2. Ley que la rige De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución CRC 2475 de 2010, y conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Resolución CRC 2355 de 2010, la Comisión de Regulación de Comunicaciones –CRC- convoca a los representantes de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles que tengan conforme a la Ley 1245 de 2008 la obligación de implementar la Portabilidad Numérica.
3. ¿En que consiste la ley? Los clientes o usuarios de telefonía celular tienen el derecho a la “Portabilidad numérica”, que es una funcionalidad que permite conservar el número telefónico cuando se cambia a otra compañía, con el propósito de fomentar una competencia más equitativa entre los proveedores de servicios de telecomunicaciones, y a su vez se traduce en mejores tarifas, más servicios de telecomunicaciones y un uso más eficiente de la numeración.
4. Cuando comenzara a regir En Colombia luego de casi dos años de estudio, la comisión de regulación de comunicaciones anuncio el proyecto de resolución que define la manera como los colombianos se convierten en los dueños de sus números telefónicos celular o fijo, meta que se plantea alcanzar en febrero del 2010 en telefonía celular y aumentar su cobertura para el año 2012.
5. Desventajas Ventajas Con esta medida los usuarios podrán beneficiarse de las diferentes tarifas existentes en el mercado, con mejor calidad o mayor diversidad de servicios sin la molestia de que al cambiar de empresa pierdan su numero telefónico La portabilidad numérica le brinda al mercado una mayor competencia y a la entrada de otros proo verdores que aspiran entrar a este campo. Esto genera apatía en los países en las que las empresas telefónicas son pocas y no están dispuestas a abrir sus puertas.