3. 1. Introducción
A lo largo de la historia la humanidad ha tenido cambios y
avances importantes en cuanto a tecnología y se ha
reflejado en el gran desarrollo que se ha obtenido con el
paso del tiempo.
4. 2. Historia
Termino sociedad de
la información inicia
en Japón 1968 Yoneji
Masuda
En 1973, el sociólogo
estadounidense
Daniel Bell introdujo
la noción de la
«sociedad de
información» en su
libro El advenimiento
de la sociedad post-
industrial
Manuel Castells
era informacional
A partir de 1998, fue
escogido, primero en
la Unión
Internacional de
Telecomunicaciones
y luego en la ONU
el concepto de
"sociedad de la
información", como
construcción política
e ideológica, se ha
desarrollado de la
mano de la
globalización
neoliberal
5. 3. Definiciones
Yoneji Masuda
(1905-1995)
Define a la sociedad de
la información como
aquella que “crece y se
desarrolla alrededor de
la información y aporta
un florecimiento general
de la creatividad
intelectual humana, en
lugar de un aumento
del consumo materia.
Manuel Castells
(1942)
Una sociedad de la
información es aquella
en la cual las
tecnologías que facilitan
la creación, distribución
y manipulación de
la información juegan un
papel esencial en las
actividades sociales,
culturales y económicas.
6. Sociedad globalizada
Gira en torno a las TIC
Exceso de información
4. Características:
Sociedad del
aprendizaje
8. Las tecnologías de la información y las
comunicaciones están engendrando un
nuevo sistema económico y social donde
la producción procedimiento y distribución
de conocimiento e información constituyen
la fuente fundamental de productividad,
bienestar y poder.
6. Ejemplo de la
sociedad
9. Derecho de las
Tecnologías de la
Información
1.INSTRUMENTO
REGULADOR de la
sociedad de la
información
2.Objeto: INFORMACIÓN
3. Estudio lo constituye la
tecnología informática,
CUYAS IMPLICACIONES
ECONÓMICAS, SOCIALES,
CULTURALES Y POLÍTICAS
son profundas y
evidentes,
CONTENIDO
El valor probatorio.
La protección de datos
personales
Los delitos informáticos
El flujo de datos
transfronterizos
La protección de los
programas
computacionales
Los contratos informáticos
La regulación de los
bienes informacionales
10. El impacto de la digitalización contribuye a formar un
nuevo modelo de sociedad: la Sociedad de la información, a la
que el Derecho debe adaptarse para no dejar desprotegidos a,
por lo menos, tres grupos de personas: los niños, los
consumidores y los ciudadanos.