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1. Función Ejecutiva:
Prado (2009) define la función
ejecutiva como: “El actuar del
Estado promoviendo la
satisfacción de las necesidades de
los ciudadanos y fomentando el
bienestar y el progreso de la
colectividad.” Leer artículo 182 de
La Constitución Política de la
República de Guatemala:
https://www.oas.org/dil/esp/Constit
ucion_Guatemala.pdf
Objetivo: Aplicar las leyes y
gobernar el país.
Función Legislativa: Prado (2009)
considera que la función legislativa
es: “la actividad que formula las
normas generales que deben, en
primer término, estructurar el
Estado y, en segundo lugar,
reglamentar las relaciones entre el
Estado y los ciudadanos, y las
relaciones de los ciudadanos entre
sí.” Leer artículo 157 de La
Constitución Política de la
República de Guatemala:
https://www.oas.org/dil/esp/Constit
ucion_Guatemala.pdf
Objetivo: aprobar las leyes y hacer
que se cumplan.
Función Judicial: su función es la
de impartir justicia de
conformidad con la Constitución
Política de la República de
Guatemala, las leyes del país y
tratados ratificados por el Congre-
A continuación, se destacarán las características fundamentales en las que se ha
subdividido el estado para su correcto funcionamiento según dice la teoría de
Montesquieu: Que el que hace las leyes no sea el encargado de aplicarlas ni
ejecutarlas; que el que las ejecute no pueda hacerlas ni juzgar de su aplicación;
que el que juzgue no las haga ni las ejecute. Es imprescindible que el poder
estatal sea ejercido por órganos diferenciados. ¡siga leyendo!
so de la República. Leer artículo 203
https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_
Guatemala.pdf
Objetivo: juzgar a los que incumplen las
leyes.
Función Política: Prado (2009) argumenta
lo siguiente: función con poder de decidir
para el bien público, mediante una
actividad puramente discrecional.
La función política comprende los
siguientes aspectos:
Función jurisdiccional: El Dr. Serra
(2001) considera que “la función
jurisdiccional es creada como una
necesidad ineludible de orden, armonía y
estabilización del orden jurídico, de lo
contrario, la organización social es
caótica.”
Objetivo: defender los derechos
humanos como nación y hacer cumplir
los deberes como estado.
Función Económica y Social: el Estado y
la economía deberían verse como esferas
de actividad que se constituyen
mutuamente, ninguna de las cuales puede
funcionar sin la otra.
Objetivo: garantizar la producción,
estabilidad económica y suministro de
bienes y servicios.
Función Administrativa: Prado (2009)
define la función administrativa como:
“la vía de participación,
verificación y limitación del
impulso discrecional del
gobierno.”
Objetivo: realizar tareas que el
derecho a puesto a cargo de las
entidades estatales. En otras
palabras, traducir en hechos los
mandatos contenidos en las
normas cuando necesitan
ejecución material.
Conclusiones
Las tres funciones elementales del
estado son: ejecutiva; aplicar las
leyes y gobernar el país, legislativa;
aprobar las leyes y hace que se
cumplan y judicial; juzgar a los que
incumplen las leyes.
Las funciones secundarias del
estado: política; poder de decidir
para el bien público, jurisdiccional;
encargada del orden, armonía y
estabilización del orden jurídico,
económica y social; producción de
riqueza y satisfacer la demanda de
bienes y servicios, administrativa;
vela por la participación,
verificación y limitación de las
acciones del pueblo y el gobierno.
Referencias bibliográficas
Prado, G. (2009). Teoría del Estado.
(9ª. Edición). Ediciones Renacer:
Guatemala
Congreso de la República de Guatemala
(1985). Constitución Política de la
República de Guatemala. Guatemala.
Recuperado de:
https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion
_Guatemala.pdf
Enciclopedia Jurídica (2020). Función
jurisdiccional. Recuperado de:
http://www.enciclopedia-
juridica.com/d/funci%C3%B3n-
jurisdiccional/funci%C3%B3n-
jurisdiccional.htm
FUNCIONES DEL ESTADO
López E. | junio | 2021 | No. 1