1. LAS COMUNIDADES INTERCULTURALES EN EL DEPARATAMENTO DEL BENI Y SU
RELEVANCIA INCLUSIVA A LOS PRECEPTOS ESTATUTARIOS
DRA. MAYERLING CASTEDO MOLINA
RESUMEN
Las Comunidades Interculturales desde la década de los 70´, a través de planes de Colonización
desplazaron habitantes indígenas trabajadores campesinos del altiplano a la amazonia beniana con la
finalidad de disminuir el surco fundió de sus tierras de origen, así, lograr el aprovechamiento y
explotación agrícola en nuevas tierras tropicales, aunque fueron variadas las promesas y planes para
nuevos asentamientos no se lograron satisfacerlas expectativas planteadas, en la actualidad se constituyen
como ciudadanos benianos.
H. Colegio de Abogados del Beni:
Recepcionado: 10.05.2016. Aceptado:11.01.2016
INTRODUCCIÓN
Indígena, etnia, cultura, pueblo, nacionalidad,
nación… Desde las ciencias sociales, se suele
remitir a todos estos conceptos para intentar
analizar un fenómeno que provoca más preguntas
que respuestas desde la complejidad de
comprender algo que se ha solido negar como real,
la nación, en contra posición a algo tangible, el
Estado; o bien se acusaba a ese “algo” no real y
supuestamente mítico de ser el origen de uno de
los males dela humanidad, léase el nacionalismo
(equiparándolo al “supremacismo”, al
“hegemonismo” expansionista) (cf. Moulines,
2002 [2001]).
Cabe entonces acotarbrevemente algunos términos
para comprender el espíritu de la presente
investigación, alrededor de unos actores y un tema
amplio, las entidades culturales no estatales
politizadas, que continúan siendo poco analizados
hasta hoy.
RELEVANCIA CONCEPTUAL E
HISTÓRICA
CONCEPTUALIZACIÓN
Para fines de focalización conceptual
desarrollamos los siguientes términos:
“Etnia” se lo utiliza como la unidad básica de
análisis de la Etnografía (como estudio detallado
empírico), pero, por sus connotaciones (las etnias
son los otros, los primitivos; no nosotros, los
civilizados), no selo utilizará aquí como concepto
operativo válido.
“Cultura”, concepto vago (principalmente con tres
acepciones) (cf. Cabrero, 2006), se preferirá el
relacionado con Herder en el sentido de pueblo y,
por estar vinculado con un concepto hoy de mucho
uso, “interculturalidad”.
“Pueblo”, además, aquí se lo utiliza porque, de
acuerdo con la legislación internacional (léase
interestatal), es el sujeto básico con derecho a la
libre determinación y porque así lo han pasado a
utilizar los indígenas, hoy “pueblos indígenas”
(cf. Moulines, 2002 [2001]; Wolf, 2001 [1998]),
ante otros pueblos que son considerados no
“indígenas”, es decir que no son originarios de los
territorios que hoy ocupan. Finalmente están los
términos de “nacionalidad” y “nación”, siendo la
primera el paso previo de la segunda en
terminología marxista, evolucionista. Así, cultura,
entendida como pueblo, y nacionalidad y nación,
se los usará de forma intercambiable, pero con una
diferencia tenue no siempre clara en la literatura
académica. El término nacionalidad, y muy
especialmente nación, tiende a referirse más a una
cultura o pueblo que, tomando conciencia de ella
misma en contraposición a otras, se ha organizado
y movilizado para la acción política (cf. Barth,
1969).4 De ahí que el análisis del hecho social
pasa de la Etnografía, la Etnología (y la
Antropología), a la Sociología y a la Ciencia
Política.
ParticipaciónCiudadana.-
Entendiendo que la política es la actividad humana
concerniente a la toma de decisiones que
conducirán el accionar de la sociedad toda, En el
contexto de una sociedad democrática, la política
guarda una importancia significativa, en la medida
en que es la disciplina que garantiza el
funcionamiento del sistema. No obstante, es
correcto decir que la interacción entre personas
con vistas al liderar al grupo a la consecución de
una serie de objetivos es intrínseca o propia a la
humanidad desde sus inicios.
La construcción de identidades indígenas
politizadas tiene que ver con la necesidad y el
2. interés de participar políticamente en los asuntos
públicos, tanto en la designación de los
gobernantes cuanto en la influencia en la
formulación e impacto de las políticas que les
afectan. Entre los modos de participación política,
el voto individual dentro del Estado es importante,
pero no es ni mucho menos el único: las marchas
del movimiento indígena han sido una acción
colectiva usual de participación e influencia
política, así como la función de cargos públicos
con una agenda indígena… En todo caso, en
América Latina, ¿por qué se da en los últimos años
esta inédita movilización política sobre la base de
la identidad cultural, y no tanto sobre la base de la
condición socioeconómica como venía siendo
usual (en el caso indígena aun hoy mayormente
campesina)(cf. Barth, 1969).
En resumen, a diferencia de la posición de no
pocos pensadores liberales y de las teorías de la
modernización, que veían en las poblaciones
indígenas básicamente un obstáculo al desarrollo y
la democracia, a la modernidad, aquí se plantea lo
contrario. La acción colectiva del movimiento
indígena ha posibilitado la ampliación del
concepto y la práctica de la democracia en
Latinoamérica de una forma inédita,
radicalizándola, para así hacer avanzar la
democracia de ciudadanía no solo para los
indígenas como grupo diferenciado, sino para la
sociedad en general, por lo que han sido actores
clave en los cambios políticos recientes y en el
retorno del Estado: un Estado de ciudadanía
fortalecido, pero redefinido, transformado en un
Estado de ciudadanía intercultural.
Desde la emergencia del debate multicultural,
desde distintos contextos, han ido surgiendo
definiciones más o menos próximas y definidas
sobre lo que sería una ciudadanía diferenciada
sobre la base de la diferencia cultural (“cultural”
de acuerdo con Rosaldo, o UNESCO 1999;
“multicultural” en Kymlicka, 1996 [1995];
“comunitaria” según Bartolomé, 2005; “étnica”
conforme De la Peña, 1999, citado en Leyva, 2005,
o Torres Rivas, 2007; “indígena” de acuerdo con
Stavenhagen, 2011).52 “Desde una dimensión
jurídica y política de reivindicación, hoy los
pueblos indígenas reclaman la construcción de
un Estado plurinacional e intercultural.
Efectivamente, no piden ser solo “ciudadanos de
primera”, sino ejercer una ciudadanía
diferenciada sobre la base del valor igual de todas
las culturas”. (Ferran Cabrero (coordinador);
Álvaro Pop… [y otros]; Programa Global de
Apoyo al Ciclo Electoral, Programa para el
Desarrollo de las Naciones Unidas. Quito: PNUD,
2013)
COMUNIDADES INTERCULTURALES EN
EL DEPARTAMENTO DEL BENI
El Gobierno de Bolivia realizó en la década del 60'
un programa de colonización que se ejecutó por
medio de la Corporación Boliviana de Fomento,
utilizando préstamos del BID y AID, cuyo objetivo
principal fue el asentamiento en las zonas bajas
tropicales por campesinos procedentes del
Altiplano y de los valles interandinos.
Del proyecto CBF-BID resulto el proyecto piloto
de un Plan Decenal de Desarrollo Nacional
mediante el cual se proponía trasladar a las zonas
bajas tropicales, un total de 90.000 familias en un
período de 10 años.
El programa de colonización ha encontrado una
serie de tropiezos entre los cuales se pueden
distinguir la carencia de organización y
conocimiento de los recursos y el clima por una
parte, y una serie de otros elementos como: la falta
de asistencia técnica, infraestructura, asistencia
financiera y social, etc. y otras que han contribuido
a la situación precaria en que se encuentran las
áreas de colonización.
En la década del 60, el gobierno junto con la
Alianza para el Progreso, programa del gobierno
norteamericano, con la finalidad de frenar la
migración urbana, organizaron asentamientos
humanos en las zonas tropicales del país, programa
denomina de colonización. Ignorando que somos
pueblos milenarios de lo que hoy se llama Bolivia,
desde esa fecha nos llamaron colonizadores.
A pesar de promesas de alimentación e
infraestructura, una vez en las tierras bajas
nosotros fuimos abandonados a nuestra suerte.
Más del cincuenta por ciento de nuestra gente
murieron a causa de enfermedades como;
leishmaniasis, malaria y espundia. En muchos
casos,nosotros estábamos regresando a tierras que
antes de la colonia formaban parte de los pisos
ecológicos. Es una triste ironía, somos extranjeros
en nuestras propias tierras.
3. SISTEMA DE PLANIFICACION DE LAS
COMUNIDADES INTERCULTURALES EN
BOLIVIA
Metodología empleada para la construcción del
Plan: Para la construcción y validación del Plan
Estratégico Nacional de la Confederación Sindical
de Comunidades Interculturales de Bolivia
(CSCIB), y para que éste sea incorporado en la
Agenda de Responsabilidades Compartidas de la
Coordinadora de Organizaciones Indígenas y
Campesinas de Bolivia (COINCABOL), tomamos
como referencia, las propuestas contenidas en los
resultados del Diálogo Nacional, pero
fundamentalmente de los pre-diálogos de nuestras
organizaciones.
El primer taller se realizó los días 18 y 19 de
agosto del año 2007, en la ciudad de Sucre con el
objetivo de realizar la Construcción del Plan
Nacional Estratégico de la Confederación Sindical
de Comunidades Interculturales de Bolivia
(CSCIB), con la participación de las Federaciones
afiliadas de todo el país.
También participaron delegados colonizadores que
ejercen responsabilidades de constituyentes,
parlamentarios, alcaldes, concejales, consejeros, y
otras autoridades vinculadas a los departamentos,
provincias, municipios, y/o regiones donde se
encuentran las organizaciones y nuestros afiliados.
En este marco se desarrollaron e implementaron
propuestas para Plan Estratégico Institucional de
las comunidades interculturales de Bolivia, del
cual extraemos lo planificado para el departamento
del Beni:
PROPUESTA DEL PLAN ESTRATEGICO
DE LAS COMUNIDADES
INTERCULTURALES DEL BENI
Líneas Estratégicas de la Federaciones
Departamental de Comunidades Interculturales
del Beni
FECAR - FEPAY – FERPAIM-B
Las Federaciones de Comunidades Interculturales
del Departamento del Beni y las Federaciones
regionales afiliadas identificaron sus estrategias
productivas en el marco de sus demandas y con la
proyección a un departamento productivo sobre la
base de la unidad entre las distintas organizaciones
y Federaciones Regionales del Departamento.
Las Estrategias Productivas Integrales que se
proponen respetando sus usos y costumbres se
enmarcan en siete grandes ejes temáticos, para la
construcción del Plan Estratégico de las
Federaciones de Comunidades Interculturales del
Departamento del Beni y para que éste sea
incorporado en el Plan Nacional Estratégico de la
CSCIB y de la COINCABOL, tomamos como
referencias, aportes y datos importantes, las
propuestas contenidas en los resultados del
Diálogo Nacional, pero fundamentalmente de los
pre-diálogos de nuestras organizaciones.
LÍNEA ESTRATÉGICA PRODUCTIVA
INTEGRAL
EJES TEMÁTICOS.-
4. DATOS ESTADISTICOS POR COMUNIDAD
INTERCULTURAL EN EL
DEPARTAMENTO DEL BENI; POBLACION
Y PRODUCCION (CNPV 2012 – CENSO
NACIONAL AGROPECUARIO)
Continuación se exponen datos poblacionales por
Comunidad Intercultural en el Departamento del
Beni, de acuerdo al CNPV 2012, de la misma
forma se expone las hectáreas agrícolas y la
producción en quintales:
MUNICIPIO DE SAN BORJA FEPAY
Nº Comunidades Habitantes Has. qq.
AREA URBANA YUCUMO
Yucumo 4,666.00
AREA RURAL
I CENTRAL YUCUMO
Colonia Caracoles 120.00 1,442.50
Colonia Pacajes 67.00 504.60 809.19
Colonia Urkupiña 120.00 335.52 996.43
Colonia Monte Sinaí 70.00 1,254.05 1,203.03
Colonia SanJuande Chaparina 102.00 733.01 510.44
SanJuande Chaparina Núcleo “A” 169.00 4,738.55 609.31
Carmende Chaparina 67.00 244.55 438.68
Colonia SanMiguel de Chaparina 47.00 4,738.55 609.31
Limoncito (Intercultural) 210.00 3,038.05 433.32
Colonia Caijene 71.00
Colonia SanLorenzo 77.00 266.50
Colonia Amproca 101.00 1,051.75 4,366.63
Colonia Progreso 10.00 637.00 221.00
AsociaciónEl Dorado
Colonia Chacarilla 235.00 1,090.00 347.36
Colonia 16 de Julio 15.00 557.51 275.18
Predio Los Parientes
Predio los Individuales
Colonia Canaán 10.00 227.33 1,385.33
Comunidadla Colina
Colonia Nuevo Amanecer 73.00 551.00 200.00
II CENTRAL LAS LOMAS
Florde Primavera 61.00
21 de Septiembre 65.00 919.00 3,146.33
6 de Agosto 111.00 541.00 23,396.00
LibertadUnida 144.00 3,345.00 1,210.89
Unificada 27.00 1,541.51 1,701.71
El Romance 14.00
Puerto del Sol 26.00 1,356.00 496.56
SanMarcos 176.00
III CENTRAL PILON
Nueva Esperanza 23.00 281.00 1,186.78
8 de Octubre 254.00 997.87
Mayami
JhonDeyvis 65.00
Los Olivos I 55.00
Los Olivos II 60.00
Rendal
Haibara 4.00
Produccion
5. MUNICIPIO DE RURRENABAQUE FECARIV CENTRAL PAITITI LAJAS
Sur Linares 18.00 612.90 2,078.57
Agroecológica Las Lomas 27.00 898.00 222.27
Los Andes 43.00 549.50 388.56
Nueva Amistad
Ganadera Forestal Nueva Belén 35.00 575.00 498.67
Valle Grande 27.00
Villa Paraíso 26.00 645.00 517.00
Lajas 80.00 4,240.00 1,671.70
Colonia San Juan de Dios 88.00 3,328.00 1,248.00
Com. Agroganadera Nuevo Amanecer 73.00 421.00 200.00
Com. Agraria Villa Esperanza 84.00 281.00 1,186.00
Piloncito 33.00
Urcupiña 355.00 996.00
V CENTRAL CHARAL
Chontal 78.00
Agropecuaria Hermanos Cáceres 33.00 139.00 1,876.00
Poza del Arenal 197.00 1,715.00 1,586.00
Charal (Intercultural) 51.00 688.00 4,136.00
Dos Hermanos 32.00 139.00 1,876.00
18 de noviembre 23.00
CENTRAL QUIQUIVEY
Colonia Quiquibey 62.00
21 de Abril 82.00 338.00 3,310.00
Villa Pucara 143.00 976.00 3,219.00
Apray 65.00
3 de Mayo 87.00 903.00 1,606.00
Reyes Riveros 72.00 784.00 185.67
Llaviza 48.00 1,470.00 339.70
Santa Rita del Dorado 68.00 1,206.30 312.10
VI CENTRAL FORTALEZA
Ganadera Renacer 484.00 515.85
Jehová es mi Pastor
Esperanza 83.00 1,163.00 1,459.80
Agroganadera 3 Amigos 23.00 3,395.80 295.60
San Miguel de Huancaya 47.00 550.00 611.50
San Luis de Naranjani 16.00 289.00 324.00
Ecológica Agropecuaria Yacuma “A” 21.00 107.00 287.87
San Juanito de Otto 43.00 550.00 132.18
Yacuma “B” 80.00 147.00 4,930.00
Yacuma “C” 66.00
Patujú 22.00
Agroganadera Flor de Mayo 3,000.00 2,694.22
Agroganadera Las Palmeras 58.00 1,243.43 4,506.31
Colonia Unión Totora Núcleo 38 39.00 942.00 140.00
VII CENTRAL INGAVI
Villa Ingavi 44.00 283.25 245.00
Agropecuaria Marca Coroico 35.00 701.00 757.69
Leylan del Paraíso 905.00 517.34
Inca Agropecuario 53.00 10,508.00 319.45
San Salvador 33.00 476.25 294.25
Borjanita 22.00
Colonia Incasuyo Núcleo 34 7.00 498.00 364.11
San Antonio 52.00 322.00 134.09
Aroma 68.00 360.00 100.00
Agroforestal Uselas 20.00
ECHATA
VIII CENTRAL AROMA
Villa Aroma 81.00 117.00 120.00
Omasuyos 30 “A” 33.00
Yucumo 30 “B” 58.00
Hermanos Catari 20.00
Pampa Grande 14.00
Ganadera Nueva Florida 146.00 1,527.00
Agroganadera Ñuflo de Chávez Núcleo 33 307.40 236.90
San Juan de Dios Núcleo 36 83.00 1,207.36 1,497.40
Hermanos Zegarra 23.00
Predio Zoraida
Colonia 25 de Julio Núcleo 35 5.00 392.00
3 de Mayo 77.00 639.76 1,696.50
El Solar
IX CENTRAL PALMAR
Sumaj Orko 76.00
Villa Imperial Núcleo 24 15.00 820.00 4,317.00
El Palmar Núcleo 25 238.00 1,050.00 649.00
Colonia Agrícola Israel 29.00 563.00 245.00
Tío Sam 669.00 107.00
Colonia Luz del Paraíso 25.00 701.00 428.00
Colonia Alto San Pedro Núcleo 29 177.00 859.00 787.00
Colonia Agroecológica Nueva Belén 35.00 557.00 499.00
San Juan 101.00 3,328.00 1,248.00
X CENTRAL SIEPRE UNIDOS
Canaán 32.00 351.00 3,528.00
Colonia Yacumita semi Núcleo 20 138.00 572.00 4,118.00
Modelo 1,392.00 169.00
Laguna Blanca 295.00 252.00
Super Mercado
Los Cerritos 41.00 85.00 1,300.00
Colonia San Miguel de Huancaya Núcleo 23 78.00 505.00 601.00
Colonia Agropecuaria Soledad 1,058.00 2,745.00
Villa Borjana 26.00 796.00 1,136.00
Colonia Ganadera Edén Saje 82.00 515.00 810.00
Aguilas del Cerro 35.00
Cooperativa Arias
La Colmena 89.00
Colonia Laguna Blanca 295.00 251.00
11,225.00 94,437.93 117,364.65TOTAL
Nº COMUNIDAD
Habitantes Has. qq.
1 Comunidad San Marcos 419.00
2 Comunidad San Martin 62.00 530.00 117.00
3 Comunidad Agropecuaria El Porteño 41.00 1,251.00 2,028.00
4 Comunidad Cuatro Ojitos 99.00 613.00 1,347.00
1 Comunidad Piedras Blancas 170.00 1,214.00 4,449.00
2 Comunidad San Cristobal 963.00 1,672.00
3 Comunidad El Bala 68.00 1,478.00 1,865.00
1 Comunidad San Andres 18.00 406.00 81.00
2 Comunidad San Bernardo 145.00 1,183.00 2,082.00
3 Comunidad Uncallamaya Norte 1,181.00 1,299.00
4 Comunidad Campesina Alamos 61.00 1,189.00 1,662.00
5 Comunidad Campesina Buena Vista 22.00 657.00 705.00
6 Comunidad Cristal
7 Comunidad Campesina Ledesma 1,807.00 702.00
8 Comunidad Campesina Uyuni 1,444.00 2,036.00
9 Comunidad Campesina Collana 96.00 1,561.00 2,823.00
10 Comunidad Villa Carmen 155.00 589.00 963.00
11 Predio linares 69.00 1,357.00 3,045.00
12 Comunidad Campesina Lagunitas 21.00
13 Comunidad Villa Jichani 1,225.00 321.00
14 Comunidad Campesina Ticala Linares 69.00 1,357.00 3,045.00
15 Comunidad Campesina Ñuqui 20.00
16 Comunidad Campesina Betanzos 74.00 343.00 914.00
17 Colonia 3 Unidos 32.00 1,561.00 888.00
18 Comunidad Campesina Fortaleza 56.00 3,288.00 1,586.00
19 Comunidad Agropecuaria Flores 23.00 1,211.00 1,579.00
1 Predio la Union 24.00 650.00 69.00
2 Comunidad Campesina Entre Rios 14.00 608.00 151.00
3 Comunidad Campesina Iridia 33.00 502.00 812.00
4 Comunidad Campesina Villa Pocoata 66.00
5
Comunidad Campesina Santa Ana del
Chocolatal 64.00 649.00 318.00
6 Comunidad Campesina wara wara 54.00 1,804.00 1,880.00
7 Comunidad Campesina el Sol 36.00 1,118.00 1,978.00
8 Comunidad Nuevos Horizontes. 575.00 705.00 1,343.00
9 Comunidad Campesina San Nicolas 64 382.00 300.00
10 Comunidad Campesina San Nicolas J
11 Comunidad Las Maritas
12 Comunidad Los Majitos 20.00
13 Comunidad El Manechi
1 Comunidad Indígena Soledad 111.00 360.00 324.00
2 Comunidad Campesina Cauchal 246.00 815.00 1,843.00
3 Comunidad Campesina Villa El Carmen 155.00 589.00 563.00
4 Comunidad Campesina alemania 42.00 434.00 4,136.00
5 Comunidad 16 de Julio 53.00 777.00 588.00
6 Comunidad los Tigres 53.00 822.00 2,558.00
7
Comunidad Campesina San Antonio del
Cauchal 23.00 815.00 1,883.00
8 Comunidad Campesina San Juanito 43.00 560.00 4,684.00
9 Coop. San Lorenzo 1,294.00 3,632.00
10 Comunidad Campesina El Yungueño 23.00 1,246.00 4,279.00
11 Comunidad Campesina Socomag
12 Comunidad San Pablo 22.00 930.00 704.00
13 Comunidad Bonanaza 185.00 560.00
14 Comunidad Jitano 48.00 588.00 2,442.00
1 Comunidad San Silvestre 177.00 1,500.00 4,632.00
2 Comunidad Flor de Primavera 61.00 744.00 2,246.00
3 Comunidad Soliman 22.00 1,323.00 1,882.00
4 Comunidad El Cebú 196.00 1,698.00 1,720.00
5 Comunidad Coraca 27.00
6 Predio El Ceibo
3,489.00 47,925.00 80,736.00
Produccion
Central Tacuaral
Central Piedras Blancas
Central Collana
Central Nuevos Horizontes
Central Cauchal
Central Capilla
TOTAL
6. MUNICIPIO DE SAN ANDRES FERPAIM-B
POBLACION DE COMUNIDADES
INTERCULTURALES
A continuación se describe la población de
comunidades interculturales en relación con el
municipio área de influencia:
PRODUCCION EN QUINTALES DE
PRODUCCION AGRICOLA DE LAS
COMUNIDADES INTERCULTURALES DEL
BENI
FONDO DE LA PROPUESTA PARA
INCLUSIÓN
EN EL ESTATUTO AUTONOMICO
DEPARTAMENTAL
CAPITULO II
NACIONES Y PUEBLOS INDIGENA
ORIGINARIO CAMPESINOS Y
COMUNIDADES INTERCULTURALES
Artículo 94. (Garantía para el ejercicio de sus
derechos)
I. El Gobierno Autónomo Departamental del Beni
respetará y garantizará el ejercicio pleno de los
derechos de las naciones y pueblos indígena
originario campesinos y comunidades
interculturales (CPE ART. 3), existentes en el
Departamento del Beni, en el marco de lo
establecido por la Constitución Política del Estado,
los Tratados y Convenios Internaciones ratificados
por el Estado y las leyes.
II. El Gobierno Autónomo Departamental
protegerá y promoverá, en coordinación con sus
respectivas autoridades y organizaciones
representativas, las manifestaciones culturales de
las naciones y pueblos indígena originario
campesinos existentes en el Departamento del
Beni, expresadas en idiomas propios, saberes y
conocimientos tradicionales, usos y costumbres,
música, rituales, símbolos, vestimentas y otras
propias.
N° Distrito Nombre de la Comunidad Habitantes Has. qq.
1 Distrito III. Santa Rosa Km 100 337 7,740.00 73,975.50
2 Santa Rosa Unión y Fe 523 4,627.22 8,346.46
3 El Carmen del Dorado 282 2,472.99 2,849.99
4 Galaxia 117 620.00 1,356.44
5 Lucerito 55 245.00 980.00
6 Valle Hermoso 120 4,010.90 103,026.34
7 Union y Fe 523 4,627.20 8,343.46
8 Palmeras 54 620.00 166.44
9 Distrito IV. Palmas 25 354.25 1,201.04
10 San Pablo Che Gue Vara 48 400.40 1,205.07
11 1º de Mayo 63 210.00 960.37
12 Tajibo 52 198.00 1,506.37
13 Palo Hueco 32 3,035.00 12,140.00
14 13ª de Agosto 81 415.40 1,485.67
15 Manantial Cuchi Cuchi 59 454.25 1,221.24
16 Loma del Amor 177 5,784.36 14,952.77
17 4 de Julio 98 1,606.77 15,385.22
19 Remanzo Paraíso 185 4,073.05 19,315.33
21 Distrito V. Pedro Marban 144 2,180.23 3,052.05
22 4 de Julio Laguna Azul 64 1,296.65 1,445.89
23 San Martin de Porres 171 2,961.34 2,779.22
24 Tierras Nuevas 176 2,009.46 325.08
3,386.00 49,942.47 276,019.95
Produccion
TOTAL
Municipio San Borja 40,864.00
FEPAY 11,225.00
Municipio de Rurrenabaque 19,195.00
FECAR 3,489.00
Municipio de San Andres 12,503.00
FERPAIM-B 3,386.00
PROVINCIA REGIONAL qq. COSECHA
Ballivian FEPAY 117,364.65
Ballivian FECAR 80,736.00
198,100.65
Marban FERPAIM-B 276,019.95
276,019.95
474,120.60
TOTAL PROVINCIA
TOTAL PROVINCIA
TOTAL DEPARTAMENTO
7. III. El Gobierno Autónomo Departamental
respetará los territorios y las formas de
organización de las naciones y pueblos indígena
originario campesinos, así como a sus autoridades
nombradas conforme a normas y procedimientos
propios.
IV. El Gobierno Autónomo Departamental
desarrollará políticas dirigidas a eliminar
situaciones y expresiones de racismo, exclusión,
explotación individual y/o colectiva, saqueo de
recursos naturales y otras que afecten de manera
negativa a los pueblos indígena originario
campesinos del Departamento.
V. El Gobierno Autónomo Departamental
desarrollará acciones destinadas al fortalecimiento
de los Cabildos Indigenales y otras formas de
organización tradicional de las naciones y pueblos
indígena originario campesinos.
VI. El Gobierno Autónomo Departamental
promoverá acciones destinadas al fortalecimiento
de las formas de organización de las comunidades
interculturales en el marco del reconocimiento de
sus manifestaciones culturales que aportan a la
plurinacionalidad y riqueza cultural del
departamento del Beni. (PARAGRAFO PARA
INCLUIR)
SUSTENTO JURIDICO
TRATADOS INTERNACIONALES
CONVENIO núm. 169 DE LA OIT
Parte I. Política General
Artículo 2
1. Los gobiernos deberán asumir la
responsabilidad de desarrollar, con la
participación de los pueblos interesados,
una acción coordinada y sistemática con
miras a proteger los derechos de esos
pueblos y a garantizar el respeto de su
integridad.
2. Esta acción deberá incluir medidas:
a) Que aseguren a los miembros de
dichos pueblos gozar, en pie de
igualdad, de los derechos y
oportunidades que la legislación
nacional otorga a los demás
miembros de la población;
b) Que promuevan la plena
efectividad de los derechos
sociales, económicos y culturales
de esos pueblos, respetando su
identidad social y cultural, sus
costumbres y tradiciones, y sus
instituciones;
c) Que ayuden a los miembros de
los pueblos interesados a
eliminar las diferencias
socioeconómicas que puedan
existir entre los miembros
indígenas y los demás miembros
de la comunidad nacional, de una
manera compatible con sus
aspiraciones y formas de vida.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
Artículo 3.
La nación boliviana está conformada por la
totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las
naciones y pueblos indígena originario
campesinos, y las comunidades interculturales y
afrobolivianas que en conjunto constituyen el
pueblo boliviano.
Artículo 394.
III. El Estado reconoce, protege y garantiza la
propiedad comunitaria o colectiva, que comprende
el territorio indígena originario campesino, las
comunidades interculturales originarias y de las
comunidades campesinas.
SENTENCIAS CONSTITUCIONALES
Declaración Constitucional Plurinacional N°
0008/2013: “...la enunciación de unos pueblos no
implica la negación de la posible existencia de
otros, indígenas o no.”.
Declaración Constitucional Plurinacional N°
0008/2013: “Previsión que confirma el carácter
plural del Estado boliviano, toda vez que se
reconocen derechos a todos, más allá de su
carácter mayoritario o minoritario, sea en lo
individual o lo colectivo, siempre y cuando sean
compatibles con los mandatos constitucionales,
como es lógico. En este caso, el ordenamiento
jurídico autonómico debe incluir previsiones para
el tratamiento de la diversidad que podría existir
actualmente o en el futuro dentro de su jurisdicción
8. territorial, más aún en previsión a la presencia de
los pueblos indígenas minoritarios.”
Artículo 95.
(Territorios indígena originario campesinos y
comunidades interculturales como espacios de
planificación)
I. En el proceso de planificación departamental,
operativa y presupuestaria, el Gobierno Autónomo
Departamental incorporará a los territorios
indígena originario campesinos, existentes en el
Departamento del Beni, como espacios integrales
de planificación, desarrollo sostenible y
conservación, tomando en cuenta sus sistemas
propios de vida y visión de desarrollo, así como su
realidad económica, social y cultural, en consulta
con sus autoridades.
II. Todo programa o proyecto del Gobierno
Autónomo Departamental que incluya a
comunidades o territorios indígena originario
campesinos deberá considerar y garantizar la
preservación de los ecosistemas, recursos naturales
y condiciones indispensables para la sobrevivencia
de estos pueblos.
APROBADO EN DETALLE PROPUESTA DE
LA GOBERNACION modificar el parágrafo I con
el siguiente Texto:
“I. En el proceso de planificación territorial,
sectorial y operativa departamental, y en el marco
de su disponibilidad presupuestaria, el
GobiernoAutónomo Departamental incorporará
gradualmente a los territorios indígena originario
campesinos existentes en el Departamento del
Beni, como espacios integrales de planificación,
desarrollo sostenible y conservación, tomando en
cuenta sus sistemas propios de vida y visión de
desarrollo, así como su realidad económica, social
y cultural, en consulta con sus autoridades”.
PROPUESTA COMUNIDADEDS
INTERCULTURALES
I. El proceso de planificación
departamental comprenderá los
elementos de desarrollo humano e
integral, de economía plural y de
ordenamiento territorial, se formulara
tomando en cuenta espacios de
planificación regional, en
coordinación con los gobiernos
autónomos municipales y las
autonomías indígena originaria
campesinas, que lo conforman, con la
participación de las entidades
públicas, sector privado y/o actores
sociales, el Órgano Ejecutivo
realizará la difusión y ejecución, en
coordinación con todos los actores y
organizaciones sociales de su
jurisdicción, en el marco de su
normativa.
II. Todo programa o proyecto del
Gobierno Autónomo Departamental
que circunscriba a territorios
indígena originario campesinos y
comunidades interculturales, deberá
considerar y garantizar la
preservación de los ecosistemas,
recursos naturales y condiciones
indispensables para la sobrevivencia
de estos pueblos.
SUSTENTO JURIDICO
TRATADOS INTERNACIONALES
CONVENIO núm. 169 DE LA OIT
Artículo 7
1. Los pueblos interesados deberán tener el
derecho de decidir sus propias prioridades
en lo que atañe al proceso de desarrollo,
en la medida en que éste afecte a sus
vidas, creencias, instituciones y bienestar
espiritual y a las tierras que ocupan o
utilizan de alguna manera, y de controlar,
en la medida de lo posible, su propio
desarrollo económico, social y cultural.
Además, dichos pueblos deberán
participar en la formulación, aplicación y
evaluación de los planes y programas de
desarrollo nacional y regional
susceptibles de afectarles directamente.
2. El mejoramiento de las condiciones de
vida y de trabajo y del nivel de salud y
educación de los pueblos interesados, con
su participación y cooperación, deberá ser
prioritario en los planes de desarrollo
económico global de las regiones donde
habitan. Los proyectos especiales de
9. desarrollo para estas regiones deberán
también elaborarse de modo que
promuevan dicho mejoramiento.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
Artículo 316.
La función del Estado en la economía consiste en:
1. Conducir el proceso de planificación
económica y social, con participación y
consulta ciudadana. La ley establecerá un
sistema de planificación integral estatal,
que incorporará a todas las entidades
territoriales.
SENTENCIAS CONSTITUCIONALES
Declaración Constitucional Plurinacional N°
0008/2013:
“… las relacionesdel Estado, en todos sus niveles,
con las personas, las naciones, los pueblos y las
comunidades, debe regirse por el principio de
igualdad, deberá establecer políticas
diferenciadas de acuerdo a las realidades de cada
comunidad, priorizando políticas de promoción a
la mejora de sus condiciones de vida en el marco
de la interculturalidad y el mantenimiento de sus
formas organizativas, cosmovisión y
espiritualidad,lo que involucra el reconocimiento
pleno de sus derechos y no la imposición de
ningún tipo de privilegio…”.
Sentencia Constitucional Plurinacional N°
2055/2012:
“En el marco de las competenciasdel nivel central
del Estado y la reserva de ley del art. 316 de la
CPE, la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización establece como mecanismo de
coordinación programática al Sistema de
Planificación Integral del Estado, por lo que el
art. 130 de la LMAD, no presenta ningún tipo de
contravención constitucional, sino todo lo
contrario establece inicialmente y de manera
acertada los parámetros en los cuales se deberá
orientar la Ley del Sistema de Planificación
Integral del Estado, que recoge las propuestas de
los sectores sociales privados y comunitarios para
adoptar decisiones que permitan desde sus
sectores construir estrategias más apropiadas
para alcanzarobjetivosde desarrollo con equidad
social y de género en igualdad de oportunidades
para implementar el plan general de desarrollo
para vivir bien como objetivo supremo del Estado
Plurinacional.”.
LEY Nº 031
LEY MARCO DE AUTONOMIAS Y
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Artículo 91.
VIII. En la planificación del desarrollo rural de
todas las entidades territoriales autónomas deberán
participar las comunidades indígena originario
campesinas y las comunidades interculturales y
afrobolivianas existentes en cada jurisdicción a
través de sus normas, procedimientos y estructuras
orgánicas propias.
LEY Nº 777
SISTEMA DE PLANIFICACION INTEGRAL
DEL ESTADO
Artículo 12.
(RESPONSABLES DE LA PLANIFICACIÓN
INTEGRAL DEL ESTADO)
Los responsables de la planificación integral del
Estado son los siguientes:
Planificación Territorial de Desarrollo
Integral. Los Gobiernos de las Entidades
Territoriales Autónomas serán
responsables de la planificación territorial
del desarrollo integral que se realiza en su
jurisdicción territorial con participación
de los actores sociales según corresponda.
Realizarán planificación territorial del
desarrollo integral, las autonomías
indígena originaria campesinas, en el
marco de la planificación de la gestión
territorial comunitaria.
Artículo 13.
(ALCANCE DEL SUBSISTEMA DE
PLANIFICACIÓN).
II. La planificación de largo plazo, con un
horizonte de hasta veinticinco (25) años, está
constituida por el Plan General de Desarrollo
Económico y Social para Vivir Bien (PGDES).
10. III. La planificación de mediano plazo, con un
horizonte de cinco (5) años,
Los Planes Territoriales de Desarrollo
Integral para Vivir Bien (PTDI)
Artículo 17.
(PLANES TERRITORIALES DE
DESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR
BIEN).
I. Los Planes Territoriales de Desarrollo Integral
para Vivir Bien (PTDI) constituyen la
planificación territorial de desarrollo integral de
mediano plazo de los gobiernos autónomos
departamentales, gobiernos autónomos regionales
y gobiernos autónomos municipales.
IV.
Los PTDI tomarán en cuenta la
planificación de las áreas urbanas y
rurales, el desarrollo de ciudades
intermedias y centros poblados,
fortaleciendo el desarrollo urbano y
asentamientos humanos urbanos,
promoviendo ladistribución organizada y
armónica de la población en el territorio y
con la naturaleza, y el acceso universal
deservicios básicos.
CONCLUCIONES
Dada la historia de las comunidades interculturales
antes llamados Colonizadores, en sus más de 40
años de existencia en el departamento del Beni, y
cerca de cumplir el medio siglo, la presente
generación de habitantes en las comunidades
interculturales en su gran mayoría lo constituimos
descendientes de los primeros asentamientos, hoy
somos ciudadanos benianos, no solo porque
vivimos sino, que nacimos en este departamento,
conservando la cultura y tradición heredada,
también valorizando la cultura y tradición
departamental en el marco de la interculturalidad,
por cuanto en observancia a lo expuesto y con el
sustento ampliamente expuesto consideramos…
Justicia, ser reconocidos en la ley madre que es el
Estatuto Autonómico del Departamento del Beni.