Los abusos que cometen las empresas de telefonía celular que están presentes en Colombia son enormes y abundan más cada día porque las personas no denuncian, no conocen sus derechos y no les importa la situación.
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Telefonía celular: Derecho de los usuarios
1. Telefonía celular: Derecho de los usuarios
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Los abusos que cometen las empresas de telefonía celular que están presentes en Colombia
son enormes y abundan más cada día porque las personas no denuncian, no conocen sus
derechos y no les importa la situación.
Aunque no lo crea, hay ciertas personas que saben que la empresa que tiene contratada está
cometiendo una infracción, pero no realizan acciones para no permitir más este abuso. Por
ende, estas empresas siguen cometiéndolos.
Es necesario entonces mostrar cuáles son los derechos que tienen los usuarios cuando
adquieren un producto o en este caso un plan de telefonía celular o internet.
2. Derecho a recibir información
El primero y más importante es que usted tiene el derecho a recibir información clara y
precisa, así lo establece el artículo 23 de la Ley 1480 de 2011. Esto está contemplado dentro
de los derechos del Consumidor.
Cuando se solicita algún dato o respuesta con respecto a una solicitud de información, estas
empresas tienen el deber de dar una respuesta clara y concisa, no evadiéndola, ni diciendo
que no es de su competencia. Con la regulación de los nuevos estatutos que rigen el comercio
en el país, se establece que la respuesta debe satisfacer la pregunta que envía el usuario.
El siguiente derecho, en el caso de los usuarios con planes de minutos, es a recibir una
compensación mensual de dos minutos adicionales o dependiendo de la situación, por
los problemas en las antenas, mal servicio o la mala señal.
El usuario, además, tiene el derecho a llevarse el número para otro operador, sin que esto
le cause impedimentos en la recepción de llamadas o la adquisición de un nuevo plan con otra
empresa de telefonía, pero siempre y cuando su saldo se encuentre al día o sin vencimiento.
Esto último no significa que el usuario pierda sus derechos por el pago atrasado o tener mora
en su recibo. Aunque tenga un saldo pendiente por pagar, toda persona que haya entablado
un contrato con una empresa de comunicaciones tiene los mismos derechos que una
persona que esté al día.
Por ello, así se esté atrasado, tiene la facultad de poner una queja por mal servicio, solicitar
información y que está sea respondida con claridad o poner una sugerencia o comentario.
Esto último se reglamentó para que todas las operadoras y empresas de telecomunicaciones
abran nuevos canales de comunicación para que atiendan estas quejas, reclamos o
sugerencias. Estos canales van desde el correo electrónico, hasta sus páginas web.
Cláusulas de permanencia y publicidad engañosa
3. El siguiente aspecto son las cláusulas de permanencia. Hace algunos años atrás, por Ley
fueron eliminadas y ahora ninguna empresa puede amarrar a sus usuarios con contratos
que establezcan un tiempo límite para retirarse.
Lo mismo cuando estas empresas publican o promocionan publicidad engañosa que va en
contravía del mensaje. Por ejemplo, cuando dicen que dan planes ilimitados de internet o
minutos, pero que en realidad es lo contrario. Aun así abunda este tipo de publicidad, solo que
nadie denuncia.