El documento resume los principales referentes legales y pedagógicos que sustentan el ajuste curricular propuesto para la Educación Básica General y el Bachillerato General Unificado en Ecuador. Se basa en la Constitución del país, la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su reglamento, así como en las experiencias y aportes de docentes ecuatorianos para mejorar la atención a la diversidad estudiantil.
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1.
2. Consideraciones legales en torno al
currículo de la educación obligatoria
La constitución de la
república del Ecuador (2008)
Articulo 26 Artículo 343
3. Ley Orgánica de Educación Intercultural
Artículo 2,
literal w
Garantiza el derecho
de las personas a una
educación de calidad y
calidez.
Garantiza la concepción
del educando como el
centro del proceso
educativo.
Artículo
19
Diseñar y asegurar
la aplicación
obligación de un
currículo nacional.
Artícul
o 22,
literal c
Establece como
competencia de la Autoridad
Educativa Nacional:
Formular e implementar las
políticas. educativas
4. El Reglamento a la
Ley Orgánica de
Educación
Intercultural
Artículo
9
Artículo
10
Artículo
11
“en todas las instituciones
educativas del país
independientemente de su
sostenimiento y su
modalidad”
“Los currículos nacionales
pueden complementarse de
acuerdo con las
especificidades culturales y
peculiaridades propias de las
diversas instituciones
educativas que son parte del
Sistema Nacional de
Educación, en función de las
particularidades del territorio
en el que operen”“currículo nacional contiene los
conocimientos básicos obligatorios
para los estudiantes del Sistema
Nacional de Educación”
5. La constitución de la República
del Ecuador, referente de la EGB
y BGU
Artículo
343
Artículo
344
Tendrá como finalidad el
desarrollo de capacidades
y potencialidades
individuales y colectivas
de la población, que
posibiliten el aprendizaje.
Comprenderá las
instituciones, programas,
políticas, y actores de
procesos educativos.
6. REFORMAS
CURRICULARE
S
PRECEDENTES
EDUCACIÓN
BÁSICA
Tuvo lugar en el año 1996
Proporcionaba lineamientos
curriculares para el tratamiento de
las prioridades transversales del
currículo
• No presentaba una clara
articulación entre los
contenido.
• Carecía de criterios e
indicadores de evaluación.
Se abordo un proceso de actualización
y fortalecimiento de la E.G.B curricular
mismo que entro en vigor en el 2009
En caso del área de educación física
Tuvo vigor en el 2012
En educación cultural y artística se
mantendría el currículo de cultura
estética de 1997
7. Para este documento se partió de la pedagogía critica
Se consideraba que el estudiante debía convertirse
en el principal protagonista de los procesos de
enseñanza y aprendizaje
8. BACHILLERATO
GENERAL
UNIFICADO
En el 2011 entra en vigor
mediante el Acuerdo
Ministerial Nº242-11
Mismo que surgió con el propósito de brindar a
los estudiantes una formación general acorde a
su edad y vino a sustituir el conjunto de planes
y programas por especializaciones
9. El ajuste curricular para la Educación Básica y el Bachillerato General
Unificado
Parte de los diseños curriculares previos
Recoge la experiencia de los docentes en su implementación
presentando una propuesta mas abierta y flexible
Con el objetivo de brindar mejores herramientas para la atención a la
diversidad de los estudiantes en los diferentes contextos educativos
mismo que se promueve en el articulo 10 del Reglamento de la Ley
Orgánica de Educación Intercultural .
10. REFERENTES DE AJUSTE
CURRICULAR
E.G.B Y B.G.U
Plantearan un ajuste a partir de
la información proporcionada
por el docente del país
Docentes Ecuatorianos de
E.G.B ,B.G.U , E.S y además
consultores nacionales
internacionales .
Realizaron una revisión del
currículo de los dos niveles
de educación
11. El cumulo de practicas
exitosas en el aula
La comparación curricular
con otros países
El criterio de los
docentes ecuatorianos
En las áreas de
lengua,matematicas,ciencias
naturales, ciencias sociales,
educación cultural y artística
educación física
Fueron la base para el
ajuste curricular
12. LOEI
ARTICULO
ESPECÍFICOS
Articulo 11
Obligaciones de los
docentes
a) Cumplir con las disposiciones de la
constitución de la republica ,la ley y sus
reglamentos inherentes a la educación
d) Elaborar su planificación académica y
presentarla oportunamente a las autoridades
de la institución educativa a sus estudiantes
Articulo 22
Competencias de la autoridad
educativa nacional
c) Formular e implementar las políticas educativas
,el currículo nacional es obligatorio en todos los
niveles y modalidades y los estándares de calidad
de la provisión educativa ,de conformidad con los
principios y fines del presente