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UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
                            PANAMÁ


FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN II
EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARÍA EN
COLOMBIA Y PANAMÁ
CARLOS AUUGUSTO GUARDIOLA GUARDO
ANDREA TORRES ARRIETA




                                                               2013
EVOLUCIÓN CRONOLÓGICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA.


                                               REAL AUDIENCIA 1550                  COMUNIDADES
                                                                                    RELIGIOSAS


                                                                     FRANCISCANOS     AUGUSTINOS       DOMINICOS
                     COLONIA

                                               FUNDACIÓN
                                                                                     1605. COLEGIO SAN BARTOLOMÉ
                                               UNIVERSIDADES S. XVII                 1654. COL. UNIV. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO
                                                                                     1623. UNIVERSIDAD JAVERIANA
EDUCACIÓN SUPERIOR                                                                   1626. UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
   EN COLOMBIA
                                                da                                                          EXPROPIACIÓN BIENES IGLESIA
                                               2     MITAD S.XVIII               NACE UNIVERSIDAD
                                                                                 PÚBLICA 1774               INCORPORAN CIENCIAS APLICADAS
                                                  NACE UNIVERSIDAD
                                                                                     BOGOTÁ                 APERTURA A DOCTRINAS
                                               CENTRAL REPÚPLICANA Ley
                     REPÚBLICA                                                       CARACAS
                                                       18 DE MARZO 1826                                     EXPEDICIÓN BOTÁNICA
                                                                                     QUITO
                           BOLIVAR-SANTANDER

                                     LIBERAL 1822               CONSEVATURISMO 1842



                                 MORAL      POLÍTICA        DISCIPLINA        RELIGIÓN         CONSERVADO
                                                                                               R
                                                                                                                               REFORMAS
                                  UNIVERSIDAD NACIONAL.                   CONS. POLÍTICA                                       EDUCATIVAS
                                  Ley 66 22 de Sep. 1867.                                           CONCORDATO
                                                                              1886                                             PROMULGADAS
                                                                                                                               POR LA IGLESIA
                         PERDIDA                 CAMBIA
                         AUTONOMÍA              CARÁCTER
                                                 OFICIAL
REFORMA
SIGLO XX. PRIMERAS                  UNIVERSITARIA
DECADAS                             Ley 57 de 1923
                                                                                                POLÍTICA
                                      GOBIERNOS                                                 ORGANIZACIONAL-
                                    LIBERALES 1930-            ORGANIZACIÓN                     AUTONOMÍA LIMITADA
                                         1957                  ADMINISTRATIVA
                                                                                                 ACADÉMIA-
                                    LEY ORGÁNICA
                                                                                                 INVESTIGACIÓN
                                     UNIVERSIDAD
                                    NACIONAL 1935              CIUDADELA
                                                                                                            SUPRESIÓN UNIVERSIDAD
                                                               UNIVERSITARIA
                                                                                                                   PÚBLICA
                                  PERIODO DE VIOLENCIA Y    Nuevas tendencias
                                  REPRESIÓN (1948-1957)
                                                                    Pensamiento y ciencia

                                           POLÍTICAS                                                           AVANCE Y CONSOLIDACIÓN
        MEDIADOS DE SIGLO XX.              GUBERNAMENTALES PARA                                                UNIVERSIDAD PARTICULAR
                                                                                FONDO UNIVERSITARIO
                                           APOYO Y FOEMNTO A LA
                                                                                NACIONAL 1954
                                           EDUCACIÓN SUPERIROR                                            Administración y distribución de recursos.
                                                                                ASOC COLOMB. DE UNIVERSIDADES ASCUN 1957
      CRISIS SOCIAL, POLÍTICA Y
      ECONÓMICA
                                                                                INS. COLOMBIANO DE CRÉDITO ICETEX 1968

                                                                   ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA.INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.
         FINAL SIGLO XX                    Decreto-Ley
                                                                   RECORTE DE SUBSIDIOS EDUCATIVOS, AUMENTO PRIVATIZACIÓN, DISMINUYE CALIDAD, DECAE
                                           080. 1980
                                                                   MOVIMIENTO ESTUDINATIL, FORMACIÓN CARÁCTER TECNOLOGICO EN AUGE. IES PRIVADAS SIN ANIMO
                                                                   DE LUCRO
          CONSTITUCIÓN
                                          Art 67. Educación como
          POLÍTICA 1991
                                          derecho y bien público
LEY 30 DE 1992




                 AUTONOMÍA                          INSPECCIÓN Y                               CICLO DE VIDA IES PRIVADAS
                                                     VIGILANCIA



                                                                                        NACIMIENTO POR CONSTITUCIÓN DE UNA
                                                                                        ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO (Art. 633 y ss.
                                                                                        Código Civil y art. 2
                                                                                        D. 1478 de 1994)



                                                                                                        IES QUE PRESTAN EL SERVICIO
                                                                                                          DE EDUCACIÓN SUPERIOR




                                                                                                            ESTÁNDARES MÍNIMOS
                                                                                                                DE CALIDAD




CREACIÓN DE PROGRAMAS                               CREACIÓN DE                              RATIFICACIÓN DE                    ACREDITACIÓN
ACADÉMICOS                                          SECCIONALES                              REFORMAS                           VOLUNTARIA
(D. 1403 de 1993, D. 836 y 837 de 1994, el          (Art. 121 de la Ley 30                   ESTATUTARIAS                       (Ley 115 de 1994, D. 2904
registro calificado. Decretos de estándares         D. 1478 de 1994)                                                            de 1994, D. 272 de 1998,
                                                                                             Art. 21 D. 1478 de 1994
mínimos: 792 y 2802 de 2001, 936-940, 1665 y                                                                                    D. 1605 de 2001)
                                                                                             Num. 2 art. 2 del D. 1176 de
1576 de 2002)
                                                                                             1999, num 9, art. 15 del D. 2662
                                                                                             de 1999




                                                                             EXTINCIÓN DE
                                                                             LAS IES
                                                                             (art. 104 de la Ley 30 7
                                                                             g, Ley 30 de 1992)
CARACTERÍSTICAS SIMILARES DE LA EVOLUCIÓN QUE HA TENIDO EL
SECTOR EN LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y PANAMÁ.

En este estudio sobre comparativo de los momentos relevantes de la evolución de
la educación superior entre     Colombia y Panamá se considerará la época del
Reformismo de la Modernidad en la Universidad Colombiana años 1920 a 1992 en
contraposición con las Causas que impulsan la creación y crecimiento de las
instituciones de educación superior particular.

Este periodo es significativo pues traza una línea divisoria en la reciente
separación entre Colombia y Panamá, y porque los cambios de la geopolítica
continental, la economía mundial demandaban el ingreso a la modernidad
afectando el campo educativo.

Las reformas en Colombia tuvieron un fuerte impulso de los movimientos
estudiantiles a diferencia de Panamá. No se debe desconocer que los gobiernos
liberales dieron su incondicional apoyo a estas políticas y consolidaron la
modernidad del Estado y con ello la misma universidad

El 29 de julio de 1932 Germán Arciniega propone ante el Congreso de la época la
“Ley Orgánica de la universidad colombiana” y Pedro Nel Ospina expide la Ley 68
de 1935 en procura de autonomía administrativa y financiera. Esta normativa
aunque propone generar cambios en el territorio nacional sólo afecta la
Universidad Nacional sobre la que recae la función de aprobación de nuevas
universidades y programas ofertados por otras universidades, situación similar a la
acontecida con la Universidad de Panamá establecidos en la Ley 47 de 1946 y
posteriores decretos modificatorios.

Otro decreto, el 260 de 1936, volvía a poner a la Universidad Nacional como
modelo a seguir para las demás facultades oficiales y privadas, al disponer:

“En lo sucesivo las Facultades Universitarias oficiales y privadas que aspiren al
reconocimiento por parte del Gobierno de los títulos que expidan, deberán
sujetarse a los programas y planes de enseñanza mínimos de la Universidad
Nacional, contar con la dotación material, científica y pedagógica que posea la
misma Universidad; someterse a los reglamentos que dicten al respecto el
Departamento Nacional de Higiene y la Comisión Nacional de Educación Física;
cumplir las disposiciones vigentes sobre segunda enseñanza en lo que a ella
atañe; sujetarse a los Reglamentos que sobre el particular acuerde el Ministerio de
Educación Nacional y aceptar la Inspección para vigilar el cumplimiento de lo
ordenado por el Presente Decreto”.

Durante la Intervención Estatal entre los años 1948-1957 el se presenta un
fenómeno de violencia política llamado        “El Bogotazo” su influencia afecto
drásticamente la universidad colombiana. Los conservadores en el gobierno y la
iglesia contrarrestaron toda ideología tachada de comunista. Se crea un nuevo
organismo regulador del Estado Fondo Nacional Universitario, una nueva forma de
ejercer dominio sobre los tibios triunfos logrados con la autonomía.

La Asociación Colombiana de Universidades toma un notable impulso durante el
periodo denominado Frente Nacional, periodo de privatización y modernidad 1957-
1970. Los cambios políticos y administrativos fueron contundentes, según
muestran los informes del Plan ATCON emisario de La Alianza para el Progreso
para contrarrestar los movimientos marxistas y revolución cubana. Este consistía
en. Para los transmites de autorización de una universidad particular se recurre a
la participación de las universidades oficiales en Panamá, en Colombia esta
función ahora está en manos de la ASCUN, lo que desencadenó una proliferación
de universidades, pero siendo las mismas universidades privadas vigilando y
controlándose así mismas el resultado fue una gran cantidad de universidades de
garaje, con calidad académica deficiente.

Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación
Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y
las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más
orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5 La Ley 30 estableció los
parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y
objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de
instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las
instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de
Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión
Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de
1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional
de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen
especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las
directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto
Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar
universitario1.

En comparación con Ley 30 del 20 de julio de 2006 en Panamá y los decretos de
implementación que regulan el sistema nacional de educación superior de
Panamá a través de la creación del Sistema Nacional de Evaluación de la
educación superior y se crean entre otros entes, la Comisión Técnica de
Fiscalización y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación de la educación
superior de Panamá (CONEAUPA).

Jorge Hernán Cárdenas y María Elena Gutiérrez en su informe a la UNESCO
sobre la educación superior privada destacan las diversas motivaciones que
impulsaron la creación de universidades privadas en Colombia: “violencia,
ideologías políticas y religiosas puede concluir que entran en juego muchos
actores que no están conformes con la educación imperante en un momento. En
este contexto hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante
por ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948,
en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que habían
estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del rezago entre la
educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el caso del Externado
donde se crea una institución para escapar el dogmatismo del momento y la
necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891). En algunos casos
como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad Autónoma de Bucaramanga
(1952), entran en juego grupos empresariales, que no ven respuesta para sus
regiones y deciden incursionar en una propuesta que inicialmente tiene una
vocación de promoción y afirmación del desarrollo regional, pero que luego tiene
vocación de poder trascender este límite.
Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como puede
ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o el caso de
la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En conclusión el
panorama es muy amplio y es muy diverso.”




1. La Educación Superior Privada en Colombia - Jorge Hernán Cárdenas S. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER
EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN IESALC Reports available at IESALC – UNESCO
CONSTRUYA UN CUADRO COMPRENSIVO DE LAS DISTINTAS FECHAS Y
EVENTOS QUE DESCRIBEN LA EVOLUCIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR EN COLOMBIA, HAGA UN ENSAYO COMPARATIVO DE AL
MENOS TRES PÁGINAS, COMPARANDO ESTE MARCO LEGAL CON EL
EXPERIMENTADO EN PANAMÁ Y DOS RECOMENDACIONES.

                                  COLOMBIA

                Siglo   XVI el     primer claustro universitario del país fue la
                Universidad   Tomasina.        Posteriormente   serían    creadas   la
 Virreinato y
                Universidad Javeriana (1623), el Colegio mayor del Rosario (1645)
   Colonia
                y la Universidad de San Nicolás de Mira (1703).
 Patria Boba    Se mantiene la estructura legislativa española heredada del
                virreinato
                Mediante la Ley del 18 de marzo de 1826, se crearon las
                universidades públicas de Santa Fe, Quito y Caracas. El Decreto 3
   La Gran
  Colombia      de octubre de 1826 reglamentara el funcionamiento de las recién
                creadas universidades.
                El primero de diciembre de 1842 se expidió el decreto que
                organizaba las universidades. Algunas modificaciones (decretos
                de julio 25 de 1843, enero 10 de 1844. 15 de mayo y septiembre
                10 de 1845. En 1843 se expide una nueva Constitución inspirada
La República    en la de 1832, el plan de enseñanzas universitarias dominado por
 de la Nueva    tres ideas fundamentales: una severa disciplina, la introducción de
  Granada
                elementos     religiosos   y     la   introducción   de    elementos
                conservadores, como el estudio del derecho romano.
                El 8 de mayo 1848 se expidió la ley sobre la libertad de enseñanza
                y habilitación de cursos. Para 1850, se impulsó una revolución de
                profundo corte liberal, calificado de romántica. Con la Expedición
                de la Ley de mayo 15 se derogó expresamente todas las normas
                anteriores sobre educación instrucción pública.
El 22 de septiembre de 1867 se aprueba la ley que organizaría
                “una Universidad Pública en la Capital de la República de
Confederación
  Granadina     Colombia, la que llevará el nombre de Universidad Nacional de los
                Estados Unidos de Colombia”. Con ella regresarían las facultades
                de jurisprudencia, medicina, filosofía y letras, y se crearían la
                Escuela de Ciencias Naturales, la de Ingeniería y la de Artes y
                Oficios.
                La Ley 106 de 1880 autorizaba al ejecutivo para modificar la su
                régimen orgánico. En uso de esas atribuciones se expidió el
                Decreto 167 de 1881, que definió a la Universidad como “Una
                institución de educación creada por la ley y sostenida con fondos
                nacionales, para dar pública y gratuitamente educación secundaria
                y profesional”.
                En su parte pertinente decía el Concordato de 1887:
                “Artículo 12. En las universidades y colegios, en las escuelas y en
    La          los demás centros de enseñanza, la educación e instrucción
Regeneración    pública se organizará y dirigirá en conformidad con los dogmas y
                la moral de la Religión Católica. La enseñanza religiosa será
                obligatoria en tales centros, y se observarán en ellos las prácticas
                piadosas de la Religión Católica.
                En 1892 se promulgó la Ley 89 así como su Decreto
                Reglamentario, el 349 del mismo año. Esta se conoció como Plan
                Zerda de Instrucción, cuyo objetivo era unificar el sistema
                educativo. Desarrollado por la legislación educativa de 1903 y
                1904 su vida sería breve, pues se desencadenaría la Guerra de
                los Mil Días.
                En 1903 se inicia una nueva reforma educativa con la Ley 39 y su
                decreto reglamentario, el 491 de 1904. Generó dispersión y el
                desmembramiento de la universidad, separando sus facultades y
                sometiéndolas al control de un consejo directivo compuesto por el
                rector y cuatro profesores nombrados por el ejecutivo.
En 1905, el general liberal Rafael Uribe Uribe, presenta un
                proyecto de ley “Sobre la reorganización de la Universidad
                Nacional”, que fue apenas discutido, pero que contendría algunos
                de los elementos que serán recogidos en la legislación
                universitaria de 1935. Entre ellos se pueden citar:
                     democratización del gobierno universitario;
   Siglo XX
                     la noción de cátedra libre
                     el carácter nacional, científico y experimental de la universidad;
                     la idea de ligar la universidad a los problemas reales del país,
                     apareciendo así un esbozo de “extensión universitaria”;
                     la organización académica en una serie de facultades, que
                     combinen los saberes clásicos tradicionales con los modernos:
                     literatura y filosofía, agronomía y veterinaria, pedagogía,
                     humanidades, comercio y otras, ciencias jurídicas y sociales
                El    Decreto    1326   de    1922   reglamentaría     lo   relativo   al
                reconocimiento de personas jurídicas. Este sería adicionado por el
                2272 de 1928 que fijaría los pénsumes y programa de estudio de
                la Universidad Nacional como modelo a seguir. De manera que la
                Ley 12 de 1934 ordenó dedicar a gastos educativos el 10% del
               presupuesto nacional. La Ley 68 de 1935, que integró las
   Reforma
educativa años escuelas, ordenó la construcción de una Ciudad Universitaria y
      20       concedió autonomía administrativa y académica a la institución.
                El acceso a la educación se pretendió concretar en el Decreto
                1283 de 1935 con el que se esperaba lograr educación para todos.
                Uno de tales decretos, el 260 de 1936, volvía a poner a la
                Universidad Nacional como modelo a seguir para las demás
                facultades oficiales y privadas. Así mismo, se expidió la Ley 132
                del 20 de febrero de 1936, sobre la igualdad de condiciones para
                el ingreso a los establecimientos de educación superior la cual
                prohibió todo forma de discriminación por sexo, raza o religión, a
                pesar de ello la participación de mujer siguió siendo excepcional.
La Ley 143 de 1948 volvería sobre el tema de la enseñanza
                 técnica, a la que definiría como “la parte esencialmente práctica de
                 la educación destinada a orientar hacia el trabajo racionalizado
                 toda ocupación o actividad que no necesite de una cultura general
                 académica”. También en 1950 el entonces Presidente, Laureano
                 Gómez, modificó la Ley 68 de 1935, la cual definía la estructura de
                 la Universidad Nacional. Hay prioridad a una orientación técnica,
                 para ello crearía varias instituciones que aun hoy forman parte del
                 sistema educativo, tales como Colciencias, la ESAP, el SENA y el
                 Fondo Nacional Universitario, a partir del cual nacería el ICFES. El
                 Fondo Nacional Universitario se crearía con el Decreto 3686 de
                 1954.     Con respecto a esas instituciones también le sería
                 asignadas funciones de Inspección y Vigilancia. En 1957 el Fondo
                 se transformaría en la Asociación Colombiana de Universidades
                 (ASCUN), organización de carácter privado que agrupó tanto a
                 instituciones oficiales como privadas y en la que el gobierno
                 nuevamente delegó las funciones de inspección y vigilancia de la
                 educación superior.
                 Se expide el Decreto 277 de 1958. En su artículo primero dispone
                 que “las Universidades Oficiales Departamentales “serán personas
                 jurídicas autónomas”. En el Gobierno de Guillermo León Valencia
                 se expiden los decretos 1464 de 1963, por el cual se establecían
                 normas para la fundación, aprobación e inspección de entidades
                 no universitarias de educación superior y 1297 de 1964, por el cual
                 se reglamentaba la educación superior en las universidades y en
                 otros institutos.
                 El documento se ocupa de la acreditación, en los siguientes
                 términos:
El Plan Básico
     de la       “10.1 Entiéndase por acreditación el proceso permanente de
  Educación      estudio de evaluación y asesoría a una universidad, a un instituto
Superior 1967
                 universitario, a un programa de estudios de acuerdo con las
respectivas normas o requisitos mínimos aprobados. Por su medio
                 se da crédito o se otorga confianza o se le niega a una institución
                 o   programa    educativo.    Tal   acto   y    proceso     los   realiza
                 periódicamente la autoridad educativa competente.
                 10.2. La acreditación será institucional y por programas.
                 10.3. La entidad competente para la acreditación será la Comisión
                 Nacional de la Educación Superior”.
                 Este mismo año, con el Decreto 3156 de 1968, se reorganizó el
                 Fondo Universitario Nacional, que pasó a llamarse Instituto
                 Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES).
                 Como finalidad, el instituto tendría la de “servir de órgano auxiliar
                 del Ministerio de Educación Nacional en lo relativo a la inspección
                 y vigilancia de la Educación Superior, otorgar asistencia técnica,
 La Reforma
Constitucional   económica y administrativa a las universidades, dentro del respeto
   de 1968       a su autonomía legal, y prestar aquellos servicios que sean
                 necesarios para el mejoramiento cuantitativo y cualitativo de la
                 misma, en consonancia con los requerimientos del progreso
                 armónico de la Nación”. En materia de exámenes, los exámenes
                 nacionales de admisión, a partir de este año pasaron a llamarse
                 Exámenes de Estado para ingreso a la Educación Superior a partir
                 de este momento se aplicaron de manera ininterrumpida y
                 constituyen requisito obligatorio para dicho propósito.
                 El 24 de enero de 1979 se expidió la Ley 8ª, “ por la cual se
                 otorgan   una    facultades   extraordinarias    para     establecer    la
                 naturaleza, características y componentes del              Sistema de

  Reforma        Educación Post-secundaria, se fijan requisitos para la creación y

Universitaria    funcionamiento de instituciones públicas y privadas de educación

   de 1980       post-secundaria, para organizar la Universidad Nacional de
                 Colombia y las demás Universidades e institutos Oficiales de nivel
                 post-secundario y para expedir las normas sobre Escalafón
                 Nacional para el Sector Docente y derogar unas normas”.
La Ley 30 de 1992 estableció los parámetros de la Educación
                 Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los
                 campos de acción; los programas académicos; los tipos de
                 instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía
                 de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el
                 Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto
                 Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES);
Ley 30 de 1992
                 los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las
                 Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999);
                 las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema
                 Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las
                 instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado,
                 la organización y elección de las directivas, el personal docente y
                 administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de
                 Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar
                 universitario.
EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA Y PANAMÁ. EVOLUCIÓN
                HISTÓRICA FRENTE A LA DEMANDA DE CALIDAD




En este análisis se abordará la evolución histórica de la gesta de los procesos
evolutivos de la educación superior en Colombia y Panamá desde el ámbito
legislativo enmarcado en los aspectos sociales, políticos y culturales hasta la
época actual.

El marco legal de educación en Colombia es muy amplio en comparación con el
establecido en Panamá, conclusión de lógica común puesto que la historia
panameña es reciente, su origen inicia con la separación de Colombia el 3 de
Noviembre de 1903. Cronológicamente cualquier comparación del marco
legislativo educativo de ambas naciones es posible cotejarlo en los inicios del siglo
XX como se referenciara a continuación.

La universidad de Panamá fue la primera universidad en este país y al
promulgarse la nueva Constitución se constituye en fiscalizadora del sistema de
educación superior, esto por mandato constitucional.

En el desarrollo histórico de la educación superior y particular en Colombia se
implementaron diversas reformas que buscaban amoldar a la población a las
necesidades coyunturales de la cada época en la que nación vivió su proceso de
maduración desde la colonia, pasando por la gestas independentistas, la
formación de la republica, la alternancia de hegemonía bipartidista liberal y
conservadora, cada una permeando de acuerdo a sus deseos los principios
constitutivos de la universidad, la continua influencia del poder eclesiástico y la
pugna entre el carácter oficialista y privado de la misma universidad.

La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación establece en su título primero los
principios, fines y normas de la educación, en ella la Educación de consagra como
un derecho y no tiene cabida ninguna forma de discriminación para negarlo.
El marco legislativo de esta ley en Panamá es similar al de la Ley Orgánica de
Colombia por cuanto ambos dan herramientas a las universidades centrales de
sus respectivos países para vigilar, aprobar y controlar las nuevas universidades
que se crearan en esos momentos. Aunque es de no se puede obviar que en el
caso Colombiano el énfasis sobre la autonomía es muy fuerte como se explica a
continuación.

La autonomía para el caso de las universidades en Colombia es un caso de vieja
data, en el que todavía no es posible desligarse de esta herencia que nace desde
la creación de la primera universidad oficial en este país, la Universidad Nacional
ubicada en la capital y fundada en 1867, se concibió como el punto neurálgico de
la reforma (Ley Orgánica) y modelo a emular por las demás universidades del
país.

El país ha creado políticas a lo largo de su cambiante y convulsionada historia
para fortalecer el sistema educativo y algunas has sido beneficiosas pero otras por
el contario han sido retrogradas involucionando completamente lo alcanzado por
las anteriores, una verdaderas política de Estado en cuanto al ordenamiento
jurídico sería ideal.

El aseguramiento de la calidad es una característica muy afín entre los Estados
Colombianos y Panameños, la acreditación en Colombia se estableció desde la
reforma de 1967 en procura de establecer requisitos mínimos para elevar el
rendimiento académico de los programas universitarios y sobre todo para la
asesoría y vigilancia permanente, luego la Ley 30 de 1992 lo retoma y la fortalece,
al igual que la ley 30 de Panamá en donde su estructura inicial contempla lo
referente al mismo aspecto. Ambas coinciden que el siguiente objetivo: mejorar la
calidad de las universidades y que rindan cuentas a través de procesos que gocen
de credibilidad y confianza por los grupos de interés.

Pero el llegar a estas leyes ha sido una necesidad para ponerse en línea con las
tendencias y necesidades de un mercado global, en el caso especifico de Panamá
el estudio realizado por Mariana A. de McPherson: Innovaciones en procesos
de acreditación institucional universitaria: Caso Panamá. Se detalla            que
Panamá se encuentra en evidente crecimiento económico desde hace varios
años. Ha disminuido el desempleo a niveles de 5.6% y aumentado el Producto
Interno Bruto de manera sostenida a pesar de la crisis económica mundial (Foro
Económico Mundial) (The Global Competitiveness Report 2009-2010, 2009 World
Economic Forum).

También plantea que pesar de lo anterior, existen indicadores en los cuales
Panamá no califica bien y que son requisitos para que el crecimiento económico
sea sostenido y sostenible y pueda traducirse en desarrollo. Entre estos últimos
indicadores se destacan los relacionados con educación en todos sus niveles.

En lo que se refiere a educación superior, la Universidad de Panamá estuvo por
muchos años ejerciendo la función de fiscalizar las universidades ya aprobadas, la
cual se le ha dado por mandato constitucional. Esto fue así porque, al crearse la
constitución, la única universidad estatal era ésta. Al mismo tiempo, la Universidad
de Panamá asumió la función de recomendar al Órgano Ejecutivo, a través del
Ministerio de Educación, el otorgamiento el permiso provisional de funcionamiento
a universidades nuevas.

A partir de la promulgación de la Ley 30 de 20 de julio de 2006, se crea la
Comisión Técnica de Fiscalización, la cual está constituida por la Universidad de
Panamá en coordinación con las otras universidades estatales. Otro de los
antecedentes relevantes señala que, el rendimiento de los estudiantes ha bajado,
según estadísticas universitarias y son poco exigentes los requisitos de ingreso a
las universidades, salvo en programas de ciencias de la salud e ingeniería. Si esta
información se suma al incremento en la satisfacción de los empleadores con
respecto a las competencias de los egresados de las universidades en Panamá,
puede colegirse que existe un problema de control de calidad en este nivel
educativo, especialmente si se compara el número de universidades (42) con el
hecho de que la población del país no alcanza los cuatro (4) millones de
habitantes.
Colombia inició su experiencia del mejoramiento cualitativo de la educación
superior a través de la acreditación de alta calidad que aparece en la Ley 30 de
1992. Dadas las exigencias de la acreditación, la comunidad académica y el
gobierno se percataron pronto del largo tiempo que tomaría a las instituciones
llenar los requisitos para la acreditación, así que se actuó para sumar, al
mecanismo de acreditación, el mecanismo de registro calificado, no registro
simple, que permitiese asegurar que los programas técnicos, tecnológicos y
profesionales se ofrecerían con condiciones mínimas de calidad. Fue así como se
legisló para exigir estándares o condiciones mínimas que significan que las
instituciones ofrecen idóneamente los programas. Deben satisfacerse estas
condiciones para obtener el registro calificado. El paso siguiente, la acreditación
de alta calidad, se estableció como práctica voluntaria, dados los altos estándares
requeridos para su obtención. Hoy el total de universidades acreditadas no supera
las 12 y aun el proceso continúa.

RECOMENDACIONES


   1. Establecer una política de Estado para generar estabilidad al sistema
      educativo colombiano para evitar que las condiciones ideológicas, políticas
      y socioeconómicas perturben su normal desarrollo.


   2. Fortalecer   los   acuerdos   internacionales    para   unificar   lineamientos
      curriculares de las instituciones universitarias para facilitar la cualificación
      de los programas académicos para que los procesos de homologación de
      títulos y convalidaciones sean más eficientes.


   3. Que los ministerios de educación de los pises de la región creen un órgano
      regional que permita armonizar la legislación de los Estados en cuanto al
      tema educativo para que las instituciones de educación superior puedan
      facilitar la oferta en otros territorios, ello mejoraría la competitividad y
      disminuiría los costos educativos.
BIBLIOGRAFÍA

  1. Carlos Patiño Millán. Apuntes para una historia de la educación en
    Colombia. Escuela de Comunicación Social, CELYC, Universidad del
    Valle. 2010


  2. Colombia, Ministerio de Educación Nacional, 1992, Ley 30 de
    Educación Superior, Bogotá, Ministerio de Educación Nacional.



  3. DIGITAL    OBSERVATORY        FOR   HIGHER   EDUCATION      IN   LATIN
    AMERICA AND THE CARIBBEAN IESALC Reports available at
    www.iesalc.unesco.org.ve


  4. Evolución Legislativa de la educación superior en Colombia.
    Educación culpable, educación redentora IESALC - UNESCO




  5. Haydée    Franco.   ESTUDIO    SOBRE   LA EDUCACIÓN      SUPERIOR
    UNIVERSITARIA PRIVADA EN PANAMÁ.


  6. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMÉRICANOS. Situación de la
    educación        superior       en      Colombia     2006.         Sitio
    http://www.oei.es/quipu/colombia/index.html#legi. Consultado 4 de
    Abril de 2013
  7. Cifras Economía de Panamá
    http://espanol.doingbusiness.org/data/exploreeconomies/panamá/).



  8. Mariana A. de McPherson. Consejo Nacional de Evaluación y
    Acreditación Universitaria de Panamá, CONEAUPA, Panamá, Panamá.
    Innovaciones en procesos de acreditación institucional universitaria:
    Caso Panamá

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Unidad didactica ii

  • 1. UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE PANAMÁ FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN II EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARÍA EN COLOMBIA Y PANAMÁ CARLOS AUUGUSTO GUARDIOLA GUARDO ANDREA TORRES ARRIETA 2013
  • 2. EVOLUCIÓN CRONOLÓGICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA. REAL AUDIENCIA 1550 COMUNIDADES RELIGIOSAS FRANCISCANOS AUGUSTINOS DOMINICOS COLONIA FUNDACIÓN 1605. COLEGIO SAN BARTOLOMÉ UNIVERSIDADES S. XVII 1654. COL. UNIV. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO 1623. UNIVERSIDAD JAVERIANA EDUCACIÓN SUPERIOR 1626. UNIVERSIDAD SANTO TOMAS EN COLOMBIA da EXPROPIACIÓN BIENES IGLESIA 2 MITAD S.XVIII NACE UNIVERSIDAD PÚBLICA 1774 INCORPORAN CIENCIAS APLICADAS NACE UNIVERSIDAD BOGOTÁ APERTURA A DOCTRINAS CENTRAL REPÚPLICANA Ley REPÚBLICA CARACAS 18 DE MARZO 1826 EXPEDICIÓN BOTÁNICA QUITO BOLIVAR-SANTANDER LIBERAL 1822 CONSEVATURISMO 1842 MORAL POLÍTICA DISCIPLINA RELIGIÓN CONSERVADO R REFORMAS UNIVERSIDAD NACIONAL. CONS. POLÍTICA EDUCATIVAS Ley 66 22 de Sep. 1867. CONCORDATO 1886 PROMULGADAS POR LA IGLESIA PERDIDA CAMBIA AUTONOMÍA CARÁCTER OFICIAL
  • 3. REFORMA SIGLO XX. PRIMERAS UNIVERSITARIA DECADAS Ley 57 de 1923 POLÍTICA GOBIERNOS ORGANIZACIONAL- LIBERALES 1930- ORGANIZACIÓN AUTONOMÍA LIMITADA 1957 ADMINISTRATIVA ACADÉMIA- LEY ORGÁNICA INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL 1935 CIUDADELA SUPRESIÓN UNIVERSIDAD UNIVERSITARIA PÚBLICA PERIODO DE VIOLENCIA Y Nuevas tendencias REPRESIÓN (1948-1957) Pensamiento y ciencia POLÍTICAS AVANCE Y CONSOLIDACIÓN MEDIADOS DE SIGLO XX. GUBERNAMENTALES PARA UNIVERSIDAD PARTICULAR FONDO UNIVERSITARIO APOYO Y FOEMNTO A LA NACIONAL 1954 EDUCACIÓN SUPERIROR Administración y distribución de recursos. ASOC COLOMB. DE UNIVERSIDADES ASCUN 1957 CRISIS SOCIAL, POLÍTICA Y ECONÓMICA INS. COLOMBIANO DE CRÉDITO ICETEX 1968 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA.INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. FINAL SIGLO XX Decreto-Ley RECORTE DE SUBSIDIOS EDUCATIVOS, AUMENTO PRIVATIZACIÓN, DISMINUYE CALIDAD, DECAE 080. 1980 MOVIMIENTO ESTUDINATIL, FORMACIÓN CARÁCTER TECNOLOGICO EN AUGE. IES PRIVADAS SIN ANIMO DE LUCRO CONSTITUCIÓN Art 67. Educación como POLÍTICA 1991 derecho y bien público
  • 4. LEY 30 DE 1992 AUTONOMÍA INSPECCIÓN Y CICLO DE VIDA IES PRIVADAS VIGILANCIA NACIMIENTO POR CONSTITUCIÓN DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO (Art. 633 y ss. Código Civil y art. 2 D. 1478 de 1994) IES QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR ESTÁNDARES MÍNIMOS DE CALIDAD CREACIÓN DE PROGRAMAS CREACIÓN DE RATIFICACIÓN DE ACREDITACIÓN ACADÉMICOS SECCIONALES REFORMAS VOLUNTARIA (D. 1403 de 1993, D. 836 y 837 de 1994, el (Art. 121 de la Ley 30 ESTATUTARIAS (Ley 115 de 1994, D. 2904 registro calificado. Decretos de estándares D. 1478 de 1994) de 1994, D. 272 de 1998, Art. 21 D. 1478 de 1994 mínimos: 792 y 2802 de 2001, 936-940, 1665 y D. 1605 de 2001) Num. 2 art. 2 del D. 1176 de 1576 de 2002) 1999, num 9, art. 15 del D. 2662 de 1999 EXTINCIÓN DE LAS IES (art. 104 de la Ley 30 7 g, Ley 30 de 1992)
  • 5. CARACTERÍSTICAS SIMILARES DE LA EVOLUCIÓN QUE HA TENIDO EL SECTOR EN LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y PANAMÁ. En este estudio sobre comparativo de los momentos relevantes de la evolución de la educación superior entre Colombia y Panamá se considerará la época del Reformismo de la Modernidad en la Universidad Colombiana años 1920 a 1992 en contraposición con las Causas que impulsan la creación y crecimiento de las instituciones de educación superior particular. Este periodo es significativo pues traza una línea divisoria en la reciente separación entre Colombia y Panamá, y porque los cambios de la geopolítica continental, la economía mundial demandaban el ingreso a la modernidad afectando el campo educativo. Las reformas en Colombia tuvieron un fuerte impulso de los movimientos estudiantiles a diferencia de Panamá. No se debe desconocer que los gobiernos liberales dieron su incondicional apoyo a estas políticas y consolidaron la modernidad del Estado y con ello la misma universidad El 29 de julio de 1932 Germán Arciniega propone ante el Congreso de la época la “Ley Orgánica de la universidad colombiana” y Pedro Nel Ospina expide la Ley 68 de 1935 en procura de autonomía administrativa y financiera. Esta normativa aunque propone generar cambios en el territorio nacional sólo afecta la Universidad Nacional sobre la que recae la función de aprobación de nuevas universidades y programas ofertados por otras universidades, situación similar a la acontecida con la Universidad de Panamá establecidos en la Ley 47 de 1946 y posteriores decretos modificatorios. Otro decreto, el 260 de 1936, volvía a poner a la Universidad Nacional como modelo a seguir para las demás facultades oficiales y privadas, al disponer: “En lo sucesivo las Facultades Universitarias oficiales y privadas que aspiren al reconocimiento por parte del Gobierno de los títulos que expidan, deberán sujetarse a los programas y planes de enseñanza mínimos de la Universidad
  • 6. Nacional, contar con la dotación material, científica y pedagógica que posea la misma Universidad; someterse a los reglamentos que dicten al respecto el Departamento Nacional de Higiene y la Comisión Nacional de Educación Física; cumplir las disposiciones vigentes sobre segunda enseñanza en lo que a ella atañe; sujetarse a los Reglamentos que sobre el particular acuerde el Ministerio de Educación Nacional y aceptar la Inspección para vigilar el cumplimiento de lo ordenado por el Presente Decreto”. Durante la Intervención Estatal entre los años 1948-1957 el se presenta un fenómeno de violencia política llamado “El Bogotazo” su influencia afecto drásticamente la universidad colombiana. Los conservadores en el gobierno y la iglesia contrarrestaron toda ideología tachada de comunista. Se crea un nuevo organismo regulador del Estado Fondo Nacional Universitario, una nueva forma de ejercer dominio sobre los tibios triunfos logrados con la autonomía. La Asociación Colombiana de Universidades toma un notable impulso durante el periodo denominado Frente Nacional, periodo de privatización y modernidad 1957- 1970. Los cambios políticos y administrativos fueron contundentes, según muestran los informes del Plan ATCON emisario de La Alianza para el Progreso para contrarrestar los movimientos marxistas y revolución cubana. Este consistía en. Para los transmites de autorización de una universidad particular se recurre a la participación de las universidades oficiales en Panamá, en Colombia esta función ahora está en manos de la ASCUN, lo que desencadenó una proliferación de universidades, pero siendo las mismas universidades privadas vigilando y controlándose así mismas el resultado fue una gran cantidad de universidades de garaje, con calidad académica deficiente. Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5 La Ley 30 estableció los parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de
  • 7. instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar universitario1. En comparación con Ley 30 del 20 de julio de 2006 en Panamá y los decretos de implementación que regulan el sistema nacional de educación superior de Panamá a través de la creación del Sistema Nacional de Evaluación de la educación superior y se crean entre otros entes, la Comisión Técnica de Fiscalización y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación de la educación superior de Panamá (CONEAUPA). Jorge Hernán Cárdenas y María Elena Gutiérrez en su informe a la UNESCO sobre la educación superior privada destacan las diversas motivaciones que impulsaron la creación de universidades privadas en Colombia: “violencia, ideologías políticas y religiosas puede concluir que entran en juego muchos actores que no están conformes con la educación imperante en un momento. En este contexto hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante por ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948, en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que habían estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del rezago entre la educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el caso del Externado donde se crea una institución para escapar el dogmatismo del momento y la necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891). En algunos casos como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad Autónoma de Bucaramanga
  • 8. (1952), entran en juego grupos empresariales, que no ven respuesta para sus regiones y deciden incursionar en una propuesta que inicialmente tiene una vocación de promoción y afirmación del desarrollo regional, pero que luego tiene vocación de poder trascender este límite. Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como puede ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o el caso de la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En conclusión el panorama es muy amplio y es muy diverso.” 1. La Educación Superior Privada en Colombia - Jorge Hernán Cárdenas S. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN IESALC Reports available at IESALC – UNESCO
  • 9. CONSTRUYA UN CUADRO COMPRENSIVO DE LAS DISTINTAS FECHAS Y EVENTOS QUE DESCRIBEN LA EVOLUCIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA, HAGA UN ENSAYO COMPARATIVO DE AL MENOS TRES PÁGINAS, COMPARANDO ESTE MARCO LEGAL CON EL EXPERIMENTADO EN PANAMÁ Y DOS RECOMENDACIONES. COLOMBIA Siglo XVI el primer claustro universitario del país fue la Universidad Tomasina. Posteriormente serían creadas la Virreinato y Universidad Javeriana (1623), el Colegio mayor del Rosario (1645) Colonia y la Universidad de San Nicolás de Mira (1703). Patria Boba Se mantiene la estructura legislativa española heredada del virreinato Mediante la Ley del 18 de marzo de 1826, se crearon las universidades públicas de Santa Fe, Quito y Caracas. El Decreto 3 La Gran Colombia de octubre de 1826 reglamentara el funcionamiento de las recién creadas universidades. El primero de diciembre de 1842 se expidió el decreto que organizaba las universidades. Algunas modificaciones (decretos de julio 25 de 1843, enero 10 de 1844. 15 de mayo y septiembre 10 de 1845. En 1843 se expide una nueva Constitución inspirada La República en la de 1832, el plan de enseñanzas universitarias dominado por de la Nueva tres ideas fundamentales: una severa disciplina, la introducción de Granada elementos religiosos y la introducción de elementos conservadores, como el estudio del derecho romano. El 8 de mayo 1848 se expidió la ley sobre la libertad de enseñanza y habilitación de cursos. Para 1850, se impulsó una revolución de profundo corte liberal, calificado de romántica. Con la Expedición de la Ley de mayo 15 se derogó expresamente todas las normas anteriores sobre educación instrucción pública.
  • 10. El 22 de septiembre de 1867 se aprueba la ley que organizaría “una Universidad Pública en la Capital de la República de Confederación Granadina Colombia, la que llevará el nombre de Universidad Nacional de los Estados Unidos de Colombia”. Con ella regresarían las facultades de jurisprudencia, medicina, filosofía y letras, y se crearían la Escuela de Ciencias Naturales, la de Ingeniería y la de Artes y Oficios. La Ley 106 de 1880 autorizaba al ejecutivo para modificar la su régimen orgánico. En uso de esas atribuciones se expidió el Decreto 167 de 1881, que definió a la Universidad como “Una institución de educación creada por la ley y sostenida con fondos nacionales, para dar pública y gratuitamente educación secundaria y profesional”. En su parte pertinente decía el Concordato de 1887: “Artículo 12. En las universidades y colegios, en las escuelas y en La los demás centros de enseñanza, la educación e instrucción Regeneración pública se organizará y dirigirá en conformidad con los dogmas y la moral de la Religión Católica. La enseñanza religiosa será obligatoria en tales centros, y se observarán en ellos las prácticas piadosas de la Religión Católica. En 1892 se promulgó la Ley 89 así como su Decreto Reglamentario, el 349 del mismo año. Esta se conoció como Plan Zerda de Instrucción, cuyo objetivo era unificar el sistema educativo. Desarrollado por la legislación educativa de 1903 y 1904 su vida sería breve, pues se desencadenaría la Guerra de los Mil Días. En 1903 se inicia una nueva reforma educativa con la Ley 39 y su decreto reglamentario, el 491 de 1904. Generó dispersión y el desmembramiento de la universidad, separando sus facultades y sometiéndolas al control de un consejo directivo compuesto por el rector y cuatro profesores nombrados por el ejecutivo.
  • 11. En 1905, el general liberal Rafael Uribe Uribe, presenta un proyecto de ley “Sobre la reorganización de la Universidad Nacional”, que fue apenas discutido, pero que contendría algunos de los elementos que serán recogidos en la legislación universitaria de 1935. Entre ellos se pueden citar: democratización del gobierno universitario; Siglo XX la noción de cátedra libre el carácter nacional, científico y experimental de la universidad; la idea de ligar la universidad a los problemas reales del país, apareciendo así un esbozo de “extensión universitaria”; la organización académica en una serie de facultades, que combinen los saberes clásicos tradicionales con los modernos: literatura y filosofía, agronomía y veterinaria, pedagogía, humanidades, comercio y otras, ciencias jurídicas y sociales El Decreto 1326 de 1922 reglamentaría lo relativo al reconocimiento de personas jurídicas. Este sería adicionado por el 2272 de 1928 que fijaría los pénsumes y programa de estudio de la Universidad Nacional como modelo a seguir. De manera que la Ley 12 de 1934 ordenó dedicar a gastos educativos el 10% del presupuesto nacional. La Ley 68 de 1935, que integró las Reforma educativa años escuelas, ordenó la construcción de una Ciudad Universitaria y 20 concedió autonomía administrativa y académica a la institución. El acceso a la educación se pretendió concretar en el Decreto 1283 de 1935 con el que se esperaba lograr educación para todos. Uno de tales decretos, el 260 de 1936, volvía a poner a la Universidad Nacional como modelo a seguir para las demás facultades oficiales y privadas. Así mismo, se expidió la Ley 132 del 20 de febrero de 1936, sobre la igualdad de condiciones para el ingreso a los establecimientos de educación superior la cual prohibió todo forma de discriminación por sexo, raza o religión, a pesar de ello la participación de mujer siguió siendo excepcional.
  • 12. La Ley 143 de 1948 volvería sobre el tema de la enseñanza técnica, a la que definiría como “la parte esencialmente práctica de la educación destinada a orientar hacia el trabajo racionalizado toda ocupación o actividad que no necesite de una cultura general académica”. También en 1950 el entonces Presidente, Laureano Gómez, modificó la Ley 68 de 1935, la cual definía la estructura de la Universidad Nacional. Hay prioridad a una orientación técnica, para ello crearía varias instituciones que aun hoy forman parte del sistema educativo, tales como Colciencias, la ESAP, el SENA y el Fondo Nacional Universitario, a partir del cual nacería el ICFES. El Fondo Nacional Universitario se crearía con el Decreto 3686 de 1954. Con respecto a esas instituciones también le sería asignadas funciones de Inspección y Vigilancia. En 1957 el Fondo se transformaría en la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN), organización de carácter privado que agrupó tanto a instituciones oficiales como privadas y en la que el gobierno nuevamente delegó las funciones de inspección y vigilancia de la educación superior. Se expide el Decreto 277 de 1958. En su artículo primero dispone que “las Universidades Oficiales Departamentales “serán personas jurídicas autónomas”. En el Gobierno de Guillermo León Valencia se expiden los decretos 1464 de 1963, por el cual se establecían normas para la fundación, aprobación e inspección de entidades no universitarias de educación superior y 1297 de 1964, por el cual se reglamentaba la educación superior en las universidades y en otros institutos. El documento se ocupa de la acreditación, en los siguientes términos: El Plan Básico de la “10.1 Entiéndase por acreditación el proceso permanente de Educación estudio de evaluación y asesoría a una universidad, a un instituto Superior 1967 universitario, a un programa de estudios de acuerdo con las
  • 13. respectivas normas o requisitos mínimos aprobados. Por su medio se da crédito o se otorga confianza o se le niega a una institución o programa educativo. Tal acto y proceso los realiza periódicamente la autoridad educativa competente. 10.2. La acreditación será institucional y por programas. 10.3. La entidad competente para la acreditación será la Comisión Nacional de la Educación Superior”. Este mismo año, con el Decreto 3156 de 1968, se reorganizó el Fondo Universitario Nacional, que pasó a llamarse Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES). Como finalidad, el instituto tendría la de “servir de órgano auxiliar del Ministerio de Educación Nacional en lo relativo a la inspección y vigilancia de la Educación Superior, otorgar asistencia técnica, La Reforma Constitucional económica y administrativa a las universidades, dentro del respeto de 1968 a su autonomía legal, y prestar aquellos servicios que sean necesarios para el mejoramiento cuantitativo y cualitativo de la misma, en consonancia con los requerimientos del progreso armónico de la Nación”. En materia de exámenes, los exámenes nacionales de admisión, a partir de este año pasaron a llamarse Exámenes de Estado para ingreso a la Educación Superior a partir de este momento se aplicaron de manera ininterrumpida y constituyen requisito obligatorio para dicho propósito. El 24 de enero de 1979 se expidió la Ley 8ª, “ por la cual se otorgan una facultades extraordinarias para establecer la naturaleza, características y componentes del Sistema de Reforma Educación Post-secundaria, se fijan requisitos para la creación y Universitaria funcionamiento de instituciones públicas y privadas de educación de 1980 post-secundaria, para organizar la Universidad Nacional de Colombia y las demás Universidades e institutos Oficiales de nivel post-secundario y para expedir las normas sobre Escalafón Nacional para el Sector Docente y derogar unas normas”.
  • 14. La Ley 30 de 1992 estableció los parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES); Ley 30 de 1992 los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar universitario.
  • 15. EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA Y PANAMÁ. EVOLUCIÓN HISTÓRICA FRENTE A LA DEMANDA DE CALIDAD En este análisis se abordará la evolución histórica de la gesta de los procesos evolutivos de la educación superior en Colombia y Panamá desde el ámbito legislativo enmarcado en los aspectos sociales, políticos y culturales hasta la época actual. El marco legal de educación en Colombia es muy amplio en comparación con el establecido en Panamá, conclusión de lógica común puesto que la historia panameña es reciente, su origen inicia con la separación de Colombia el 3 de Noviembre de 1903. Cronológicamente cualquier comparación del marco legislativo educativo de ambas naciones es posible cotejarlo en los inicios del siglo XX como se referenciara a continuación. La universidad de Panamá fue la primera universidad en este país y al promulgarse la nueva Constitución se constituye en fiscalizadora del sistema de educación superior, esto por mandato constitucional. En el desarrollo histórico de la educación superior y particular en Colombia se implementaron diversas reformas que buscaban amoldar a la población a las necesidades coyunturales de la cada época en la que nación vivió su proceso de maduración desde la colonia, pasando por la gestas independentistas, la formación de la republica, la alternancia de hegemonía bipartidista liberal y conservadora, cada una permeando de acuerdo a sus deseos los principios constitutivos de la universidad, la continua influencia del poder eclesiástico y la pugna entre el carácter oficialista y privado de la misma universidad. La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación establece en su título primero los principios, fines y normas de la educación, en ella la Educación de consagra como un derecho y no tiene cabida ninguna forma de discriminación para negarlo.
  • 16. El marco legislativo de esta ley en Panamá es similar al de la Ley Orgánica de Colombia por cuanto ambos dan herramientas a las universidades centrales de sus respectivos países para vigilar, aprobar y controlar las nuevas universidades que se crearan en esos momentos. Aunque es de no se puede obviar que en el caso Colombiano el énfasis sobre la autonomía es muy fuerte como se explica a continuación. La autonomía para el caso de las universidades en Colombia es un caso de vieja data, en el que todavía no es posible desligarse de esta herencia que nace desde la creación de la primera universidad oficial en este país, la Universidad Nacional ubicada en la capital y fundada en 1867, se concibió como el punto neurálgico de la reforma (Ley Orgánica) y modelo a emular por las demás universidades del país. El país ha creado políticas a lo largo de su cambiante y convulsionada historia para fortalecer el sistema educativo y algunas has sido beneficiosas pero otras por el contario han sido retrogradas involucionando completamente lo alcanzado por las anteriores, una verdaderas política de Estado en cuanto al ordenamiento jurídico sería ideal. El aseguramiento de la calidad es una característica muy afín entre los Estados Colombianos y Panameños, la acreditación en Colombia se estableció desde la reforma de 1967 en procura de establecer requisitos mínimos para elevar el rendimiento académico de los programas universitarios y sobre todo para la asesoría y vigilancia permanente, luego la Ley 30 de 1992 lo retoma y la fortalece, al igual que la ley 30 de Panamá en donde su estructura inicial contempla lo referente al mismo aspecto. Ambas coinciden que el siguiente objetivo: mejorar la calidad de las universidades y que rindan cuentas a través de procesos que gocen de credibilidad y confianza por los grupos de interés. Pero el llegar a estas leyes ha sido una necesidad para ponerse en línea con las tendencias y necesidades de un mercado global, en el caso especifico de Panamá el estudio realizado por Mariana A. de McPherson: Innovaciones en procesos
  • 17. de acreditación institucional universitaria: Caso Panamá. Se detalla que Panamá se encuentra en evidente crecimiento económico desde hace varios años. Ha disminuido el desempleo a niveles de 5.6% y aumentado el Producto Interno Bruto de manera sostenida a pesar de la crisis económica mundial (Foro Económico Mundial) (The Global Competitiveness Report 2009-2010, 2009 World Economic Forum). También plantea que pesar de lo anterior, existen indicadores en los cuales Panamá no califica bien y que son requisitos para que el crecimiento económico sea sostenido y sostenible y pueda traducirse en desarrollo. Entre estos últimos indicadores se destacan los relacionados con educación en todos sus niveles. En lo que se refiere a educación superior, la Universidad de Panamá estuvo por muchos años ejerciendo la función de fiscalizar las universidades ya aprobadas, la cual se le ha dado por mandato constitucional. Esto fue así porque, al crearse la constitución, la única universidad estatal era ésta. Al mismo tiempo, la Universidad de Panamá asumió la función de recomendar al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, el otorgamiento el permiso provisional de funcionamiento a universidades nuevas. A partir de la promulgación de la Ley 30 de 20 de julio de 2006, se crea la Comisión Técnica de Fiscalización, la cual está constituida por la Universidad de Panamá en coordinación con las otras universidades estatales. Otro de los antecedentes relevantes señala que, el rendimiento de los estudiantes ha bajado, según estadísticas universitarias y son poco exigentes los requisitos de ingreso a las universidades, salvo en programas de ciencias de la salud e ingeniería. Si esta información se suma al incremento en la satisfacción de los empleadores con respecto a las competencias de los egresados de las universidades en Panamá, puede colegirse que existe un problema de control de calidad en este nivel educativo, especialmente si se compara el número de universidades (42) con el hecho de que la población del país no alcanza los cuatro (4) millones de habitantes.
  • 18. Colombia inició su experiencia del mejoramiento cualitativo de la educación superior a través de la acreditación de alta calidad que aparece en la Ley 30 de 1992. Dadas las exigencias de la acreditación, la comunidad académica y el gobierno se percataron pronto del largo tiempo que tomaría a las instituciones llenar los requisitos para la acreditación, así que se actuó para sumar, al mecanismo de acreditación, el mecanismo de registro calificado, no registro simple, que permitiese asegurar que los programas técnicos, tecnológicos y profesionales se ofrecerían con condiciones mínimas de calidad. Fue así como se legisló para exigir estándares o condiciones mínimas que significan que las instituciones ofrecen idóneamente los programas. Deben satisfacerse estas condiciones para obtener el registro calificado. El paso siguiente, la acreditación de alta calidad, se estableció como práctica voluntaria, dados los altos estándares requeridos para su obtención. Hoy el total de universidades acreditadas no supera las 12 y aun el proceso continúa. RECOMENDACIONES 1. Establecer una política de Estado para generar estabilidad al sistema educativo colombiano para evitar que las condiciones ideológicas, políticas y socioeconómicas perturben su normal desarrollo. 2. Fortalecer los acuerdos internacionales para unificar lineamientos curriculares de las instituciones universitarias para facilitar la cualificación de los programas académicos para que los procesos de homologación de títulos y convalidaciones sean más eficientes. 3. Que los ministerios de educación de los pises de la región creen un órgano regional que permita armonizar la legislación de los Estados en cuanto al tema educativo para que las instituciones de educación superior puedan facilitar la oferta en otros territorios, ello mejoraría la competitividad y disminuiría los costos educativos.
  • 19. BIBLIOGRAFÍA 1. Carlos Patiño Millán. Apuntes para una historia de la educación en Colombia. Escuela de Comunicación Social, CELYC, Universidad del Valle. 2010 2. Colombia, Ministerio de Educación Nacional, 1992, Ley 30 de Educación Superior, Bogotá, Ministerio de Educación Nacional. 3. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER EDUCATION IN LATIN AMERICA AND THE CARIBBEAN IESALC Reports available at www.iesalc.unesco.org.ve 4. Evolución Legislativa de la educación superior en Colombia. Educación culpable, educación redentora IESALC - UNESCO 5. Haydée Franco. ESTUDIO SOBRE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA PRIVADA EN PANAMÁ. 6. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMÉRICANOS. Situación de la educación superior en Colombia 2006. Sitio http://www.oei.es/quipu/colombia/index.html#legi. Consultado 4 de Abril de 2013 7. Cifras Economía de Panamá http://espanol.doingbusiness.org/data/exploreeconomies/panamá/). 8. Mariana A. de McPherson. Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá, CONEAUPA, Panamá, Panamá. Innovaciones en procesos de acreditación institucional universitaria: Caso Panamá