1. ACTA DE CONSTITUCION DE LA ASOCIACION
MINISTERIO INTERNACIONAL CRISTIANO SHEKINA
En el distrito de San Borja del día 15 de Noviembre del año 2003, siendo las 14:00
Horas los suscritos se reunieron en el pasaje Giorgio Morandi N° 166 San Borja-Lima,
con la finalidad de constituir una asociación civil sin fines de lucro; luego de un debate
de proposiciones y en forma unánime se procedió a constituir la asociación denominada
MINISTERIO INTERNACIONAL CRISTIANO SHEKINA. Acto seguido se
procedió a elegir por unanimidad al primer Consejo Directivo de la asociación cuyas
miembros son los siguientes:
PRESIDENTE Walter Josef Hasler
VICEPRESIDENTE Ninfa Estela Espinoza de Hasler
SECRETARIO Silvia del Rosario Monteza Perales
Actuando como presidente el Sr. Walter Josef Hasler y como secretaria............
En este caso se aprobó por unanimidad que sea el Consejo Directivo, quien elabore el
Estatuto de la asociación quedando establecido el mismo, donde los Estatutos son
aprobados en esta asamblea de constitución, y sin previo tramite de deliberación se dio
su aprobación unánime. De esta manera leída el acta lo suscriben los socios fundadores:
SOCIOS FUNDADORES:
NOMBRE Y APELLIDOS DOCUMENTO N°
1. Walter Josef Hasler N – 119771
2. Ninfa Estela Espinoza de Hasler N – 119772
3. Silvia del Rosario Monteza Perales DNI - 09959630
ESTATUTO
TITULO I
DE LA DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
ARTICULO 1. La Asociación civil sin fines de lucro que se constituye se denomina
MINISTERIO INTERNACIONAL CRISTIANO SHEKINA, y se rige por el
presente Estatuto, el Código Civil y la Legislación para las Organizaciones No
Gubernamentales de desarrollo.
2. ARTICULO 2. La duración de la asociación que se constituye es indefinida, iniciando
sus actividades a partir de la fecha de su inscripción en el Registro del Libro de
Asociaciones de la Oficina Registral de Lima.
ARTICULO 3. El domicilio de la asociación es la ciudad de Lima, pudiendo establecer
sucursales, agencias o filiales en cualquier lugar de la Republica y/o del Extranjero.
TITULO II
DE LOS FINES Y OBJETIVOS
ARTICULO 4. los fines de la asociación es de un carácter cristiano, filantrópico y
asistencial, además de las siguientes:
1) Promover, Fomentar e inculcar los principios éticos, morales y espirituales en
toda clase de personas sean: Profesionales, Técnicos, Políticos, Empresarios,
Trabajadores y otros.
2) Fomentar y promover el desarrollo integral de las personas en cuatro áreas
básicas: Social, Espiritual, Intelectual y Físico; tanto en niños, adolescentes,
jóvenes, adultos y ancianos.
3) Incentivar la unidad espiritual y el sentido de caridad hacia la humanidad de
acuerdo con los principios de las Sagradas Escrituras en el ámbito nacional e
internacional.
4) Promover y realizar acciones sociales y programas benéficos a favor de los mas
pobres, desempleados, viudas, enfermos, cesantes, jubilados, huérfanos,
encarcelados, perseguidos, discriminados y otros de las diversas etapas criticas de la
vida, coordinando en las áreas: social, cultural, espiritual, legal, recreativa y de
salud.
5) Fomentar, cultivar, revalorar y defender el respeto y reconocimiento de la
dignidad humana y los derechos individuales y corporativos de la persona.
6) Mejorar y fortalecer el conocimiento científico y el nivel cultural de la
población.
7) Promover, ejecutar y crear proyectos educativos de alfabetización, Centros de
Educación Ocupacional y Tecnológicos, para la capacitación de personas en general
y contribuir con la creación y generación de empleos y puestos de trabajo.
8) Generar cambios positivos, tanto cuantitativos como verdaderamente
cualitativos en el desarrollo económico y social de la región .
9) Proponer mejores condiciones de vida en la población con la colaboración y el
progreso económico de la región.
10) Educar y Capacitar a través de cursos, conferencias, seminarios, forums,
conversatorios y otros medios de comunicación, con miras a formar un nuevo
nombre y una nueva generación en el tercer milenio, que asegure una mejor calidad
de vida; desterrando la violencia, alcoholismo, pandillajes, y las guerras.
11) Preparar, afianzar y educar en los niveles de educación de inicial, primaria,
secundaria y/o superior a toda aquella persona que la necesite.
12) Intermediar, participar y crear fuentes y/o puestos de trabajo a través de a
realización, ejecución de proyectos y construcciones civiles por convenio mutuo.
13) Coordinación e intercambiar experiencias de investigación, docencia y
capacitación en el quehacer cultural y científico a niveles regionales, nacionales e
internacionales.
3. 14) Realizar cualquier otro tipo de actividad compatibles con los fines de la
asociación
ARTICULO 5.- Son los objetivos de la asociación:
1) Promover la divulgación del conocimiento científico y cultural en los sectores mas
amplios y marginales de la población regional, para permitir su utilización en la
solución de sus problemas y forjar un mejor aprovechamiento en su formación
personal ante la sociedad.
2) Canalizar ayuda humanitaria y/o asistencial hacia la población mas necesitada de la
región.
3) Realizar, fomentar y promover mediante la acción directa, de estudios, proyectos de
investigación científica, de inversión social y económica, programas de
capacitación, publicación de textos y/o revistas orientadas a apoyar al desarrollo
regional.
4) Promover, Fundar y administrar casas de reposo y casa – hogar para niños,
adolescentes y personas de tercera edad, logrando la participación cívica de ellos
mismos en la comunidad.
5) Promover acciones que tengan como objeto la generación y promoción de empleos,
plazas y puestos de trabajo, fundamentalmente sobre los valores de la fe cristiana y
mediante la difusión y/o enseñanza de la formación del trabajador cristiano.
6) Promover la realización de programas y cursos de capacitación técnica, laboral,
tecnológica y científica orientados a lograr la transformación o reconvención laboral
existente en nuestro medio con el objeto de cubrir actuales y/o nuevos puestos de
trabajo.
7) Organizar, promover, fundar, administrar y dirigir centros de enseñanza en
educación inicial, primaria, secundaria, instituto y Universidad, para elevar el nivel
educativo y cultural de la comunidad sobre la base de estudios de investigación
orientados a la formación integral de la persona, con preeminencia de los valores
fundamentales del cristianismo dentro del mensaje de nuestro Señor Jesucristo.
8) Fomentar y promover la creación de micros y pequeñas empresas: Industriales, de
producción, de confecciones, de carpintería, de artesanía, de mecánica en general, de
salud, de agropecuarias y/o comercio, mediante la capacitación e instrucción a
personas desempleadas o subempleadas con capacidad de generar sus ingresos
propios, así como, otros puestos de trabajo tan necesitados en nuestro medio.
9) La creación y desarrollo de un fondo económico rotativo.
10) Organizar, ejercer y constituir centros de consejerías y de restauración de vidas para
brindar ayuda a las personas con problemas de abandono moral, educacional y
emocional.
11) Elaborar e implementar proyectos de inversión y cooperación internacional.
12) Gestionar, recibir y administrar las donaciones, créditos, subsidios y otros
destinados al cumplimiento de sus proyectos y programas; los que puedan provenir
de instituciones en coordinación con los organismos eclesiales, públicos o privados
y nacional o extranjeros.
13) Realizar programas de ayuda social y bienestar familiar de alimentación, salud física
y de postas médicas, sanidad ambiental y medicinal para todas las personas
necesitadas.
14) Construir, organizar y administrar centros médicos para brindar asistencia medica a
las personas de escasos recursos económicos.
15) Promover, fundar, constituir y administrar comedores populares para alimentar
niños, ancianos, madres solteras, mujeres maltratadas y a toda persona con
4. problemas de abandono moral y emocional a fin de asistirlos dándoles afecto en una
vida cristiana espiritual.
16) Adquirir, construcción, alquilar, recibir prestamos, donaciones de propiedades,
edificios, instalaciones, maquinas y equipos que realicen al logro de los fines.
17) Coordinar, colaborar y mantener relaciones con instituciones de investigación, de
teología, de tecnologías, de Bienestar Social, de Servicios y de ayuda al desarrollo
Social sean públicos o privados, nacionales o extranjeros.
18) Promover, Organizar y fundar servicios de buscar padrinos para cada niño pobre y
poder ayudarlo en sus estudios inicial, primaria, secundaria y superior.
19) Fundar centros de refugio o casa de restauración para niños, adolescentes, jóvenes o
personas mayores involucradas en las drogas, alcoholismo, prostitución con el fin de
asistirlo mediante el mensaje de la Palabra de Dios y puedan valorar su autoestima.
20) Organizar, planificar, crear proyectos y construir en la región Iglesias, Centros de
reuniones, hospedaje misionero, apartamentos para eventos prolongados.
21) Editar y difundir libros, folletos, revistas y todo material impreso para el
cumplimiento de sus fines. Pudiendo adquirir derechos o gestionar la autorización
para constituir y dirigir emisoras de radiodifusión y canales de televisión o producir
grabaciones de audio y video.
22) Realizar operaciones de comercio exterior en la importación, exportación y
comercialización de todo tipo de bienes y productos elaborados en personas
naturales, micro y pequeñas empresas, cuya creación se promuevan, si como todas
aquellas que ya creadas requieran de su capacitación y asesoramiento.
23) Celebrar toda clase de convenios, acuerdos o contratos con personas naturales o
jurídicas, nacionales o extranjeras, publicas o privadas para recibir donaciones,
obtener créditos o apoyo financiero destinados al cumplimiento de su objeto social.
24) Desarrollar y ejecutar proyectos para la superación del desempleo y subempleo
facilitando la creación de talleres, empresas familiares y comunales de producción y
comercialización de productos.
25) Realizar cualquier otro tipo de programas o actividades compatibles con los objetos
de la asociación.
TITULO III
DE LOS BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO SOCIAL
ARTICULO 6. El patrimonio social esta conformado por:
a) Cuota de ingreso
b) Cuotas ordinarias y extraordinarias
c) Los bienes muebles e inmuebles adquiridos a titulo oneroso o gratuito
d) Las Donaciones, adjudicaciones, herencias o legados de personas naturales o
jurídicas, publicas o privadas, nacionales e internacionales.
e) Recaudaciones en general.
TITULO IV
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
CAPITULO I.- DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
ARTICULO 7. Son órganos de gobierno de la asociación:
La Asamblea General y
5. El Consejo Directivo
CAPITULO II.- DE LA ASAMBLEA GENERAL
ARTICULO 8. La Asamblea General es el órgano supremo de la asociación es:
Asamblea General ordinaria, y
Asamblea General Extraordinaria.
ARTICULO 9. La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez al año, dentro
del primer trimestre y Extraordinariamente cuando lo acuerde el Consejo Directivo o lo
solicite por escritorio no menos de la décima parte de los asociados activos.
ARTICULO 10. La asamblea general es convocada por el presidente del consejo
directivo, mediante esquela personal o publicación en le diario oficial El Peruano u otro
de mayor circulación, con anticipación de diez (10) días si es ordinaria, y tres (03) días
si es extraordinaria, indicando hora, lugar, día y la agenda a tratar.
ARTICULO 11. Para la validez de las reuniones de asamblea general, se requiere en
primera convocatoria la concurrencia de mas de la mitad de los asociados En segunda
convocatoria basta la presencia de cualquier numero de asociados Los acuerdos se
adoptan con el voto de mas de la mitad de los miembros concurrentes.
ARTICULO 12. Son atribuciones de la asamblea General Ordinaria:
a).-Elegir a los integrantes del Consejo Directivo
b).-Definir los lineamientos generales para la elaboración de los proyectos y programas,
así como de su ejecución, en cumplimiento de los fines institucionales.
c).-Elegir a los miembros de las comisiones para lograr sus objetivos.
d).-Examinar la gestión administrativa y económica, mediante el balance general anual.
e).-Reunirse obligatoriamente cuando menos una vez al año dentro de los tres (03)
,meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.
ARTICULO13.-Son atributos de la Asamblea General Extraordinaria:
a) Interpretar y modificar el estatuto
b) Remover o sustituir a los miembros del Consejo Directivo en caso de muerte o
vacancia por el tiempo que falte para cumplir su mandato.
c) Disolver o liquidar la asociación.
d) Acordar y aprobar la admisión, renuncia o exclusión de asociados.
e) Nombrara comisiones especiales.
CAPITULO III.- DEL CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 14. El consejo Directivo es el órgano de gobierno y direcciones con
funciones:
a) Cumplir y hacer cumplir el estatuto.
b) Aprobar los contratos de diversa naturaleza, autorizando al presidente la suscripción
conjuntamente con el vicepresidente y con cargo de dar cuenta a la asamblea.
c) Otorgar poderes especiales y generales.
d) Aceptar donaciones, adjudicaciones o legados.
e) Representar a la asociación en cualquier acto.
ARTICULO 15. El Consejo Directivo sesiona ordinariamente cada seis (06) meses y
extraordinariamente cuando lo convoque su propia iniciativa o a solicitud de tres (03) de
sus miembros. El Presidente es le encargado de convocarlo por escrito con setenta y dos
(72) horas de anticipación. El quórum será la mitad mas uno de sus miembros y los
acuerdos se adoptaran por mayoría de votos.
ARTICULO 16. El Consejo Directivo esta integrado por los siguientes: un Presidente;
un Vicepresidente; un secretario Elegidos por un periodo de tres (03) años, pudiendo ser
reelegidos por la asamblea general. Los miembros del Consejo Directivo elegidos en el
acta de constitución son los siguientes:
6. PRESIDENTE Walter Josef Hasler
VICEPRESIDENTE Ninfa Estela Espinoza de Hasler
SECRETARIO Silvia del Rosario Monteza Perales
ARTICULO 17.- Son atribuciones del presidente:
a) Cumplir y hacer cumplir el estatuto, el presidente es el Representante Legal de la
asociación y como tal preside las reuniones de asambleas generales y del consejo
directivo, pudiendo delegar la representación mediante poder general o especial, en
todo o en parte, en forma temporal o permanente.
b) Representar legalmente a la asociación en cualquier tramite judicial, extrajudicial,
policial, administrativo, y/o ante cualquier institución publica o privada sin reserva
alguna, con las facultades generales y especiales del mandato establecidas en los
artículos 74° y 75° del Código Procesal Civil.
c) Convocar a asamblea general y reuniones del Consejo Directivo, las cuales
Presidirá.
d) Suscribir y disponer cualquier documentación acorde a la asociación.
e) El Presidente esta autorizado conjuntamente con el Vicepresidente para abrir, operar
y cerrar cuentas corrientes y de ahorro ante las entidades bancarias o financieras,
girar, cobrar y endorsar cheques; girar aceptar, renovar, descontar, avalar y afianzar
letras de cambios, pagares, warrants, conocimientos de embarque; sobregirarse en la
cuenta corriente, otorgar prenda de hipotecas y fianza solidaria; solicitar cartas
fianzas bancarias y toda clase de documento valorados o títulos valores; gestionar y
recibir donaciones y legados de fuente interna o extrema. Suscribir contratos o
prestamos, crédito documentarios, arrendamiento financiero, compra y venta de
valores, de bienes muebles e inmuebles, acciones y otros.
f) Preparar la agenda de trabajo de las asamblea general y del consejo directivo o la
asamblea general de asociados.
ARTICULO 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Asumir la representación legal de la asociación por ausencia, renuncia, impedimento
o muerte del presidente.
b) Suscribir conjuntamente con el presidente los contratos, apertura, operaciones y
cancelación de cuentas corrientes y/o de ahorros ante las entidades financieras o
bancarias y otras afines.
c) Promover las gestiones técnicas legales
d) Fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos de asamblea general de asociados y del
Consejo Directivo.
e) Fiscalizar y controlar los fondos de la asociación en coordinación con el presidente.
ARTICULO 19. Son atribuciones del secretario:
a) Llevar el registro de los asociados y los libros correspondientes
b) Planificar la organización interna de la asociación.
c) Encargarse de las citaciones, tramites internos y de la organización en general
d) Organizar y llevar el libro de actas y padrón de asociados.
e) Redactar las actas de la asamblea general y reuniones de Consejo Directivo, así
como la documentación en general
f) Resguardar y archivar los documentos de la asociación..
7. TITULO V
DE LOS ASOCIADOS PARA LA ADMISIÓN, RENUNCIA U EXCLUSION
ARTICULO 20.- La asociación que se constituye tiene como base fundamental los
principios de la Fe cristiana, como el cumplimiento de los mandatos dados por dios.
ARTICULO 21.- Los asociados son:
a) Miembros Fundadores son las personas que intervienen en el acta de fundación e
inscritos en le libro padrón de socios, tienen voz y voto en las asambleas generales.
b) Miembros participantes son las personas activas con sus cuotas al día, avalados
por dos (02) miembros fundadores pudiendo ser inscritos en el libro padrón de
socios previa aprobación de Consejo Directivo después de 02 años.
ARTICULO 22.- Para ser admitido como asociado se requiere cumplir con los
siguientes:
a) Presentar solicitud de ingreso con la declaración jurada de aceptación plena de los
acuerdos y del cumplimiento del estatuto.
b) Abonar su cuota de ingreso y estar avalado por dos (02) miembros fundadores.
c) Ser sometido a calificación y aprobación por el Consejo Directivo, dando
conocimiento a la asamblea general extraordinaria.
ARTICULO 23.- La renuncia de los asociados será por escrito con carta notarial
debidamente fundamentada, no pudiendo exigir el reembolso de sus aportaciones,
patrimonio, muebles e inmuebles donados a la asociación.
ARTICULO 24.- Se prohíbe la participación inadecuada y/o desordenada de cualquier
miembro, sin previo consentimiento de los cuerpos adherentes.
ARTICULO 25.- Se considera como causa de amonestación, suspensión y exclusión el
incumplimiento del estatuto y los principios de la Asociación .
ARTICULO 26.- Pasos para la sanción de miembros asociados:
a) La amonestación es verbal por medio de dos (02) miembros del consejo directivo.
b) La suspensión es por memorandum del presidente y/o del consejo directivo
c) Solo la asamblea general puede calificar y aprobar la exclusión de un miembro por
infringir los estatutos, en forma grave o reiterada.
TITULO VI
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 27.- Son derechos de los asociados:
a) Participar en las asambleas generales validamente convocadas, con derecho a voz y
voto, así mismo procede la representación por poder simple o notarial.
b) Elegir y ser elegido para los cargos directivos y comisiones, siempre que se hallen
en pleno ejercicio de sus derechos y hayan cumplido con sus cuotas.
c) Participar en las actividades de la asociación.
ARTICULO 28.- Son deberes de los asociados:
a) Cumplir con el estatuto y acuerdos en general
b) Abonar con puntualidad sus aportaciones
c) Desempeñar con responsabilidad los cargos y comisiones en que fueron elegidos.
TITULO VII
8. DE LA MODIFICACIÓN ESTATUTARIA, DE LA DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACION
ARTICULO 29.- Para modificar el estatuto y disolver la asociación se requiere en
primera convocatoria la asistencia de mas de la mitad de los asociados. Los acuerdos se
adoptan con el voto de mas de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda
convocatoria los acuerdos se adoptan con los asociados que asistan y que representen no
menos de la décima parte.
ARTICULO 30.- La asociación se disuelve de pleno derecho cuando no pueda
funcionar según su estatuto o por causal establecida en la ley que regula.
ARTUCULO 31.- Disuelta la asociación y concluida la liquidación, el haber neto
resultante será entregada a otra institución similar sin fines de lucro que se forme o que
ya este formada y que designe la asamblea general. En ningún caso se procederá la
entrega directa o indirecta del saldo de la liquidación a los asociados.
TITULO VIII
DE LAS DISPOSIONES COMPLEMENTARIAS
ARTICULO 32.- Todo lo que no este previste en el estatuto se regirá por los acuerdos
de la asamblea general, las disposiciones del Código Civil y principios generales del
derecho.
ARTICULO 33.- Por unanimidad la asamblea general autoriza y faculta al Presidente
don Walter Josef Hasler para que suscriba la Minuta y Escritura Publica de
Constitución y su estatuto, así mismo gestione los tramites para su inscripción en el
Registro de Personas Jurídicas,del Libro de Asociaciones.
No habiendo mas asuntos que tratar se dio por concluida la asamblea siendo las 19:00
horas, el acta fue leída y suscrita por los asistentes en señal de conformidad y por
unanimidad:
Walter Josef Hasler N – 119771
Ninfa Estela Espinoza de Hasler N – 119772
Silvia del Rosario Monteza Perales DNI - 09959630