Descubra la única Guía Actualizada del hogar familiar, pensada tanto para personas empleadoras como para empleadas de hogar.
envíe un email a info@vialey.com y le enviaremos la Guía COMPLETA. La única Guía que existe en España actualizada y que recoge toda la legislación. Completamente Gratis.
Y es que en noviembre de 2011 ha cambiado la regulación de las empleadas de hogar. Los nuevos contratos desde esta fecha tienen otras condiciones.
En enero de 2012 entran en vigor leyes que se van a aplicar a todos los contratos, asimismo cambia la cotización a la Seguridad Social. A partir de julio de 2012 hay obligación universal de cotizar independientemente de la fecha o importancia del contrato.
Usted debe enterarse de todas las novedades que le afectan.
En la confianza además, de que, si lo precisa después de nuestras exhaustivas y detalladas explicaciones, viaLey puede ayudarle con cualquier trámite. Actuamos en todo el territorio nacional.
3. INDICE DE CONTENIDOS
INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................................... 3
CAPITULO I – SITUACIÓN A 1 DE ENERO DE 2012 .................................................................................... 4
1. Qué se entiende por servicios en el hogar familiar ................................................................................... 4
1. 1. Exclusiones .............................................................................................................................................. 5
2. Forma del contrato de trabajo doméstico .................................................................................................. 5
2. 1. Obligación de comunicar el contrato .................................................................................................... 6
3. Duración del contrato de trabajo doméstico .............................................................................................. 6
3. 1. Periodo de prueba .................................................................................................................................. 6
4. Retribuciones ................................................................................................................................................ 6
4. 1. Nómina .................................................................................................................................................... 6
4. 2. Retribución orientativa ........................................................................................................................... 6
4. 3. Posibilidad de mejora ............................................................................................................................. 7
4. 4. Salario en especie ................................................................................................................................... 7
4. 5. Incrementos salariales .......................................................................................................................... 7
4. 6. Pagas extraordinarias ............................................................................................................................. 7
4. 7. Caso especial: pago por horas ............................................................................................................... 7
5. Jornada laboral ............................................................................................................................................. 8
5. 1. Horas de trabajo a la semana ................................................................................................................ 8
5. 2. Descanso entre jornadas........................................................................................................................ 8
5. 3. Descanso entre jornadas del empleado interno .................................................................................. 8
5. 4. Descanso semanal .................................................................................................................................. 8
5. 5. Tiempo de presencia .............................................................................................................................. 8
6. Horas extraordinarias .................................................................................................................................. 9
7. Especificidades para los trabajadores menores de 18 años...................................................................... 9
8. Permisos ........................................................................................................................................................ 9
9. Derecho de alojamiento en caso de incapacidad temporal del trabajador .......................................... 11
10. Vacaciones................................................................................................................................................... 11
11. Trabajo en días festivos ............................................................................................................................. 11
12. Subrogaciones en el contrato .................................................................................................................... 12
12. 1. Subrogación por cambio de empleador. ............................................................................................ 12
12. 2. Subrogación por traslado del hogar familiar ...................................................................................... 12
13. Extinción del contrato de trabajo .............................................................................................................. 12
13. 1. Caso especial de extinción del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de la
obra o servicio objeto del contrato ..................................................................................................... 13
13. 2. Caso especial de extinción del contrato por muerte, jubilación o incapacidad del empleador ..... 13
13. 3. Caso especial de extinción del contrato por despido disciplinario del trabajador .......................... 13
13. 4. Caso especial de extinción del contrato por desistimiento del empleador...................................... 13
13. 5. Formalidades .......................................................................................................................................... 14
14. Competencia para la comprobación de infracciones laborales .............................................................. 14
15. Competencia para el conocimiento de los conflictos laborales ............................................................. 14
16. Periodo transitorio para aplicar la nueva regulación ............................................................................... 15
17. Seguridad Social. Cotizaciones. ................................................................................................................. 15
17. 1. Obligados a tramitar el alta ................................................................................................................. 15
17. 2. Cotización .............................................................................................................................................. 15
17. 3. Obligados al pago de las cotizaciones en general .............................................................................. 16
17. 4. Mejora de cotización de los trabajadores de hogar a tiempo completo .......................................... 16
17. 5. Reducción de cotización para nuevos cotizantes a partir de enero de 2012 ................................... 16
17. 6. Bonificaciones en cuotas para empleadores familias numerosas .................................................... 16
18. Seguridad Social. Prestaciones .................................................................................................................. 17
18. 1. Prestación en el caso de incapacidad temporal del trabajador o maternidad ................................ 17
19. Seguridad Social. Periodo transitorio para adaptarse a la nueva normativa ......................................... 18
CAPITULO II – CAMBIOS EN 2013 Y SIGUIENTES. .................................................................................. 19
1. Relativos a cambios en los tipos, tramos y bases de cotización para la Seguridad Social ................... 19
CAPITULO III – POSIBLES CAMBIOS A FUTURO ..................................................................................... 20
1. Relativos a la viabilidad e aplicar el Estatuto de Trabajadores de forma plena en los despidos y de
establecer un sistema de protección por desempleo .............................................................................. 20
NOTA IMPORTANTE ................................................................................................................................. 21
Servicio de actualización de esta Guía, suscripción a nuevas Guías y otras ofertas comerciales exclusivas: info@vialey.com 2
4. INTRODUCCIÓN
En viaLey pensamos que, tanto si eres una persona trabajadora de hogar, como si empleas a
otra persona para colaborar en el cuidado de tu hogar familiar, debes conocer los cambios que
se avecinan para el año 2012 y siguientes en esta relación laboral.
La nueva Legislación pretende igualar esta relación laboral con el resto de las relaciones
laborales por cuenta ajena. Por ello, se introducen a partir de enero de 2012 cambios en la
forma de los contratos, cotización a la Seguridad Social, prestaciones y muchas otras
obligaciones y derechos.
Entre otras muchas, se establece la obligación para el empleador de dar de alta y cotizar,
incluso para jornadas inferiores a 20 horas semanales.
Y no son menores los cambios que se producirán en los años 2013 y siguientes.
Apoyando esta labor, viaLey ha elaborado este documento, que ofrece de forma gratuita y
exclusiva a todos aquellos que la soliciten. Nuestra intención es poder difundir de la forma
más sencilla, los futuros cambios así como, ofrecerles todo nuestro apoyo legal y de gestión,
en las condiciones más ventajosas.
NOTA IMPORTANTE
En esta guía, vamos a tratar, por novedosa, de la nueva regulación a partir de enero de 2012.
Cuando corresponda, comentaremos que aspectos de esta nueva regulación no se aplican para
los contratos vigentes a fecha 18 de noviembre de 2011.
Lo que se establece a continuación no afectará sin embargo a las condiciones más
beneficiosas existentes en el momento de su entrada en vigor.
Tenga en cuenta que la presente guía divulgativa no puede sustituir lo establecido en las leyes
en que, sin embargo, está basada y que contribuye a difundir.
Cualquier problema o duda que tenga puede tratarlo por e-mail con nuestro equipo de
abogados. Es nuestro trabajo y le daremos cumplida respuesta o, si el tema lo requiere, le
enviaremos un presupuesto sin compromiso alguno.
Servicio de actualización de esta Guía, suscripción a nuevas Guías y otras ofertas comerciales exclusivas: info@vialey.com 3
5. CAPITULO I
SITUACIÓN ACTUAL A 1 DE ENERO DE 2012
1. Qué se entiende por servicios en el hogar familiar.
Podemos decir que los servicios en el hogar familiar son las tareas domésticas, así como la
dirección o cuidado del hogar, también el cuidado o atención de los miembros de la familia o
de las personas que forman parte del ámbito doméstico o familiar, y los otros trabajos que se
desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas, tales como los de guardería,
jardinería, conducción de vehículos y otros análogos.
1. 1. Exclusiones.
No son servicios en el hogar familiar:
Las relaciones concertadas por personas jurídicas, de carácter civil o mercantil, aun si
su objeto es la prestación de servicios o tareas domésticas. Estas relaciones se regirán
por la normativa laboral común.
Las relaciones concertadas a través de empresas de trabajo temporal.
Las relaciones de los cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o
por entidades privadas, de acuerdo con la Ley de promoción de la autonomía personal
y atención a las personas en situación de dependencia.
Las relaciones de los cuidadores no profesionales consistentes en la atención prestada
a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o
de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada, de acuerdo
con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia.
Las relaciones concertadas entre familiares para la prestación de servicios domésticos
cuando quien preste los servicios no tenga la condición de asalariado en los términos
del Estatuto de los Trabajadores. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre
que convivan con el empleador, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás
parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su
caso, por adopción.
Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
Las relaciones de colaboración y convivencia familiar, como las denominadas au pair o
a la par, mediante las que se prestan algunos servicios como cuidados de niños, la
enseñanza de idiomas u otros que sean parte del conjunto de tareas, siempre y cuando
estos últimos tengan carácter marginal, todo ello a cambio de comidas, alojamiento o
simples compensaciones de gastos.
La relación del titular de un hogar familiar con un trabajador que, además de prestar
servicios domésticos en el hogar, deba realizar, con cualquier periodicidad, otros
servicios ajenos a este hogar familiar en actividades o empresas de cualquier carácter
Servicio de actualización de esta Guía, suscripción a nuevas Guías y otras ofertas comerciales exclusivas: info@vialey.com 4
6. del empleador. Dicha presunción admite prueba en contrario mediante la que se
acredite que es la realización de estos servicios no domésticos la que tiene un carácter
marginal o esporádico con respecto al servicio puramente doméstico que es el
principal.
Con carácter general, quedan excluidas del ámbito de esta relación laboral especial las
relaciones de trabajo en las que falta alguno de los presupuestos configuradores de su
naturaleza jurídico-laboral, como que deba existir remuneración, la dependencia y ajenidad.
Tampoco están incluidas las que no se desarrollen en un hogar, sino en las zonas comunes del
edificio como las limpiezas o los trabajos para las comunidades de vecinos.
2. Forma del contrato de trabajo doméstico.
El contrato de trabajo doméstico podrá celebrarse por escrito o de palabra. En todo caso,
deberán constar por escrito los contratos de duración determinada cuya duración sea igual o
superior a cuatro semanas.
Nuestro consejo es que sea por escrito en cualquier caso, dado que en defecto de pacto
escrito, para los nuevos contratos que se celebren a partir del 18 de noviembre de 2011, el
contrato de trabajo podría presumirse concertado por tiempo indefinido y a jornada completa
cuando su duración sea superior a cuatro semanas, lo que ocasionará problemas de prueba.
Además, cualquiera de las partes puede exigir que el contrato se formalice por escrito, incluso
durante el transcurso de la relación laboral.
El contrato o su anexo, debe incluir información sobre:
La identidad de las partes del contrato de trabajo.
La fecha de comienzo de la relación laboral y, en caso de que se trate de una relación
laboral temporal, la duración previsible de la misma.
El domicilio del empleador y el domicilio donde el trabajador preste sus servicios
habitualmente. Cuando el trabajador preste sus servicios de forma habitual en
diferentes domicilios se harán constar estas circunstancias.
La descripción resumida del puesto de trabajo, en términos que permitan conocer con
suficiente precisión el contenido específico del trabajo.
La cuantía del salario base inicial señalándose si es mensual o por horas, así como de
los complementos salariales, así como la periodicidad de su pago. Especificándose si
existe o no salario en especie y su valoración.
La duración y la distribución de la jornada ordinaria de trabajo y el número de horas de
trabajo semanales. Indicándose si existe o no pacto de horas de presencia y su
retribución o compensación así como el régimen de las pernoctas si existen.
La duración de las vacaciones y, en su caso, las modalidades de atribución y de
determinación de dichas vacaciones.
De todas formas, los empleadores tendrán un año para formalizar por escrito los contratos de
trabajo vigentes a fecha de 18 de noviembre de 2011.
Servicio de actualización de esta Guía, suscripción a nuevas Guías y otras ofertas comerciales exclusivas: info@vialey.com 5