Proyecto integrador. Las TIC en la sociedad S4.pptx
Convergencia tecnologica
1.
2. ¿QUÉ ES CONVERGENCIA TECNOLÓGICA?
Intercambio de datos entre El desarrollo de nuevas herramientas
un lugar y otro, variando su para el beneficio del ser humano,
estilo en diferentes ámbitos. mejorando su calidad de vida.
entonces
3. 1. SERVICIOS: Se ofrece una gran variedad de
servicios como internet, televisión por cable
pero por separado. Gracias a la convergencia
tecnológica podemos encontrar todos estos
servicios en un solo grupo.
4. MERCADO: Es
2. EQUIPOS
el grupo de
TERMINALES:
personas a las
Son los equipos
cuales se les
donde
venderán los
productos. En ÁMBITOS DE LA finalmente
llegan los
este ámbito se
encontrarán las CONVERGENCIA servicios
ofrecidos. Por
tarifas,
promociones y TECNOLÓGICA ejemplo, el
servicio de
demás a los
internet llegará
posibles
al computador.
clientes.
3. REDES O MEDIOS DE TRANSMISIÓN: Son los
medios por los cuales se transmiten los
servicios. Por ejemplo, para el caso de la
televisión por cable se puede transmitir por
ondas satelitales o antenas, a través de una
infraestructura.
4. EL Decreto 2870 es el encargado de regular la convergencia
tecnológica en Colombia. Dentro de este Decreto encontramos
los siguientes artículos:
Articulo 2. Definiciones: Describe cada uno de los operadores
para el intercambio de información como la televisión, telefonía
móvil , radiodifusoras. Por otro lado explica en que consiste la
convergencia tecnológica, beneficios, manejo, entre otros.
Articulo 10. Oferta Mayorista: Se trata el tema de un mercado
relevante, que contenga una mayor demanda gracias a la
calidad y eficacia del producto complementándolo con
conocimientos.
Articulo 13. Obligaciones para los operadores: Explica las
obligaciones por parte de los organismos que ofrezcan estos
servicios, ofreciendo garantías en el mismo.
Articulo 17. Permisos de Uso: En este articulo se describe que
tramites se deben realizar para poder operar con este servicio.
De igual manera, se hace la respectiva vigilancia por parte del
ente correspondiente.