Este documento resume las principales razones en contra de la reforma laboral propuesta por el Partido Popular en España. La reforma pretende convertir las empresas de trabajo temporal en agencias privadas de colocación subvencionadas por el estado, precarizar más los contratos de formación y aprendizaje, dar más poder unilateral a los empresarios para imponer condiciones laborales y facilitar los despidos con menos indemnizaciones. Además, se estima que la reforma tendrá un alto coste para el gasto público.
1. OC HO RAZONES EN
C O N TR A D E L A
REFORMA LAB ORAL
DEL PP
2. I. L A S E M P R E S A S D E T R A B A J O
T E M P O R A L S E C O N V IE R T E N E N
A G E N C IA S P R IV A D A S D E C O L O C A C IÓ N
.
Las Empresas de Trabajo Temporal
(ETT´S) podrán actuar con el nombre
de Agencias Privadas de Colocación ,
el Estado les dará subvenciones por
realizar la tarea que ya realizaban:
contratar trabajadores para cederlos a
otras empresas.
Es el gran paso para la privatización
de los Servicios Públicos de Empleo y
con ellas se vulnerarán los principios
de no discriminación en el acceso a
un empleo
3. II. S E P R E C A R IZ A M Á S E L
C O N T R A T O P A R A L A F O R M A C IÓ N Y
E L A P R E N D IZ A J E
Trabajadores de entre 16 y 30 años. El
límite de 30 años se mantendrá
hasta que la tasa de desempleo se
sitúe por debajo del 15% (ahora está
en el 22,85%).
Su duración será entre 1 y 3 años.
Un trabajador podrá tener varios hasta
los 30 años de edad.
El tiempo de formación teórica será del
25% (el primer año) y del 15% (el 2º
y tercer año), tiempo que no se
cobra.
La retribución será el salario mínimo, es
decir, 481.05 € (el primer año) y
545.19 € (el 2º y tercer año) brutos.
4. III. N U E V O C O N T R A T O IN D E F IN ID O
PARA EMPRENDEDORES
Se acogerán a él empresas con menos de
50 trabajadores para cualquier empleo,
sin distinción de edad ni de funciones.
Durante su primer año el empresario podrá
despedir al trabajador sin previo aviso,
sin indemnización y sin causa que lo
justifique.
El Gobierno le concede al empresario
importantes beneficios fiscales, entre
otros, una cuantía equivalente al 50%
de la prestación por desempleo que
cobrara el trabajador.
El trabajador podrá compatibilizar el 25%
de su prestación con este contrato de
trabajo.
5. IV . C O N T R A T O A T IE M P O P A R C IA L
Este tipo de contrato de trabajo al ser
a tiempo parcial no permitía la
realización de horas
extraordinarias, la reforma ahora
legaliza su práctica y además son
compatibles con las horas
complementarias.
Permitir la realización de horas
extraordinarias es contravenir la
propia naturaleza de un contrato a
tiempo parcial.
6. V. S E L E D A M ÁS P O D E R
U N IL A T E R A L A L E M P R E S A R IO
1. El 5% de la jornada la impone el
empresario.
2. Puede imponer al trabajador
funciones diferentes a las que
realiza y trasladar a otro centro
de trabajo de la empresa al
margen del Convenio Colectivo o
de un acuerdo con el trabajador.
3. Se permite reducir los salarios de
los trabajadores sin acreditar la
razón y sin consulta ni a sus
representantes ni a la autoridad
laboral.
7. V I. S E F O M E N TA LA N E G O C IA C IÓ N
IN D IV ID U A L T R A B A J A D O R Y E M P R E S A R IO O
D IR E C T A M E N T E S E IM P O N E LA D E C IS IÓ N
U N L IL A T E R A L D E É S T E
1. Se permite no aplicar aspectos
fundamentales de los convenios
colectivos.
2. Se limita la eficacia de un
convenio colectivo de sector.
3. Desaparece la prórroga
automática de los convenios.
8. V II. S E F A C IL IT A L A P O S IB IL ID A D D E
D E S P E D IR Y E L T R A B A J A D O R C O B R A R Á
M E N O S P O R S E R D E S P E D ID O .
1. Más posibilidades para el
despido colectivo.
2. Se permite el despido por faltas
de asistencia justificadas.
3. Se reducen las indemnizaciones
por despido.
4. Desaparecen los salarios de
tramitación.
5. Se elimina la autorización
administrativa previa para
algunos Expedientes de
Regulación de Empleo (ERES)
9. V III. U N A R E F O R M A A C O S T A D E L
G A S T O P Ú B L IC O
El Gobierno ha estimado que
supondrá un coste de 230
millones de euros, la mayoría
será dinero dejado de recaudar
por la Seguridad Social en
concepto de bonificaciones de
cuotas. Este coste aumentaría
debido a los incentivos fiscales a
las empresas.