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                                 PERSONERÍA JURÍDICA : RESOLUCIÓN 1060, AGOSTO DE 1988 DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ




Boletín No. 28: Serie sobre los derechos de las víctimas y la aplicación de la ley 975*




                      Justicia en Colombia primero, extradición después


    Antes de ser extraditados, alias “HH” y los restantes paramilitares deberían culminar sus
                               procesos ante la justicia colombiana


La regla general en las versiones libres que actualmente se adelantan en el marco de la ley
975 de 2005 es que los paramilitares que las están rindiendo no están contribuyendo al
esclarecimiento de la verdad. Muchos de ellos están justificando sus crímenes, haciendo
apología de los delitos cometidos, negando su participación en los hechos por los que
indaga la fiscalía, y no están develando los nexos que existen entre las estructuras
paramilitares y diversos sectores de la sociedad.

Sin embargo, una excepción a esta regla es el paramilitar Éver Veloza García, alias “HH”,
quien se encuentra postulado a la ley 975 de 2005 y está rindiendo versión libre desde el 29
de octubre de 2007. Este paramilitar es, probablemente, el que más ha contribuido al
esclarecimiento de la verdad sobre los crímenes cometidos por el paramilitarismo1. Sin
embargo, frente a la expectativa que tienen las víctimas sobre las versiones que aún le
quedan por rendir a este paramilitar, así como frente a la labor que le asiste a la fiscalía de
investigar los crímenes confesados por Éver Veloza, existe un obstáculo latente: la posible
extradición de este jefe paramilitar en los próximos días a Estados Unidos.

En efecto, el pasado 7 de mayo el Gobierno nacional marcó un precedente luego de que
decidiera extraditar al jefe paramilitar del Bloque Central Bolívar, Carlos Mario Jiménez
Naranjo, alias “Macaco”, y una semana después, el 13 de mayo, extraditara a 14 postulados
más, entre los que se encuentran varios jefes paramilitares, como Salvatore Mancuso,
Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, o Hernán Giraldo Serna, alias “El patrón”, entre
otros. Para el caso concreto de Éver Veloza, alias “HH”, esto implica que si la Corte
Suprema de Justicia decide emitir concepto favorable frente a la solicitud de extradición de
este paramilitar, el Gobierno, coherente con sus decisiones anteriores, lo extraditará a
Estados Unidos, sustrayéndolo del juzgamiento y sanción por parte de la justicia
colombiana.

La concesión de la extradición de cualquier paramilitar que se encuentre postulado a la ley
975 de 2005 resulta preocupante, pues con ella se desconocen por completo los derechos de

1
 En el mismo sentido, véase el artículo de Jimena Duzán, ¿Quién le teme a HH?, en revista Semana, de fecha
12 de julio de 2008. Disponible en www.semana.com



                    Calle 72 Nº 12-65 piso 7 PBX: (571) 3768200 – (571) 3434710 Fax: (571) 3768230
                        Email: ccj@coljuristas.org Website: www.coljuristas.org Bogotá, Colombia
las víctimas, así como también se desconoce la capacidad de los órganos judiciales
colombianos para hacer justicia. Sin embargo, esta preocupación se agrava cuando la
solicitud de extradición pesa sobre un paramilitar que efectivamente está revelando hechos
importantes que eventualmente pueden contribuir al derecho a la verdad de las víctimas y
de la sociedad.

En efecto, este paramilitar ha hecho importantes revelaciones sobre los fuertes nexos que
existen entre el paramilitarismo y los sectores político, económico y castrense. Así mismo,
alias “HH” ha aceptado su responsabilidad en la comisión de múltiples crímenes en la
región de Urabá y en el departamento del Valle del Cauca –lugares que estuvieron bajo su
mando– y ha admitido, como pocos postulados lo han hecho, que los paramilitares
cometían crímenes como el desplazamiento forzado, el reclutamiento de niños y niñas, la
desaparición forzada y las masacres.

En concreto, Éver Veloza García, alias “HH”, ha mencionado al General Rito Alejo del Río
como uno de los impulsores del paramilitarismo en Urabá. En igual sentido se refirió al
Coronel Bayron Carvajal, de quien aseguró no sólo que había sido un impulsor y
colaborador del paramilitarismo, sino que, además, lo había amenazado de muerte si
continuaba haciendo acusaciones en su contra.

Así mismo, este paramilitar aseguró en sus versiones libres que el sector empresarial del
banano en Urabá dio importantes aportes de dinero al paramilitarismo para su financiación
y que, incluso, eran las denominadas “Convivir” las que canalizaban estos dineros. Frente a
estas últimas, Éver Veloza también aseguró que todas las Convivir eran de los grupos
paramilitares o estaban a su servicio 2. En particular, se refirió a la Convivir “Papagayo”,
que tenía asiento detrás de la Brigada XII en el municipio de Carepa (Antioquia) en la
región de Urabá. Sobre esta Convivir, alias “HH” no sólo aseguró que era la que canalizaba
los dineros que entraban al paramilitarismo por cuenta de los aportes que hacían las
empresas bananeras, sino que, además, aseguró que su representante legal, Arnulfo
Peñuela, quien ejerció hasta hace poco como alcalde del municipio de Carepa –hasta
cuando la fiscalía decidió iniciar una investigación en su contra por sus nexos con el
paramilitarismo–, no es solamente un colaborador del paramilitarismo sino que pertenece al
núcleo de la estructura paramilitar.

Incluso aseguró que Peñuela fue quien lo presentó ante los miembros de la Brigada XVII
cuando llegó a la región. Además, manifestó que él mismo le propuso a Raúl Hazbún, otro
jefe paramilitar de Urabá, que Arnulfo Peñuela acudiera a la ceremonia de desmovilización
con el Bloque Bananero, pero que Vicente Castaño se opuso a la “desmovilización” de
Peñuela, por considerar que este, pese a actuar bajo la estructura paramilitar, estaba
amparado por la ley en sus actuaciones dentro de las Convivir que ya estaban legalizadas.


2
 Ver, al respecto, Comisión Colombiana de Juristas, serie de boletines sobre los derechos de las víctimas y la
aplicación de la ley 975 de 2005, “Todas las convivir eran nuestras”, boletín n.° 27. Consultar en:
www.coljuristas.org.




                                                                                                             2
En sus versiones libres, Éver Veloza también señaló a otros políticos como promotores o
beneficiarios del paramilitarismo. Una de las confesiones más reveladoras fue la
relacionada con el ex gobernador del Cauca, Juan José Chaux. Sobre este político, Éver
Veloza aseguró que había recibido apoyo del Bloque Calima de las AUC para ganar las
elecciones a la gobernación del Cauca y que, además, había asistido a una “cumbre
paramilitar” en la que participaron reconocidos jefes paramilitares. Sobre la intervención
del paramilitarismo en las elecciones, Éver Veloza además afirmó que ellos tenían la
suficiente influencia en las comunidades como para obligar a los electores a votar por una
persona determinada: “(…) nosotros obligamos a las comunidades a votar, no en el mismo
momento de la votación, porque eso era una labor que hicimos de tiempo atrás, sino como
teníamos influencia en las comunidades y tenían que estar de acuerdo con lo que
pensábamos y lo que decíamos. No nos dieron plata, porque a nosotros nos entraba plata,
sino pedían votos”3.

Por otra parte, Éver Veloza ha sido, quizás, el único paramilitar que ha reconocido y
aceptado que los grupos paramilitares cometieron cierto tipo de crímenes como parte de
una estrategia de guerra y como parte de una política al interior de la organización
paramilitar. Entre estos crímenes, alias “HH” reconoció que la desaparición forzada de
personas fue una estrategia que los paramilitares comenzaron a utilizar en Urabá y que
luego fue extendida al resto del país. Adicionalmente, declaró que la práctica de
desaparecer personas había sido una idea de miembros de la fuerza pública, en concreto del
general Rito Alejo del Río, quien tenía especial interés en que disminuyera el registro de la
cantidad de muertes que se estaban produciendo en la región de Urabá.

Éver Veloza también reconoció, en una de sus versiones, que los grupos paramilitares
persiguieron políticamente a los sindicalistas, pues aseguró que los crímenes cometidos
contra estas personas obedecían, en algunas ocasiones, a antagonismo de los paramilitares
con las ideas o el pensamiento político de los sindicalistas. En otra de sus versiones,
aseguró que los grupos paramilitares que operan en Urabá persiguieron de tal manera al
sindicato que agrupaba a los trabajadores del banano (Sintrainagro), que los trabajadores
afiliados a este sindicato “perdieron en un año los beneficios que lucharon toda una
vida”4. Por ello, Éver Veloza no dudó en asegurar que los más favorecidos con el conflicto
que se desató en la región de Urabá fueron los empresarios.

Algo similar ocurrió con los miembros del partido político Unión Patriótica (UP), a
quienes, según este paramilitar, asesinaron por su filiación política y no por su supuesta
pertenencia a la guerrilla de las Farc.

De igual manera, alias “HH” ha asegurado que sería una mentira afirmar que no hubo
reclutamiento forzado contra niñas y niños. Según él, el reclutamiento de niñas y niños fue
una política que se extendió a nivel nacional, ya que los niños y las niñas les servían para


3
    Audiencia de versión libre de Éver Veloza García, alias “HH”, 9, 10 y 11 de julio de 2008.
4
    Ibíd.




                                                                                                 3
“pasar desapercibidos y hacer inteligencia”5. Además, aseguró que es imposible que los
comandantes de bloques o frentes paramilitares no supieran si en sus filas había niñas o
niños, como algunos lo han afirmado.

En ese mismo sentido se refirió al delito de desplazamiento forzado cuando aseguró que los
desplazamientos a los que fueron sometidas miles de personas debido a la violencia
paramilitar no eran un efecto del conflicto, tal como lo han querido presentar otros
paramilitares que están rindiendo versión libre, sino que los grupos paramilitares generaron
desplazamientos como parte de una estrategia de guerra.

Por otra parte, Éver Veloza, alias “HH”, ha aportado información valiosa para el
esclarecimiento de crímenes en los que, si bien no tuvo participación directa, sí tuvo algún
conocimiento debido a su cercanía con los hermanos Castaño. Es el caso de las
declaraciones que rindió en relación con el magnicidio del conocido humorista político
Jaime Garzón, del que aseguró que fue ejecutado por la banda La Terraza y ordenado por
Carlos Castaño debido a un favor solicitado por “altos mandos militares” 6. Esta misma
cercanía a los Castaño le permitió a Éver Veloza entregar en la pasada diligencia de versión
libre una memoria USB de propiedad de Carlos Castaño que contiene, según el propio
paramilitar, correos entre Carlos Castaño y otros jefes paramilitares, como Salvatore
Mancuso, Freddy Rendón Herrera, alias “el Alemán” e Iván Roberto Duque, alias “Ernesto
Báez”. Así mismo, alias “HH” aseguró que la memoria contiene el testamento de Carlos
Castaño y prometió hacer entrega a las autoridades del computador personal del jefe
paramilitar.

Es cierto que Éver Veloza, alias “HH”, ha hecho revelaciones valiosas que contribuyen al
derecho a la verdad. Sin embargo, aún las víctimas tienen muchas preguntas sin responder y
aún faltan muchos crímenes por confesar. No debe olvidarse que este jefe paramilitar
comandó dos bloques paramilitares (el Bloque Calima y el Bloque Bananero de las AUC),
y que en una de sus versiones confesó que en un solo año asesinó, aproximadamente, a
1.500 personas en la región de Urabá. La magnitud de los crímenes cometidos por este
paramilitar y por los bloques que comandó es descomunal, de manera que es de esperarse
que tenga muchas más cosas por confesar y detalles por precisar.

El Gobierno nacional ya les arrebató a las víctimas de los jefes paramilitares extraditados la
posibilidad de obtener justicia en Colombia. El caso de Éver Veloza ofrece una oportunidad
para que el Gobierno rectifique su equivocada decisión de extraditar a los paramilitares que
están rindiendo versión libre en los procesos de “justicia y paz” en Colombia, y proceda
conforme lo indican el derecho internacional de los derechos humanos y la Constitución
colombiana, según los cuales debe darse prevalencia al juzgamiento y sanción de los
crímenes de lesa humanidad sobre el juzgamiento de los delitos de narcotráfico que este
paramilitar haya podido cometer.


5
    Audiencia de versión libre de Éver Veloza García, alias “HH”, 26, 27 y 28 de mayo de 2008.
6
    Ibíd.




                                                                                                 4
El Gobierno de Colombia y la embajada de Estados Unidos han anunciado públicamente
que han celebrado un acuerdo para que los paramilitares extraditados continúen rindiendo
ante la justicia colombiana sus versiones desde Estados Unidos. Sin embargo, lo cierto es
que las versiones libres de tales paramilitares se han suspendido desde su extradición. Es
incierto cuándo puedan reanudarse. El Fiscal General de la Nación, Mario Iguarán,
manifestó ante representantes de víctimas, entre ellos la Comisión Colombiana de Juristas,
que el Fiscal General de Estados Unidos le había comunicado que, durante las
negociaciones de ese Gobierno con los paramilitares para lograr una sentencia anticipada en
relación con el delito de narcotráfico, no se les permitiría declarar ante las autoridades
judiciales colombianas. Dichas negociaciones, le dijo el Fiscal de Estados Unidos al Fiscal
General de Colombia, pueden durar aproximadamente un año. Después de que esas
negociaciones terminen, es improbable que los paramilitares accedan a seguir dando
declaraciones ante la justicia colombiana, porque pueden agravar su situación ante la
justicia estadounidense. En consecuencia, así fuera cierto que los dos gobiernos celebraron
un acuerdo de cooperación judicial para estos casos (cuyos términos, dicho sea de paso, no
han sido dados a conocer públicamente), la eficacia de dicho acuerdo es, por decir lo
menos, dudosa e incierta.

La solicitud de extradición de Éver Veloza está surtiendo el trámite ante la Corte Suprema
de Justicia, y no sería raro que, si esta corporación emite un concepto favorable, el
Gobierno decida, tal como lo hizo en otros casos, conceder la extradición de este
paramilitar a los Estados Unidos para que sea juzgado por delitos de narcotráfico, en
perjuicio de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, por los
hechos que este paramilitar cometió en Colombia.

Sin embargo, el Gobierno debería atender integralmente los fallos judiciales y respetar la
jurisprudencia que la Corte Suprema de Justicia sentó en los casos en los que pesa solicitud
de extradición sobre una persona postulada a la ley 975. En dicha jurisprudencia, la Corte
Suprema consideró que, si bien ella puede emitir un concepto favorable en relación con la
extradición de una persona postulada a la ley 975 de 2005, debe entenderse que dicho
concepto está condicionado a que previamente el postulado cumpla con las obligaciones
que tiene con las víctimas y con la justicia colombiana. Así lo aseguró esta corporación al
referirse al concepto favorable que emitió en el caso del paramilitar Carlos Mario Jiménez
Naranjo, alias “Macaco”:

       “En efecto, es que en casos, como el que ha originado el presente debate, se
       impone sopesar, reitérase, el interés particular en juego del aludido
       mecanismo de cooperación internacional respecto de los fines que alientan
       la ley de justicia y paz, ya que la entidad de los ilícitos cometidos por los
       grupos armados al margen de la ley que involucran masacres, secuestros,
       desapariciones forzadas, torturas, desplazamiento forzado, entre otros,
       imprime prevalencia al derecho internacional de los derechos humanos,
       frente a dicho instrumento de colaboración para la lucha contra la
       delincuencia.




                                                                                          5
Desde esa perspectiva se entiende por qué la Corte al conceptuar acerca de
        los requisitos de la extradición puede emitir su juicio de manera positiva, y
        a la vez condicionada, cuando advierte que la persona solicitada se
        encuentra también postulada para los beneficios de la ley de justicia y paz,
        pues atendida la mayor dañosidad social causada por los grupos armados
        al margen de la ley, es inaplazable su efectivo procesamiento como
        integrante de esas organizaciones delincuenciales, ya que se requiere de su
        colaboración para esclarecer tales comportamientos, determinar sus
        autores y auxiliadores, ubicar a sus víctimas o sus restos, etc. ” 7.

No obstante esta jurisprudencia, el Gobierno decidió extraditar a 15 paramilitares a los
Estados Unidos. Por ello, se espera que, en esta oportunidad, el concepto que emita la Corte
Suprema sobre la solicitud de extradición de Éver Veloza García reitere la jurisprudencia
antes citada y sea más afirmativo para advertir al Gobierno que debe abstenerse de hacer
efectiva la extradición de este paramilitar mientras la justicia colombiana establece su
responsabilidad por los delitos de lesa humanidad cometidos en Colombia y que, en este
sentido, no intente acallar una verdad que desde hace muchos años el Estado y los grupos
paramilitares les deben a las víctimas.

Esta preocupante noticia es conocida a pocos días de que dicho comandante paramilitar
deba rendir nuevamente versión libre ante la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía. En esta
versión se espera que entregue bienes para la reparación de las víctimas de los Bloques
Calima y Bananero, si el Gobierno lo permite.


Para mayor información, contactar a: Gustavo Gallón Giraldo, Director CCJ (Tel. 376 8200, ext. 115).

Bogotá, 31 de julio de 2008




7
 Corte Suprema de Justicia, segunda instancia n. ° 29559, Carlos Mario Jiménez Naranjo, M.P. Julio Enrique
Socha Salamanca, 22 de abril de 2008.




                                                                                                         6

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Justicia en Colombia primero, extradición después

  • 1. COMISIÓN COLOMBIANA DE JURISTAS Organización no gubernamental con estatus consultivo ante la ONU Filial de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra) y de la Comisión Andina de Juristas (Lima) PERSONERÍA JURÍDICA : RESOLUCIÓN 1060, AGOSTO DE 1988 DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ Boletín No. 28: Serie sobre los derechos de las víctimas y la aplicación de la ley 975* Justicia en Colombia primero, extradición después Antes de ser extraditados, alias “HH” y los restantes paramilitares deberían culminar sus procesos ante la justicia colombiana La regla general en las versiones libres que actualmente se adelantan en el marco de la ley 975 de 2005 es que los paramilitares que las están rindiendo no están contribuyendo al esclarecimiento de la verdad. Muchos de ellos están justificando sus crímenes, haciendo apología de los delitos cometidos, negando su participación en los hechos por los que indaga la fiscalía, y no están develando los nexos que existen entre las estructuras paramilitares y diversos sectores de la sociedad. Sin embargo, una excepción a esta regla es el paramilitar Éver Veloza García, alias “HH”, quien se encuentra postulado a la ley 975 de 2005 y está rindiendo versión libre desde el 29 de octubre de 2007. Este paramilitar es, probablemente, el que más ha contribuido al esclarecimiento de la verdad sobre los crímenes cometidos por el paramilitarismo1. Sin embargo, frente a la expectativa que tienen las víctimas sobre las versiones que aún le quedan por rendir a este paramilitar, así como frente a la labor que le asiste a la fiscalía de investigar los crímenes confesados por Éver Veloza, existe un obstáculo latente: la posible extradición de este jefe paramilitar en los próximos días a Estados Unidos. En efecto, el pasado 7 de mayo el Gobierno nacional marcó un precedente luego de que decidiera extraditar al jefe paramilitar del Bloque Central Bolívar, Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias “Macaco”, y una semana después, el 13 de mayo, extraditara a 14 postulados más, entre los que se encuentran varios jefes paramilitares, como Salvatore Mancuso, Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, o Hernán Giraldo Serna, alias “El patrón”, entre otros. Para el caso concreto de Éver Veloza, alias “HH”, esto implica que si la Corte Suprema de Justicia decide emitir concepto favorable frente a la solicitud de extradición de este paramilitar, el Gobierno, coherente con sus decisiones anteriores, lo extraditará a Estados Unidos, sustrayéndolo del juzgamiento y sanción por parte de la justicia colombiana. La concesión de la extradición de cualquier paramilitar que se encuentre postulado a la ley 975 de 2005 resulta preocupante, pues con ella se desconocen por completo los derechos de 1 En el mismo sentido, véase el artículo de Jimena Duzán, ¿Quién le teme a HH?, en revista Semana, de fecha 12 de julio de 2008. Disponible en www.semana.com Calle 72 Nº 12-65 piso 7 PBX: (571) 3768200 – (571) 3434710 Fax: (571) 3768230 Email: ccj@coljuristas.org Website: www.coljuristas.org Bogotá, Colombia
  • 2. las víctimas, así como también se desconoce la capacidad de los órganos judiciales colombianos para hacer justicia. Sin embargo, esta preocupación se agrava cuando la solicitud de extradición pesa sobre un paramilitar que efectivamente está revelando hechos importantes que eventualmente pueden contribuir al derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad. En efecto, este paramilitar ha hecho importantes revelaciones sobre los fuertes nexos que existen entre el paramilitarismo y los sectores político, económico y castrense. Así mismo, alias “HH” ha aceptado su responsabilidad en la comisión de múltiples crímenes en la región de Urabá y en el departamento del Valle del Cauca –lugares que estuvieron bajo su mando– y ha admitido, como pocos postulados lo han hecho, que los paramilitares cometían crímenes como el desplazamiento forzado, el reclutamiento de niños y niñas, la desaparición forzada y las masacres. En concreto, Éver Veloza García, alias “HH”, ha mencionado al General Rito Alejo del Río como uno de los impulsores del paramilitarismo en Urabá. En igual sentido se refirió al Coronel Bayron Carvajal, de quien aseguró no sólo que había sido un impulsor y colaborador del paramilitarismo, sino que, además, lo había amenazado de muerte si continuaba haciendo acusaciones en su contra. Así mismo, este paramilitar aseguró en sus versiones libres que el sector empresarial del banano en Urabá dio importantes aportes de dinero al paramilitarismo para su financiación y que, incluso, eran las denominadas “Convivir” las que canalizaban estos dineros. Frente a estas últimas, Éver Veloza también aseguró que todas las Convivir eran de los grupos paramilitares o estaban a su servicio 2. En particular, se refirió a la Convivir “Papagayo”, que tenía asiento detrás de la Brigada XII en el municipio de Carepa (Antioquia) en la región de Urabá. Sobre esta Convivir, alias “HH” no sólo aseguró que era la que canalizaba los dineros que entraban al paramilitarismo por cuenta de los aportes que hacían las empresas bananeras, sino que, además, aseguró que su representante legal, Arnulfo Peñuela, quien ejerció hasta hace poco como alcalde del municipio de Carepa –hasta cuando la fiscalía decidió iniciar una investigación en su contra por sus nexos con el paramilitarismo–, no es solamente un colaborador del paramilitarismo sino que pertenece al núcleo de la estructura paramilitar. Incluso aseguró que Peñuela fue quien lo presentó ante los miembros de la Brigada XVII cuando llegó a la región. Además, manifestó que él mismo le propuso a Raúl Hazbún, otro jefe paramilitar de Urabá, que Arnulfo Peñuela acudiera a la ceremonia de desmovilización con el Bloque Bananero, pero que Vicente Castaño se opuso a la “desmovilización” de Peñuela, por considerar que este, pese a actuar bajo la estructura paramilitar, estaba amparado por la ley en sus actuaciones dentro de las Convivir que ya estaban legalizadas. 2 Ver, al respecto, Comisión Colombiana de Juristas, serie de boletines sobre los derechos de las víctimas y la aplicación de la ley 975 de 2005, “Todas las convivir eran nuestras”, boletín n.° 27. Consultar en: www.coljuristas.org. 2
  • 3. En sus versiones libres, Éver Veloza también señaló a otros políticos como promotores o beneficiarios del paramilitarismo. Una de las confesiones más reveladoras fue la relacionada con el ex gobernador del Cauca, Juan José Chaux. Sobre este político, Éver Veloza aseguró que había recibido apoyo del Bloque Calima de las AUC para ganar las elecciones a la gobernación del Cauca y que, además, había asistido a una “cumbre paramilitar” en la que participaron reconocidos jefes paramilitares. Sobre la intervención del paramilitarismo en las elecciones, Éver Veloza además afirmó que ellos tenían la suficiente influencia en las comunidades como para obligar a los electores a votar por una persona determinada: “(…) nosotros obligamos a las comunidades a votar, no en el mismo momento de la votación, porque eso era una labor que hicimos de tiempo atrás, sino como teníamos influencia en las comunidades y tenían que estar de acuerdo con lo que pensábamos y lo que decíamos. No nos dieron plata, porque a nosotros nos entraba plata, sino pedían votos”3. Por otra parte, Éver Veloza ha sido, quizás, el único paramilitar que ha reconocido y aceptado que los grupos paramilitares cometieron cierto tipo de crímenes como parte de una estrategia de guerra y como parte de una política al interior de la organización paramilitar. Entre estos crímenes, alias “HH” reconoció que la desaparición forzada de personas fue una estrategia que los paramilitares comenzaron a utilizar en Urabá y que luego fue extendida al resto del país. Adicionalmente, declaró que la práctica de desaparecer personas había sido una idea de miembros de la fuerza pública, en concreto del general Rito Alejo del Río, quien tenía especial interés en que disminuyera el registro de la cantidad de muertes que se estaban produciendo en la región de Urabá. Éver Veloza también reconoció, en una de sus versiones, que los grupos paramilitares persiguieron políticamente a los sindicalistas, pues aseguró que los crímenes cometidos contra estas personas obedecían, en algunas ocasiones, a antagonismo de los paramilitares con las ideas o el pensamiento político de los sindicalistas. En otra de sus versiones, aseguró que los grupos paramilitares que operan en Urabá persiguieron de tal manera al sindicato que agrupaba a los trabajadores del banano (Sintrainagro), que los trabajadores afiliados a este sindicato “perdieron en un año los beneficios que lucharon toda una vida”4. Por ello, Éver Veloza no dudó en asegurar que los más favorecidos con el conflicto que se desató en la región de Urabá fueron los empresarios. Algo similar ocurrió con los miembros del partido político Unión Patriótica (UP), a quienes, según este paramilitar, asesinaron por su filiación política y no por su supuesta pertenencia a la guerrilla de las Farc. De igual manera, alias “HH” ha asegurado que sería una mentira afirmar que no hubo reclutamiento forzado contra niñas y niños. Según él, el reclutamiento de niñas y niños fue una política que se extendió a nivel nacional, ya que los niños y las niñas les servían para 3 Audiencia de versión libre de Éver Veloza García, alias “HH”, 9, 10 y 11 de julio de 2008. 4 Ibíd. 3
  • 4. “pasar desapercibidos y hacer inteligencia”5. Además, aseguró que es imposible que los comandantes de bloques o frentes paramilitares no supieran si en sus filas había niñas o niños, como algunos lo han afirmado. En ese mismo sentido se refirió al delito de desplazamiento forzado cuando aseguró que los desplazamientos a los que fueron sometidas miles de personas debido a la violencia paramilitar no eran un efecto del conflicto, tal como lo han querido presentar otros paramilitares que están rindiendo versión libre, sino que los grupos paramilitares generaron desplazamientos como parte de una estrategia de guerra. Por otra parte, Éver Veloza, alias “HH”, ha aportado información valiosa para el esclarecimiento de crímenes en los que, si bien no tuvo participación directa, sí tuvo algún conocimiento debido a su cercanía con los hermanos Castaño. Es el caso de las declaraciones que rindió en relación con el magnicidio del conocido humorista político Jaime Garzón, del que aseguró que fue ejecutado por la banda La Terraza y ordenado por Carlos Castaño debido a un favor solicitado por “altos mandos militares” 6. Esta misma cercanía a los Castaño le permitió a Éver Veloza entregar en la pasada diligencia de versión libre una memoria USB de propiedad de Carlos Castaño que contiene, según el propio paramilitar, correos entre Carlos Castaño y otros jefes paramilitares, como Salvatore Mancuso, Freddy Rendón Herrera, alias “el Alemán” e Iván Roberto Duque, alias “Ernesto Báez”. Así mismo, alias “HH” aseguró que la memoria contiene el testamento de Carlos Castaño y prometió hacer entrega a las autoridades del computador personal del jefe paramilitar. Es cierto que Éver Veloza, alias “HH”, ha hecho revelaciones valiosas que contribuyen al derecho a la verdad. Sin embargo, aún las víctimas tienen muchas preguntas sin responder y aún faltan muchos crímenes por confesar. No debe olvidarse que este jefe paramilitar comandó dos bloques paramilitares (el Bloque Calima y el Bloque Bananero de las AUC), y que en una de sus versiones confesó que en un solo año asesinó, aproximadamente, a 1.500 personas en la región de Urabá. La magnitud de los crímenes cometidos por este paramilitar y por los bloques que comandó es descomunal, de manera que es de esperarse que tenga muchas más cosas por confesar y detalles por precisar. El Gobierno nacional ya les arrebató a las víctimas de los jefes paramilitares extraditados la posibilidad de obtener justicia en Colombia. El caso de Éver Veloza ofrece una oportunidad para que el Gobierno rectifique su equivocada decisión de extraditar a los paramilitares que están rindiendo versión libre en los procesos de “justicia y paz” en Colombia, y proceda conforme lo indican el derecho internacional de los derechos humanos y la Constitución colombiana, según los cuales debe darse prevalencia al juzgamiento y sanción de los crímenes de lesa humanidad sobre el juzgamiento de los delitos de narcotráfico que este paramilitar haya podido cometer. 5 Audiencia de versión libre de Éver Veloza García, alias “HH”, 26, 27 y 28 de mayo de 2008. 6 Ibíd. 4
  • 5. El Gobierno de Colombia y la embajada de Estados Unidos han anunciado públicamente que han celebrado un acuerdo para que los paramilitares extraditados continúen rindiendo ante la justicia colombiana sus versiones desde Estados Unidos. Sin embargo, lo cierto es que las versiones libres de tales paramilitares se han suspendido desde su extradición. Es incierto cuándo puedan reanudarse. El Fiscal General de la Nación, Mario Iguarán, manifestó ante representantes de víctimas, entre ellos la Comisión Colombiana de Juristas, que el Fiscal General de Estados Unidos le había comunicado que, durante las negociaciones de ese Gobierno con los paramilitares para lograr una sentencia anticipada en relación con el delito de narcotráfico, no se les permitiría declarar ante las autoridades judiciales colombianas. Dichas negociaciones, le dijo el Fiscal de Estados Unidos al Fiscal General de Colombia, pueden durar aproximadamente un año. Después de que esas negociaciones terminen, es improbable que los paramilitares accedan a seguir dando declaraciones ante la justicia colombiana, porque pueden agravar su situación ante la justicia estadounidense. En consecuencia, así fuera cierto que los dos gobiernos celebraron un acuerdo de cooperación judicial para estos casos (cuyos términos, dicho sea de paso, no han sido dados a conocer públicamente), la eficacia de dicho acuerdo es, por decir lo menos, dudosa e incierta. La solicitud de extradición de Éver Veloza está surtiendo el trámite ante la Corte Suprema de Justicia, y no sería raro que, si esta corporación emite un concepto favorable, el Gobierno decida, tal como lo hizo en otros casos, conceder la extradición de este paramilitar a los Estados Unidos para que sea juzgado por delitos de narcotráfico, en perjuicio de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, por los hechos que este paramilitar cometió en Colombia. Sin embargo, el Gobierno debería atender integralmente los fallos judiciales y respetar la jurisprudencia que la Corte Suprema de Justicia sentó en los casos en los que pesa solicitud de extradición sobre una persona postulada a la ley 975. En dicha jurisprudencia, la Corte Suprema consideró que, si bien ella puede emitir un concepto favorable en relación con la extradición de una persona postulada a la ley 975 de 2005, debe entenderse que dicho concepto está condicionado a que previamente el postulado cumpla con las obligaciones que tiene con las víctimas y con la justicia colombiana. Así lo aseguró esta corporación al referirse al concepto favorable que emitió en el caso del paramilitar Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias “Macaco”: “En efecto, es que en casos, como el que ha originado el presente debate, se impone sopesar, reitérase, el interés particular en juego del aludido mecanismo de cooperación internacional respecto de los fines que alientan la ley de justicia y paz, ya que la entidad de los ilícitos cometidos por los grupos armados al margen de la ley que involucran masacres, secuestros, desapariciones forzadas, torturas, desplazamiento forzado, entre otros, imprime prevalencia al derecho internacional de los derechos humanos, frente a dicho instrumento de colaboración para la lucha contra la delincuencia. 5
  • 6. Desde esa perspectiva se entiende por qué la Corte al conceptuar acerca de los requisitos de la extradición puede emitir su juicio de manera positiva, y a la vez condicionada, cuando advierte que la persona solicitada se encuentra también postulada para los beneficios de la ley de justicia y paz, pues atendida la mayor dañosidad social causada por los grupos armados al margen de la ley, es inaplazable su efectivo procesamiento como integrante de esas organizaciones delincuenciales, ya que se requiere de su colaboración para esclarecer tales comportamientos, determinar sus autores y auxiliadores, ubicar a sus víctimas o sus restos, etc. ” 7. No obstante esta jurisprudencia, el Gobierno decidió extraditar a 15 paramilitares a los Estados Unidos. Por ello, se espera que, en esta oportunidad, el concepto que emita la Corte Suprema sobre la solicitud de extradición de Éver Veloza García reitere la jurisprudencia antes citada y sea más afirmativo para advertir al Gobierno que debe abstenerse de hacer efectiva la extradición de este paramilitar mientras la justicia colombiana establece su responsabilidad por los delitos de lesa humanidad cometidos en Colombia y que, en este sentido, no intente acallar una verdad que desde hace muchos años el Estado y los grupos paramilitares les deben a las víctimas. Esta preocupante noticia es conocida a pocos días de que dicho comandante paramilitar deba rendir nuevamente versión libre ante la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía. En esta versión se espera que entregue bienes para la reparación de las víctimas de los Bloques Calima y Bananero, si el Gobierno lo permite. Para mayor información, contactar a: Gustavo Gallón Giraldo, Director CCJ (Tel. 376 8200, ext. 115). Bogotá, 31 de julio de 2008 7 Corte Suprema de Justicia, segunda instancia n. ° 29559, Carlos Mario Jiménez Naranjo, M.P. Julio Enrique Socha Salamanca, 22 de abril de 2008. 6