1. EL PLAGIO
NOMBRES: Sara Valentina González Rojas
Lina Vanessa Pinzón Contreras
PROFESOR: Didier Acosta
ESCUELA NORMAL SUPERIOR “LEONOR ALVAREZ PINZON”
2. ¿QUE ES EL PLAGIO?
El plagio es usar el trabajo, las ideas, o las palabras de otra
persona como si fueran propias, sin acreditar de manera
explícita de donde proviene la información.
La información ajena es propiedad de otra persona (como lo
es un coche o cualquier otra cosa que poseemos),
independientemente de que sea gratis o no, o de la forma en
que hayamos accedido a ella. Nuestras palabras nos
pertenecen y no pueden utilizarse sin nuestro permiso.
El cual se considera inmoral debido al robo de ideas
contextualizadas que se utilizan como propias.
3. Tipos de plagio:
Copiar las palabras de un texto y entregarlas en un trabajo como si fueran tuyas.
Contratar a otra persona o a una página web para que escriba tu trabajo.
Cuando haces referencia a un autor pero usas su texto palabra por palabra sin poner el
texto entre comillas.
Cuando parafraseas a un autor pero no lo acreditas.
Cuando utilizas y entregas un trabajo de investigación en varias materias. En este caso te
estás plagiando a ti mismo.
Estos tipos de plagio nos muestra de que manera nosotros podemos estar aplicando este delito, en
la actualidad se le esta tomando mucho mas importancia a este tema por lo que es necesario estar
en contexto acerca de lo que es y lo que abarca.
4. LEYES QUE RIGUEN EL PLAGIO
1. Ley 1032 de 2006: Por medio de esta Ley, en su artículo 2, se modificó el artículo 271 del Código
Penal, quedando así:
“Artículo 271: Violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos. Incurrirá en
prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1.000)
salarios mínimos legales mensuales vigentes quien, salvo las excepciones previstas en la ley, sin
autorización previa y ex-presa del titular de los derechos correspondientes.
5. 2. Artículo 272: “Violación a los mecanismos de
protección de derecho de autor y derechos
conexos, y otras defraudaciones. Incurrirá en
prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de
veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1.000)
salarios mínimos lega-les mensuales vigentes.
3. Artículo 9º.- La protección que esta Ley otorga
al autor, tiene como título originario la creación
intelectual, sin que se requiera registro alguno. Las
formalidades que en ella se establecen son para la
mayor seguridad jurídica de los titulares de los
derechos que se protegen.
6. En el link que se dará continuación se
muestra todos los tipos de leyes y
artículos que rigen este delito en
Colombia.
4.Artículo 33º.- Pueden ser reconocidas cualquier título, fotografía ilustración y comentario
relativo a acontecimiento de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la
televisión, si ello no hubiere sido expresamente prohibido.
5.Artículo 85º.- Las cartas de personas que han muerto no podrán publicarse dentro de los ochenta
años siguientes a su fallecimiento sin el permiso expreso del cónyuge supérstite y de los hijos o
descendientes de éste, o en su defecto, del padre o de la madre del autor de la correspondencia.
Faltando el cónyuge, los hijos, el padre, la madre o los descendientes de los hijos, la publicación de
las cartas será libre.
Cuando sean varias las personas cuyo consentimiento y es necesario para la publicación de las cartas y
misivas y haya desacuerdo entre ellas, resolverá la autoridad competente.
7. CONSECUENCIAS
Primero se hacen alusión a la paternidad, la
integridad, la ineditud y el retracto sobre la
obra.Vulnerar cualquiera de estos, sostuvo, puede
generar multas de 26,6 a 300 Smlv y cárcel de 2 a 5
años.
En segundo lugar están los patrimoniales, estos
tienen que ver con la facultad que tiene el titular de
una obra para permitir a terceros su utilización o
reproducción, como es el caso de las transmisiones
de fútbol. Obviar este derecho trae penas que van
desde los 4 a los 8 años de prisión y multas que van
hasta los 1.000 Smlv.
8. Cuando aunque es un crimen menor, el plagio es un robo y puede resultar en multas desde US$100 hasta
US$50,000 más un año de prisión; además puede ser un delito bajo algunas leyes estatales y federales. Por
ejemplo, si alguien que comete plagio gana más de US$2,500 con el material protegido, puede enfrentar
una multa de US$250,000 y un máximo de 10 años de cárcel, dice plagiarism.org
En algunos ámbitos de la vida cotidiana puede generar ciertas consecuencias como en:
Académico: Típicamente, las penalidades se vuelven más duras conforme el estudiante avanza en el sistema
educativo esto se hace por que se considera que este ya tiene l capacidad de saber que esta bien y que esta
mal de acuerdo a su edad y conocimientos adquiridos en el colegio. Las penalidades van desde una sencilla
advertencia hasta la suspensión o expulsión. Los estudiantes universitarios deben cumplir las políticas de
honestidad de la escuela. Los profesores e investigadores que han cometido plagio son penalizados con la
suspensión o despido.
9. Periodismo: El plagio en los medios de comunicación es una violación de la ética del periodismo. La
integridad de un periódico o de un noticiero televisivo disminuye cuando un reportero no consigna
una fuente. La credibilidad de la organización también se daña. Cuando un periodista es acusado de
plagio, es suspendido mientras se investigan los cargos en los que se ve involucrado tanto su profesión
como el lugar donde se encuentra trabajando .
Consecuencias personales: Puede haber muchas consecuencias desfavorables por plagio a nivel personal.
Ser señalado como alguien que cometió plagio es vergonzoso. El plagio también afecta tu carrera; los
contratistas pueden pensar que alguien que roba el trabajo de otra persona también podría robar
información de la empresa. Además que se considera un acto inmoral que hace ver a la persona como
alguien que e cualquier ocasión o manera de igual forma lo podría ser generando desconfían, lo que le ara
difícil relacionarse un poco con la sociedad
10. CONCLUSIONES
1. Es un delito que a igual de lo demás tiene importancia, por tanto es importante tener claridad acerca
de este tema.
2. Nosotros como personas ya conocedoras debemos hacerla cumplir por medio de nuestros trabajo donde
se muestre de que fuentes o autores fue sacada la información argumentada.
3. No es malo guiase por citas de otros autores, lo malo es no citar y reconocer el trabajo de este.
4. El plagio no es una bobada es un delito y tiene cárcel.
5. Debemos saber las leyes y consecuencias que abarcan este tema para así evitar problemas en la vida
laboral o personal.