Charlas N° 02 y N° 03:Tributación para MyPE I y II - Mónica Sánchez
Nota de prensa 29 06-21
1. Comunicado
Sobre la reducción de plazos para
la liquidación de ventas con tarjeta de crédito
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) redujo en beneficio de las MiPyMEs el
plazo de la liquidación de los pagos que hacen los bancos a los comercios por las ventas en el
marco de la Ley de Tarjetas de Crédito. La medida tiene un universo de beneficiarios de 1,5
millones de micro y pequeños comercios y entrará en vigencia el 1 de julio.
La Comunicación A7305 estableció que los micro y pequeños comercios, según la
definición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, percibirán el
cobro de las ventas efectuadas con tarjeta de crédito a los 8 días hábiles de concretada, en lugar
de los actuales 10 días hábiles.
En el caso de las empresas medianas, el plazo se mantendrá en 10 días hábiles y para las
grandes empresas el plazo será a los 18 días hábiles, que es el tiempo promedio que transcurre
entre el gasto en los comercios y el pago por parte de los tarjetahabientes del resumen de la
tarjeta.
La comisión para la venta con tarjeta de crédito se fijó en el marco de la ley en 1,8% y para
las ventas con tarjetas de débito en 0,8%. Ese es el tope que los proveedores del servicio de
terminales de pago pueden retener a los comercios.
Durante la anterior gestión al frente del BCRA se estableció una figura no contemplada en la
ley, la de “agrupadores de pagos” que intermedian entre los comercios y los emisores de las
tarjetas de crédito y débito. Estos agrupadores cobran a los comercios porcentajes que llegan a
triplicar la comisión establecida por ley, mientras reconocen el 1,8% a los emisores de tarjetas y los
adquirentes, encargados de conectar a los comercios y procesar los pagos.
Según cuadros comparativos, frente a una comisión de 1,8% que se acordó en el marco de
la ley, el principal agrupador de pago percibía una comisión de 3,39% a los comercios, que ahora
decidió elevar, atribuyendo este incremento a la norma emitida por el BCRA.
La comisión de 1,8% se distribuye 1,3% para los emisores de tarjeta y 0,5% para los
adquirentes. Significa que por el mismo procesamiento que los adquirentes perciben 0,5%, los
agrupadores de pago cobran más de 1,5%.
La Comunicación A7305 no justifica el incremento de la comisión y, en caso de considerar
que se incrementó el costo financiero de la operación, tienen margen para absorberlo sin
trasladarlo a los comercios.
La medida tomada por el BCRA también estableció que para las empresas de salud,
gastronómicas y hoteleras regirá la reducción a ocho días si se tratan de micro o pequeños
comercios y se mantiene en diez días hábiles para el resto.
2. Este esquema de plazos de liquidación facilita la fluidez del sistema de pagos y se
complementa con el límite de la tasa de interés que los bancos pueden aplicar a los usuarios que
optan por financiar el pago de sus consumos.
Ejemplos para micro y pequeños comercios
Arancel TC Ley de Agrupador 1 Agrupador 2 Agrupador 3 Agrupador 4
Tarjeta
8 días hábiles 1,8% 2,99% 2,95% 3,39% 4,29%
Martes, 29 de junio de 2021