2. INTRODUCCIÓN
En la industria petrolera, la producción del recurso acarrea la
producción de agua que generalmente viene de formaciones
acuíferas o de agua previamente inyectada al yacimiento,
estas aguas de producción son responsabilidad de la
industria y tiene diferentes destinos, uno es la reinyección,
en caso contrario las empresas deben disponerlas en
cuerpos de agua bajo ciertos parámetros con el fin de
mitigar los impactos ambientales.
3. 1984
• Decreto
1594
1997
• Decreto 901
• Resolución 0273
1998
• Resolución
372
2010
• Decreto 3930
2015
• Resolución 631
EVOLUCIÓN DE LA NORMATIVIDAD
Vertimiento de líquidos y tasa retributiva
4. NORMATIVA SOBRE
EL USO DEL AGUA Y
RESIDUOS LÍQUIDOS
Objetivo:
Reducir y controlar la descarga de
sustancias contaminantes que se
realizan en cuerpos de aguas o al
alcantarillado
Decreto 1594 de 1984 Decreto 3930 del 2010 Resolución 631 de 2015
Antecedentes
Ley 09 de 1979
Código Sanitario
Decreto-Ley 2811
de 1974
Código RN
Establece los procedimientos
y las medidas para llevar a cabo la regulación
y control de los vertimientos.
Fija el marco regulatorio para el manejo de
los las aguas en cualquiera de sus estados.
5. Decreto 1594 de 1984
Obligación de los permisos de
vertimiento y de los planes de
cumplimiento.
Ministerio de salud y las EMAR (entidad
encargada del manejo y administración
del recurso) ejercen vigilancia, control y
monitoreo de los cuerpos de agua y los
vertimientos líquidos en el país.
6. Decreto 1594 de 1984
Prohibiciones absolutas de verter, como
en las cabeceras de las fuentes de agua.
Norma de calidad de
parámetros máximos de
vertimientos
7. Decreto 1594 de 1984
La utilización directa o indirecta de los
ríos, arroyos y lagos, arrojar desechas o
sustancias nocivas que sean resultado
de actividades lucrativas se sujetara al
pago de tasas retributivas.
La clasificación de
los usuarios entre
existentes y nuevos.
Usuario nuevo aquella cuya actividad se inicie
después de la fecha de entrada en vigencia del
presente Decreto.
Usuario existente: aquel cuya actividad ha venido
realizándose con anterioridad a la fecha de entrada
en vigencia del presente Decreto.
8. Decreto 1594 de 1984
Los usuarios cuyos vertimientos representen riesgo a la salud, ya sea
almacenado, procesando o transportando hidrocarburos u otra sustancia
peligrosa se les exige un plan de prevención y control.
9. CONTENIDO DECRETO 1594 DE 1984 ESTADO
Criterios de calidad para vertimientos. Resolución 0631 de 2015 (cuerpos de
agua superficiales y al alcantarillado
público)
Sigue vigente para vertimientos al mar
y al suelo
Requisitos para la Toma y análisis de
laboratorio de muestras de agua.
Reemplazado con el Decreto 1600 de
1994. (funciones del IDEAM y
acreditación de laboratorios)
Marco sancionatorio ambiental. Reemplazado con la Ley 1333 de 1999
Planes de manejo ambiental. Reemplazado con la normativa de
licenciamiento ambiental Ley 99 de
1993 Decreto 2041 de 2014
10. Decreto 3930 de 2010
artículos 20 que trae lista desustancias que son
consideradas de interés sanitario.
articulo 21 el cual define que es un usuario en
cuyos vertimientos se puede encontrar algunas de
las sustancias instadas en el artículo 20.
• Artículos 37 a 48: En los cuales se esbozan los criterios de
calidad para destinación del recurso;
• Artículos 72 a 79: En los que se establecen las normas de
vertimientos;
• Artículos 155, 156, 158, 160, 161: En los cuales se regula
todo el tema de los métodos de análisis y de la toma de
muestras
11. RESOLUCIÓN 631 DE 2015
Aplica para vertimientos realizados a
cuerpos de agua superficiales y al
alcantarillado público, no incluye a
cuerpos de agua marinos o al suelo que
se encuentre asociado a un acuífero.
Es de obligatorio cumplimiento
para todos los usuarios que
desarrollen actividades que
generan aguas residuales, sin
diferenciar entre usuarios
nuevos o existentes.
12. RESOLUCIÓN 631 DE 2015
Presenta los límites máximos
permitidos de las sustancias
contaminantes, haciendo distinción
entre Aguas Residuales Domésticas
y Aguas Residuales no Domésticas.
Establece el límite máximo permitido a
partir de la concentración de cada
sustancia contaminante (mg/L) y no a
través del porcentaje de remoción de
carga contaminante (kg/día) de los
sistemas de tratamiento de agua, como
se venía realizando.
13. DECRETO 1594 DE 1984 RESOLUCIÓN 0631 DE 2015
pH 5 a 9 unidades pH 6 a 9 unidades: Cuerpos de Agua
pH 5 a 9 unidades: Alcantarillado
6 parámetros cuerpos de agua
7 parámetros al alcantarillado
22 sustancias de interés sanitario.
56 parámetros: fisicoquímicos,
metales y metaloides, iones,
compuestos de nitrógeno y fósforo,
hidrocarburos,
Aguas Residuales Domésticas
Aguas Residuales Industriales
Aguas Residuales Domésticas
Aguas Residuales no Domésticas
RESOLUCIÓN 631 DE 2015
16. NORMATIVAS DE TASAS RETRIBUTIVAS EN
EL TIEMPO
1974
Decreto
2811
1997
Resolución
273
Decreto
901
1998
Resolución
372
17. Decreto 2811 de 1974
Texto del código nacional de recursos naturales
renovables y de protección al medio ambiente.
Hace referencia a las tasas retributivas
“podrá sujetarse al pago de tasas retributivas del
servicio de eliminación o control de las consecuencias
de las actividades nocivas expresadas”
Derogado por el artículo 118 de la ley 99 de 1993.
18. TASA
RETRIBUTIVA
El decreto 901 de 1997
Las tasas retributivas por utilización directa o
indirecta del agua como receptor de vertimientos
puntuales y establece:
• los procedimientos relacionados al cálculo de la
tarifa mínima y su ajuste regional.
• Describe el procedimiento para establecer las
metas de reducción por carga contaminante.
• Define los sujetos pasivos de la tasa, los
mecanismos de recaudo, fiscalización y control.
• Establece los procedimientos de reclamación
19. Resolución 273 de 1997
Por la cual se fijan las tarifas mínimas de las tasas
retributivas por vertimientos líquidos para los
parámetros Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) y
Sólidos Suspendidos Totales (SST)
DBO: Permite calcular los efectos de las descargas de los
efluentes domésticos e industriales sobre la calidad de
las aguas de los cuerpos receptores.
SST: o residuo no filtrable de una muestra de agua
natural o residual industrial o doméstica, se definen
como la porción de sólidos retenidos por un filtro de
fibra de vidrio que posteriormente se seca a 103-105ºC
hasta peso constante.
20. Resolución 372 de 1998
Por la cual se actualizan las tarifas mínimas de
las tasas retributivas por vertimientos líquidos y
se dictan disposiciones.
21. TASA
RETRIBUTIVA
La resolución
273 de 1997
Resolución
372 de 1998
Demanda Bioquímica de
Oxigeno (DBO) $39.50/Kg $ 46.50/kg
Sólidos suspendidos Totales
(SST) $16.90/Kg 19.90/kg
22. CONCLUSIONES
• Es necesaria una norma con criterios ambientales, con impactos verificables en la calidad
de los cuerpos de agua del país y con posibilidades reales de cumplimiento por parte de
la población objetivo.
• La tasa retributiva tiene como objetivo incentivar cambios en el comportamiento de los
agentes contaminadores, generando conciencia del daño ambiental que ocasionan tanto
las actividades diarias como los diferentes sectores productivos.
• Con la tasa retributiva se obtienen importantes recursos económicos para la inversión en
proyectos de descontaminación hídrica y monitoreo del recurso hídrico