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Caso : PUCP vs EL ARZOBISPADO
• El 24 de Octubre de
1944 murió en el
Hotel Bolivar a los
59 años.
Dejo 4 Testamentos
en todos ellos el
Heredero Principal
era la PUCP
El Caso
• El Arzobispado manda Cartas a la Universidad
pidiendo controlar los asuntos de la
Universidad, así como pedir informes de
finanzas y que se le brinde oficinas en la
Universidad para que sus enviados puedan
elegir a los profesores.
La Universidad presenta un Recurso de amparo y al final recurre al Tribunal Constitucional
para poder salvaguardar sus derechos que están queriendo ser vulnerados , derechos tanto
Administrativos , como de Educación , de propiedad y otros actos
que vulneran la Autonomía Universitaria. Todos estos Amparados por la Constitución
• En 1933 dictó su primer testamento en el que
manifiesta que sus bienes pasan a la PUCP, y
una Junta Administradora la cual los
administraría solo por 20 años; si la PUCP
seguía existiendo los bienes pasaban a esta
ultima.
• En 1938 Dicto el Segundo Testamento
estipulando que ya no seria a 20 años sino
esta Junta Administradora seria la Encargada a
Perpetuidad ( No Hay otra Autoridad mas que
esta Junta Administradora sobre los bienes de la
PUCP pero NO decía que las personas serian las
mismas para siempre )
• Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la
PUCP + uno designado por el Arzobispado
Prueba sobre que los miembros de la
Junta pueden RENUNCIAR.
• Los miembros de la junta administradora se
encargaron de los bienes y podían
RENUNCIAR.
Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la PUCP
+ uno designado por el Arzobispado
Testamento 1938
• No Dice en ningun lado que la Junta solo la
conforma el Arzobispado Individualmente
sino: Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la PUCP
+ uno designado por el Arzobispado
El Origen de la Controversia
• Es decir el Arzobispado decide que ellos no iban a
tener injerencia en las decisiones sobre los bienes
de la Universidad o su Administracion.
( Ellos en 1994 deciden textualmente que “NO
TENIAN MAS INJERENCIAS EN LAS DECISIONES” )
El Juicio fue en el 2007 ( 13 años
después y ahora 19 años porque el
tema no esta cerrado.
¿Que Pasaria si al final de su carrera y luego de terminar sus maestrías , les dijeran que todo
Lo que han estudiado no vale ? O que la firma de la venta de su casa que le vendieron
hace 30 años a sus padres ya No tiene valor y su casa ya no es suya?
…Y Después de 3 Cardenales…
• Cipriani – Vargas Alzamora - Landazuri
El Arzobispado dice que el acuerdo suscrito por su representante no era valido,
por mas de ser completamente VALIDO , SUSCRITO POR ELLOS y habiéndolo
respetado por 19 Años.
El Arzobispado quiere ir en contra de
sus propios actos 19 años después
• El Tribunal Constitucional acepta la Teoria de
Actos Propios
•REPLICA
El Tribunal Constitucional
• El Tribunal constitucional va mas allá de
interpretar la Ley y sus atribuciones en Razón
de la Demanda de Amparo y se pone a
interpretar el testamento.
El Tema Real no es la Condición de la Junta Administrativa , sino que dicha Junta
RENUNCIO a seguir administrando la universidad y por 19 años respeto ese acuerdo
que ellos mismos habían decidido y firmado
• El Tribunal Constitucional decide analizar el
testamento , la defensa de la PUCP se equivoco al
haber dejado que el tema se centre en la
Administracion y los Testamentos. El Tema que
debieron atacar era La Renuncia de la
Administracion de la PUCP , el Tiempo que paso
de 19 años y que la Junta no era sinónimo de
Arsobispado , sino era la suma de todos los
miembros que la conformaban.
• Un Miembro que ya no es parte de esta junta, no
puede pedir volver a entrar a esta.
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  • 2. • El 24 de Octubre de 1944 murió en el Hotel Bolivar a los 59 años. Dejo 4 Testamentos en todos ellos el Heredero Principal era la PUCP El Caso
  • 3. • El Arzobispado manda Cartas a la Universidad pidiendo controlar los asuntos de la Universidad, así como pedir informes de finanzas y que se le brinde oficinas en la Universidad para que sus enviados puedan elegir a los profesores. La Universidad presenta un Recurso de amparo y al final recurre al Tribunal Constitucional para poder salvaguardar sus derechos que están queriendo ser vulnerados , derechos tanto Administrativos , como de Educación , de propiedad y otros actos que vulneran la Autonomía Universitaria. Todos estos Amparados por la Constitución
  • 4. • En 1933 dictó su primer testamento en el que manifiesta que sus bienes pasan a la PUCP, y una Junta Administradora la cual los administraría solo por 20 años; si la PUCP seguía existiendo los bienes pasaban a esta ultima.
  • 5. • En 1938 Dicto el Segundo Testamento estipulando que ya no seria a 20 años sino esta Junta Administradora seria la Encargada a Perpetuidad ( No Hay otra Autoridad mas que esta Junta Administradora sobre los bienes de la PUCP pero NO decía que las personas serian las mismas para siempre ) • Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la PUCP + uno designado por el Arzobispado
  • 6. Prueba sobre que los miembros de la Junta pueden RENUNCIAR. • Los miembros de la junta administradora se encargaron de los bienes y podían RENUNCIAR. Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la PUCP + uno designado por el Arzobispado
  • 7. Testamento 1938 • No Dice en ningun lado que la Junta solo la conforma el Arzobispado Individualmente sino: Junta Administradora = Personas designadas + el Rector de la PUCP + uno designado por el Arzobispado
  • 8. El Origen de la Controversia • Es decir el Arzobispado decide que ellos no iban a tener injerencia en las decisiones sobre los bienes de la Universidad o su Administracion. ( Ellos en 1994 deciden textualmente que “NO TENIAN MAS INJERENCIAS EN LAS DECISIONES” )
  • 9. El Juicio fue en el 2007 ( 13 años después y ahora 19 años porque el tema no esta cerrado.
  • 10. ¿Que Pasaria si al final de su carrera y luego de terminar sus maestrías , les dijeran que todo Lo que han estudiado no vale ? O que la firma de la venta de su casa que le vendieron hace 30 años a sus padres ya No tiene valor y su casa ya no es suya?
  • 11. …Y Después de 3 Cardenales… • Cipriani – Vargas Alzamora - Landazuri El Arzobispado dice que el acuerdo suscrito por su representante no era valido, por mas de ser completamente VALIDO , SUSCRITO POR ELLOS y habiéndolo respetado por 19 Años.
  • 12. El Arzobispado quiere ir en contra de sus propios actos 19 años después • El Tribunal Constitucional acepta la Teoria de Actos Propios
  • 14. El Tribunal Constitucional • El Tribunal constitucional va mas allá de interpretar la Ley y sus atribuciones en Razón de la Demanda de Amparo y se pone a interpretar el testamento. El Tema Real no es la Condición de la Junta Administrativa , sino que dicha Junta RENUNCIO a seguir administrando la universidad y por 19 años respeto ese acuerdo que ellos mismos habían decidido y firmado
  • 15. • El Tribunal Constitucional decide analizar el testamento , la defensa de la PUCP se equivoco al haber dejado que el tema se centre en la Administracion y los Testamentos. El Tema que debieron atacar era La Renuncia de la Administracion de la PUCP , el Tiempo que paso de 19 años y que la Junta no era sinónimo de Arsobispado , sino era la suma de todos los miembros que la conformaban. • Un Miembro que ya no es parte de esta junta, no puede pedir volver a entrar a esta.