1. :Jvlunicipio de qirardot
jl[ca{cfía
1
RESOLUCION No 566
(OCTUBRE 22 DE 2012)
"Por la cual se establece el Calendario Académico General del año 2013 para
todos los Establecimientos Educativos Estatales de Educación Formal y
,
Privados del Municipio de Girardot y se dictan otras disposiciones"
LA SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL DE GIRARDOT,
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto
No. 249 de Octubre 24 de 2005 del despacho del señor Alcalde, Ley 715 de 2001,
el Decreto 1850 de 2002, Decreto 1373 de Abril 24 de 2007, el Decreto No. 1278
de 2002, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el muntclplo de Girardot fue certificado por el Ministerio de Educación
Nacional, para administrar la Educación, mediante la Resolución No 3053 de
2002.
Que el articulo 14 del Decreto 1850 de 2002 propone que se establezca el
Calendario académico, atendiendo las condiciones económicas regionales, las
tradiciones de las instituciones educativas y de acuerdo con los criterios
establecidos en el presente Decreto, las entidades territoriales certificadas
expedirán cada año y por una sola vez, el calendario académico para todos los
establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, que determine las fechas
precisas de iniciación y finalización de las siguientes actividades:
1. Para docentes y directivos docentes:
a) Cuarenta (40) semanas de trabajo académico con estudiantes, distribuido en
dos períodos semestrales;
b) Cinco (5) semanas de actividades de desarrollo institucional; y
c) Siete (7) semanas de vacaciones.
2. Para estudiantes:
a) Cuarenta (40) semanas de trabajo académico, distribuido en dos períodos
semestrales;
b) Doce (12) semanas de receso estudiantil.
Que el parágrafo del artículo 14 de Decreto 1850 de 2002 faculta al municipio de
Girardot en su calidad de entidad certificada para administrar la educación en su
territorio, expedir cada año y por una sola vez, el CALENDARIO ACADEMICO
para los establecimientos educativos estatales, el cual deberá fijarse antes del 10
de Noviembre de cada año para el calendario A y antes del 10 de Julio para el
calendario B.
Que el Decreto 1373 del 24 de Abril de 2007, articulo 1, establece:"Los
establecimientos de educación preescolar, básica y media incorporarán en su
calendario académico cinco (5) días de receso estudiantil en la semana inmediata
anterior al día feriado en que se conmemora el descubrimiento de América"
GIRARDOT TIENE CON QUE!
Carrera 11 Calle 17 Esquina, Piso 5° Alcaldía
www.semgirardot.gov.co