SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
Descargar para leer sin conexión
Bienvenidos a Sevilla Virtual SS, el foro-juego cofrade por excelencia de la red desde 2009. A
continuación le dejamos las normas de lectura obligatoria y cumplimiento para el buen
funcionamiento de la comunidad.
Normas de Hermandades de Penitencia
 La Semana Santa se desarrollará cada mes o mes y medio aproximadamente en la ciudad
de Sevilla, que será un año virtual. Cada Semana Santa se establecerá un calendario para
llevar a cuenta el día a día del juego.
 Se deberá de crear una hermandad totalmente real, sin mezclar titulares, pasos o enseres
de otras hermandades.
 Cada usuario puede crearse una hermandad de penitencia. Como excepción, un usuario
puede tener dos hermandades de penitencia si cumplen los siguientes requisitos:
1. Tener una antigüedad real en el foro de 6 meses o más.
2. Ser capaz de llevar dos hermandades a la vez y mantenerlas activas.
3. Contar con la aprobación de la administración del foro.
4. Un usuario tendrá que estar como mínimo dos Semana Santas con una Segunda
Hermandad, en el caso de deshacerse de ella antes de ese tiempo, tendrá una
penalización de dos Semana Santas sin tener dos Hermandades.
 Las nuevas hermandades que se creen pasarán como mínimo un año virtual en Vísperas
(Viernes de Dolores o Sábado de Pasión). Una vez pasado ese año virtual, la hermandad
que quiera puede pedir el pase a nómina. Dicho pase será votado en Pleno de Hermanos
Mayores por las hermandades que forman parte de la nómina. Las segundas hermandades
podrán pasar directamente a nómina.
 Cada hermandad comenzará sin titulares, pasos, enseres, etc. Que tendrán que ir
comprando a medida que pase el tiempo. El presupuesto inicial será de 275.000 € y
contará con 200 hermanos.
 Cada hermandad debe de comprar todo lo necesario para el año virtual, es decir, ajuar
para los titulares y/o imágenes secundarias (de camarín para la iglesia y de salida para la
estación de penitencia).
1. Camarín: túnicas para el Señor (si lleva), mantos de camarín, sayas, tocados, etc
para la Virgen.
2. Salida: túnica para el Señor (si lleva) potencias para el Señor (si las lleva), manto
de salida, saya, tocado y corona o diadema, para la Virgen. Si se llevan imágenes
secundarias, comprar lo necesario en ropajes.
 Las hermandades deberán de reflejar todos los movimientos de ingresos y gastos en un
tema exclusivo para cada una denominado “cuenta bancaria”.
 Cada Semana Santa o año virtual, se le asignará a cada hermandad una subvención
(consultar tabla de subvenciones). Así mismo, cada hermandad podrá pedir el aumento de
hermanos correspondiente en función del número de actos y cultos realizados durante el
año y la actividad de la hermandad, entre otros factores.
 Las cuotas de hermano de cada hermandad tendrán un valor de 1 € a 30 €, siendo éste
fijado por cada una, siempre dentro de los valores anteriormente citados.
 Los cortejos de las procesiones extraordinarias estarán formadas por un máximo de 50
hermanos de cirio. Así mismo, se pueden cobrar papeletas de sitio con un precio de 10 €
máximo.
 Si una hermandad se encuentra en números rojos, tiene la obligación de dar parte al
Obispado para su conocimiento y así poder intentar ayudar a la hermandad a revertir la
situación, teniendo el plazo de una semana como máximo para volver a disponer de
dinero. De lo contrario, la hermandad será catalogada como inactiva pasando a la
papelera.
 El préstamo bancario se concede, sólo y exclusivamente para la ayuda de esta situación,
así como un método en el que se pueda vender el patrimonio si es necesario, en este
último caso se deberá expresar una razón convincente y el precio por el que se compró,
incluyendo también que dicho enser no podrá ser devuelto aunque se pague el precio por
el que se ha vendido y que se deberá realizar de nuevo desde cero si se quiere volver a
poseer. En la idea del préstamo bancario, tendría un interés del 10% por cada año que
pase desde su concesión y deberá ser devuelto en un máximo de 3 años virtuales, es decir
si pides un préstamo y no lo devuelves hasta el tercer año deberás abonar un 130% de la
cuantía inicial.
 Todas las hermandades tienen la obligación de bendecir a sus Titulares y realizar cultos
anuales así como resumirlos en sus temas correspondientes para que cuenten como
celebrados. También deberán comprar todo lo necesario para los mismos, como flores,
velas, incienso…
 Queda terminantemente prohibido invitar a todas las hermandades o bandas a algún acto
por medio de sus temas, una por una, pues se considerará spam. El incumplimiento de
esta norma conllevará a una multa económica para la hermandad o banda del usuario
responsable.
 Para la creación de nuevos templos (propios), la hermandad deberá de tener como mínimo
cinco años de antigüedad (virtual) y una nómina de ochocientos hermanos.
 Las hermandades deberán de presentar las cuentas anuales al Área de Economía y
Hacienda para su aprobación al término de cada año.
Normas de Semana Santa
 Todas las hermandades deberán de dar a conocer su itinerario junto con los horarios
correspondientes en el subforo de Toma de Horas, teniendo de plazo una semana antes
del Viernes de Dolores.
 Los horarios de Carrera Oficial serán propuestos por el Consejo de Hermandades,
pudiendo votarse en Pleno de Hermanos Mayores la aceptación o modificación de dichos
horarios, donde se acordará el horario reflejado por la mayoría de hermandades del pleno,
siempre y cuando ninguna Hermandad no presente un motivo de peso y a tomar en
cuenta, el cual se valorará no solo por los Hermanos Mayores de la jornada sino también
con la aportación de todos los miembros del Consejo de Hermandades. Si una hermandad
no cumple con los horarios será sancionada económicamente con 60.000 € y
administrativamente por la Diócesis de Sevilla Virtual pasando a Vísperas durante dos
años.
 El orden de entrada en Carrera Oficial será de menos a más antigüedad en el día, siendo
al contrario como única excepción la Madrugada. Dicho orden puede ser modificado por las
hermandades del día en cuestión si hay aprobación por unanimidad de las mismas en el
Pleno de Hermanos Mayores.
 El tiempo de paso de cada hermandad en Carrera Oficial será puesto por el responsable
de Toma de Horas en colaboración con el CECOP, en función del número de nazarenos,
estilo de la hermandad y número de pasos. Así mismo, el tiempo de paso en el resto del
itinerario podrá ser modificado por la hermandad, pudiendo intervenir el CECOP si éste
estima que es excesivo o viceversa.
 Cada hermandad deberá de realizar su salida procesional en el día que pida, creando un
tema para el resumen.
 El cortejo de cada hermandad estará formado por un máximo del 60 % del total de
hermanos de la hermandad. Así mismo, el número máximo de nazarenos será de 2.500.
 Cada hermandad podrá ingresar una cantidad de dinero en concepto de papeletas de sitio,
que tendrán un precio fijo de 20 € los nazarenos que porten cirio, de 25 € los nazarenos
que porten insignia y de 20 € los nazarenos portadores de cruces de penitencia (las
hermandades que lleven). Es importante que cada hermandad compre los cirios justos de
los nazarenos al contar las insignias como parte del cortejo.
 Cada hermandad tiene la obligación de confirmar su salida (realice o no su estación de
penitencia) y realizar el resumen correspondiente de la misma, para llevar un control
exacto. Aquella que no lo confirme o no realice el resumen se le impondrá una multa de
20.000 €, la cual tendrá de plazo para pagar una semana, catalogándose de inactiva en
caso de no hacerlo. Así mismo, el Hermano Mayor podrá recurrirla y la administración
decidirá sobre tal si es una razón convincente.
 Para la meteorología se utilizará el tiempo de Huelva.
 En caso de lluvia, se habilita un protocolo general de actuación para las hermandades de
obligado cumplimiento. Si una hermandad sale sabiendo que le va a llover en el recorrido,
podrá ser sancionada en concepto de restauración de patrimonio.
 Todas las hermandades deberán de comprar lo necesario para la estación de penitencia
así como pagar a las bandas (si las lleva). En el caso de que una banda o hermandad
desaparezca y se “rompa” el contrato que las unía, la parte perjudicada se cobrará 5.000 €
en concepto de indemnización.
Normas para Hermandades de Gloria
 Las hermandades de gloria podrán ser creadas por cualquier usuario, tenga o no
hermandad o banda.
 Las hermandades de gloria realizarán sus cultos y la salida procesional en la Semana de
Glorias, que será especificada en el calendario anual.
 Cada hermandad comenzará sin titulares, pasos, enseres, etc. Que tendrán que ir
comprando a medida que pase el tiempo. El presupuesto inicial será de 200.000 € y
contará con 100 hermanos.
 Cada hermandad debe de comprar todo lo necesario para el año virtual, es decir, ajuar
para los titulares y/o imágenes secundarias (de camarín para la iglesia y de salida para la
estación de penitencia).
3. Camarín: túnicas (si lleva), mantos de camarín, sayas, tocados, etc.
4. Salida: túnica (si lleva), manto de salida, saya, tocado y corona o diadema, para la
Virgen. Si se llevan imágenes secundarias, comprar lo necesario en ropajes.
 Las hermandades deberán de reflejar todos los movimientos de ingresos y gastos en un
tema exclusivo para cada una denominado “cuenta bancaria”.
 Cada Semana Santa o año virtual, se le asignará a cada hermandad una subvención
(consultar tabla de subvenciones). Así mismo, cada hermandad podrá pedir el aumento de
hermanos correspondiente en función del número de actos y cultos realizados durante el
año y la actividad de la hermandad, entre otros factores.
 Las cuotas de hermano de cada hermandad tendrán un valor de 1 € a 15 €, siendo éste
fijado por cada una, siempre dentro de los valores anteriormente citados.
 Todas las hermandades deberán de dar a conocer su itinerario junto con los horarios
correspondientes en el subforo de Toma de Horas.
 Cada hermandad deberá de realizar su salida procesional en el día que pida, creando un
tema para el resumen.
 El cortejo de cada hermandad estará formado por el 15 % y el 30 % del total de hermanos
de la hermandad.
 Cada hermandad podrá ingresar una cantidad de dinero en concepto de papeletas de sitio,
que tendrán un precio fijo de 10 € los hermanos que porten cirio y de 15 € los hermanos
que porten insignia. Es importante que cada hermandad compre los cirios justos de los
hermanos al contar las insignias como parte del cortejo.
 Cada hermandad tiene la obligación de confirmar su salida, realice o no su estación de
penitencia, para llevar un control exacto. Aquella que no lo confirme se le impondrá una
multa de 20.000 €, la cual tendrá de plazo para pagar una semana, catalogándose de
inactiva en caso de no hacerlo. Así mismo, el Hermano Mayor podrá recurrirla y la
administración decidirá sobre tal si es una razón convincente.
 Para la meteorología se utilizará el tiempo de Huelva. En caso de lluvia, se habilita un
protocolo general de actuación para las hermandades de obligado cumplimiento. Si una
hermandad sale sabiendo que le va a llover en el recorrido, podrá ser sancionada en
concepto de restauración de patrimonio.
 Todas las hermandades deberán de comprar lo necesario para la salida procesional así
como pagar a las bandas (si las lleva).
Normas para Bandas
 Las bandas podrán ser creadas por cualquier usuario que no tenga ninguna otra.
 Cada banda comenzará con 60 músicos y 80.000 €. En caso de Capilla Musical o Coro
comenzará con 3 o 4 músicos y 40 componentes respectivamente, y 50.000 €.
 Cada banda deberá de realizar el tema correspondiente de información en el subforo
asignado, aportando los datos reales de la misma, como repertorio, uniforme, etc.
 El repertorio podrá ser modificado al gusto de cada director una vez sea publicado el
repertorio real al crearse la banda.
 El número máximo de componentes se regulará de la siguiente forma:
1. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: 130 máximo.
2. Bandas de Música: 90 máximo.
3. Coros: asignado por la administración.
4. Capillas Musicales: 4 máximo.
 El número máximo de marchas por estilo musical se regulará de la siguiente forma:
5. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: 80 máximo (sin ordinario y
propias del juego).
6. Bandas de Música: 160 máximo (sin ordinario y propias del juego).
7. Coros: asignado por la administración.
8. Capillas Musicales: 25 máximo (sin propias del juego).
 Cada banda podrá montar las marchas que crean oportunas, basándose en la siguiente ley
de regulación:
1. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: podrán montar aquellas
marchas de forma gratuita que estén grabadas en disco en la realidad.
2. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: si desean montar una marcha
no grabada en disco en la realidad deberá pedir presupuesto en el taller de
adaptaciones y marchas. En el caso de que la banda propietaria de esa marcha se
encuentre creada en el juego tendrá que pedirle permiso.
3. Bandas de Música: podrán montar aquellas marchas de forma gratuita que estén
grabadas en disco en la realidad.
4. Bandas de Música: si desean montar una marcha no grabada en disco en la
realidad deberá pedir presupuesto en el taller de adaptaciones y marchas. En el
caso de que sea una composición propia creada en el juego tendrá que pedirle
permiso a la misma.
 Si un usuario tiene una hermandad y banda, ésta podrá tocarle mientras se realice el
contrato correspondiente con las cláusulas que estimen oportunas ambas partes (no se
aceptará que toque gratis ni con un valor menor al resto). Así mismo, para que un contrato
tenga validez se deberá de negociar en el subforo habilitado para ello y posteriormente
publicarlo en el tema de contratos oficiales de cada banda.
 Queda terminantemente prohibido ofrecerse a las hermandades por el tema de cada una o
en privado, teniendo que ser la hermandad en cuestión la interesada en contratar a la
banda que estime oportuno. Así mismo, también queda prohibido negociar cualquier
contrato por privado, ChatBox, WhatsApp u otra vía de contacto que no sea el tema
habilitado para la negociación. La banda o hermandad que incumpla alguna de estas
normas será sancionada económica y administrativamente.
 Nota de aclaración: aunque en la realidad una banda pertenezca a una hermandad, en el
juego no es así, excepto si ambos usuarios llegan a ese acuerdo. Ejemplo: Hermandad de
la Esperanza de Triana y Banda. Hermandad de la Redención y Agrupación. Si no se llega
a ese acuerdo, no forman parte de la hermandad y viceversa. Así mismo, dicho acuerdo
debe de estar presente en el tema de ambas.
 Si una banda o hermandad se cataloga como inactiva, la parte perjudicada por la
desaparición se podrá cobrar 5.000 € en concepto de daños y perjuicios.
 Para realizar un disco, la banda tiene que tener al menos una Semana Santa de
antigüedad y 150 puntos. El costo se fija en la tienda de instrumentos. Además, el número
máximo de marchas que se podrán incluir en el mismo serán de 12 en CC y TT y AM; 14
en BM.
 El máximo de años de contrato para todas las bandas son de 4 años, excepto para
hermandades de vísperas que será de 1 año. Todos los contratos deberán ser
remunerados. El precio fijado para cada año será impuesto por cada banda, regulado entre
los siguientes precios:
1. Cornetas y Tambores: entre 400 € y 600 €/hora.
2. Agrupaciones Musicales: entre 400 € y 600 €/hora.
3. Bandas de Música: entre 400 € y 800€/hora.
4. Coros y Capillas Musicales: entre 200 € y 400 €/hora.
 Para que se cumplan los anteriores baremos, el Consejo de Bandas velará por el buen
funcionamiento de los mismos, revisando cada contrato que se firme. En caso de
incumplimiento, la banda será sancionada con una multa económica de 6.000 € y pérdida
de 20 músicos y 100 puntos, llegando incluso a poder desaparecer si hay reincidencia. El
desconocimiento de dichos baremos no exime de su cumplimiento.
 Las bandas con el tope de componentes, cuatro años de antigüedad y 400 puntos podrán
(NO es obligatorio) crear una escuela de música. De esa escuela saldrá una nueva banda
con componentes de entre 10 y 17 años de edad y podrán ofrecer conciertos, además de
tocar en ocasiones extraordinarias como por ejemplo una Procesión Magna. La banda que
lo haga deberá de sufragar una serie de gastos al año en concepto de profesores,
mantenimiento, alquiler de lugar para dar clases, etc.
Normas para Efemérides
 Se podrán pedir todos los reconocimientos que se desee (medalla o coronación) al mismo
tiempo por distintos usuarios, en un máximo de dos medallas y una coronación, en un
periodo de dos años virtuales, siendo la celeridad en cuanto a conseguir determinados
puntos necesarios así como el propio Ayuntamiento o Diócesis los que decidan la fecha de
aprobación y realización de dichos actos.
 Las adhesiones necesarias solo serán uno de los factores necesarios para estos
reconocimientos, no siendo determinantes y solo uno más den entre todos los demás. En
ese caso, se necesitarán un 70 % de apoyos para medallas y un 80 % para coronaciones.
Para ello se contarán adhesiones de hermandades de vísperas, nómina, glorias, bandas y
tres organismos máximo. En el caso de que una hermandad o banda desaparezca, la
adhesión dejará de tener validez.
 Se deberán tener en cuenta los proyectos realizados con anterioridad a la petición de
cualquier reconocimiento, no siendo tenidos en cuenta los llamados "proyectos de
efeméride" los cuales solo son puestos en marcha una vez se tiene la idea de que se
acepte el reconocimiento elegido.
 Se tendrá en cuenta el número de hermanos de la Hermandad (puesto que es un gran
indicador sobre el fervor que esta despierta) siendo uno de los puntos más importantes
para la concesión de tal reconocimiento.
 Puesto que es un reconocimiento a la labor del Hermano Mayor en cuando a la
administración de su Hermandad, deberá pasar un "examen" desde una comisión elegida
por la Administración y moderación que valore el patrimonio existente en la corporación.
 Se observará si es una Hermandad con protagonismo en su zona, siendo necesario la
observación de las demás Hermandades del barrio/zona de la ciudad así como de las que
comparten jornada en la Semana Santa.
 Se podrá poner en práctica una Cuota Extraordinaria para afrontar los gastos, siendo una
cuantía que la misma Hermandad crea oportuno y pagados por un porcentaje de los
hermanos siendo inversamente proporcional a la cuantía, es decir, a mayor cuantía menor
número de Hermanos la pagarán (dicho porcentaje lo pondrá la moderación una vez sea
aceptado el reconocimiento y la Hermandad comunique cual es la cuantía en la que han
pensado).
 Medalla de la Ciudad: podrá pedirla un usuario con más de seis meses de antigüedad en
el foro o cuya hermandad tenga como mínimo dos Semanas Santas virtuales de
antigüedad. Podrá otorgarse a una Imagen o Corporación al completo y deberán
prevalecer los actos que involucren a la población de la ciudad para que esta distinción sea
otorgada.
 Coronación Canónica: podrá pedirla un usuario con más de año y medio de antigüedad
en el foro o cuya hermandad tenga como mínimo cuatro Semanas Santas virtuales de
antigüedad. Deberán prevalecer los actos de carácter religioso o de fervor popular para tal
reconocimiento.
 Patronazgo: podrá pedirse el reconocimiento al patronazgo de barrios, gremios o
similares, siendo un reconocimiento de menor nivel que las dos anteriores y por tanto
deberán requerir un menor tamaño de las condiciones que los anteriores tienen en común.
Deberá tenerse en cuenta el arraigo de la imagen con la que se pide el patronazgo en
cuanto a la zona o sector con la que se quiere relacionar. No tiene por qué realizar una
salida procesional expresa para la concesión de un patronazgo, podría serlo cualquier
imagen (Titular) de una Hermandad que realice su salida habitual, ya sea en Glorias o en
Semana Santa. Además, no entran en este tipo de reconocimiento los patronazgos de la
Ciudad, el cual se regirá por el criterio de los órganos de gobierno concernientes.
Normas de uso general
 No se podrán utilizar fotos de páginas web sin el consentimiento del autor. Así mismo,
aquellas fotos que no sean propiedad del usuario, éste deberá de mencionar la
procedencia de la misma. El foro no se hace responsable de la vulneración de los
derechos de propiedad intelectual que puedan producirse con ocasión de la reproducción
de fotos en los mensajes, toda vez que se recomienda se guarden estrictamente estos
derechos.
 Se ruega encarecidamente, además de ser una obligación en este foro, que en cualquier
mensaje que se publique, se utilice un lenguaje desde el respeto y la tolerancia y se
utilicen las normas generales de ortografía y acentuación para mejor entendimiento entre
nosotros, recuerden que esto no es un móvil.
 No se permite la publicación (en ningún lugar del Foro) de insignias, anagramas, banderas,
escudos, y cualquier clase de signo que sea ilegal y/o anticonstitucional, difamatorio,
racista, sexista, xenófobo, discriminatorio, pornográfico, violentos o que, de cualquier modo
contrarien la moral, el orden público o las buenas costumbres, o resulten claramente
ilícitos, ilegales y/o la buena marcha del foro. Tampoco se permite publicar nombres y
apellidos de foreros sin contar con el consentimiento de los mismos o plagiar la identidad
de cualquier usuario siendo consecuencia el baneo inmediato del foro, estando también
obligados a colaborar con las autoridades policiales y judiciales competentes si detectase
una suplantación de identidad que pudiera implicar la comisión de un delito, en particular,
del tipificado en el artículo 401 del Código Penal vigente.
 Queda terminantemente prohibido alojar, almacenar, divulgar, publicar, distribuir o facilitar
publicidad no solicitada o no autorizada, ofrecimientos ilícitos, materiales promocionales,
"correo basura", "spam", "cartas encadenadas", o comunicaciones similares.
 Este foro se encuentra registrado legalmente en el Registro de la Propiedad
Intelectual, por lo que cualquier copia del mismo será denunciada ante los servicios
jurídicos correspondientes.
 Aquel usuario que incumpla cualquiera de estas normas será baneado de inmediato.
 Los administradores tienen la potestad para banear a cualquier usuario que no cumpla
ninguna de las normas anteriormente citadas.
 La administración se reserva el derecho de admisión.
EL DESCONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO.
LA ADMINISTRACIÓN.

NormasSevillaVirtualSS

  • 1. Bienvenidos a Sevilla Virtual SS, el foro-juego cofrade por excelencia de la red desde 2009. A continuación le dejamos las normas de lectura obligatoria y cumplimiento para el buen funcionamiento de la comunidad. Normas de Hermandades de Penitencia  La Semana Santa se desarrollará cada mes o mes y medio aproximadamente en la ciudad de Sevilla, que será un año virtual. Cada Semana Santa se establecerá un calendario para llevar a cuenta el día a día del juego.  Se deberá de crear una hermandad totalmente real, sin mezclar titulares, pasos o enseres de otras hermandades.  Cada usuario puede crearse una hermandad de penitencia. Como excepción, un usuario puede tener dos hermandades de penitencia si cumplen los siguientes requisitos: 1. Tener una antigüedad real en el foro de 6 meses o más. 2. Ser capaz de llevar dos hermandades a la vez y mantenerlas activas. 3. Contar con la aprobación de la administración del foro. 4. Un usuario tendrá que estar como mínimo dos Semana Santas con una Segunda Hermandad, en el caso de deshacerse de ella antes de ese tiempo, tendrá una penalización de dos Semana Santas sin tener dos Hermandades.  Las nuevas hermandades que se creen pasarán como mínimo un año virtual en Vísperas (Viernes de Dolores o Sábado de Pasión). Una vez pasado ese año virtual, la hermandad que quiera puede pedir el pase a nómina. Dicho pase será votado en Pleno de Hermanos Mayores por las hermandades que forman parte de la nómina. Las segundas hermandades podrán pasar directamente a nómina.  Cada hermandad comenzará sin titulares, pasos, enseres, etc. Que tendrán que ir comprando a medida que pase el tiempo. El presupuesto inicial será de 275.000 € y contará con 200 hermanos.
  • 2.  Cada hermandad debe de comprar todo lo necesario para el año virtual, es decir, ajuar para los titulares y/o imágenes secundarias (de camarín para la iglesia y de salida para la estación de penitencia). 1. Camarín: túnicas para el Señor (si lleva), mantos de camarín, sayas, tocados, etc para la Virgen. 2. Salida: túnica para el Señor (si lleva) potencias para el Señor (si las lleva), manto de salida, saya, tocado y corona o diadema, para la Virgen. Si se llevan imágenes secundarias, comprar lo necesario en ropajes.  Las hermandades deberán de reflejar todos los movimientos de ingresos y gastos en un tema exclusivo para cada una denominado “cuenta bancaria”.  Cada Semana Santa o año virtual, se le asignará a cada hermandad una subvención (consultar tabla de subvenciones). Así mismo, cada hermandad podrá pedir el aumento de hermanos correspondiente en función del número de actos y cultos realizados durante el año y la actividad de la hermandad, entre otros factores.  Las cuotas de hermano de cada hermandad tendrán un valor de 1 € a 30 €, siendo éste fijado por cada una, siempre dentro de los valores anteriormente citados.  Los cortejos de las procesiones extraordinarias estarán formadas por un máximo de 50 hermanos de cirio. Así mismo, se pueden cobrar papeletas de sitio con un precio de 10 € máximo.  Si una hermandad se encuentra en números rojos, tiene la obligación de dar parte al Obispado para su conocimiento y así poder intentar ayudar a la hermandad a revertir la situación, teniendo el plazo de una semana como máximo para volver a disponer de dinero. De lo contrario, la hermandad será catalogada como inactiva pasando a la papelera.  El préstamo bancario se concede, sólo y exclusivamente para la ayuda de esta situación, así como un método en el que se pueda vender el patrimonio si es necesario, en este último caso se deberá expresar una razón convincente y el precio por el que se compró, incluyendo también que dicho enser no podrá ser devuelto aunque se pague el precio por
  • 3. el que se ha vendido y que se deberá realizar de nuevo desde cero si se quiere volver a poseer. En la idea del préstamo bancario, tendría un interés del 10% por cada año que pase desde su concesión y deberá ser devuelto en un máximo de 3 años virtuales, es decir si pides un préstamo y no lo devuelves hasta el tercer año deberás abonar un 130% de la cuantía inicial.  Todas las hermandades tienen la obligación de bendecir a sus Titulares y realizar cultos anuales así como resumirlos en sus temas correspondientes para que cuenten como celebrados. También deberán comprar todo lo necesario para los mismos, como flores, velas, incienso…  Queda terminantemente prohibido invitar a todas las hermandades o bandas a algún acto por medio de sus temas, una por una, pues se considerará spam. El incumplimiento de esta norma conllevará a una multa económica para la hermandad o banda del usuario responsable.  Para la creación de nuevos templos (propios), la hermandad deberá de tener como mínimo cinco años de antigüedad (virtual) y una nómina de ochocientos hermanos.  Las hermandades deberán de presentar las cuentas anuales al Área de Economía y Hacienda para su aprobación al término de cada año. Normas de Semana Santa  Todas las hermandades deberán de dar a conocer su itinerario junto con los horarios correspondientes en el subforo de Toma de Horas, teniendo de plazo una semana antes del Viernes de Dolores.  Los horarios de Carrera Oficial serán propuestos por el Consejo de Hermandades, pudiendo votarse en Pleno de Hermanos Mayores la aceptación o modificación de dichos horarios, donde se acordará el horario reflejado por la mayoría de hermandades del pleno, siempre y cuando ninguna Hermandad no presente un motivo de peso y a tomar en cuenta, el cual se valorará no solo por los Hermanos Mayores de la jornada sino también con la aportación de todos los miembros del Consejo de Hermandades. Si una hermandad no cumple con los horarios será sancionada económicamente con 60.000 € y
  • 4. administrativamente por la Diócesis de Sevilla Virtual pasando a Vísperas durante dos años.  El orden de entrada en Carrera Oficial será de menos a más antigüedad en el día, siendo al contrario como única excepción la Madrugada. Dicho orden puede ser modificado por las hermandades del día en cuestión si hay aprobación por unanimidad de las mismas en el Pleno de Hermanos Mayores.  El tiempo de paso de cada hermandad en Carrera Oficial será puesto por el responsable de Toma de Horas en colaboración con el CECOP, en función del número de nazarenos, estilo de la hermandad y número de pasos. Así mismo, el tiempo de paso en el resto del itinerario podrá ser modificado por la hermandad, pudiendo intervenir el CECOP si éste estima que es excesivo o viceversa.  Cada hermandad deberá de realizar su salida procesional en el día que pida, creando un tema para el resumen.  El cortejo de cada hermandad estará formado por un máximo del 60 % del total de hermanos de la hermandad. Así mismo, el número máximo de nazarenos será de 2.500.  Cada hermandad podrá ingresar una cantidad de dinero en concepto de papeletas de sitio, que tendrán un precio fijo de 20 € los nazarenos que porten cirio, de 25 € los nazarenos que porten insignia y de 20 € los nazarenos portadores de cruces de penitencia (las hermandades que lleven). Es importante que cada hermandad compre los cirios justos de los nazarenos al contar las insignias como parte del cortejo.  Cada hermandad tiene la obligación de confirmar su salida (realice o no su estación de penitencia) y realizar el resumen correspondiente de la misma, para llevar un control exacto. Aquella que no lo confirme o no realice el resumen se le impondrá una multa de 20.000 €, la cual tendrá de plazo para pagar una semana, catalogándose de inactiva en caso de no hacerlo. Así mismo, el Hermano Mayor podrá recurrirla y la administración decidirá sobre tal si es una razón convincente.  Para la meteorología se utilizará el tiempo de Huelva.
  • 5.  En caso de lluvia, se habilita un protocolo general de actuación para las hermandades de obligado cumplimiento. Si una hermandad sale sabiendo que le va a llover en el recorrido, podrá ser sancionada en concepto de restauración de patrimonio.  Todas las hermandades deberán de comprar lo necesario para la estación de penitencia así como pagar a las bandas (si las lleva). En el caso de que una banda o hermandad desaparezca y se “rompa” el contrato que las unía, la parte perjudicada se cobrará 5.000 € en concepto de indemnización. Normas para Hermandades de Gloria  Las hermandades de gloria podrán ser creadas por cualquier usuario, tenga o no hermandad o banda.  Las hermandades de gloria realizarán sus cultos y la salida procesional en la Semana de Glorias, que será especificada en el calendario anual.  Cada hermandad comenzará sin titulares, pasos, enseres, etc. Que tendrán que ir comprando a medida que pase el tiempo. El presupuesto inicial será de 200.000 € y contará con 100 hermanos.  Cada hermandad debe de comprar todo lo necesario para el año virtual, es decir, ajuar para los titulares y/o imágenes secundarias (de camarín para la iglesia y de salida para la estación de penitencia). 3. Camarín: túnicas (si lleva), mantos de camarín, sayas, tocados, etc. 4. Salida: túnica (si lleva), manto de salida, saya, tocado y corona o diadema, para la Virgen. Si se llevan imágenes secundarias, comprar lo necesario en ropajes.  Las hermandades deberán de reflejar todos los movimientos de ingresos y gastos en un tema exclusivo para cada una denominado “cuenta bancaria”.
  • 6.  Cada Semana Santa o año virtual, se le asignará a cada hermandad una subvención (consultar tabla de subvenciones). Así mismo, cada hermandad podrá pedir el aumento de hermanos correspondiente en función del número de actos y cultos realizados durante el año y la actividad de la hermandad, entre otros factores.  Las cuotas de hermano de cada hermandad tendrán un valor de 1 € a 15 €, siendo éste fijado por cada una, siempre dentro de los valores anteriormente citados.  Todas las hermandades deberán de dar a conocer su itinerario junto con los horarios correspondientes en el subforo de Toma de Horas.  Cada hermandad deberá de realizar su salida procesional en el día que pida, creando un tema para el resumen.  El cortejo de cada hermandad estará formado por el 15 % y el 30 % del total de hermanos de la hermandad.  Cada hermandad podrá ingresar una cantidad de dinero en concepto de papeletas de sitio, que tendrán un precio fijo de 10 € los hermanos que porten cirio y de 15 € los hermanos que porten insignia. Es importante que cada hermandad compre los cirios justos de los hermanos al contar las insignias como parte del cortejo.  Cada hermandad tiene la obligación de confirmar su salida, realice o no su estación de penitencia, para llevar un control exacto. Aquella que no lo confirme se le impondrá una multa de 20.000 €, la cual tendrá de plazo para pagar una semana, catalogándose de inactiva en caso de no hacerlo. Así mismo, el Hermano Mayor podrá recurrirla y la administración decidirá sobre tal si es una razón convincente.  Para la meteorología se utilizará el tiempo de Huelva. En caso de lluvia, se habilita un protocolo general de actuación para las hermandades de obligado cumplimiento. Si una hermandad sale sabiendo que le va a llover en el recorrido, podrá ser sancionada en concepto de restauración de patrimonio.
  • 7.  Todas las hermandades deberán de comprar lo necesario para la salida procesional así como pagar a las bandas (si las lleva). Normas para Bandas  Las bandas podrán ser creadas por cualquier usuario que no tenga ninguna otra.  Cada banda comenzará con 60 músicos y 80.000 €. En caso de Capilla Musical o Coro comenzará con 3 o 4 músicos y 40 componentes respectivamente, y 50.000 €.  Cada banda deberá de realizar el tema correspondiente de información en el subforo asignado, aportando los datos reales de la misma, como repertorio, uniforme, etc.  El repertorio podrá ser modificado al gusto de cada director una vez sea publicado el repertorio real al crearse la banda.  El número máximo de componentes se regulará de la siguiente forma: 1. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: 130 máximo. 2. Bandas de Música: 90 máximo. 3. Coros: asignado por la administración. 4. Capillas Musicales: 4 máximo.  El número máximo de marchas por estilo musical se regulará de la siguiente forma: 5. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: 80 máximo (sin ordinario y propias del juego). 6. Bandas de Música: 160 máximo (sin ordinario y propias del juego). 7. Coros: asignado por la administración. 8. Capillas Musicales: 25 máximo (sin propias del juego).
  • 8.  Cada banda podrá montar las marchas que crean oportunas, basándose en la siguiente ley de regulación: 1. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: podrán montar aquellas marchas de forma gratuita que estén grabadas en disco en la realidad. 2. Cornetas y Tambores y Agrupaciones Musicales: si desean montar una marcha no grabada en disco en la realidad deberá pedir presupuesto en el taller de adaptaciones y marchas. En el caso de que la banda propietaria de esa marcha se encuentre creada en el juego tendrá que pedirle permiso. 3. Bandas de Música: podrán montar aquellas marchas de forma gratuita que estén grabadas en disco en la realidad. 4. Bandas de Música: si desean montar una marcha no grabada en disco en la realidad deberá pedir presupuesto en el taller de adaptaciones y marchas. En el caso de que sea una composición propia creada en el juego tendrá que pedirle permiso a la misma.  Si un usuario tiene una hermandad y banda, ésta podrá tocarle mientras se realice el contrato correspondiente con las cláusulas que estimen oportunas ambas partes (no se aceptará que toque gratis ni con un valor menor al resto). Así mismo, para que un contrato tenga validez se deberá de negociar en el subforo habilitado para ello y posteriormente publicarlo en el tema de contratos oficiales de cada banda.  Queda terminantemente prohibido ofrecerse a las hermandades por el tema de cada una o en privado, teniendo que ser la hermandad en cuestión la interesada en contratar a la banda que estime oportuno. Así mismo, también queda prohibido negociar cualquier contrato por privado, ChatBox, WhatsApp u otra vía de contacto que no sea el tema habilitado para la negociación. La banda o hermandad que incumpla alguna de estas normas será sancionada económica y administrativamente.  Nota de aclaración: aunque en la realidad una banda pertenezca a una hermandad, en el juego no es así, excepto si ambos usuarios llegan a ese acuerdo. Ejemplo: Hermandad de la Esperanza de Triana y Banda. Hermandad de la Redención y Agrupación. Si no se llega a ese acuerdo, no forman parte de la hermandad y viceversa. Así mismo, dicho acuerdo debe de estar presente en el tema de ambas.
  • 9.  Si una banda o hermandad se cataloga como inactiva, la parte perjudicada por la desaparición se podrá cobrar 5.000 € en concepto de daños y perjuicios.  Para realizar un disco, la banda tiene que tener al menos una Semana Santa de antigüedad y 150 puntos. El costo se fija en la tienda de instrumentos. Además, el número máximo de marchas que se podrán incluir en el mismo serán de 12 en CC y TT y AM; 14 en BM.  El máximo de años de contrato para todas las bandas son de 4 años, excepto para hermandades de vísperas que será de 1 año. Todos los contratos deberán ser remunerados. El precio fijado para cada año será impuesto por cada banda, regulado entre los siguientes precios: 1. Cornetas y Tambores: entre 400 € y 600 €/hora. 2. Agrupaciones Musicales: entre 400 € y 600 €/hora. 3. Bandas de Música: entre 400 € y 800€/hora. 4. Coros y Capillas Musicales: entre 200 € y 400 €/hora.  Para que se cumplan los anteriores baremos, el Consejo de Bandas velará por el buen funcionamiento de los mismos, revisando cada contrato que se firme. En caso de incumplimiento, la banda será sancionada con una multa económica de 6.000 € y pérdida de 20 músicos y 100 puntos, llegando incluso a poder desaparecer si hay reincidencia. El desconocimiento de dichos baremos no exime de su cumplimiento.  Las bandas con el tope de componentes, cuatro años de antigüedad y 400 puntos podrán (NO es obligatorio) crear una escuela de música. De esa escuela saldrá una nueva banda con componentes de entre 10 y 17 años de edad y podrán ofrecer conciertos, además de tocar en ocasiones extraordinarias como por ejemplo una Procesión Magna. La banda que lo haga deberá de sufragar una serie de gastos al año en concepto de profesores, mantenimiento, alquiler de lugar para dar clases, etc. Normas para Efemérides  Se podrán pedir todos los reconocimientos que se desee (medalla o coronación) al mismo tiempo por distintos usuarios, en un máximo de dos medallas y una coronación, en un periodo de dos años virtuales, siendo la celeridad en cuanto a conseguir determinados puntos necesarios así como el propio Ayuntamiento o Diócesis los que decidan la fecha de aprobación y realización de dichos actos.
  • 10.  Las adhesiones necesarias solo serán uno de los factores necesarios para estos reconocimientos, no siendo determinantes y solo uno más den entre todos los demás. En ese caso, se necesitarán un 70 % de apoyos para medallas y un 80 % para coronaciones. Para ello se contarán adhesiones de hermandades de vísperas, nómina, glorias, bandas y tres organismos máximo. En el caso de que una hermandad o banda desaparezca, la adhesión dejará de tener validez.  Se deberán tener en cuenta los proyectos realizados con anterioridad a la petición de cualquier reconocimiento, no siendo tenidos en cuenta los llamados "proyectos de efeméride" los cuales solo son puestos en marcha una vez se tiene la idea de que se acepte el reconocimiento elegido.  Se tendrá en cuenta el número de hermanos de la Hermandad (puesto que es un gran indicador sobre el fervor que esta despierta) siendo uno de los puntos más importantes para la concesión de tal reconocimiento.  Puesto que es un reconocimiento a la labor del Hermano Mayor en cuando a la administración de su Hermandad, deberá pasar un "examen" desde una comisión elegida por la Administración y moderación que valore el patrimonio existente en la corporación.  Se observará si es una Hermandad con protagonismo en su zona, siendo necesario la observación de las demás Hermandades del barrio/zona de la ciudad así como de las que comparten jornada en la Semana Santa.  Se podrá poner en práctica una Cuota Extraordinaria para afrontar los gastos, siendo una cuantía que la misma Hermandad crea oportuno y pagados por un porcentaje de los hermanos siendo inversamente proporcional a la cuantía, es decir, a mayor cuantía menor número de Hermanos la pagarán (dicho porcentaje lo pondrá la moderación una vez sea aceptado el reconocimiento y la Hermandad comunique cual es la cuantía en la que han pensado).  Medalla de la Ciudad: podrá pedirla un usuario con más de seis meses de antigüedad en el foro o cuya hermandad tenga como mínimo dos Semanas Santas virtuales de antigüedad. Podrá otorgarse a una Imagen o Corporación al completo y deberán prevalecer los actos que involucren a la población de la ciudad para que esta distinción sea otorgada.
  • 11.  Coronación Canónica: podrá pedirla un usuario con más de año y medio de antigüedad en el foro o cuya hermandad tenga como mínimo cuatro Semanas Santas virtuales de antigüedad. Deberán prevalecer los actos de carácter religioso o de fervor popular para tal reconocimiento.  Patronazgo: podrá pedirse el reconocimiento al patronazgo de barrios, gremios o similares, siendo un reconocimiento de menor nivel que las dos anteriores y por tanto deberán requerir un menor tamaño de las condiciones que los anteriores tienen en común. Deberá tenerse en cuenta el arraigo de la imagen con la que se pide el patronazgo en cuanto a la zona o sector con la que se quiere relacionar. No tiene por qué realizar una salida procesional expresa para la concesión de un patronazgo, podría serlo cualquier imagen (Titular) de una Hermandad que realice su salida habitual, ya sea en Glorias o en Semana Santa. Además, no entran en este tipo de reconocimiento los patronazgos de la Ciudad, el cual se regirá por el criterio de los órganos de gobierno concernientes. Normas de uso general  No se podrán utilizar fotos de páginas web sin el consentimiento del autor. Así mismo, aquellas fotos que no sean propiedad del usuario, éste deberá de mencionar la procedencia de la misma. El foro no se hace responsable de la vulneración de los derechos de propiedad intelectual que puedan producirse con ocasión de la reproducción de fotos en los mensajes, toda vez que se recomienda se guarden estrictamente estos derechos.  Se ruega encarecidamente, además de ser una obligación en este foro, que en cualquier mensaje que se publique, se utilice un lenguaje desde el respeto y la tolerancia y se utilicen las normas generales de ortografía y acentuación para mejor entendimiento entre nosotros, recuerden que esto no es un móvil.  No se permite la publicación (en ningún lugar del Foro) de insignias, anagramas, banderas, escudos, y cualquier clase de signo que sea ilegal y/o anticonstitucional, difamatorio, racista, sexista, xenófobo, discriminatorio, pornográfico, violentos o que, de cualquier modo contrarien la moral, el orden público o las buenas costumbres, o resulten claramente ilícitos, ilegales y/o la buena marcha del foro. Tampoco se permite publicar nombres y apellidos de foreros sin contar con el consentimiento de los mismos o plagiar la identidad de cualquier usuario siendo consecuencia el baneo inmediato del foro, estando también obligados a colaborar con las autoridades policiales y judiciales competentes si detectase una suplantación de identidad que pudiera implicar la comisión de un delito, en particular, del tipificado en el artículo 401 del Código Penal vigente.  Queda terminantemente prohibido alojar, almacenar, divulgar, publicar, distribuir o facilitar publicidad no solicitada o no autorizada, ofrecimientos ilícitos, materiales promocionales, "correo basura", "spam", "cartas encadenadas", o comunicaciones similares.  Este foro se encuentra registrado legalmente en el Registro de la Propiedad Intelectual, por lo que cualquier copia del mismo será denunciada ante los servicios jurídicos correspondientes.
  • 12.  Aquel usuario que incumpla cualquiera de estas normas será baneado de inmediato.  Los administradores tienen la potestad para banear a cualquier usuario que no cumpla ninguna de las normas anteriormente citadas.  La administración se reserva el derecho de admisión. EL DESCONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO. LA ADMINISTRACIÓN.