1. HISTORIA Y MARCO LEGAL DE
LA SALUD OCUPACIONAL
HOY LLAMADA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
UNIDAD 1
2. HISTORIA Y MARCO LEGAL DE LA
SALUD OCUPACIONAL
Periodo Académico Dubys Rueda
3. INTRODUCCION
• Los hechos que ponen en riesgo la vida o la
salud del hombre han existido desde
siempre. En consecuencia, también desde
siempre, el hombre ha tenido la necesidad
de protegerse. Pero cuando estos hechos o
condiciones de riesgo se circunscriben al
trabajo, históricamente, el tema de la
producción ha recibido mayor importancia
que el de la seguridad, ya que es sólo
recientemente que el hombre, como
persona natural y como persona jurídica,
ha tomado conciencia de la importancia
que reviste la salud ocupacional y la
seguridad en el trabajo.
4. PREHISTORIA
Cuando el hombre empezó a caminar
sobre sus dos extremidades y evoluciona
de la conciencia animal al Homosapiens.
Elabora los primeros instrumentos de
trabajo en piedra.
Herramientas para recolección.
Armas para defenderse de los
animales.
Luego el hombre descubre el fuego,
paso de la etapa recolectora a la de
agricultura y ganadería.
5. EDAD ANTIGUA
Se destaca la minería en:
Grecia, Mesopotamia y
Egipto; grandes yacimientos
de Oro, plata y plomo, pero
sin embargo no se
implementaron medidas de
seguridad, ya que los que
ejecutaban estas tareas eran
presidiarios y esclavos.
6. Se adquiría abundante mano
de obra para reemplazar a
los que fallecían o quedaban
incapacitados a
consecuencia de los
accidentes de trabajo o
Enfermedades Laborales.
EDAD ANTIGUA
7. En Egipto 4000 a. de J.C. se encuentra una consideración especial
para los guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas.
Las leyes de protección de accidentes, eran dadas por el Faraón.
EDAD ANTIGUA
8. EDAD ANTIGUA
En Mesopotamia 2000 a de J.C., Los aspectos de seguridad social,
eran impartidos por el rey Hammurabi, y se llamó CODIGO
HAMMURABI.
Dicho código unifica las leyes de los pueblos y fue
grabado en piedra para que todos los ciudadanos
conocieran de sus derechos y deberes.
9. EDAD ANTIGUA
En Grecia se estableció una sociedad económica, social esclavista y por
esto aparecieron los siguientes personajes que aportaron grandes logros
:
HIPOCRATES- PADRE DE LA MEDICINA TRADICIONAL en el siglo IV
a.c descubre la intoxicación por plomo. escribió un tratado sobre las
enfermedades de los mineros, a quienes recomendaba tomar baños
higiénicos para evitar la saturación de plomo .
10. EDAD ANTIGUA
Plinio el viejo (23 a 76 d.c.)
Describe la historia natural de las enfermedades producidas por el zinc,
cinabrio y mercurio. describir las ‘enfermedades de los esclavos’. Hizo
referencia a los peligros del manejo del azufre y el zinc y enunció varias
normas preventivas para los trabajadores de minas de plomo y
mercurio. Por ejemplo, recomendó a los mineros, el uso de respiradores
fabricados con la vejiga de animales como el buey.
11. EDAD ANTIGUA
GALENO Y CELSO
Escritos sobre enfermedades de origen ocupacional. Aportan
mejoras en la salud pública para el control de plagas en las
ciudades.
12. EDAD ANTIGUA
MINERALOGIA
Se descubrió el cáncer de escroto
Por la exposición a vapores de hollín.
Necrosis fosfórica por contacto
con el fosforo en las fosforeras.
13. EDAD MEDIA
Desde (476 .A .C hasta 1453)
fecha en que Constantinopla es invadido por
los Turcos. Es en esta época donde se
forman los estados y recae sobre éste la
responsabilidad de proteger al ciudadano.
Nace después la salud pública.
15. REVOLUCION INDUSTRIAL
Desde 1453 hasta 1914
Desarrollo del comercio, capitalismo, la
declaración de los derechos del hombre y del
ciudadano aprobada en Francia en 1789.
16. REVOLUCION INDUSTRIAL
Se perfeccionan los procesos tecnológicos,
apareciendo nuevos factores contaminantes
que afectan la salud de los trabajadores.
(Accidentes, Enfermedades)
17. REVOLUCION INDUSTRIAL
donde nace la Salud
adelantos en Seguridad
Es en Inglaterra
Ocupacional, con
Industrial.
Se fomentaron las visitas por parte de los
inspectores a los centros de trabajo.
18. REVOLUCION INDUSTRIAL
Los empresarios, fabricantes, importadores
y suministradores de maquinaria, equipos,
productos y útiles de trabajo, se ven
obligados a cumplir con la normativa de
Prevención de Riesgos Laborales.
19. REVOLUCION INDUSTRIAL
Desplazamiento de la mano de obra, por la
llegada de máquinas; sin existir procesos de
inducción para operar las mismas. Las medidas
de seguridad Industrial eran muy escazas.
La estructura de las familias se destruye cuando
los hombres son trasladados a factorías ubicadas
en las ciudades.
Lo anterior estimuló el desarrollo del
alcoholismo y la prostitución.
20. REVOLUCION INDUSTRIAL
La llegada de la maquina
de hilandería “Jenny”,
generó un caos por el
desplazamiento de gran
cantidad de trabajadores.
Los obreros se revelan y en
Chicago se desencadena
una masacre, que en
nuestros días es recordada
con la celebración del “Día
del Trabajador” 1 de Mayo.
21. Padre de la Salud Ocupacional Bernardino Ramazzini
Fue profesor en la Universidad de Padua y
enseñaba al igual que Hipócrates a relacionar
el trabajo con la salud Realizó análisis
sistemáticos de más de 54 profesiones. Sus
estudios los publicó en 1700 en el libro De
morbis artificum diatriba.
Ramazzini sentó un precedente muy
importante en materia de salud ocupacional,
pero con la naciente industria del siglo XVIII, el
interés de los científicos se centró en los
aspectos técnicos del trabajo primero y en la
seguridad después, de manera que la salud
ocupacional pasaría por un periodo de latencia
hasta finales del siglo XIX
23. “El sistema de gobierno mas
perfecto es aquel que produce mayor
suma de Felicidad posible, mayor
suma de Seguridad Social y mayor
suma de Estabilidad política”.
LIBERTADOR SIMON BOLIVAR
24. • “El medio por el cual el hombre sustenta
la vida es, a menudo, una ocupación que
la pone en peligro”
Bernardino Ramazzini
25. • Conocer la historia de la salud
ocupacional en Colombia permite
entender la evolución de la legislación
sobre el tema y de las instituciones
creadas para la protección de la salud de
los trabajadores. Pero quizás la mayor
importancia estriba en que el conocer su
historia podría servir para no repetir los
errores del pasado.
SALUD OCUPACIONAL
EN COLOMBIA
26. Fue quien hablo en Colombia de seguridad
en el trabajo
Durante una conferencia dictada en Bogotá
en el año 1904.
En 1910 propuso que se indemnizaran los
trabajadores por accidentes laborales.
trabajadores en caso de incapacidad o
muerte y asumir los gastos funerarios.
RAFAEL URIBE URIBE
27. Propuso un proyecto de ley sobre Accidentes de Trabajo el
cual fue aprobado en el Congreso y vino a ser la ley 57 de 1915
“ley Uribe”.
En 1915 fue aprobada la obligación de que toda empresa
pagaría indemnización a sus trabajadores.
RAFAEL URIBE URIBE
28. Ley 46 de 1918
Normativizar la salud continua
Higiene y salubridad publica para la clase
proletaria (habitaciones higiénicas)
Esta ley dictaminaba medidas de Higiene y
Sanidad para empleados y empleadores
29. Ley 37 de 1921
Seguro Colectivo Obligatorio
establecía un seguro de vida colectivo
para empleados
30. donde se reglamentaba la enfermedad
profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y
contratación laboral.
Se creo la oficina de medicina laboral
reconocimiento de los accidentes de trabajo y
de las enfermedades profesionales.
Ley 10 de 1934
31. Se establece la legislación laboral y se habla
de los riesgos del trabajo
1935
32. Mediante la ley 53 de 1938 se otorgó el derecho de protección a
la mujer embarazada y sus ocho semanas de licencia
remuneradas.
Esta licencia tendrá una duración normal de diecisiete (17)
semanas contadas desde la fecha del parto, o de dieciséis (16)
o dieciocho (18) semanas por decisión médica,
126 días calendario. Se modificó por medio de la Ley 2114
de julio de 2021.
1938
33. Licencia de Maternidad
• el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad lo hace la EPS, y
la EPS liquidará la licencia de maternidad de acuerdo al ingreso sobre el
que se hicieron las cotizaciones.
• Por ejemplo, si la empleada tiene un salario de $3.000.000 pero la
empresa cotizó sobre un ingreso de $2.000.000, la EPS liquida la
licencia de maternidad sobre $2.000.000.
• En estos casos surge un problema para el empleador, pues es este quien
debe pagar la licencia de maternidad a la trabajadora, y la empresa
luego repite contra la EPS.
• En consecuencia, como el artículo 236 del código sustantivo del trabajo
dice que la licencia es «remunerada con el salario que devengue al
momento de iniciar su licencia.», el empleador estaría obligado a
pagarle la licencia sobre los $3.000.000, puesto que ese es su salario.
• Luego, cuando el empleador repita contra la EPS, esta solo le reconoce
la licencia con base a $2.000.000, de manera que el empleador tendrá
que asumir esa diferencia.
34. Licencia de maternidad cuando se
tiene un salario variable.
• Cuando el trabajador tiene un salario variable es preciso determinar el
promedio devengado durante el último año, según lo dispone de forma
expresa el numeral 2 del artículo 236 del código sustantivo del trabajo:
• «Si se tratare de un salario que no sea fijo como en el caso del trabajo
a destajo o por tarea, se tomará en cuenta el salario promedio
devengado por la trabajadora en el último año de servicio, o en todo el
tiempo si fuere menor.»
• Base para el pago la licencia de maternidad en trabajadores
independientes.
• En el caso de las trabajadoras que cotizan como independientes, la base
para liquidar y pagar la licencia de maternidad es el ingreso sobre el
cual realizaron las respectivas cotizaciones.
• En estos casos no existe un salario, por lo tanto, la base será
únicamente el valor sobre el cual hicieron los respectivos aportes.
35. Ley 96 de 1938
Se crean los ministerios de trabajo,
higiene y prevención social, creación de
la entidad hoy conocida como Ministerio
de la Protección Social
36. Ley 44 de 1939
Seguro obligatorio e indemnizaciones para
accidentes de trabajo
37. Decreto 2350 de 1944
Convenciones de trabajo, asociaciones
profesionales, promulgaba los fundamentos del
Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de
proteger a los trabajadores en su trabajo
38. En Colombia se estableció la legislación sobre
salud ocupacional y en la cual figura la
primera ley sobre Normas de Salud
Ocupacional (Ley 6 de 1945) (Ley General del
Trabajo)
1945
39. Ley 90 de 1946 creadora de los Seguros Sociales, con el objetivo de prestar
servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos mediante
el Acto Legislativo No.77.
En 1946 se funda la Sociedad Colombiana
de Medicina del Trabajo
1946
40. Evolución
• Los temas relacionados con la salud ocupacional en Colombia han
tomado especial relevancia en los sectores industriales, sociales,
culturales, económicos y legales, especialmente en los últimos 30 años.
• Este progreso es paralelo al desarrollo a nivel 4 global de una mayor
conciencia sobre la obligación de los estados en la protección de los
trabajadores como garantía de progreso de la sociedad y sobre el rol
desempeñado por los trabajadores en el logro de los objetivos y metas
de las empresas.
• Así, el estado colombiano ha venido actualizando su legislación
siguiendo modelos europeos, particularmente el alemán y el británico, y
especialmente a partir de conceptos modernos de concepción del riesgo
ocupacional y los elementos fundamentales de prevención y control. La
Ley 9 de 1979 fue la primera aproximación real del gobierno a la
protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que
señala que “la salud de los trabajadores es una condición indispensable
para el desarrollo socioeconómico del país; su preservación y
conservación son actividades de interés social y sanitario en la que
participarán el gobierno y los particulares”
41. • Con relación a las normativas, las regulaciones en salud ocupacional en
Colombia se pueden agrupar en tres categorías principales :
• a) regulaciones sobre la protección y conservación de la salud de los
trabajadores;
• b) regulaciones de ambientes de trabajo; y
• c) regulaciones de creación de entes de control y regulación
Evolución
45. Del latín, lex, legis es una declaración de la
voluntad soberana.
“Norma dictada por una autoridad publica que a
todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual
todos deben obediencia” (Quintero, 1967)
Citado por (Bautista, 2010)
LEY
46. Leyes Orgánicas (regula una materia muy específica).
Leyes estatutarias (es la primera ley de su clase para un derecho social,normas expedidas
sobre empleo, educación, salud)
Leyes marco(regulan actividades específicas, es decir, que definen los objetivos y principios
sobre los cuales se desarrollan actividades tales como las políticas de crédito público,
comercio exterior)
Leyes de facultades(Son las leyes que expide el Congreso para otorgar al presidente
de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley cuando la necesidad lo
exija o la conveniencia pública lo haga aconsejable)
Leyes de convocatoria a Asamblea nacional constituyente y de la convocatoria a referendo
Leyes aprobatorias(Artículo 150 numeral 14: Corresponde al Congreso mediante ley
"aprobar o improbar los contratos o convenios que, por razones de evidente
necesidad nacional, hubiere celebrado el Presidente de la República, con
particulares, compañías o entidades públicas, sin autorización previa“)
Leyes ordinarias(son las leyes con tramitación sencilla y que para su aprobación no requiere
el total de los asistentes de la corporación o comisión en la que se tramite (código civil)
TIPOS DE LEYES
47. LEYES ORGANICAS
preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas y
ley de apropiaciones (deberá contener la totalidad de los
gastos que el Estado pretenda realizar durante la vigencia fiscal
respectiva. ... La restricción al monto de las apropiaciones, no
se aplicará a las necesarias para atender gastos decretados con
las facultades de los Estados de Excepción.)
plan general de desarrollo. (es una herramienta de gestión que
promueve el desarrollo social en un determinado territorio. De
esta manera, sienta las bases para atender las necesidades
insatisfechas de la población y para mejorar la calidad de vida
de todos los ciudadanos.)
Normas relativas a la asignación de competencias normativas a
las entidades territoriales.
Reglamentos del Congreso y de cada una de las cámaras
48. LEYES ESTATUTARIAS
Derechos y deberes fundamentales y
mecanismos para su protección.
Administración de Justicia
Organización y régimen de los partidos políticos,
estatuto de la oposición y funciones electorales.
Instituciones y mecanismos de participación
ciudadana
Estados de excepción.(guerra exterior, conmoción
interna y estado de emergencia)
49. LEYES MARCO
Consisten en regulaciones generales, no
detalladas
crédito público;
comercio exterior y régimen de cambio
internacional;
actividad financiera, bursátil y aseguradora;
régimen salarial y de prestaciones sociales de
los servidores públicos.
50. LA SALUD OCUPACIONAL EN LA
CONSTITUCION POLITICA
Artículo 25. El trabajo es un derecho y una
obligación social y goza, en todas sus
modalidades, de la especial protección del
Estado. Toda persona tiene derecho a un
trabajo en condiciones dignas y justas.
51. LA SALUD OCUPACIONAL EN
LA CONSTITUCION POLITICA
Art 48
La Seguridad Social es un servicio público de
carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección,
coordinación y control del Estado(…).
Se garantiza a todos los habitantes el derecho
irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la
participación de los particulares, ampliará
progresivamente la cobertura de la Seguridad Social
que comprenderá la prestación de los servicios en la
forma que determine la ley.
La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades
públicas o privadas, de conformidad con la ley.
52. LA SALUD OCUPACIONAL EN
LA CONSTITUCION POLITICA
Art 49: La atención de la salud y el saneamiento ambiental son
servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las
personas el acceso a los servicios de promoción, protección y
recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar,
dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a
los habitantes (…) . También, establecer las políticas para la
prestación de servicios de salud por entidades privadas, y
ejercer su vigilancia y control. (…) . Los servicios de salud se
organizarán en forma descentralizada, por niveles de
atención y con participación de la comunidad. La ley señalará
los términos en los cuales la atención básica para todos los
habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el
deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su
comunidad.
54. Se expide el código sustantivo del Trabajo, mediante el Decreto Ley
2663 del 5 de agosto de 1950 con el cual se establecieron múltiples
normas relativas a la salud ocupacional como:
La jornada laboral.
El descanso obligatorio.
Las prestaciones sociales , entre otras.
1950
55. Art. 199 y 200 _ primera definición de accidente de trabajo y
enfermedad profesional.
Art. 201, 209 y 222 – Primera tabla de enfermedades profesionales.
CODIGO SUSTANTIVO
DEL TRABAJO
56. Art. 269- Primeras pensiones a trabajadores
de cable, radio y otros similares.
Art. 349- Reglamento de higiene y seguridad
industrial, aprobado por Min. De Trabajo
para empresas (mayor a 10 trabajadores).
CODIGO SUSTANTIVO
DEL TRABAJO
57. Decreto 3170, Aprueba el reglamento del Seguro Social
Obligatorio para Accidente de Trabajo y Enfermedades
Profesionales.
1964
58. La protección para Accidentes de Trabajo
y Enfermedades Profesionales de los
servidores del Sector público se empezó a
manejar a través de la caja de previsión
Nacional.
1968
59. “El compromiso por la salud de
los trabajadores debe ir más
allá de las leyes, debe estar
enmarcado por una filosofía
como una forma de vida”
60. Las Leyes en Salud
Ocupacional
solo señalan el mínimo ético
necesario para humanizar el
trabajo