1. Reglamento MOOT LIMA 2012
CAPÍTULO SEGUNDO
Disposiciones Generales
1 Artículo Primero: Definiciones
Para los fines de la lectura del presente Reglamento, los términos cuya letra inicial
sea mayúscula, ya sea en singular o en plural, tendrán, según correspon da, el
significado que se indica a continuaci ó n, excepto si el contexto, de manera
explícita o implícita, determina lo contrario:
(i) Árbitros: son aquellas personas que evaluarán las exposiciones orales durante
las Rondas Orales y la Ronda Final.
(ii) Caso MO O T LIMA: es el caso ficticio en torno al cual se desarrollarán las
diferentes etapas del Concurso, el cual está compu e sto por distintas fuentes que
podrán encontrarse en diversos docu m e ntos o soportes materiales. Tiene las
características se ñ aladas en el Cap ítulo Segun do.
(iii) Co mit é Organizador: es el órgano colegiado encargado de la organizaci ó n y
ejecuci ó n del Concurso, y de la interpretaci ó n de las disposiciones del presente
Reglamento, así como de cualquier otra disposici ó n emitida por el propio Co mit é
Organizador en el marco del Concurso.
(iv) Co mit é Redactor: es el grupo de profesionales del Derecho, designados por el
Co mit é Organizador, que estará encargado de elaborar el Caso MO O T LIMA.
Correspon d e asimis m o al Co mit é Redactor absolver las consultas realizadas en la
correspondi ente ronda de preguntas aclaratorias.
(v) Consulta de Admisi ó n: es la consulta que los Equipos deb erán absolver, de
conformidad con el Artículo D é ci mo Primero, a efectos de que se evalúe su
admisi ó n como participantes del Concurso.
(vi) Cronograma MO O T LIMA: es el cronograma que publicará el Co mit é
Organizador en el Portal MO O T LIMA, en el cual se detallarán los plazos y fechas
que deb erán respetarse a lo largo del Concurso, sin perjuicio de las variaciones
que introduzca el Co mit é Organizador, en cualquier mo m e nto del concurso.
(vii) Entidades del Concurso: son el Co mit é Organizador, el Co mit é Redactor, los
Evaluadores, los Árbitros y, en general, cualquier persona o entidad que participe
en la organizaci ó n del Concurso.
(viii) Evaluadores: son los abogados designados por el Co mit é Organizador que
tendrán la funci ó n de calificar los Informes Escritos presentados en la Ronda
Escrita.
(ix) Equipos: son los grupos conformados por estudiantes de Facultades de
Derecho, de acuerdo con los requisitos se ñ alados en el Artículo D é ci m o, que
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2. com p etirán entre s í de acuerdo con las reglas del presente Reglamento y otras
disposiciones emitidas por el Co mit é Organizador.
(x) Equipos Clasificados: son los Equipos que clasifiquen a las Rondas Orales.
(xi) Equipos Finalistas: son los Equipos que clasifiquen a la Ronda Final.
(xii) Facultades de Derecho: son las facultades de Derecho de las distintas
universidades del Perú, públicas o privadas, conformadas como tales de acuerdo
con la normativa aplicable.
(xiii) Fundaci ó n: es la Fundaci ó n EEA, del Estudio Echecopar.
(xiv) Informe Escrito: es la compo sici ó n legal escrita presentada por los Equipos
en la Ronda Escrita, según lo dispuesto en el Título Primero del Cap ítulo Cuarto.
(xv) Infracciones: son las conductas sancionables detalladas en el Cap ítulo Quinto.
(xvi) Portal MO O T LIMA: es el portal en Internet que contendrá informaci ó n
relevante acerca del Concurso y cuya direcci ó n es www.mootlima. pe
(xvii) Pretensiones MO O T LIMA: son las pretensiones en torno a las cuales girará
la discusi ó n en las Rondas del Concurso, que tendrán los alcances a que se
refiere el Artículo D é ci m o S étimo, y se publicarán en el Portal MO O T LIMA.
(xviii) Reglas del Ví deo de Postulaci ó n: es el docu m e nto que será publicado
oportunamente en el Portal MO O T LIMA en el cual se indicará (i) las características
que deb erá tener el Ví deo de Postulaci ó n; (ii) los criterios que el Co mit é
Organizador tomará en cuenta al mo m e nto de evaluar el Video de Postulaci ó n; y,
(iii) la forma de env í o del Video de Postulaci ó n.
(xix) Resoluciones MO O T LIMA: son aquellas resoluciones expe di das por el
Co mit é Organizador para el establecimiento, interpretaci ó n o aplicaci ó n de las
reglas aplicables al Concurso, incluido el presente Reglamento.
(xx) Ronda: hace referencia, según correspon da, a la Ronda Escrita, las Rondas
Orales o la Ronda Final.
(xxi) Ronda Escrita: es la Ronda que se desarrollaráde acuerdo a lo dispue sto en
el Título Primero del Cap ítulo Cuarto.
(xxii) Ronda Final: es la Ronda que se desarrollaráde acuerdo a lo dispue sto en el
Título Tercero del Cap ítulo Cuarto.
(xxiii) Rondas Orales: son las Rondas que se desarrollarán de acuerdo a lo
dispue sto en el Título Segun do del Cap ítulo Cuarto.
(xxiv) Ví deo de Postulaci ó n: es el ví deo que los Equipos deb erán presentar,
absolviendo la Consulta de Admisi ó n, conforme al Artículo D é ci m o Primero.
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3. 2 Artículo Segundo: Descripción del Concurso
El MO O T LIMA (en adelante, el “Concurso”) simula una contienda entre partes
sobre diversas materias del Derecho, en el cual participarán los Equipos en los
roles de de man dante y de man da do.
La evaluaci ó n de las intervenciones de los Equipos en las diferentes Rondas del
Concurso, recaerá únicamente en la argumentaci ó n sobre materias de fondo del
Caso MO O T LIMA, y no en defensas de forma.
No resultan aplicables al Concurso las normas legales de cualquier naturaleza que
regulen el arbitraje como mecanis m o para la soluci ó n de controversias, debien do
los Equipos considerar que los Evaluadores y Árbitros tienen comp etencia
suficiente para conocer cualquier tipo de disputa jurídica.
3 Artículo Tercero: Objeto del Concurso
El Concurso tiene como objetivo generar un espacio acad é mico de debate y
discusi ó n sobre problemas jurídicos, te óricos o prácticos, que sirva para la
difusi ó n de la cultura jurídica, así como para la capacitaci ó n en destrezas legales
de los alumnos de las distintas Facultades de Derecho del Perú, aplicables a las
diversas áreas del Derecho.
4 Artículo Cuarto: Ámbito del Concurso
La sed e del Concurso es la ciudad de Lima. Podrán participar en el Concurso
estudiantes pertenecientes a cualquier Facultad de Derecho del Perú.
5 Artículo Quinto: Principios del Concurso
El Concurso se rige por los siguientes principios:
(i) INTEGRI DA D: Todo Equipo deb erá actuar durante el desarrollo del
Concurso con la máxima rectitud, evitando cualquier conducta que
pudiera poner en duda su solvencia o integridad.
(ii) CREATIVIDAD: Todo Equipo deb erá utilizar ideas o conceptos
originales, imaginativos e innovadores para elaborar los docu m e ntos y
exposiciones orales que se les solicite durante el desarrollo del
Concurso.
(iii) COMP E TITIVIDAD: Todo Equipo deb erá tener un esp íritu comp etitivo
durante el Concurso, debien do tener un comportamiento leal y de buena
fe hacia el Concurso, los de má s Equipos, Evaluadores, Árbitros, Co mit é
Organizador, Co mit é Redactor, otras Entidades del Concurso y terceros
en general.
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4. (iv) COMPR O MI S O : Todo Equipo asum e las obligaciones y tareas
enco m e n da das en el presente Reglamento con el máximo grado de
responsabilidad, cumpliendo el Cronograma MO O T LIMA, y aquellas
que el Co mit é Organizador tenga a bien determinar.
(v) IMPARCIALIDAD: Las calificaciones y decisiones efectuadas por las
Entidades del Concurso, los Evaluadores y los Árbitros se adoptarán en
estricta aplicaci ó n del presente Reglamento y los criterios de evaluaci ó n
aqu í establecidos, debien do sie m pre existir un trato objetivo hacia los
Equipos.
(vi) NO DIS C RIMINACIÓN: Las Entidades del Concurso actúan sin efectuar
ninguna clase de distinci ó n entre los Equipos o sus mie m bros,
otorgándoles tratamiento igualitario durante el desarrollo del Concurso y
al aplicar las disposiciones del presente Reglamento. De esta forma, está
prohibida la aplicaci ó n de condiciones desiguales que creen situaciones
desventajosas entre los Equipos y/o sus mie m bros. En todo mo m e nto
del Concurso las situaciones de características se m ejantes deb erán ser
tratadas de manera similar.
(vii) TRANSPARE N C IA: Al postular, y durante todo el desarrollo del
Concurso, los Equipos deb erán actuar de forma transparente, dando a
conocer cualquier informaci ó n que pudiera condicionar su participaci ó n
o permanencia en el mis m o .
(viii) RES P E T O : Todo Equipo deb erá tener un trato corté s con los de má s
Equipos, Árbitros, Co mit é Organizador, Co mit é Redactor, otras
Entidades del Concurso y terceros en general.
(ix) PROACTIVIDAD: Todo participante deb erá tener una actitud proactiva,
es decir, deb erá actuar sie m pre sin esperar a que exista de por me dio un
estí mulo exterior, tomando la iniciativa de sus acciones, teniendo en
cuenta el principio de COMP E TITIVIDAD antes expuesto y como
objetivo ganar el Concurso.
(x) COMPLE TIT U D : Cualquier vací o en las reglas contenidas en este
Reglamento podrá ser cubierto me diante regulaci ó n espec ífica a través
de Resoluciones MO O T LIMA.
(xi) PRE S U N C IÓN DE CO N O C I MIE N T O : Se presu mirá, sin admitir prueba en
contrario, que toda informaci ó n contenida en el Portal MO O T LIMA o
comunicada a los Equipos a través del correo electró nico que
proporcionen al mo m e nto de su inscripci ó n, es conocida por estos
des d e el mo m e nto de su publicaci ó n o comunicaci ó n, según sea el
caso.
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5. 6 Artículo Sexto: Normas Aplicables
Las normas materiales aplicables al Caso MO O T LIMA serán las normas del
ordena mi ento jurídico peruano vigentes a la fecha de publicaci ó n del mis m o, salvo
que en el propio Caso MO O T LIMA se indique algo distinto. Las mo dificaciones
normativas que ocurran con posterioridad a dicha fecha serán consideradas como
ocurridas con posterioridad a los hechos narrados en el Caso MO O T LIMA.
Resultarán aplicables ade má s los tratados internacionales y de má s instrumentos
legales aplicables conforme al ordena mi ento jurídico peruano. Sin perjuicio de lo
anterior, el Co mit é Redactor podrá incorporar al Caso MO O T LIMA normas
jurídicas ficticias, las cuales deb erán ser consideradas, para efectos del Concurso,
como parte del ordena mi ento jurídico peruano.
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CAPÍTULO SEGUNDO
El Caso MOOT LIMA
7 Artículo Sétimo: Características del Caso MOOT
LIMA
El Caso MO O T LIMA involucrarádistintas áreas acad é micas del Derecho, es decir,
tendrá un carácter multidisciplinario.
8 Artículo Octavo: Conocimiento y Evolución del
Caso MOOT LIMA
8.1. El Caso MO O T LIMA será puesto en conoci mi ento de los Equipos en la
oportunidad establecida en el Cronograma MO O T LIMA.
8.2. El Caso MO O T LIMA podrá evolucionar a lo largo del Concurso hasta la
Ronda Final, para lo cual se podrán incorporar normas o hechos que deb erán ser
considerados por los Equipos como elementos integrantes del Caso MO O T LIMA.
8.3. Las respuestas que, conforme al presente Reglamento, sean dadas a las
consultas oportunamente efectuadas por los Equipos, formarán parte integrante del
Caso MO O T LIMA, por lo que se encontrarán a disposici ó n de todos los Equipos a
través del Portal MO O T LIMA.
8.4. Toda informaci ó n relacionada con el Caso MO O T LIMA será proporcionada a
todos los Equipos a través del Portal MO O T LIMA o, directamente, a travé s de
correos electró nicos enviados a las direcciones proporcionadas por cada Equipo
al Co mit é Organizador, al mo m e nto de su inscripci ó n.
9 Artículo Noveno: Limitaciones a la Evaluación
Fáctica
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6. Los Equipos no deb erán variar los hechos del Caso MO O T LIMA, agregar hechos
nuevos o asumir la ocurrencia de hechos distintos a los expresa m e nte
incorporados al Caso MO O T LIMA, conforme a lo establecido en el Artículo
preced e nte. Esta regla se extiende a los me dio s probatorios del Caso MO O T
LIMA, estando impe di do s los Equipos de a ñ adir me dios probatorios o asumir
respecto de aquellos incorporados al Caso MO O T LIMA, características que no se
desprend e n del mis m o .
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CAPÍTULO TERCERO
Inscripciones e inicio del concurso
10 Artículo Décimo: Requisitos para participar
en el Concurso
10.1. Los Equipos estarán conformados por grupos integrados por entre dos (2) y
cuatro (4) estudiantes de Facultades de Derecho, cada uno de los cuales deb erá
reunir los siguientes requisitos:
(i) Tener por lo meno s 18 a ñ os cumplidos a la fecha de inicio de las
inscripciones al Concurso;
(ii) Ser alumno de pregrado de alguna Facultad de Derecho a la fecha de inicio
del Concurso y mantener dicha condici ó n hasta la finalizaci ó n del mis m o .
Para acreditar esta condici ó n cada estudiante deb erá presentar una
acreditaci ó n simple emitida por la Facultad de Derecho en la cual cursa sus
estudios. No es necesario que los integrantes de un Equipo pertenezcan a
una mis ma Facultad de Derecho; y
(iii) Presentar su Curriculum Vitae, conjuntamente con un reporte simple de
notas obtenidas des d e el inicio de sus estudios en la correspon diente
Facultad de Derecho. El Curriculum Vitae deb erá prepararse bajo el formato
que será puesto a disposici ó n a través del Portal MO O T LIMA.
10.2. Al mo m e nto de su postulaci ó n los Equipos deb erán cumplir con lo siguiente:
(i) Presentar la Ficha de Postulaci ó n que será puesta a su disposici ó n a
través del Portal MO O T LIMA, la cual deb erá ser completada en todos
sus campos; y
(ii) Presentar una Declaraci ó n Jurada, firmada por todos sus mie m bros,
me diante la cual é stos se compro m eterán a respetar el presente
Reglamento, conforme al formato que será puesto a su disposici ó n a
través del Portal MO O T LIMA.
10.3. Al mo m e nto de su postulaci ó n los Equipos indicarán tres (3) alternativas de
nom bres con los cuales quisieran ser identificados a lo largo del Concurso y,
opcionalmente, una propuesta de logo para cada caso, o una aplicable a todas las
alternativas. Las alternativas serán enviadas en orden de preferencia y el Co mit é
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7. Organizador elegirá, en cada caso, una que no resulte confundible con el no mbre o
logo elegidos por otro Equipo con postulaci ó n anterior, teniendo en consideraci ó n
las preferencias de aquel Equipo. La elecci ó n de los nombres y logos deb erá
observar los principios a los cuales se sujeta el Concurso.
10.4. Para el cum plimiento de todos los requisitos detallados en el presente
Artículo, los Equipos deb erán observar las formalidades establecidas en el Portal
MO O T LIMA.
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10.5. Una vez vencido el plazo para la inscripci ó n en el Concurso, el Co mit é
Organizador evaluará y seleccionará, de entre aquellos que cumplan con todos los
requisitos, a los Equipos que participarán en las Rondas del Concurso.
11 Artículo Décimo Primero: Postulación al
Concurso
A efectos de su admisi ó n en el Concurso, los Equipos, ade má s de cum plir los
requisitos a que se refiere el Artículo preced ente, deb erán absolver la Consulta de
Admisi ó n, la cual será puesta a disposici ó n de los interesados a través del Portal
MO O T LIMA.
La absoluci ó n de la Consulta de Admisi ó n deb erá efectuarse a travé s de un Ví deo
de Postulaci ó n que deb erá cum plir con los requisitos establecidos en las Reglas
del Ví deo de Postulaci ó n.
Los Equipos deb erán enviar el Ví deo de Postulaci ó n al Co mit é Organizador
conforme al procedi mi e nto indicado en las Reglas del Ví deo de Postulaci ó n.
El Co mit é Organizador evaluará los Ví deos de Postulaci ó n teniendo en cuenta los
criterios indicados en las Reglas del Ví deo de Postulaci ó n.
12 Artículo Décimo Segundo: incompatibilidades
para participar en el Concurso
No podrán participar en el Concurso como mie m bros de algún Equipo, las
siguientes personas:
(i) Las personas vinculadas al Co mit é Organizador, según se comunique a través
del Portal MO O T LIMA.
(ii) Las personas vinculadas a la Fundaci ó n, según se comunique a través del
Portal MO O T LIMA.
(iii) Toda persona que de alguna forma participe o colabore en la organizaci ó n u
operaci ó n del Concurso.
(iv) El Co mit é podrá precisar los alcances de los criterios antes indicados a través
del Portal MO O T LIMA.
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8. Los integrantes de los Equipos deb erán mantenerse libres de los impe di m e ntos
antes detallados durante todo el Concurso, a efectos de continuar en el mis m o .
La inco mpatibilidad sobreviniente, es decir aquella que se adquiera luego de
iniciado el Concurso, será evaluada por el Co mit é Organizador a efectos de
determinar la sanci ó n aplicable, atendien do a cada caso concreto, la cual podrá
consistir en la exclusi ó n del concursante infractor o la eliminaci ó n de su Equipo.
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13 Artículo Décimo Tercero: Criterios de
selección de los Equipos
13.1. Entre los Equipos que cumplan con los requisitos se ñ alados en el Cap ítulo
Tercero, el Co mit é Organizador elegirá a los cuarenta (40) que a su criterio reúnan
los m é ritos para ser parte del Concurso. En funci ó n al nú mero de postulantes y a
los resultados de la evaluaci ó n realizada, el Co mit é Organizador podrá dispon er
que el nú mero de clasificados a la Ronda Escrita sea inferior al detallado en este
num eral.
13.2. La evaluaci ó n que efectuará el Co mit é Organizador para determinar los
Equipos que clasificarán a la Ronda Escrita tomará en cuenta lo siguiente:
(i) El Curriculum Vitae de cada uno de los mie m bros del Equipo, tomando
en cuenta aquellos elem entos beneficiosos para el correcto
des envolvimiento del Concurso; y
(ii) El Ví deo de Postulaci ó n, según los criterios detallados en el Artículo
D é ci m o Primero.
13.3. Una vez realizada la selecci ó n, se comunicará a cada uno de los Equipos
postulantes la decisi ó n del Co mit é Organizador, a través de la página web del
Portal Moot Lima (www.mootlima.pe ).
13.4. De producirse el abandono de alguno de los Equipos seleccionados antes de
iniciada la Ronda Escrita, el Co mit é Organizador notificará al Equipo no calificado
que haya alcanzado el mayor puntaje, a efectos de que pase automáticamente a
tener la condici ó n de seleccionado.
14 Artículo Décimo Cuarto: Inicio de las Rondas
La relaci ó n de los equipos clasificados a la Ronda Escrita y cualquier cambio en
dicha relaci ó n será publicada en el Portal MO O T LIMA.
CAPÍTULO CUARTO
Desarrollo del Concurso
15 Artículo Décimo Quinto: Rondas del Concurso
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9. El Concurso tendrá las siguientes Rondas: (i) Ronda Escrita; (ii) Primera Rondas
Oral; (iii) Segun da Ronda Oral, y (iv) Ronda Final.
Título Primero
Ronda Escrita
16 Artículo Décimo Sexto: Preguntas
Aclaratorias
16.1. Dentro del plazo establecido en el Cronograma MO O T LIMA, los Equipos
podrán optativamente formular hasta dos (2) preguntas aclaratorias sobre los
hechos del Caso MO O T LIMA, en la forma se ñ alada en el Portal MO O T LIMA.
16.2. Las preguntas serán respondi das teniendo en cuenta el Cronograma MO O T
LIMA. El Co mit é Organizador determinará, a su solo criterio, qu é preguntas se
respond erán y en qu é términos.
16.3. Las respuestas a las preguntas aclaratorias formuladas por los Equipos,
serán publicadas en el Portal MO O T LIMA y serán de libre acceso para todos los
Equipos. Ade má s formará parte integrante del Caso MO O T LIMA para todos los
efectos del Concurso, por lo cual serán de observancia obligatoria en las diferentes
Rondas.
17 Artículo Décimo Sétimo: Delimitación del
Conflicto
Junto con el Caso MO O T LIMA se publicarán las Pretensiones MO O T LIMA.
Durante el desarrollo de las Rondas del Concurso, los Equipos, sea que les
corresponda el rol de de man dantes o el de de man da do s, deb erán elaborar su
estrategia legal en torno a las Pretensiones MO O T LIMA.
18 Artículo Décimo Octavo: Reglas Generales de
la Ronda Escrita
18.1. Dentro de los plazos fijados en el Cronograma MO O T LIMA, los Equipos
deb erán presentar un Informe Escrito. Dicho docu m e nto deb erá tener la estructura
de un informe legal, elaborado a solicitud de los árbitros del Caso MO O T LIMA y de
acuerdo a las formalidades se ñ aladas en el artículo siguiente. Los Equipos
deb erán desarrollar los argumentos de cargo y de descargo de ambas partes en el
conflicto (de man dante y de man da do) que consideren más relevantes, teniendo
sie m pre en cuenta las Pretensiones MO O T LIMA. Los Equipos no asumirán en sus
Informes Escritos que han sido asignados con el rol de de man da do o de
de man dante, debien d o presentar los argumentos correspon di entes a ambos roles.
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10. El Informe Escrito únicamente deb erá contener los argumentos de fondo que
eventualmente sustentarían una de man da o una contestaci ó n de de man da, según
fuera el caso, pero no deb e tener la estructura de una de man da, contestaci ó n de
de man da o de algún otro acto procesal.
18.2. Los Informes Escritos serán presentados en la forma indicada en el Portal
MO O T LIMA, y su evaluaci ó n correspond erá a los Evaluadores, quienes no podrán
conocer la identidad de los mie m bros de los Equipos.
19 Artículo Décimo Noveno: Formalidades del
Informe Escrito
19.1. El Informe Escrito deb erá respetar las siguientes formalidades:
(i) Extensi ó n máxima de 15 páginas (sin incluir las páginas de la carátula ni
de la bibliografía, pero incluyendo eventuales Anexos y cualquier texto o
informaci ó n comple m e ntaria).
(ii) Espaciado simple.
(iii) Formato de letra “Verdana 10”.
(iv) Tama ñ o de hoja “A4”.
(v) Márgenes de todos los lados de 3 cm.
(vi) Pie de páginas en formato de letra “Verdana 8”.
(vii) Nu m eraci ó n de páginas al lado superior derecho.
(viii) Texto justificado.
19.2. Los Informes Escritos tendrán la siguiente estructura: (i) Carátula; (ii)
Contenido; y (iii) Bibliografía.
19.3. En la Carátula del Informe Escrito se deb erá consignar únicamente el nombre
del Equipo correspon diente, así como el rol asignado (de man dante o de man da do).
La identificaci ó n de los mie m bros del Equipo no deb e quedar evidenciada en
ninguna parte del Informe Escrito.
20 Artículo Vigésimo: Evaluación en la Ronda
Escrita
20.1. Los criterios de evaluaci ó n para los Informes Escritos serán los siguientes: (i)
conoci mi ento del Caso MO O T LIMA y de las normas aplicables al mis m o; (ii)
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11. capacidad argumentativa y persuasiva; (iii) uso de la informaci ó n (manejo de
fuentes) para sustentar ambas posiciones; (iv) redacci ó n, claridad y organizaci ó n
del texto; (v) gramática y ortografía; (vi) creatividad y (vii) coherencia. No se
calificarán las defensas de forma.
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20.2. Los Evaluadores calificarán cada uno de los Informes Escritos de manera
an ó ni ma, aplicando una escala de puntuaci ó n entre 0 a 100.
Los 30 mejores Equipos clasificarán a las Rondas Orales (Equipos Clasificados).
En funci ó n a los resultados de la evaluaci ó n realizada, el Co mit é Organizador
podrá dispon er que el nú mero de Equipos Clasificados a las Rondas Orales sea
inferior al indicado.
Las puntuaciones de todos los Equipos serán incluidas en tablas de posiciones que
serán publicadas en el Portal MO O T LIMA, dond e tambi é n se asignará a cada
equipo el rol que les correspond erá asumir en las Rodas Orales (de man dante y
de man da do). En consecuencia, luego de concluida la Ronda Escrita habrán diez
(10) Equipos eliminados del Concurso.
20.3. De producirse el abandono de alguno de los Equipos Clasificados antes de
iniciadas las Rondas Orales, el Co mit é Organizador notificará al Equipo que ocupe
el siguiente lugar en su respectiva tabla de posiciones, para que lo sustituya.
Título Segundo
Rondas Orales
21 Artículo Vigésimo Primero: Reglas Generales
en las Rondas Orales
21. 1. En esta etapa participarán hasta treinta (30) Equipos en la primera Ronda
Oral y hasta diez (10) Equipos en la segun da Ronda Oral.
21.2. En cada Ronda Oral un Equipo Clasificado con rol de de man dante deb erá
defend er su posici ó n me diante argumentos de Derecho contra otro Equipo
Clasificado con rol de de man da do, en la forma prevista en el presente Artículo. No
se evaluaráningún tipo de defensa de forma, sea no minada o inno minada.
21.3. El qu óru m m í ni mo para que un Equipo Clasificado pueda participar en una
Ronda Oral es de dos (2) mie m bros.
21.4. En caso un Equipo Clasificado no cumpla con el qu ó ru m antes mencionado
o no se presente a una Ronda Oral, los Árbitros evaluarán al Equipo Clasificado que
sí asisti ó y cumpli ó con el qu ó ru m, permitiendo que informe oralmente sus
argum entos y, de estimarlo conveniente, formulándole preguntas vinculadas al
Caso MO O T LIMA. El Equipo Clasificado que no reúna el qu ó rum suficiente o que
no se presente a una Ronda Oral será calificado con puntaje cero (00) por los
Árbitros.
21.5. Los Equipos Clasificados que participen en la Segun da Ronda Oral
mantendrán el rol que les fuera asignado para la Primera Ronda Oral, y les
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12. correspond erá enfrentarse a dos o más Equipos a los que les corresponda el rol
opuesto. Todos los Equipos Clasificados en cada una de las Rondas Orales
tendrán la oportunidad de enfrentarse igual nú mero de veces, según el cronograma
que se publique en el Portal MO O T LIMA.
21.6. Los Equipos Clasificados con rol de man dante serán los Equipos que
em p e zarán a hacer uso de la palabra en las Rondas Orales. Los Equipos
Clasificados deb erán enfrentarse entre sí, exponien d o sus argumentos oralmente a
través de al men o s dos (2) de sus mie m bros, y ante un panel de Árbitros
seleccionado por el Co mit é Organizador, quienes evaluarán la participaci ó n de
cada Equipo haciendo ade má s las preguntas que consideren pertinentes.
21.7. Los tiempo s de las Rondas Orales serán contabilizados en el siguiente orden
y forma:
(i) Diez (10) minutos para la exposici ó n de los argumentos del Equipo con
rol de de man dante.
(ii) Diez (10) minutos para la exposici ó n de los argumentos del Equipo con
rol de de man da do.
(iii) Cinco (5) minutos para que el Equipo de rol de man dante efectúe una
réplica a los argumentos expuestos por el Equipo de rol de man da do.
(iv) Cinco (5) minutos para que el Equipo de rol de man da do efectúe una
dúplica a los argumentos expuestos por el Equipo de rol de man dante.
(v) Veinte (20) minutos de preguntas de los Árbitros.
La réplica y dúplica solo deb en versar sobre los argumentos orales expue stos
previamente por la contraparte, no siendo etapas para completar exposiciones
inconclusas. Los Árbitros, apreciando las particularidades de cada caso, podrán
evaluar negativamente la indebi da utilizaci ó n del tiempo dedicado a la réplica y
dúplica.
Los Árbitros s ólo deb erán interrumpir las exposiciones de los equipos a efectos de
solicitar las aclaraciones que consideren necesarias. En cualquier caso, cuando la
respuesta a tales intervenciones afecte la de los Equipos, los Árbitros podrán
conced er a estos hasta dos (2) minutos adicionales en cada una de las etapas
descritas en los num erales (i) a (iv) anteriores, a efectos de que estos puedan
com pletar su exposici ó n o plantear su dúplica o ré plica, según corresponda. Los
Árbitros son los únicos facultados para resolver los cuestionamientos que pudies e n
plantear los Equipos en relaci ó n con el tiempo que les ha sido concedi do durante
las Rondas Orales.
Los Equipos tienen libertad de asignar entre ellos el uso de la palabra y decidir
qui é nes respond erán las preguntas de los Árbitros. Los Árbitros no están obligados a
efectuar preguntas a ambos Equipos.
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21.8. Durante el desarrollo de cada Ronda Oral, los Equipos se compro m eten a lo
siguiente: (i) tener el comportamiento de un abogado ante una autoridad; (ii) no
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13. tener ni pedir asesoría ni cualquier intervenci ó n de terceros; y (iii) no usar
teléfonos celulares ni cualquier otro me dio para comunicarse con terceros.
Asimis m o, durante toda la etapa de Rondas Orales, los mie m bros de todos los
Equipos participantes estarán impe di do s de presenciar las intervenciones en las
cuales no les corresponda participar.
21.9. Los Equipos podrán utilizar durante las Rondas Orales lo siguiente: (i)
apuntes; (ii) libros, normas y lecturas de consulta; y (iii) computadoras portátiles y
similares. Los Equipos podrán acceder a Internet sie m pre y cuando no
contravengan lo indicado en el Nu m eral 21.9(iii) del presente Artículo. La
organizaci ó n del Concurso no es responsable de proporcionar a los Equipos el
libre acceso a Internet en el local dond e se desarrollarán las Rondas Orales. Los
Equipos no podrán utilizar imple m e ntos para la proyecci ó n de imágenes o
presentaciones.
21. 10. El desarrollo de cada Ronda Oral será coordinado por un Secretario
designado previamente por el Co mit é Organizador, encontrándose entre sus
funciones el control de los tiempo s de manera oficial.
22 Artículo Vigésimo Segundo: Evaluación en las
Rondas Orales
22.1. Los criterios de evaluaci ó n en las Rondas Orales estarán dirigidos a evaluar
las destrezas legales de los participantes, y serán, entre otros, los siguientes: (i)
conoci mi ento del Caso MO O T LIMA y el manejo de fuentes; (ii) capacidad
argum entativa y persuasiva; (iii) lógica jurídica y coherencia en la sustentaci ó n de
su posici ó n a lo largo del Concurso; (iv) habilidad para respond er preguntas; (v)
uso del tiempo y organizaci ó n de argumentos; (vi) creatividad; y (vii) capacidad de
improvisaci ó n y planteamiento de la estrategia legal. La conducta de los
integrantes de los Equipos podrá influir en la evaluaci ó n.
22.2. Los Árbitros calificarán a cada Equipo con una puntuaci ó n de entre 0 y 100
por cada Ronda Oral en la que participe dicho Equipo. La posici ó n de los Árbitros
respecto a la eventual soluci ó n que correspond er ía aplicar al Caso MO O T LIMA,
no influiráen la evaluaci ó n.
22.3. El Co mit é Organizador elaborará dos (2) tablas de posiciones, una para los
Equipos con rol de de man dante y otra para los Equipos con rol de de man da do, en
las cuales consignará los puntos obtenidos por cada Equipo en cada una de las
Rondas Orales. Clasificarán a la segun da Ronda Oral los cinco (5) mejores
Equipos de la primera Ronda Oral de cada tabla de posiciones (Equipos
Se m ifinalistas). Asimis m o, clasificará a la Ronda Final el mejor Equipo de la
Segun da Ronda de cada tabla de posiciones (Equipo Finalista).
22.4. En caso de empate entre dos (2) Equipos con un mis m o rol, para el
des e m pate se tendrán en consideraci ó n: (i) los resultados obtenidos por dichos
Equipos en la Ronda Escrita, en el caso de la primera Ronda Oral y, (ii) los
resultados obtenidos por dichos Equipos en la primera Ronda Oral, en el caso de
la segun da Ronda Oral. En caso de persistir el em pate, se utilizará como criterio
para determinar cuál Equipo pasa a la siguiente Ronda, la diferencia de puntuaci ó n
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14. – a favor o en contra – que existi ó entre estos Equipos y aquellos a los que se
enfrent ó durante las Rondas Orales, de forma tal que clasifique aquel que tenga
una m ejor diferencia de puntos.
Título Tercero
Ronda Final
23 Artículo Vigésimo Tercero: Reglas Generales
en la Ronda Final
23.1. La Ronda Final del Concurso consistirá en una confrontaci ó n oral entre los
Equipos Finalistas que hayan obtenido, durante la segun da Ronda Oral, el mayor
puntaje en cada una de las tablas de posiciones correspon dientes a los roles de
de man dante y de man da do.
23.2. Bastará la presencia de dos (2) mie m bros de cada Equipo Finalista para que
pueda darse inicio a la Ronda Final.
23.3. Los Equipos Finalistas que pasen a esta etapa mantendrán su rol de
de man dante o de man da do que le fuera asignado para la Ronda Escrita.
23.4. El Equipo con rol de man dante em p e zará a hacer uso de la palabra en la
Ronda Final. Los Equipos deb erán enfrentarse entre s í, exponien do sus
argum entos oralmente a través de al meno s dos (2) de sus mie m bros, y ante un
panel de Árbitros seleccionado por el Co mit é Organizador, quienes evaluarán la
participaci ó n de cada Equipo haciendo ade má s las preguntas que consideren
pertinentes.
23.6. Los tiempo s de la Ronda Final serán contabilizados en el siguiente orden y
forma:
(i) Veinte (20) minutos para la exposici ó n de los argumentos del Equipo
con rol de de man dante.
(ii) Veinte (20) minutos para la exposici ó n de los argumentos del Equipo
con rol de de man da do.
(iii) Diez (10) minutos para que el Equipo de rol de man dante efectúe una
réplica a los argumentos expuestos por el Equipo de rol de man da do.
(iv) Diez (10) minutos para que el Equipo de rol de man da do efectúe una
dúplica a los argumentos expuestos por el Equipo de rol de man dante.
La réplica y dúplica solo deb en versar sobre los argumentos orales expue stos
previamente por la contraparte, no siendo etapas para completar exposiciones
inconclusas. Los Árbitros, apreciando las particularidades de cada caso, podrán
evaluar negativamente la indebi da utilizaci ó n del tiempo dedicado a la réplica y
dúplica.
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15. Los Árbitros s ólo deb erán interrumpir las exposiciones de los equipos a efectos de
solicitar las aclaraciones que consideren necesarias. Los Árbitros no afectarán el
tiempo de intervenci ó n efectiva de los Equipos. En cualquier caso, cuando la
respuesta a tales intervenciones afecte la de los Equipos, los Árbitros podrán
conced er a los Equipos hasta cinco (5) minutos adicionales en cada una de las
etapas descritas en los num erales (i) a (iv) anteriores, a efectos de que estos
puedan completar su exposici ó n o plantear su dúplica o ré plica, según
corresponda. Los Árbitros son los únicos facultados para resolver los
cuestionamientos que pudies e n plantear los Equipos en relaci ó n con el tiempo
que les ha sido concedi do durante la Ronda Final.
23.7. Finalizadas las intervenciones de los Equipos, y considerando las
necesidad e s para una adecuada evaluaci ó n, los Árbitros realizarán una estaci ó n
de preguntas a uno o ambos Equipos. Los Equipos tienen libertad de asignar entre
ellos el uso de la palabra y decidir qui é nes respond erán las preguntas de los
Árbitros. Los Árbitros no están obligados a efectuar preguntas a ambos Equipos.
23.8. Durante el desarrollo de la Ronda Final los Equipos Finalistas se
com pro m eten a lo siguiente: (i) tener el comportamiento de un abogado ante una
autoridad; (ii) no tener ni pedir asesoría ni cualquier intervenci ó n de terceros; y (iii)
no usar teléfonos celulares ni cualquier otro me dio para comunicarse con terceros.
23.9. Los Equipos Finalistas podrán utilizar durante la Ronda Final lo siguiente:
(i) apuntes; (ii) libros, normas y lecturas de consulta; y (iii) comp utadoras portátiles
y similares. La organizaci ó n del Concurso no es responsable de proporcionar a los
equipos el libre acceso a Internet en el local dond e se desarrollarála Ronda Final.
Los Equipos no podrán utilizar imple m e ntos para la proyecci ó n de imágenes o
presentaciones.
23.10. El desarrollo de la Ronda Final será coordinado por un Secretario designado
previamente por el Co mit é Organizador, entre cuyas funciones se encontrará el
control de los tiempo s de manera oficial.
24 Artículo Vigésimo Cuarto: Evaluación en la
Ronda Final
24.1. Los criterios de evaluaci ó n en la Ronda Final estarán dirigidos a evaluar las
destrezas legales de los participantes y serán, entre otros, los siguientes: (i)
conoci mi ento del Caso MO O T LIMA y el manejo de fuentes; (ii) capacidad
argum entativa y persuasiva; (iii) lógica jurídica y coherencia en la sustentaci ó n de
su posici ó n a lo largo del Concurso; (iv) habilidad para respond er preguntas; (v)
uso del tiempo y organizaci ó n de argumentos; (vi) creatividad; y (vii) capacidad de
improvisaci ó n y planteamiento de la estrategia legal. La conducta de los
integrantes de los Equipos podrá influir en la evaluaci ó n. 15
24.2. Al concluir la Ronda Final los Árbitros se reunirán en privado para deliberar
respecto de cuál de los Equipos Finalistas será el ganador del Concurso, teniendo
en cuenta los criterios de evaluaci ó n antes indicados y adjudicando a los Equipos
un puntaje entre 0 y 100. Los Árbitros no emitirán un Laudo ni se pronunciarán
respecto de si la hipot ética de man da es declarada fundada o infundada.
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16. Asimis m o, los Equipos deb erán tener en cuenta que la posici ó n de los Árbitros
respecto a la eventual soluci ó n que correspond er ía aplicar al Caso MO O T LIMA
no influiráen la evaluaci ó n, dado que é sta estará centrada en las destrezas legales
desplegadas para defender su posici ó n, conforme a lo establecido en el num eral
24.1 del presente reglamento.
Los Equipos deb erán permanecer en el local dond e se lleve a cabo la Ronda Final
mientras los Árbitros deliberan.
24.3. Los Árbitros designarán a uno de sus mie m bros como vocero, el cual dará a
conocer al ganador del Concurso. No cabe la posibilidad de empate.
25 Artículo Vigésimo Quinto: Premios
La relaci ó n de premios a ser entregados al concluir el Concurso será publicada en
el Portal MO O T LIMA.
16
CAPÍTULO QUINTO
Infracciones
26 Artículo Vigésimo Sexto: Clasificación de las
Infracciones
Las Infracciones se clasifican de la siguiente forma:
(i) Infracciones leves;
(ii) Infracciones graves; y
(iii) Infracciones muy graves
27 Artículo Vigésimo Sétimo: Infracciones leves
27.1. Son Infracciones leves en la Ronda Escrita:
(i) Incu m plir con los requisitos formales del Artículo D é ci m o Noveno.
(ii) Cualquier otra acci ó n imputable a los integrantes de los Equipos que
afecte la organizaci ó n del Concurso durante la Ronda Escrita.
27.2. Es Infracci ó n leve en las Rondas Orales y Final cualquier acci ó n imputable a
los integrantes de los Equipos que afecte la organizaci ó n del Concurso durante
las Rondas Orales y Final.
27.3. Las Infracciones leves son sancionadas con una penalidad de hasta diez
(10) puntos, aplicada sobre el puntaje correspon di ente a la Ronda en que se
com eti ó la Infracci ó n.
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17. 28 Artículo Vigésimo Octavo: Infracciones
graves
28.1. Es Infracci ó n grave en la Ronda Escrita identificar a los mie m bros del
Equipo en el correspondiente Informe Escrito, afectando el anonimato que deb e
mantenerse en las evaluaciones.
28.2. Es Infracci ó n grave en las Rondas Orales cualquier contravenci ó n a lo
establecido en los num erales (ii) o (iii) del Nu m eral 21. 10 del Artículo Vig é si m o
Primero.
28.3. Es Infracci ó n grave en la Ronda Final cualquier contravenci ó n a lo
establecido en los num erales (ii) o (iii) del Nu m eral 23.9 del Artículo Vig é si mo
Tercero.
28.4. Las Infracciones graves son sancionadas con una penalidad de hasta
cuarenta (40) puntos, aplicada sobre el puntaje correspondiente a la Ronda en que
se com eti ó la Infracci ó n.
17
29 Artículo Vigésimo Noveno: Infracciones muy
graves
29.1. Son Infracciones muy graves durante el proceso de inscripci ó n:
(i) La consignaci ó n de datos falsos en los diferentes formatos de
aplicaci ó n.
(ii) Proporcionar informaci ó n falsa.
29.2. Es Infracci ó n muy grave durante la Ronda Escrita el plagio.
29.3. Son Infracciones muy graves durante las Rondas Orales y Final:
(i) El uso de violencia física o verbal.
(ii) El plagio.
(iii) La suplantaci ó n de identidad.
29.4. Las Infracciones muy graves son sancionadas con la descalificaci ó n del
Equipo, ponien do fin a su participaci ó n en el Concurso.
30 Artículo Trigésimo: Aplicación de sanciones
La aplicaci ó n de las sanciones establecidas en el presente Reglamento se
encontraráa cargo del Co mit é Organizador.
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18. 31 Artículo Trigésimo Primero: Aplicación de
sanciones luego de clasificación
La determinaci ó n de la comisi ó n de una infracci ó n, cuando corresponda a criterio
del Co mit é Organizador, podrá dar lugar a (i) mo dificar el Cronograma MO O T
LIMA; (ii) dejar sin efectos la clasificaci ó n de un Equipo a una Ronda; o (iii) dejar
sin efecto un premio indebi da m e nte obtenido.
18
CAPÍTULO SEXTO
Otras Disposiciones
32 Artículo Trigésimo Segundo: Absolución de
consultas
Cualquier consulta o com entario de los Equipos, surgidos con respecto a la
interpretaci ó n o contenido del presente Reglamento, deb erá ser comunicado al
Co mit é Organizador a través de los me dio s de contacto que se indiquen en el
Portal MO O T LIMA.
33 Artículo Trigésimo Tercero: No
responsabilidad
Los hechos del Caso MO O T LIMA son completamente ficticios, no representando
ni total ni parcialmente algún acontecimi ento de la realidad, aun cuando puedan
existir se m ejanzas con uno. La Fundaci ó n no se responsabiliza por
interpretaciones indebi das que se hagan respecto de los hechos que conforman el
Caso MO O T LIMA, ni por la informaci ó n contenida en los Informes Escritos o
com e ntarios realizados por los Equipos en las Rondas Orales o la Ronda Final.
34 Artículo Trigésimo Cuarto: Derechos de Autor
La propiedad patrimonial de los elementos protegibles por los Derechos de Autor
que se creen para o durante el Concurso es de la Fundaci ó n. Los mie m bros de
los Equipos ceden a su favor los derechos patrimoniales de autor sobre sus logos
e Informes Escritos, incluyendo el derecho de reproducci ó n, fijaci ó n,
com unicaci ó n pública, transformaci ó n, importaci ó n y com ercializaci ó n,
alcanzando la cesi ó n de derechos a cualquier mo dalidad de utilizaci ó n,
explotaci ó n, com ercializaci ó n o difusi ó n no mencionada en el presente
Reglamento. La cesi ó n de derechos patrimoniales efectuada por los Equipos se
realiza de forma gratuita al mo m e nto de solicitar su participaci ó n en el Concurso.
Asimis m o, los mie m bros de los Equipos autorizan a la Fundaci ó n a filmar y
fotografiar las exposiciones orales del Concurso, así como a los mie m bros del
Equipo en cualquier mo m e nto durante el Concurso, teniendo la Fundaci ó n el
derecho exclusivo y excluyente a reproducir, fijar, com ercializar públicamente,
transformar, sincronizar, importar y com ercializar las obras que resulten de tales
actos, habiendo cedido gratuitamente los mie m bros de los Equipos cualquier
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19. derecho que pueda entenderse relativo a estas obras o su imagen al mo m e nto de
solicitar su inscripci ó n en el Concurso.
35 Artículo Trigésimo Quinto: Suspensión del
Concurso
El Co mit é Organizador excepcionalmente podrá suspen d er temporal o
definitivamente el MO O T LIMA cuando lo considere pertinente. Esta decisi ó n será
puesta en conoci mi ento de los Equipos a través del Portal MO O T LIMA sin
posibilidad de reclamos de los Equipos.
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