1. Alumna:
Barrón Delgado Lizbeth Viridiana.
ID:
00000228428.
Actividad #5:
NOM-019-STPS y NOM-017-STPST.
Fecha:
28 de septiembre del 2022.
Materia:
Seguridad y Salud Ocupacional.
Maestro:
Jaciel Alfonso Cota Cerrito.
3. Establecer los
requerimientos para la
constitución, integración,
organización y
funcionamiento de
las comisiones de
seguridad e higiene en los
centros de trabajo.
1U, S2, Clase 1: sincrónica
NOM-019-STPS
4. La presente Norma rige en el
territorio nacional y aplica en todos
los centros de trabajo.
5. Es un organismo bipartito conformado
por igual número de representantes de
los trabajadores y del patrón, que tiene
por objeto investigar las causas de los
accidentes y enfermedades, proponer
medidas para prevenirlos y vigilar que
se cumplan.
6. Si en el centro de trabajo cuenta con menos de 15
trabajadores, la comisión deberá integrarse por:
1. Un trabajador.
2. El patrón o su representante.
Si el centro de trabajo cuenta con más de 15 trabajadores,
la comisión se conformará:
1. Un coordinador.
2. Un secretario.
3. Los vocales.
7. NOM-019-STPS
Identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos
inseguros en el centro de trabajo.
Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, de
acuerdo a los elementos que les proporcione el patrón y otros que
estimen necesarios.
Proponer al patrón medidas para prevenirlos accidentes y enfermedades
de trabajo, basadas en la normatividad en la materia.
Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la
comisión para prevenir los riesgos de trabajo.
8. NOM-019-STPS
La NOM-019-STPS-2011 se enfoca en la integración de las
Comisiones de Seguridad e Higiene, con la intención de:
Crear oportunidades de mejora en la
organización.
Prevenir accidentes y enfermedades que
pudieran desencadenarse durante el
desempeño de las actividades laborales.
10. 1U, S2, Clase 1: sincrónica
NOM-017-STPS
Establecer los requisitos mínimos para
que el patrón seleccione, adquiera y
proporcione a sus
trabajadores, el equipo de protección
personal correspondiente para
protegerlos de los agentes del medio
ambiente de trabajo que puedan
dañar su integridad física y su salud.
11. Esta Norma aplica en todos los centros de trabajo del
territorio nacional en que se requiera el uso de equipo de
protección personal para proteger a los trabajadores
contra los riesgos derivados de las actividades que
desarrollen.
12. NOM-017-STPS
Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las
siguientes normas oficiales mexicanas o las que las sustituyan.
NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene-Identificación de riesgos por
fluidos conducidos en tuberías.
NOM-113-STPS-1994, Calzado de protección.
NOM-115-STPS-1994, Cascos de protección-Especificaciones, métodos de prueba y
clasificación.
NOM-116-STPS-1994, Seguridad-Respiradores purificadores de aire contra partículas nocivas.
NOM-087-ECOL-SSA-2002, Residuos biológico infecciosos-Clasificación y especificaciones de
manejo.
NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de
identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.
13. AUTORIDAD DE TRABAJO.
Conceptos.
Las unidades administrativas competentes de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realicen
funciones de inspección en materia de seguridad e
higiene en el trabajo y las correspondientes de las
entidades federativas y del Distrito Federal, que
actúen en auxilio de aquéllas.
14. Equipo de protección personal (EPP):
Conjunto de elementos y dispositivos, diseñados específicamente
para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que
pudieran ser causados por agentes o factores generados con
motivo de sus actividades de trabajo y de la atención de
emergencias.
Concepto.
15. Disposición final:
Son las medidas que se le aplican al equipo de protección
personal deteriorado, de tal manera que sea una garantía de que
ya no se volverá a utilizar como protección para el trabajador.
Se refiere al destino final que se le da al quipo de protección
personal una vez que ya no es útil.
Concepto.
16. DEL PATRON:
Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los
documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos
los trabajadores por cada puesto de trabajo y área del centro laboral.
Determinar el equipo de protección personal que deben utilizar los
trabajadores en función de los riesgos de trabajo a los que puedan
estar expuestos por las actividades que desarrollan o por las áreas en
donde se encuentran.
17. DEL PATRON:
Proporcionar a los trabajadores equipo de protección personal que
cumpla con las condiciones establecidas, así como brindarles la
capacitación necesaria para su correcto uso.
Supervisar que, durante la jornada de trabajo, los trabajadores
utilicen el equipo de protección personal proporcionado, con base a
la capacitación y adiestramiento proporcionados previamente.
Comunicar a los trabajadores y contratistas los riesgos de trabajo a
los que están expuestos, por puesto de trabajo o área del centro
laboral, con base a la identificación y análisis de riesgos a los que se
refiere el apartado, así como las reglas de seguridad.
18. DEL TRABAJADOR QUE USEN EL EQUIPO DE PROTECCIÓN:
Participar en la capacitación y adiestramiento que el patrón proporcione
para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento,
resguardo y disposición final del equipo de protección personal.
Utilizar el equipo de protección personal proporcionado por el patrón de
acuerdo a la capacitación que recibieron para tal efecto. .
Revisar antes de iniciar, durante y al finalizar su turno de trabajo, las
condiciones del equipo de protección personal que utiliza.
Informar al patrón cuando las condiciones del equipo de protección
personal ya no lo proteja, a fin de que se le proporcione mantenimiento,
o se lo reemplace.
19. Referencias bibliográficas:
NORMA Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de
las comisiones de seguridad e higiene. (2011, 13 abril). SEGOB. Recuperado 29 de septiembre de 2022, de
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5185903&fecha=13/04/2011#gsc.tab=0
Sánchez, M. P. (2022, 3 marzo). Comisión de Seguridad e Higiene: ¿cuál es su función? Stratego Firma.
Recuperado 1 de octubre de 2022, de https://strategofirma.com/comision-de-seguridad-e-higiene-cual-es-su-
funcion/#:%7E:text=La%20NOM%2D019%2DSTPS%2D,desempe%C3%B1o%20de%20las%20actividades
%20laborales.+
¿Conoces la NOM-017-STPS-2008? (2020b, marzo 3). Impermexa. Recuperado 1 de octubre de 2022, de
https://www.impermexa.com/2020/03/03/conoces-la-nom-017-stps-
2008/#:%7E:text=La%20Norma%20Oficial%20Mexicana%20017,en%20cualquier%20lugar%20de%20trabaj
o.
NORMA Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en
los centros de trabajo. (2008, 9 diciembre). SEGOB.
https://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/normatividad/normas/nom-017.pdf
Guía Informativa de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración,
organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene. (2011, 11 octubre). STPS.
file:///C:/Users/52622/Downloads/Guia%20NOM-019-STPS.pdf
NOM-017-STPS-2008. (2009, 30 septiembre). STPS. file:///C:/Users/52622/Downloads/Guia%20NOM-017-
STPS%20(1).pdf