3. Es una teoria del derecho positivo
en general; al calificarse como
teoria pura indica que entiende
constituir una ciencia que tenga por
unico objeto al derecho e ignore
todo lo que no responda
estrictamente a su definicion
4. El principio fundamental de su método es eliminar de
la ciencia del derecho todos los elementos que le son
extraños.
5. Estudian la sociedad desde distintos
puntos de vista
Es un orden que regula la
conducta de los hombres
7. Causalidad: Es un principio de conocimiento, es decir causa y efecto.
Imputación: Es la relación específica existente entre el acto ilícito y la sanción
Retribución: Se funda en la manifestacion en lo que respecta a la pena como
a la recompensa.
“Si un individuo actua bien debe ser recompensado y si actua mal debe ser
penado”
8. Es un principio de conocimiento.
Establece la causa y efecto.
Se aplica a las ciencias cuyo objeto es la
conducta humana.
9. En el pensamiento primitivo:
Aparece la noción del
BIEN MAL
Conforme a ciertas normas
Manera determinada de
conducirse
10. Las primeras normas sociales tienen como fin imponer restricciones
a conductas del instinto sexual. (incesto) y violencia (homicidio)
Surgen una sanción de orden social
(Vendetta)
Se funda sobre el Principio de Retribución
Relación de Imputación
Son imputados a la
Recompensa Castigo acción a la cual deben “
Retribuir”
11. Ciencia juridica formula una
Regla de derecho
Establece una sanción
Debe seguir al acto ilicito
La imputacion
La sancion es imputada al
acto ilicito Responsable
El actor es
Irresponsable
12.
13. Funda la relación entre mala acción - pena
buena conducta – recompensa
Establecido en la norma o principio de retribución
De este emana el principio de causalidad
La causa fue designada en griego por la palabra aitia Significa culpabilidad
Es imputado a la causa Efecto La causa es reponsable del
14. Ciencias causales:
Estudian las conductas humanas consideradas como hechos pertenecientes
al orden causal de la naturaleza, es decir, estableciendo entre ellas
relaciones de causa y efecto
Por su objeto pertenecen al grupo de las ciencias sociales
15. Estudian las conductas humanas en
relacion con las normas que
prescriben como deben desarrollarse
Su papel es El que las estudia
describir las normas busca comprender
y relaciones los hechos
sociales que ellas
establecen
16. La relacion entre una condicion y una consecuencia es
Diferente para los principios
Causalidad Imputabilidad
17. Si la condicion A se realiza, la Si la condicion A se realiza la
condicion B debe producirse consecuencia B puede producirse
La relacion entre la condicion y la
Causa Efecto
consecuencia es establecida por
(Condicion) (Consecuencia) actos humanos o sobrehumanos
No interviene ningún acto
humano ni sobrehumano La condicion a la cual se imputa
una consecuencia moral,
religiosa o juridica, no es
Cadenas infinitas de causas y efectos necesariamente una
y cada efecto y cada acontecimiento consecuencia imputable a otra
es el punto de intersepcion de un condicion
numero infinito de cadenas causales
Todas las consecuencias son
No conoce punto final el punto final de la imputacion
18. Libertad: El hecho de no estar sometido al principio de
causalidad.
Se ha concebido como una nesecidad absoluta
Voluntad: es un fenomeno psicologico que cada
uno puede observar en su propia experiencia y en
la de los otros recurriendo al principio de causalidad
19. El hombre es libre en la medida de su conducta
La libertad se convierte en el punto final de una imputacion
La condicion de una consecuencia especifica
Recompensa
Penitencia
Pena
20.
21. Hay normas sociales en las cuales el acto prescripto esta
condicionado.
Tentativa de Homicidio
homicidio
Penas diferentes
22. Resulta de un hecho exterior
Supervivencia del La muerte
individuo que debio
ser muerto
Una conducta humana
El acto prescripto por la
norma esta condicionado
al mismo tiempo por
Un hecho exterior a esta conducta
23. Algunas normas hacen abstracción de toda conducta humana
Una religion primitiva ante una epidemia No es un caracter de la
conducta humana
Prescribe la inmolacion
de un ser humano a los
dioses
24. Segun kelsen no existen normas categoricas absolutas porque
Aun las normas mas fundamentales tales como
Prohibicion de mentir
Prohibicion de matar
Prohibicion de robar
25. Traen aparejadas reservas importantes, ya que hay circustancias en las
cuales esta permitido hacerlo
Acción
Toda norma social ya sea que prescriba una
Omisión
Es aplicable solamente en condiciones determinadas.
Establece una relacion entre una
Condicion
Consecuencia Prescribe que la consecuencia
debe seguir a la condicion
26. La ciencia estudia el derecho en sus dos aspectos.
Estático Dinámico
Sistema establecido de normas Serie de actos por los cuales ha
que regulan la conducta creado y luego aplicado las
reciproca de los hombres normas juridicas
Obligandolos Autorizandolos
A hacer ciertos actos
27. VALIDEZ: Es el modo particular de su
existencia
NORMA: Regula la conducta de los
individuos.
28. Espacial Temporal Material Personal
Si se consideran los Referida a los
Cada norma determina en hechos particulares, individuos cuya
que las diversas conducta regula
conductas a las
cuales se aplica,, sea
Lugar Momento
del orden
Son Ilimitadas
debe realizarse la conducta Religioso
que prescribe
Economico
Pueden ser
Politico
Limitada Ilimitada
29. Una norma cesa de ser válida cuando
Los individuos cuya conducta regula, no la
observan en una medida suficiente
30. Los actos hacen que se creen
Normas que
Se aplican a los hechos juridicos
Resolución parlamentaria Se distinguen en 2 elementos
Acto administrativo
Acto Significación especifica
Sentencia judicial
Contrato
Delito Es un acontecimiento Es un sentido de alguna
exterior que consiste manera inherente a este
frecuentemente en una acto o a este
conducta humana acontecimiento
31. Significación específica
Tiene 2 Sentidos
Subjetivo Objetivo
Idea que tiene el autor Lo que define la norma
Un acto creador de una
Prescribe o permite una norma o normas juridicas
conducta determinada
Pueden ser
Imperativas Coactívas
Prescribe Autoriza
Verifica que el individuo
sea castigado
32. La Primera Constitución
Es el hecho fundamental del orden juridico.
Caracter juridico , solamente puede ser supuesto
Agrupamiento de normas juridicas válidas
Norma fundamental del orden juridico
33. El derecho creado y Es una metafísica del
aplicado por los derecho.
Pretende encontrar
hombres
normas jurídicas en la
Establecido por un
naturaleza
acto de voluntad Se funda sobre una
realizado en el interpretación religiosa
espacio y en el o social normativa de la
tiempo. naturaleza.
34. DERECHO Y MORAL
Derecho Moral
Reglas del derecho, quienes Normas morales, no necesitan
las hacen son autoridades autoridades competentes
competentes al tema para su elaboración
Nota: en ciertos casos el derecho positivo
autoriza la aplicación de las normas morales,
para determinar la conducta a seguir.
35. Tiene la particularidad de reservar a
Derecho positivo ciertos órganos de decidir si es licito e
ilícito
Tribunal competente
e
e cid
D
Si un individuo ha cometido
un crimen y si debe ser
castigado
36. Principio que pretende ser
Justicia valido siempre y en todas
partes
Ni la ciencia del derecho, ni
ninguna otra ciencia pueden
determinar su contenido que varia
al infinito
Un ideal racional, que escapa al
conocimiento racional, y la ciencia del
derecho solo puede explorar el dominio
del derecho positivo
37. Definición de derecho
Marco histórico
Positivismo jurídico del siglo
XIX
La ciencia burguesa abandona al
derecho natural y vuelve hacia al
positivismo
Se comienza a reconocer que el
contenido del derecho varia según las
épocas y que el derecho positivo; esta
condicionado por las circunstancias de
tiempo y lugar
38.
39. Derecho como 0rden coactivo
Encontramos
Sanción
Monopolio de fuerza
Técnica social
40.
41.
42. OBLIGACION JURIDICA: la norma jurídica determina un
acto coactivo para sancionar la conducta contraria.
¿Puede concebirse una obligación jurídica sin sanción?
-esto solo sucedería cuando la norma fundamental se
enunciara así
“los hombres Deben conducirse de la manera prescrita
por las autoridades establecidas conforme a las reglas que
ya se encuentran contenidas en la constitución”
Con ello:
-La obligación dejara de ser un elemento esencial del
derecho.
-la conducta prescrita tomara el lugar de dicha obligación
jurídica.
- y como resultado estos hechos es aquí donde nos
preguntaríamos si existe una norma complementaria que
establezca una sanción para la conducta contraria de un
individuo.
43. ¿Es el hecho ilícito la negación del derecho?
El hecho ilícito es lo q llamamos una conducta
contraria a la prescrita por una norma jurídica es lo
mismo que a una CONDUCTA PROHIBIDA.
Para la teoría tradicional del hecho ilícito es una
violación o una negación del derecho, un hecho
contrario al derecho, que se encuentra fuera del
derecho.
44. Para el autor de la teoría pura
-el acto ilícito no viola el derecho por que dicho acto permite al derecho desempeñar su
función esencial.
- define tradicionalmente al hecho ilícito como una interrupción en la existencia del
derecho, cuando en realidad es todo lo contrario puesto que es la existencia misma del
derecho
Ejemplo: es la validez del derecho, la cual se afirma frente al hecho ilícito, buscando así el
orden jurídico por medio de una sanción.
45.
46. RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL Y RESPONSABILIDAD COLECTIVA
*Es responsabilidad individual cuando:
Individuo es responsable de la conducta de otro.
*Es llamada responsabilidad colectiva cuando:
hay alguna relación entre el autor del acto ilícito y los individuos a los cuales esta
dirigida la sanción esto nos da a entender q una sanción contra las personas
colectivamente responsables de un ilícito recaerá directamente sobre su autor.
47. RESPONSABILIDAD Y OBLIGACION
Muchas confusiones se habrían evitado de haberse sabido hacer siempre la distinción que hay
entre responsabilidad jurídica y obligación jurídica, también existe el habito de decir que un
individuo es responsable de un daño causado por si mismo o por otro cuando esta obligado a
repararlo, esta formula no es correcta ya que responsabilidad y obligación son dos nociones
totalmente diferentes:
Distinciones de la responsabilidad jurídica y la obligación jurídica:
Responsabilidad jurídica: (según el autor)
-Un individuo es responsable de una conducta determinada (la suya o la de otro) cuando en
caso de conducta contraria se dirige contra el una sanción.
-la responsabilidad puede relacionarse con la conducta de otro.
-a el individuo responsable de una conducta contraria le será aplicada una sanción esta a
cargo del órgano estatal encargado.
-la noción de responsabilidad esta ligada con la sanción.
48. Obligación jurídica: (según el autor)
-existe la obligación de conducirse de una manera determinada
cuando la conducta opuesta es la condición de una sanción.
-el sujeto de obligación y el sujeto de conducta forman el contenido de
obligación.
- la obligación siempre tiene por objeto la conducta de la persona
obligada.
-la noción de obligación esta ligada a la de hecho ilícito.
Responsabilidad = a sanción obligación = a ilícito
HECHO ILICITO Y SANCION
Están relacionados en la regla de derecho por el principio de
imputación. Estas son las nociones primordiales de una teoría del
derecho.
49. coincide con la norma que prescribe una conducta determinada (quien no acata la norma o
cumple una obligación oral viola dicha obligación).
LA OBLIGACION MORAL DEBE
- conducirse de manera prescrita ala moral.
-la noción de obligación moral coincide, pues, con
la de la norma, moral que prescribe una conducta
determinada (el que acata la norma cumple una
obligación moral y el que no la acata enfrenta o viola
dicha obligación).