3. EL GOBIERNO DE
HONDURAS DEBE:
Participar en la
economía del país
por razones de
orden publico e
interés social
Buscar generar
empleo
Desarrollar el
comercio nacional
e internacional
Aprovechamiento
de la favorable
posición
geográfica que
posee en el Área
Centroamericana y
el Caribe
4. Las leyes aduaneras en Honduras son medidas de
política económica que adopta el gobierno para autorizar
gradualmente el comercio de mercancías básicas para la
actividad industrial y comercial.
Remitirse a la Ley de Aduanas y Ley de Simplificación
Aduanera. Decreto 212 – 87 Decreto 197 – 93.
Leyes Aduaneras de Honduras
5. Leyes Aduaneras de Honduras
RIT ZIP ZONAS LIBRES
BENEFICIOS
No se otorga el
impuesto sobre la renta,
ni impuestos
municipales
Otorga el impuesto
sobre la renta por 20
años e impuestos
municipales por 10
años
Otorga el impuesto
sobre la renta e
impuestos municipales
por tiempo indefinido
OBLIGACIONES •No estipula el número
de empleados.
•Puede exportar a
Centroamérica
•No debe vender en el
mercado nacional
•Deberá emplear un
mínimo de 5,000
personas en un
termino de 5
años.
•Puede vender en el
mercado
nacional, cuando
no existe
producción
nacional
No estipula número de
empleados
•Las empresas
comerciales
destinan el 50%
de sus anuales a
la exportación y
las industriales un
95%
6. Leyes Aduaneras de Honduras
RIT ZIP ZONAS LIBRES
PROCEDIMIENTO Presentan su solicitud
en la Dirección
general
de sectores
productivos
Presentan su
solicitud
en la Secretaría
General
de la Secretaría de
Industria y
Comercio
Presentan actualmente
su solicitud en las oficinas
de LA EMPRESA
NACIONAL PORTUARIA
en
Tegucigalpa, Pto. Cortés,
y en la superintendencia
de zona libre de Puerto
Cortés
UBICACION Puede estar ubicada
en
cualquier parte del
país
Debe estar ubicada
en
una zona delimitada
del
país y sin población
residente
Puede estar ubicada en
cualquier parte del país
en área delimitada
7. LOGO
www.themegallery.co
m
2 3
1
Industrial,
agroindustrial
y de servicios. Es
administrada por si
misma
.
Industrial y de
servicio.
Manejada por una
sociedad
operadora
I.ndustrial y comercial
manejada por una
EMPRESA
NACIONAL
PORTUARIA
Incentivos al comercio
y a la inversión
8. Ley Zonas Libres
• Decreto Ejecutivo N° 356 del
21 de julio de 1976
• Decreto N° 787 del 9 de julio
de 1979, se acordó extender
las Zonas Libres hacia los
puertos de Tela, Omoa, La
Ceiba, Amapala y a la Ciudad
de Choloma.
• Decreto 131-98 se extiende a
todo el territorio nacional.
Ley de Zonas Industriales de
Procesamiento para la
Exportación
• Decreto número 37-87 de
abril de 1987
9.
10. áreas del territorio
nacional,
completamente
cercadas
tendrá la extensión y
límites que determine y
apruebe el Poder
Ejecutivo
bajo vigilancia fiscal y
sin población residente
con carácter
jurisdiccional de extra
territorialidad
destinadas a dar
facilidades al comercio
e industria nacional e
internacional.
11. Todo el país ha sido
designado como Zona
Libre. En gran parte las
empresas extranjeras están
ubicadas en estas zonas y
en Zonas Industriales de
Procesamiento para la
Exportación.
La mayoría de estas
empresas se dedican a la
confección de ropa,
fabricación de artículos
deportivos, ensamblaje
electrónico, automotriz,
industria textil,
agroindustria, entre otros.
12. ▪ Exención de impuestos sobre ventas, corporativo
e impuesto sobre la renta.
Repatriación irrestricta de ganancias y capital
en cualquier momento.
CONVERSION DE MONEDA SIN RESTRICCIONES
Importación libre de toda la maquinaria, materia prima
y suministros y todo lo que requieran en la operación
de la planta.
Despacho de embarques entrantes y salientes
en menos de un día con mínima documentación.
14. Choloma
Inversiones Las Flores S.A.
ZIP San Miguel
ZL América, S.A de C.V.
ZL Honduras S.A de
C.V. Zona Inhdelva
ZL Choloma
ZIP Choloma
Parque Industrial Concord
Zip Galaxi
ZL Merendon
10
Puerto Cortes ZIP San Miguel IV
ZL Puerto Cortes
2
La Lima
ZIP
CONTINENTAL
1
CHOLUTECA
Honduras Pacific Zone
1
15. SANTA BARBARA
Green Valley Industrial
Park ZIP Formosa
ZL Formosa
ZL Naco
RIT Sta. Barbará
5
VILLANUEV
A Parque Industrial Búfalo, S.A.
Villanueva Industrial Park
ZIP Buena Vista, S.A.
ZL Caracol
ZIP Chamelecón
5
La Ceiba
ZL LA
CEIBA
1
TEGUCIALPA
ZIP Amarateca
ZL Amarateca
ZL Jacaleapa
ZL Tegucigalpa
RIT
Tegucigalpa
1
16. mercancías a
la
La introducción
de
Zona
Libre está exenta
del pago
de
arancelarios,
recargos,
consulares,
impuestos
cargos,
derechos
impuestos
internos, de consumo y
demás impuestos y
gravámenes que tengan
directa o
con las
relación
indirecta
operaciones aduaneras
de
importació
n
y
exportación.
17. La introducción de mercancías a la Zona Libre está exenta
del pago de impuestos arancelarios, cargos, recargos,
derechos consulares, impuestos internos, de consumo y
demás impuestos y gravámenes que tengan relación
directa o indirecta con las operaciones aduaneras de
importación y exportación.
• Los ingresos por concepto de salarios y demás rentas
personales similares de las personas que laboren en la
Zona Libre, pagarán el Impuesto sobre la Renta de
conformidad con la ley de la materia.
La Institución Administradora de la Zona Libre, estará
exenta del pago de impuestos, contribuciones o
gravámenes fiscales y municipales. Los fondos de la Zona
Libre, serán depositados regularmente en un Banco del
Estado.
18. Permitir a personas naturales o
jurídicas nacionales
o
extranjeras, que realicen
las
operaciones, actividades
negociaciones y transacciones
Construir edificios para oficinas,
fábricas, almacenes, bodegas,
depósitos, talleres, planteles y
demás instalaciones para
realizar las actividades y
operaciones señaladas en el
literal que antecede
Arrendar inmuebles y lotes de
terrenos para que otras personas
construyan las edificaciones
descritas en el literal anterior.
Organizar, instalar, contratar y
administrar los servicios públicos
necesarios para la Zona Libre.
las Zonas Libres esta a cargo de
la Institución que designe el
Poder Ejecutivo, a través de la
Secretaria de Industria y
Comercio, que en este caso es
La Empresa Nacional Portuaria
19. 1.Operadoras: las que
pueden ser persona natural o
jurídica, nacional o extranjera
legalmente constituida,
autorizada para operar y
administrar una Zona Libre y
se encuentra establecida
dentro de la misma.
2.Operadoras-Usuarias: que
es la persona natural o
jurídica, nacional o extranjera,
legalmente constituida,
ubicada dentro del área
restringida, autorizada para
operar, administrar una Zona
Libre y realizar las actividades
permitidas por la Ley de Zonas
Libres y este Reglamento.
3. Usuaria: Es toda persona
natural o jurídica, nacional o
extranjera, legalmente
constituida, establecida en una
Zona Libre, operada y
administrada por una Sociedad
Operadora u Operadora
Usuaria .
20. Actividad industrial a la que
se dedica o dedicará la
empresa
Ubicación con dirección exacta,
teléfono y fax.
Productos que elaborará y
mercados a los que exportará, o
actividades o servicios que
prestará
21. Fotocopia autenticada de la Escritura Pública de
Constitución de Sociedad o Declaración de
Comerciante Individual.
Fotocopia autenticada del Poder Legal que
acredite al responsable de la empresa
Plano descriptivo de la propiedad e instalaciones
donde se desarrollará el proyecto. (para las
Operadoras y Operadoras Usuarias)
Título de Propiedad o en su defecto un Contrato
de Arrendamiento por un plazo no menor de
cinco (5) años, del inmueble donde funcionará.
22. Volúmenes y valores de
los productos que
exportará.
Número de empleos a
generar y su salario
respectivo.
Inversiones a realizar en
forma total y en activo fijo.
23. La vigilancia del
área restringida
estará a cargo de la
Autoridad Aduanera
El área restringida será delimitada
por muros, vallas o cualquier otra
infraestructura, con una altura no
menor de tres (3) metros.
Las
Opera
doras
Usuarias y Usuarias
pondrán a
disposición de la
Dirección Ejecutiva
de Ingresos (DEI)
los desperdicios o
bienes
dañad
os
descargados, con o
sin valor comercial.
Los beneficiarios
del Régimen,
deberán llevar
libros y registros
contables
Toda mercancía consignada a
personas naturales o jurídicas
autorizadas para operar en Zona Libre,
será remitida por la aduana de ingreso,
directamente a dicha Zona previa
presentación de la Declaración Única
Aduanera para Zonas Libres (Forma
DGA-01-90A
24. ZIP
, son áreas geográficas del
territorio nacional aprobadas y
delimitadas por el Poder
Ejecutivo
, creadas con el propósito de
fomentar mediante el uso de
mano de obra local, la
industria manufacturera y de
servicios orientada
exclusivamente a la
exportación
promoviendo el
establecimiento y
funcionamiento en
la zona de
empresas
industriales
básicamente de
exportación y
comerciales
25. Importación libre de
gravámenes, derechos
arancelarios, cargas,
recargos, derechos
consulares, impuestos
internos de consumo y
venta y demás impuestos,
tasas y gravámenes que
tengan relación directa o
indirecta
Exención de Impuesto
Sobre la Renta por 20
años e Impuestos
Municipales por 10
años.
26. Incentivos Ley de Zonas
Incentivos
Ley de Zonas
Industriales de
Procesamiento
Régimen
Importación
Temporal
(RIT
Importación de materias
primas, componentes y
otros bienes, libre de
gravámenes y derechos
arancelarios
100% de
Exención
100% de Exención 100% Exención
(Exportación fuera
de Centro
América
100% de
Exención
100% de Exención 100% de Exención
Impuesto general de
ventas (Local)
100% de
Exención
100% de Exención 100% de Exención
Impuesto sobre las
utilidades (Renta)
100% de
Exención
100% de Exención Sujeto a pago
Repatriación de Capital 100% de
Exención
100% de Exención A través del Banco
Central
Impuesto sobre
Repatriación de Capital
100% de
Exención
100% de Exención A través del Banco
Central
Conversión de Divisas Sin Restricción Sin Restricción A través del Banco
Central
27. Incentivos Ley de Zonas
Incentivos
Ley de Zonas
Industriales de
Procesamiento
Régimen
Importación
Temporal
(RIT
Desaduanaje En el local de la
fábrica
En el local de la
fábrica
A través del agente Aduanero
Propiedad Estatal/Privada Privada Privada
Ventas al Mercado local
(si se desea)
5% del total de la
producción,
previa
autorización del
Ministerio de
Industria y
Comercio, (se
pagan los
impuestos
correspondiente
Toda la
producción, previa
autorización del
Ministerio de
Industria y
Comercio, (se
pagan los
impuestos
correspondientes)
No se puede
vender en el
Mercado local
Requisitos de Elegibilidad Pueden
establecerse
empresas
industriales y
comerciales
Pueden
establecerse
empresas
industriales y de
apoyo
Pueden
establecerse
empresas
industriales
28. Constituirse como Sociedad Anónima
de capital fijo, suscrito y pagado en una
cantidad 2,000,000.00);
Tener como finalidad exclusiva la
explotación de Zonas Industriales de
Procesamiento
• para Exportaciones (ZIP),
) Acreditar la disponibilidad del inmueble
requerido para los fines de la Zona Industrial
• de Procesamiento para Exportaciones,
Acreditar la disponibilidad de los
recursos técnicos y financieros, para
promoción,
29. SANCIONES
Sin perjuicio de las acciones penales, la Secretaría de Estado en
los Despachos de Economía y comercio, impondrá multa
Administrativa, en los montos y mediante el Procedimiento que se
determine
en
el Reglamento de esta Ley a
las personas
que incurran en
cualquiera de las
infracciones
Beneficiarias
siguientes:
30. Incumplimiento de
cualquiera de las
obligaciones establecidas
en la presente Ley y su
Reglamento:
Incumplimiento de
las obligaciones y
requisitos
contenidos en el
Acuerdo de
Autorización de las
zonas Industriales
de Procesamiento
para
Exportaciones
(ZIP);
31.
32. Zonas Industriales de Procesamiento
Zona Libre
Beneficios:
Otorga el impuesto sobre la renta por 20 años
e impuesto municipales por 10 años
Beneficios:
Otorga el impuesto sobre la renta e
impuestos municipales por tiempo indefinido
Obligaciones:
▪ Deberá emplear un mínimo de
5000 personas en un termino de 5
años.
Puede vender en el mercado nacional,
cuando no existe producción nacional.
Obligaciones:
No estipula numero de empleados
Las empresas comerciales destinan el
50% de sus anuales a la exportación y a
las industriales un 95%
Las Diferencias entre ambas Leyes son: