;
Estrategia para la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad, NAOS, España, 2005;
(World Economic Forum, Global Risks Report, 2010)
6. LA EVIDENCIA CIENTÍFICA
• Hay gran cantidad de publicidad de alimentos
• Los alimentos son el principal producto que se anuncian a los niños en la televisión
• Los niños ven mucha televisión y tienen acceso a otros medios como internet
• Gran parte de publicidad alimentaria corresponde a alimentos poco saludables
• La promoción y publicidad de alimentos poco saludables a menudo incluyen
obsequios
• El envasado de alimentos y las promociones en los paquetes, van dirigidos a los
niños para atraerlos
• La publicidad influye en el comportamiento de adquisición de alimentos entre los
niños
• La publicidad alienta a los niños a pedir que les compren productos anunciadas.
(OPS, 2011)
7. 80 % de ECV, 90% diabetes y 30% de casos
de cáncer, son prevenibles!
• Consumo moderado de alimentos
• 400 g diarios de frutas y verduras
• Vida físicamente activa
• Dejando de fumar
8. NIVEL DE CONCENTRACIÓN DE NUTRIENTES CRÍTICOS (GRASAS,
SAL, AZÚCARES) EN ALIMENTOS PROCESADOS; ECUADOR, 2013
Universo: ≈30000 registros sanitarios de alimentos
Universo – excepciones: 14955 registros sanitarios de alimentos
Muestra: 996 registros sanitarios de alimentos (511 RS analizados)
*excepciones: Alimentos que de acuerdo a la normativa técnica NTE INEN 1334-2 están exentos de la declaración de la
tabla nutricional, además de los alimentos de inicio y continuación para lactantes, alimentos complementarios, alimentos
para regímenes especiales, harinas y aditivos alimentarios.
9. BASE LEGAL
Derecho a la alimentación saludable.
Constitución de la
República del
Ecuador Art. 13
Derecho a disponer de bienes y
servicios de calidad y con información
precisa.
Constitución de la
República del
Ecuador Art. 52
10. BASE LEGAL
El Estado a través de la autoridad
sanitaria nacional, regulará y controlará
todas las actividades relacionadas con la
salud.
Norma Suprema
del Ecuador
Art. 361
Los alimentos genéticamente
modificados deben incluir
obligatoriamente, en forma visible y
comprensible sus etiquetas.
Ley Orgánica
de Salud Art.
151
11. BASE LEGAL
Derecho a la información adecuada,
veraz, sobre los bienes y servicios
ofrecidos en el mercado.
Ley Orgánica de
Defensa del
Consumidor Art. 4
Alienta a que la empresa privada
“Adopte prácticas responsables, en
particular con la comercialización de
alimentos con alto contenido de grasas,
azúcares o sal.
Estrategia Mundial sobre
Régimen Alimentario,
Actividad Física y Salud
12. OBJETO
El presente Reglamento tiene como objeto regular y controlar el etiquetado
de los alimentos procesados para el consumo humano, a fin de garantizar el
derecho constitucional de las personas a la información oportuna, clara,
precisa y no engañosa sobre el
contenido y características de estos alimentos, que permita al consumidor la
correcta elección para su adquisición y consumo.
REGLAMENTO SANITARIO DE ETIQUETADO DE ALIMENTOS
PROCESADOS PARA EL CONSUMO HUMANO
13. PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO
1.- Afirmar que consumiendo un producto por
sí solo se llenan los requerimientos
nutricionales de una persona.
2.- Utilizar logos, certificaciones y/o sellos de
asociaciones, sociedades, fundaciones,
federaciones y de grupos colegiados que estén
relacionados a la calidad y composición del
producto.
14. PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO
3.- Las marcas de conformidad relacionados
con certificaciones de sistemas de calidad,
procesos y otros, excepto las marcas de
conformidad de certificaciones que han sido
otorgadas al producto.
4.- Declarar que el producto cuenta con
ingredientes o propiedades de las cuales
carezca o atribuir un valor nutritivo
superior o distinto al que se declare en el
Registro Sanitario.
15. PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO
5.- Declarar propiedades nutricionales,
incumpliendo los valores de referencia
establecidos en las normas y reglamentos
técnicos de etiquetado nutricional.
6.- Realizar comparaciones en menoscabo
de otros productos.
16. PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO
7.- Declarar propiedades saludables
que no puedan comprobarse.
8.- Atribuir propiedades preventivas o acción
terapéutica para aliviar, tratar o curar una
enfermedad.
17. PROHIBICIONES REGLAMENTO ETIQUETADO
9.- Utilizar imágenes de niños, niñas
y adolecentes.
10.- Utilizar imágenes que no
correspondan a las características del
producto.
20. Reglamento Técnico Ecuatoriano de Rotulado
de productos alimenticios procesados,
envasados y empaquetados
Se colocará un sistema gráfico con barras de colores
colocadas de manera horizontal.
Estos colores serán: rojo, amarillo y verde según la
concentración de los componentes:
a) La barra de color rojo está asignado para los com-
ponentes de alto contenido y tendrá la frase
“ALTO EN …”.
b) La barra de color amarillo está asignado para los
componentes de medio contenido y tendrá la frase
“MEDIO EN …”.
c) La barra de color verde está asignado para los
componentes de bajo contenido y tendrá la frase
“BAJO EN …”.
Dependiendo de la naturaleza del producto cada
componente estará representado por una barra de
acuerdo a lo señalado en la TABLA No. 1.
21.
22. En el etiquetado de bebidas energéticas, que contengan cafeína, taurina y/o
glucoronolactona, se incluirán las siguientes frases que complementarán las
señaladas en la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2411:
"Producto no recomendado para lactantes, niños, niñas, adolescentes,
mujeres embarazadas, mujeres en período de lactancia, personas de la terce-
ra edad, diabéticos, personas sensibles a la cafeína, personas con
enfermedades cardiovasculares y gastrointestinales".
“No consumir bebidas energéticas antes, durante y después de
realizar actividad física, ni con bebidas alcohólicas”.
BEBIDAS ENERGÉTICAS
23. En el etiquetado de las bebidas alcohólicas, constará el mensaje de adverten-
cia señalado en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Defensa del Con-
sumidor vigente, cumpliendo con las especificaciones del instructivo
correspondiente.
Conforme lo descrito en el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 022 so-
bre Rotulado de productos alimenticios, procesados, envasados y empaque-
tados vigente, todo alimento procesado para el consumo humano que
presente en su composición transgénicos, deberá incluir en su etiquetado la
siguiente frase: “CONTIENE TRANSGÉNICOS”.
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y TRANSGÉNICOS
24. • 180 días (6 meses) contados a partir de la fecha de
publicación en el Registro Oficial para las medianas y grandes
empresas que importen.
• 360 días (1 año) para las para las pequeñas y microempresas.
El cambio de etiquetado por motivo de este Reglamento
no tendrá ningún costo en la ARCSA.
PLAZOS