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TAREA ACADÉMICA
 INTRODUCCIÓN
 En la denominada Sociedad de la Información no se pone en duda la
importancia del software, al no ser un producto tangible y estar
desarrollado en pequeños soportes informáticos, los derechos de la
propiedad intelectual sobre el mismo, pueden ser infringidos
fácilmente, por lo que se debe tener muy en cuenta lo referente a su
protección jurídica, ya que en muchos casos cuentan con un valor
superior a los activos materiales de la empresa.
 No cabe duda alguna que el software es uno de los principales
activos de una empresa. Tanto para una empresa de producto como
para una de servicios informáticos, siempre el software, el producto,
tiene singular trascendencia. Podría decirse que el software es el
corazón de una empresa, porque sin software no hay producto y sin
producto no hay servicios.
 Por eso, es conveniente conocer detalladamente cuáles son los
mecanismos que la ley prevé y provee para su protección, los
derechos que reconoce a favor de sus titulares y los instrumentos que
pone a su alcance para garantizar el legítimo ejercicio contra usos
indebidos.
I. TITULO
«EL PROBLEMA DE LA PIRATERIA Y LA NECESIDAD DE
CONSIGNAR PROTECCION JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO»
II. PROBLEMÁTICA
 ¿Existen empirismos normativos en la necesidad de consignar
protección jurídica del software en el ordenamiento jurídico peruano?
III. HIPÓTESIS Y OBJETIVOS GENERALES DE LA INVESTIGACIÓN
1. HIPÓTESIS:
 Existen Empirismos Aplicativos en la necesidad de consignar
protección jurídica del software en el ordenamiento jurídico peruano
debido a que los operadores del derecho no conocen y no aplican los
Planteamientos Teóricos y la Legislación Comparada.
 2. OBJETIVO GENERAL:
 Evaluar como el sistema informático protegerá la
Propiedad Intelectual de los desarrolladores de Software.
 3. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
Ø Representar (a través de las técnicas de Ingeniería de
Software) los criterios y metodología de trabajo que deben
emplearse para resolver el problema en cuestión.
Ø Aplicar medidas para la protección de la Propiedad
Intelectual
Ø Construir el modelo del Software.
Ø Instalar el Sistema, evaluando su comportamiento y
adaptabilidad al problema.
Ø Mejorar el Sistema de Software, a través de su puesta en
marcha e interacción con los problemas de aplicación.
Ø Verificar, entre otras cosas, la adecuada Integración del
Software diseñado con las interfaces: Usuario, Software de
Base y el entorno Hardware.
IV. MARCO TEORICO
 1. SOFTWARE
 Podemos mencionar que el software es un
conjunto de instrucciones organizadas
lógicamente (pues siguen una secuencia) y
codificadas (porque se utiliza un lenguaje de
programación para su desarrollo) y que
tienen como fin resolver un problema o
situación específica del usuario.
 Estas instrucciones interpretan la información
dada por el usuario a la computadora (por
medio del teclado).Si comparamos nuestro
organismo con una computadora, nos
encontraríamos con que el software es el
cerebro del cuerpo humano.
 El Programa de ordenador (software): Expresión de
un conjunto de instrucciones mediante palabras,
códigos, planes o en cualquier otra forma que, al
ser incorporadas en un dispositivo de lectura
automatizada, es capaz de hacer que un
computador ejecute una tarea u obtenga un
resultado. La protección del programa de ordenador
comprende también la documentación técnica y los
manuales de uso. (Decreto Legislativo Nº 822).
 Se conoce como software al equipamiento lógico o
soporte lógico de un sistema informático,
comprende el conjunto de los componentes lógicos
necesarios que hacen posible la realización de
tareas específicas, en contraposición a los
componentes físicos, que son llamados hardware.
2. CARACTERÍSTICAS DEL SOFTWARE:
 Podemos reconocer al software a través de las
siguientes tres características:
 El software se desarrolla, no se fabrica, no se
construye pues no es un bien tangible.
 No se estropea, no se malogra, sólo se
desactualiza.
 La mayoría de software se desarrollan a medida,
pues depende de los problemas o situaciones
específicas que el usuario quiere solucionar a
través de ellos.
3. ELEMENTOS DEL SOFTWARE:
El software se desarrolla introduciendo data a través de los
componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un
lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado, una
gramática definida explícitamente y reglas bien formadas de
sintaxis y semántica. Estos atributos son esenciales para la
traducción por la máquina y es por ello que se convierten como
los elementos principales del software.
 Las clases de lenguajes que se utilizan en el desarrollo del
software son:
 a) Los lenguajes máquina (representación simbólica del
conjunto de instrucciones de la UPC)
 b) Los lenguajes de alto nivel (el que utiliza el programador en
el desarrollo del software)
 c) Los lenguajes no procedimentales (en estos se especifica
el resultado deseado, en vez de especificar la acción requerida
para conseguir el resultado).
 4. CLASES DE SOFTWARE:
En la doctrina podemos encontrar distintas clases de software, sin embargo
aquí hemos tratado de agruparlas en las siguientes clases:
1) Por su procedencia.-
 Nacionales: Aquel software que se desarrolla y se utiliza dentro de un país.
 Internacionales: Aquel software que es desarrollado en un país distinto al de
donde se utiliza.
2) Por sus aplicaciones.-
 Software de sistemas: Conjunto de programas que han sido escritos para
servir a otros programas.
 Software de tiempo real: Mide/analiza/controla sucesos del mundo real
conforme ocurren.
3) Software de gestión:
 Las aplicaciones en esta área reestructuran los datos existentes para facilitar
las operaciones comerciales o gestionar la toma de decisiones.
 Software de ingeniería y científico: Se caracteriza por los algoritmos de
manejo de números.
 Software de computadoras personales: Hojas de cálculo, texto, gestión de
bases de datos, aplicaciones financieras, de negocios y personales.
4) Por sus componentes.-
Debido a la innumerable cantidad de programas existentes, estos pueden ser
reconocidos por su extensión, así tenemos:
 COM: son archivos de comando, del sistema operativo, y en general son
extensiones al sistema operativo (MS-DOS).
 EXE: mejor conocidos como archivos ejecutables, que son los que realmente
contienen el código del programa.
 DLL: archivos de librerías dinámicas, que contienen rutinas y complementos
utilizados para aplicaciones comunes de los programas, como lo son los de
video.
 DRV: también llamados manejadores o drives, y son programas de control de
periféricos tales como tarjeta de video, impresora, tarjeta de audio, etc.
 SYS: o archivos de sistema, que se encargan de las variables de ejecución de
todo el equipo.
 XXX: básicamente son archivos de datos, que contienen el trabajo realizado
con algún software, por ejemplo .DOC, el cual es un fichero de MS Word, .SAM
de Amipro, .BMP que indica que el contenido es una imagen de mapa de bits,
.DWG o archivo de dibujo vectorial de Autocad, etc.
 5) Por su estado de desarrollo.-
 Core code: todos los programas comienzan con un código base o core
code, el cual debe ser perfeccionado hasta que efectivamente pueda ser
utilizado por el usuario para hacer cosas útiles, como puede ser proceso de
palabras, etc.
 Demoware: las primeras versiones que pueden, a veces y bajo condiciones
controladas, hacer el trabajo para lo que fueron diseñadas, se parecen ya
al producto final y son utilizadas para demostraciones por el desarrollador,
ES DECIR sirven de muestra.
 Vaporware: en relación al punto anterior, si esa versión es tomada como
cuasi definitiva y la empresa sólo se dedica a resolver los principales
problemas del programa para lanzarlo al mercado rápidamente, se
denomina vaporware, por el resto de la industria.
 Versiones beta: Una vez pasada esta etapa, las primeras versiones
completamente funcionales son llamadas versiones beta, y son estas
versiones las que reciben algunos distribuidores, e instituciones educativas
de manera gratuita, o que al menos eran gratuitas antes de Windows 95,
para su prueba exhaustiva, por usuarios reales, los cuales ayudaban a
detectar fallas o a sugerir mejoras importantes al producto, para el final
lanzamiento al mercado.
 6) Por su destino.-
 El destino del software también presenta
innumerables alternativas, ya que puede
ser tan variado como el número de
usuarios de una computadora, pudiendo
hacer una división genérica como:
 De uso doméstico.
 De uso gubernamental.
 De entretenimiento.
 De uso empresarial, entre otros.
5. NATURALEZA JURÍDICA DEL
SOFTWARE:
 El software es un bien de carácter
inmaterial o sea de derechos incorporales,
cuyo valor es totalmente independiente a
que sean o no incorporados a un medio
físico.
6. PROTECCIÓN JURIDICA DEL SOFTWARE:
La protección de la propiedad intelectual en el mercado mundial ha
tomado reciente significación en los recientes años. Los propietarios
de tecnología del mundo desarrollado, particularmente los
estadounidenses, han presionado recientemente para obtener un
régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente uniforme,
como piedra de toque para obtener un tratamiento equitativo en el
sistema global del comercio que emerge.
Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos
programas de computo en el ámbito del derecho, específicamente en
el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas
autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la
dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe
destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una
fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya
elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y
posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una
armonización internacional de reglamentaciones.
 7. Relación del software con los derechos de propiedad
industrial:
Hemos mencionado que el software es un producto del intelecto y
como tal, es un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus
características que no se fabrica, no se construye, sino se
desarrolla. En este sentido, procedemos a indicar el por qué los
principales derechos de propiedad industrial no pueden proteger
jurídicamente al software, al menos hasta ahora:
 a. Patente: El software no es patentable por no tener carácter
inventivo, por cuánto no se consideran invenciones a los
sistemas en la medida que ellos sean de carácter puramente
abstractos (bien intangible, inmaterial). En la actualidad, en el
Perú, el software o soporte lógico del computador está
expresamente excluido de la patente de invención en el Perú y
demás países el pacto andino (Decisión 344 del Pacto Andino).
 b. Modelo de utilidad: La Decisión 344 indica que esta forma
de propiedad industrial no es aplicable al software.
 c. Know how: Conocimiento reservado sobre ideas,
procedimientos, productos susceptibles de un valor
económico y competitivo que el empresario demuestre
voluntad e interés de mantenerlo en secreto. En el
software, la creación intelectual es expresada de
manera literal o gráfica y puede ser conocida a través
del código fuente.
La protección jurídica del software surge del
convencimiento de que se está en presencia de un hecho
nuevo en el campo de la creación intelectual y dé la
técnica, con bases y proyecciones que las leyes
existentes no previeron ni pudieron prever.
Lamentablemente, esta opinión no ha sido acogida
mayoritariamente por los países del mundo, que protegen
de forma predominante al software bajo el ámbito de los
derechos de autor.
8. Relación del software con los derechos de propiedad intelectual:
Ahora vamos a explicar por qué los principales derechos de autor pueden proteger
jurídicamente al software, al menos hasta ahora. Para ello, vamos a entender lo que es una
obra.
Esta expresión debe cumplir fehacientemente con unos elementos fundamentales para
adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor:
a. Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual.
b. Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado).
c. El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización.
9. El software como obra literaria:
Los programas de computadora (software) son protegidos en los mismos términos que las
obras literarias, es decir se protege la forma de expresión literal o gráfica más no la idea.
Los derechos de autor confieren derechos intelectuales, morales y patrimoniales.
El Convenio de Berna, es un Tratado de carácter multilateral (la más antigua y prestigiosa
base legal de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI) que protege a las
obras literarias y artísticas bajo el ámbito de los tres derechos mencionados anteriormente.
 10. Solicitud de otorgamiento de los derechos de autor de
un software:
 a. El código fuente.- Cuando tratamos sobre elementos del
software denominamos lenguajes de alto nivel, a aquellos que
permiten al programador y al programa independizarse de la
máquina (comprensible por el hombre). El software
desarrollado en lenguaje de alto nivel, se le denomina
CODIGO FUENTE.
 Generalmente, el programa fuente es conservado por su autor
porque es aquí donde está descrito su creación intelectual.
 Esto es lo que se registra ante INDECOPI para que el software
pueda ser protegido por el derecho de autor.
 b. El código objeto.- Cuando tratamos sobre elementos del
software, denominamos lenguaje de máquina a la
representación simbólica (números, símbolos o medios
numéricos) del conjunto de instrucciones de la UPC
(comprensible para la computadora).
«Sólo con el conocimiento de los aspectos
técnicos, podremos entender las
consecuencias que se derivan en el desarrollo
y avance de las Tecnologías de Información y
Comunicación».

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  • 2.  INTRODUCCIÓN  En la denominada Sociedad de la Información no se pone en duda la importancia del software, al no ser un producto tangible y estar desarrollado en pequeños soportes informáticos, los derechos de la propiedad intelectual sobre el mismo, pueden ser infringidos fácilmente, por lo que se debe tener muy en cuenta lo referente a su protección jurídica, ya que en muchos casos cuentan con un valor superior a los activos materiales de la empresa.  No cabe duda alguna que el software es uno de los principales activos de una empresa. Tanto para una empresa de producto como para una de servicios informáticos, siempre el software, el producto, tiene singular trascendencia. Podría decirse que el software es el corazón de una empresa, porque sin software no hay producto y sin producto no hay servicios.  Por eso, es conveniente conocer detalladamente cuáles son los mecanismos que la ley prevé y provee para su protección, los derechos que reconoce a favor de sus titulares y los instrumentos que pone a su alcance para garantizar el legítimo ejercicio contra usos indebidos.
  • 3. I. TITULO «EL PROBLEMA DE LA PIRATERIA Y LA NECESIDAD DE CONSIGNAR PROTECCION JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO» II. PROBLEMÁTICA  ¿Existen empirismos normativos en la necesidad de consignar protección jurídica del software en el ordenamiento jurídico peruano? III. HIPÓTESIS Y OBJETIVOS GENERALES DE LA INVESTIGACIÓN 1. HIPÓTESIS:  Existen Empirismos Aplicativos en la necesidad de consignar protección jurídica del software en el ordenamiento jurídico peruano debido a que los operadores del derecho no conocen y no aplican los Planteamientos Teóricos y la Legislación Comparada.
  • 4.  2. OBJETIVO GENERAL:  Evaluar como el sistema informático protegerá la Propiedad Intelectual de los desarrolladores de Software.  3. OBJETIVOS ESPECIFICOS: Ø Representar (a través de las técnicas de Ingeniería de Software) los criterios y metodología de trabajo que deben emplearse para resolver el problema en cuestión. Ø Aplicar medidas para la protección de la Propiedad Intelectual Ø Construir el modelo del Software. Ø Instalar el Sistema, evaluando su comportamiento y adaptabilidad al problema. Ø Mejorar el Sistema de Software, a través de su puesta en marcha e interacción con los problemas de aplicación. Ø Verificar, entre otras cosas, la adecuada Integración del Software diseñado con las interfaces: Usuario, Software de Base y el entorno Hardware.
  • 5. IV. MARCO TEORICO  1. SOFTWARE  Podemos mencionar que el software es un conjunto de instrucciones organizadas lógicamente (pues siguen una secuencia) y codificadas (porque se utiliza un lenguaje de programación para su desarrollo) y que tienen como fin resolver un problema o situación específica del usuario.  Estas instrucciones interpretan la información dada por el usuario a la computadora (por medio del teclado).Si comparamos nuestro organismo con una computadora, nos encontraríamos con que el software es el cerebro del cuerpo humano.
  • 6.  El Programa de ordenador (software): Expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. La protección del programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso. (Decreto Legislativo Nº 822).  Se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema informático, comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos, que son llamados hardware.
  • 7. 2. CARACTERÍSTICAS DEL SOFTWARE:  Podemos reconocer al software a través de las siguientes tres características:  El software se desarrolla, no se fabrica, no se construye pues no es un bien tangible.  No se estropea, no se malogra, sólo se desactualiza.  La mayoría de software se desarrollan a medida, pues depende de los problemas o situaciones específicas que el usuario quiere solucionar a través de ellos.
  • 8. 3. ELEMENTOS DEL SOFTWARE: El software se desarrolla introduciendo data a través de los componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado, una gramática definida explícitamente y reglas bien formadas de sintaxis y semántica. Estos atributos son esenciales para la traducción por la máquina y es por ello que se convierten como los elementos principales del software.  Las clases de lenguajes que se utilizan en el desarrollo del software son:  a) Los lenguajes máquina (representación simbólica del conjunto de instrucciones de la UPC)  b) Los lenguajes de alto nivel (el que utiliza el programador en el desarrollo del software)  c) Los lenguajes no procedimentales (en estos se especifica el resultado deseado, en vez de especificar la acción requerida para conseguir el resultado).
  • 9.  4. CLASES DE SOFTWARE: En la doctrina podemos encontrar distintas clases de software, sin embargo aquí hemos tratado de agruparlas en las siguientes clases: 1) Por su procedencia.-  Nacionales: Aquel software que se desarrolla y se utiliza dentro de un país.  Internacionales: Aquel software que es desarrollado en un país distinto al de donde se utiliza. 2) Por sus aplicaciones.-  Software de sistemas: Conjunto de programas que han sido escritos para servir a otros programas.  Software de tiempo real: Mide/analiza/controla sucesos del mundo real conforme ocurren. 3) Software de gestión:  Las aplicaciones en esta área reestructuran los datos existentes para facilitar las operaciones comerciales o gestionar la toma de decisiones.  Software de ingeniería y científico: Se caracteriza por los algoritmos de manejo de números.  Software de computadoras personales: Hojas de cálculo, texto, gestión de bases de datos, aplicaciones financieras, de negocios y personales.
  • 10. 4) Por sus componentes.- Debido a la innumerable cantidad de programas existentes, estos pueden ser reconocidos por su extensión, así tenemos:  COM: son archivos de comando, del sistema operativo, y en general son extensiones al sistema operativo (MS-DOS).  EXE: mejor conocidos como archivos ejecutables, que son los que realmente contienen el código del programa.  DLL: archivos de librerías dinámicas, que contienen rutinas y complementos utilizados para aplicaciones comunes de los programas, como lo son los de video.  DRV: también llamados manejadores o drives, y son programas de control de periféricos tales como tarjeta de video, impresora, tarjeta de audio, etc.  SYS: o archivos de sistema, que se encargan de las variables de ejecución de todo el equipo.  XXX: básicamente son archivos de datos, que contienen el trabajo realizado con algún software, por ejemplo .DOC, el cual es un fichero de MS Word, .SAM de Amipro, .BMP que indica que el contenido es una imagen de mapa de bits, .DWG o archivo de dibujo vectorial de Autocad, etc.
  • 11.  5) Por su estado de desarrollo.-  Core code: todos los programas comienzan con un código base o core code, el cual debe ser perfeccionado hasta que efectivamente pueda ser utilizado por el usuario para hacer cosas útiles, como puede ser proceso de palabras, etc.  Demoware: las primeras versiones que pueden, a veces y bajo condiciones controladas, hacer el trabajo para lo que fueron diseñadas, se parecen ya al producto final y son utilizadas para demostraciones por el desarrollador, ES DECIR sirven de muestra.  Vaporware: en relación al punto anterior, si esa versión es tomada como cuasi definitiva y la empresa sólo se dedica a resolver los principales problemas del programa para lanzarlo al mercado rápidamente, se denomina vaporware, por el resto de la industria.  Versiones beta: Una vez pasada esta etapa, las primeras versiones completamente funcionales son llamadas versiones beta, y son estas versiones las que reciben algunos distribuidores, e instituciones educativas de manera gratuita, o que al menos eran gratuitas antes de Windows 95, para su prueba exhaustiva, por usuarios reales, los cuales ayudaban a detectar fallas o a sugerir mejoras importantes al producto, para el final lanzamiento al mercado.
  • 12.  6) Por su destino.-  El destino del software también presenta innumerables alternativas, ya que puede ser tan variado como el número de usuarios de una computadora, pudiendo hacer una división genérica como:  De uso doméstico.  De uso gubernamental.  De entretenimiento.  De uso empresarial, entre otros.
  • 13. 5. NATURALEZA JURÍDICA DEL SOFTWARE:  El software es un bien de carácter inmaterial o sea de derechos incorporales, cuyo valor es totalmente independiente a que sean o no incorporados a un medio físico.
  • 14. 6. PROTECCIÓN JURIDICA DEL SOFTWARE: La protección de la propiedad intelectual en el mercado mundial ha tomado reciente significación en los recientes años. Los propietarios de tecnología del mundo desarrollado, particularmente los estadounidenses, han presionado recientemente para obtener un régimen legal de propiedad intelectual fuerte y relativamente uniforme, como piedra de toque para obtener un tratamiento equitativo en el sistema global del comercio que emerge. Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos programas de computo en el ámbito del derecho, específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una armonización internacional de reglamentaciones.
  • 15.  7. Relación del software con los derechos de propiedad industrial: Hemos mencionado que el software es un producto del intelecto y como tal, es un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus características que no se fabrica, no se construye, sino se desarrolla. En este sentido, procedemos a indicar el por qué los principales derechos de propiedad industrial no pueden proteger jurídicamente al software, al menos hasta ahora:  a. Patente: El software no es patentable por no tener carácter inventivo, por cuánto no se consideran invenciones a los sistemas en la medida que ellos sean de carácter puramente abstractos (bien intangible, inmaterial). En la actualidad, en el Perú, el software o soporte lógico del computador está expresamente excluido de la patente de invención en el Perú y demás países el pacto andino (Decisión 344 del Pacto Andino).  b. Modelo de utilidad: La Decisión 344 indica que esta forma de propiedad industrial no es aplicable al software.
  • 16.  c. Know how: Conocimiento reservado sobre ideas, procedimientos, productos susceptibles de un valor económico y competitivo que el empresario demuestre voluntad e interés de mantenerlo en secreto. En el software, la creación intelectual es expresada de manera literal o gráfica y puede ser conocida a través del código fuente. La protección jurídica del software surge del convencimiento de que se está en presencia de un hecho nuevo en el campo de la creación intelectual y dé la técnica, con bases y proyecciones que las leyes existentes no previeron ni pudieron prever. Lamentablemente, esta opinión no ha sido acogida mayoritariamente por los países del mundo, que protegen de forma predominante al software bajo el ámbito de los derechos de autor.
  • 17. 8. Relación del software con los derechos de propiedad intelectual: Ahora vamos a explicar por qué los principales derechos de autor pueden proteger jurídicamente al software, al menos hasta ahora. Para ello, vamos a entender lo que es una obra. Esta expresión debe cumplir fehacientemente con unos elementos fundamentales para adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor: a. Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual. b. Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado). c. El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización. 9. El software como obra literaria: Los programas de computadora (software) son protegidos en los mismos términos que las obras literarias, es decir se protege la forma de expresión literal o gráfica más no la idea. Los derechos de autor confieren derechos intelectuales, morales y patrimoniales. El Convenio de Berna, es un Tratado de carácter multilateral (la más antigua y prestigiosa base legal de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI) que protege a las obras literarias y artísticas bajo el ámbito de los tres derechos mencionados anteriormente.
  • 18.  10. Solicitud de otorgamiento de los derechos de autor de un software:  a. El código fuente.- Cuando tratamos sobre elementos del software denominamos lenguajes de alto nivel, a aquellos que permiten al programador y al programa independizarse de la máquina (comprensible por el hombre). El software desarrollado en lenguaje de alto nivel, se le denomina CODIGO FUENTE.  Generalmente, el programa fuente es conservado por su autor porque es aquí donde está descrito su creación intelectual.  Esto es lo que se registra ante INDECOPI para que el software pueda ser protegido por el derecho de autor.  b. El código objeto.- Cuando tratamos sobre elementos del software, denominamos lenguaje de máquina a la representación simbólica (números, símbolos o medios numéricos) del conjunto de instrucciones de la UPC (comprensible para la computadora).
  • 19. «Sólo con el conocimiento de los aspectos técnicos, podremos entender las consecuencias que se derivan en el desarrollo y avance de las Tecnologías de Información y Comunicación».