1. UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
PANAMÁ
FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN II
EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARÍA EN
COLOMBIA Y PANAMÁ
CARLOS AUUGUSTO GUARDIOLA GUARDO
ANDREA TORRES ARRIETA
2013
2. EVOLUCIÓN CRONOLÓGICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA.
REAL AUDIENCIA 1550 COMUNIDADES
RELIGIOSAS
FRANCISCANOS AUGUSTINOS DOMINICOS
COLONIA
FUNDACIÓN
1605. COLEGIO SAN BARTOLOMÉ
UNIVERSIDADES S. XVII 1654. COL. UNIV. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO
1623. UNIVERSIDAD JAVERIANA
EDUCACIÓN SUPERIOR 1626. UNIVERSIDAD SANTO TOMAS
EN COLOMBIA
da EXPROPIACIÓN BIENES IGLESIA
2 MITAD S.XVIII NACE UNIVERSIDAD
PÚBLICA 1774 INCORPORAN CIENCIAS APLICADAS
NACE UNIVERSIDAD
BOGOTÁ APERTURA A DOCTRINAS
CENTRAL REPÚPLICANA Ley
REPÚBLICA CARACAS
18 DE MARZO 1826 EXPEDICIÓN BOTÁNICA
QUITO
BOLIVAR-SANTANDER
LIBERAL 1822 CONSEVATURISMO 1842
MORAL POLÍTICA DISCIPLINA RELIGIÓN CONSERVADO
R
REFORMAS
UNIVERSIDAD NACIONAL. CONS. POLÍTICA EDUCATIVAS
Ley 66 22 de Sep. 1867. CONCORDATO
1886 PROMULGADAS
POR LA IGLESIA
PERDIDA CAMBIA
AUTONOMÍA CARÁCTER
OFICIAL
3. REFORMA
SIGLO XX. PRIMERAS UNIVERSITARIA
DECADAS Ley 57 de 1923
POLÍTICA
GOBIERNOS ORGANIZACIONAL-
LIBERALES 1930- ORGANIZACIÓN AUTONOMÍA LIMITADA
1957 ADMINISTRATIVA
ACADÉMIA-
LEY ORGÁNICA
INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD
NACIONAL 1935 CIUDADELA
SUPRESIÓN UNIVERSIDAD
UNIVERSITARIA
PÚBLICA
PERIODO DE VIOLENCIA Y Nuevas tendencias
REPRESIÓN (1948-1957)
Pensamiento y ciencia
POLÍTICAS AVANCE Y CONSOLIDACIÓN
MEDIADOS DE SIGLO XX. GUBERNAMENTALES PARA UNIVERSIDAD PARTICULAR
FONDO UNIVERSITARIO
APOYO Y FOEMNTO A LA
NACIONAL 1954
EDUCACIÓN SUPERIROR Administración y distribución de recursos.
ASOC COLOMB. DE UNIVERSIDADES ASCUN 1957
CRISIS SOCIAL, POLÍTICA Y
ECONÓMICA
INS. COLOMBIANO DE CRÉDITO ICETEX 1968
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA.INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.
FINAL SIGLO XX Decreto-Ley
RECORTE DE SUBSIDIOS EDUCATIVOS, AUMENTO PRIVATIZACIÓN, DISMINUYE CALIDAD, DECAE
080. 1980
MOVIMIENTO ESTUDINATIL, FORMACIÓN CARÁCTER TECNOLOGICO EN AUGE. IES PRIVADAS SIN ANIMO
DE LUCRO
CONSTITUCIÓN
Art 67. Educación como
POLÍTICA 1991
derecho y bien público
4. LEY 30 DE 1992
AUTONOMÍA INSPECCIÓN Y CICLO DE VIDA IES PRIVADAS
VIGILANCIA
NACIMIENTO POR CONSTITUCIÓN DE UNA
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO (Art. 633 y ss.
Código Civil y art. 2
D. 1478 de 1994)
IES QUE PRESTAN EL SERVICIO
DE EDUCACIÓN SUPERIOR
ESTÁNDARES MÍNIMOS
DE CALIDAD
CREACIÓN DE PROGRAMAS CREACIÓN DE RATIFICACIÓN DE ACREDITACIÓN
ACADÉMICOS SECCIONALES REFORMAS VOLUNTARIA
(D. 1403 de 1993, D. 836 y 837 de 1994, el (Art. 121 de la Ley 30 ESTATUTARIAS (Ley 115 de 1994, D. 2904
registro calificado. Decretos de estándares D. 1478 de 1994) de 1994, D. 272 de 1998,
Art. 21 D. 1478 de 1994
mínimos: 792 y 2802 de 2001, 936-940, 1665 y D. 1605 de 2001)
Num. 2 art. 2 del D. 1176 de
1576 de 2002)
1999, num 9, art. 15 del D. 2662
de 1999
EXTINCIÓN DE
LAS IES
(art. 104 de la Ley 30 7
g, Ley 30 de 1992)
5. CARACTERÍSTICAS SIMILARES DE LA EVOLUCIÓN QUE HA TENIDO EL
SECTOR EN LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y PANAMÁ.
En este estudio sobre comparativo de los momentos relevantes de la evolución de
la educación superior entre Colombia y Panamá se considerará la época del
Reformismo de la Modernidad en la Universidad Colombiana años 1920 a 1992 en
contraposición con las Causas que impulsan la creación y crecimiento de las
instituciones de educación superior particular.
Este periodo es significativo pues traza una línea divisoria en la reciente
separación entre Colombia y Panamá, y porque los cambios de la geopolítica
continental, la economía mundial demandaban el ingreso a la modernidad
afectando el campo educativo.
Las reformas en Colombia tuvieron un fuerte impulso de los movimientos
estudiantiles a diferencia de Panamá. No se debe desconocer que los gobiernos
liberales dieron su incondicional apoyo a estas políticas y consolidaron la
modernidad del Estado y con ello la misma universidad
El 29 de julio de 1932 Germán Arciniega propone ante el Congreso de la época la
“Ley Orgánica de la universidad colombiana” y Pedro Nel Ospina expide la Ley 68
de 1935 en procura de autonomía administrativa y financiera. Esta normativa
aunque propone generar cambios en el territorio nacional sólo afecta la
Universidad Nacional sobre la que recae la función de aprobación de nuevas
universidades y programas ofertados por otras universidades, situación similar a la
acontecida con la Universidad de Panamá establecidos en la Ley 47 de 1946 y
posteriores decretos modificatorios.
Otro decreto, el 260 de 1936, volvía a poner a la Universidad Nacional como
modelo a seguir para las demás facultades oficiales y privadas, al disponer:
“En lo sucesivo las Facultades Universitarias oficiales y privadas que aspiren al
reconocimiento por parte del Gobierno de los títulos que expidan, deberán
sujetarse a los programas y planes de enseñanza mínimos de la Universidad
6. Nacional, contar con la dotación material, científica y pedagógica que posea la
misma Universidad; someterse a los reglamentos que dicten al respecto el
Departamento Nacional de Higiene y la Comisión Nacional de Educación Física;
cumplir las disposiciones vigentes sobre segunda enseñanza en lo que a ella
atañe; sujetarse a los Reglamentos que sobre el particular acuerde el Ministerio de
Educación Nacional y aceptar la Inspección para vigilar el cumplimiento de lo
ordenado por el Presente Decreto”.
Durante la Intervención Estatal entre los años 1948-1957 el se presenta un
fenómeno de violencia política llamado “El Bogotazo” su influencia afecto
drásticamente la universidad colombiana. Los conservadores en el gobierno y la
iglesia contrarrestaron toda ideología tachada de comunista. Se crea un nuevo
organismo regulador del Estado Fondo Nacional Universitario, una nueva forma de
ejercer dominio sobre los tibios triunfos logrados con la autonomía.
La Asociación Colombiana de Universidades toma un notable impulso durante el
periodo denominado Frente Nacional, periodo de privatización y modernidad 1957-
1970. Los cambios políticos y administrativos fueron contundentes, según
muestran los informes del Plan ATCON emisario de La Alianza para el Progreso
para contrarrestar los movimientos marxistas y revolución cubana. Este consistía
en. Para los transmites de autorización de una universidad particular se recurre a
la participación de las universidades oficiales en Panamá, en Colombia esta
función ahora está en manos de la ASCUN, lo que desencadenó una proliferación
de universidades, pero siendo las mismas universidades privadas vigilando y
controlándose así mismas el resultado fue una gran cantidad de universidades de
garaje, con calidad académica deficiente.
Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación
Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y
las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más
orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5 La Ley 30 estableció los
parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y
objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de
7. instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las
instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de
Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la
Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión
Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de
1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional
de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen
especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las
directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto
Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar
universitario1.
En comparación con Ley 30 del 20 de julio de 2006 en Panamá y los decretos de
implementación que regulan el sistema nacional de educación superior de
Panamá a través de la creación del Sistema Nacional de Evaluación de la
educación superior y se crean entre otros entes, la Comisión Técnica de
Fiscalización y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación de la educación
superior de Panamá (CONEAUPA).
Jorge Hernán Cárdenas y María Elena Gutiérrez en su informe a la UNESCO
sobre la educación superior privada destacan las diversas motivaciones que
impulsaron la creación de universidades privadas en Colombia: “violencia,
ideologías políticas y religiosas puede concluir que entran en juego muchos
actores que no están conformes con la educación imperante en un momento. En
este contexto hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante
por ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948,
en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que habían
estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del rezago entre la
educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el caso del Externado
donde se crea una institución para escapar el dogmatismo del momento y la
necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891). En algunos casos
como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad Autónoma de Bucaramanga
8. (1952), entran en juego grupos empresariales, que no ven respuesta para sus
regiones y deciden incursionar en una propuesta que inicialmente tiene una
vocación de promoción y afirmación del desarrollo regional, pero que luego tiene
vocación de poder trascender este límite.
Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como puede
ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o el caso de
la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En conclusión el
panorama es muy amplio y es muy diverso.”
1. La Educación Superior Privada en Colombia - Jorge Hernán Cárdenas S. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER
EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN IESALC Reports available at IESALC – UNESCO
9. CONSTRUYA UN CUADRO COMPRENSIVO DE LAS DISTINTAS FECHAS Y
EVENTOS QUE DESCRIBEN LA EVOLUCIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR EN COLOMBIA, HAGA UN ENSAYO COMPARATIVO DE AL
MENOS TRES PÁGINAS, COMPARANDO ESTE MARCO LEGAL CON EL
EXPERIMENTADO EN PANAMÁ Y DOS RECOMENDACIONES.
COLOMBIA
Siglo XVI el primer claustro universitario del país fue la
Universidad Tomasina. Posteriormente serían creadas la
Virreinato y
Universidad Javeriana (1623), el Colegio mayor del Rosario (1645)
Colonia
y la Universidad de San Nicolás de Mira (1703).
Patria Boba Se mantiene la estructura legislativa española heredada del
virreinato
Mediante la Ley del 18 de marzo de 1826, se crearon las
universidades públicas de Santa Fe, Quito y Caracas. El Decreto 3
La Gran
Colombia de octubre de 1826 reglamentara el funcionamiento de las recién
creadas universidades.
El primero de diciembre de 1842 se expidió el decreto que
organizaba las universidades. Algunas modificaciones (decretos
de julio 25 de 1843, enero 10 de 1844. 15 de mayo y septiembre
10 de 1845. En 1843 se expide una nueva Constitución inspirada
La República en la de 1832, el plan de enseñanzas universitarias dominado por
de la Nueva tres ideas fundamentales: una severa disciplina, la introducción de
Granada
elementos religiosos y la introducción de elementos
conservadores, como el estudio del derecho romano.
El 8 de mayo 1848 se expidió la ley sobre la libertad de enseñanza
y habilitación de cursos. Para 1850, se impulsó una revolución de
profundo corte liberal, calificado de romántica. Con la Expedición
de la Ley de mayo 15 se derogó expresamente todas las normas
anteriores sobre educación instrucción pública.
10. El 22 de septiembre de 1867 se aprueba la ley que organizaría
“una Universidad Pública en la Capital de la República de
Confederación
Granadina Colombia, la que llevará el nombre de Universidad Nacional de los
Estados Unidos de Colombia”. Con ella regresarían las facultades
de jurisprudencia, medicina, filosofía y letras, y se crearían la
Escuela de Ciencias Naturales, la de Ingeniería y la de Artes y
Oficios.
La Ley 106 de 1880 autorizaba al ejecutivo para modificar la su
régimen orgánico. En uso de esas atribuciones se expidió el
Decreto 167 de 1881, que definió a la Universidad como “Una
institución de educación creada por la ley y sostenida con fondos
nacionales, para dar pública y gratuitamente educación secundaria
y profesional”.
En su parte pertinente decía el Concordato de 1887:
“Artículo 12. En las universidades y colegios, en las escuelas y en
La los demás centros de enseñanza, la educación e instrucción
Regeneración pública se organizará y dirigirá en conformidad con los dogmas y
la moral de la Religión Católica. La enseñanza religiosa será
obligatoria en tales centros, y se observarán en ellos las prácticas
piadosas de la Religión Católica.
En 1892 se promulgó la Ley 89 así como su Decreto
Reglamentario, el 349 del mismo año. Esta se conoció como Plan
Zerda de Instrucción, cuyo objetivo era unificar el sistema
educativo. Desarrollado por la legislación educativa de 1903 y
1904 su vida sería breve, pues se desencadenaría la Guerra de
los Mil Días.
En 1903 se inicia una nueva reforma educativa con la Ley 39 y su
decreto reglamentario, el 491 de 1904. Generó dispersión y el
desmembramiento de la universidad, separando sus facultades y
sometiéndolas al control de un consejo directivo compuesto por el
rector y cuatro profesores nombrados por el ejecutivo.
11. En 1905, el general liberal Rafael Uribe Uribe, presenta un
proyecto de ley “Sobre la reorganización de la Universidad
Nacional”, que fue apenas discutido, pero que contendría algunos
de los elementos que serán recogidos en la legislación
universitaria de 1935. Entre ellos se pueden citar:
democratización del gobierno universitario;
Siglo XX
la noción de cátedra libre
el carácter nacional, científico y experimental de la universidad;
la idea de ligar la universidad a los problemas reales del país,
apareciendo así un esbozo de “extensión universitaria”;
la organización académica en una serie de facultades, que
combinen los saberes clásicos tradicionales con los modernos:
literatura y filosofía, agronomía y veterinaria, pedagogía,
humanidades, comercio y otras, ciencias jurídicas y sociales
El Decreto 1326 de 1922 reglamentaría lo relativo al
reconocimiento de personas jurídicas. Este sería adicionado por el
2272 de 1928 que fijaría los pénsumes y programa de estudio de
la Universidad Nacional como modelo a seguir. De manera que la
Ley 12 de 1934 ordenó dedicar a gastos educativos el 10% del
presupuesto nacional. La Ley 68 de 1935, que integró las
Reforma
educativa años escuelas, ordenó la construcción de una Ciudad Universitaria y
20 concedió autonomía administrativa y académica a la institución.
El acceso a la educación se pretendió concretar en el Decreto
1283 de 1935 con el que se esperaba lograr educación para todos.
Uno de tales decretos, el 260 de 1936, volvía a poner a la
Universidad Nacional como modelo a seguir para las demás
facultades oficiales y privadas. Así mismo, se expidió la Ley 132
del 20 de febrero de 1936, sobre la igualdad de condiciones para
el ingreso a los establecimientos de educación superior la cual
prohibió todo forma de discriminación por sexo, raza o religión, a
pesar de ello la participación de mujer siguió siendo excepcional.
12. La Ley 143 de 1948 volvería sobre el tema de la enseñanza
técnica, a la que definiría como “la parte esencialmente práctica de
la educación destinada a orientar hacia el trabajo racionalizado
toda ocupación o actividad que no necesite de una cultura general
académica”. También en 1950 el entonces Presidente, Laureano
Gómez, modificó la Ley 68 de 1935, la cual definía la estructura de
la Universidad Nacional. Hay prioridad a una orientación técnica,
para ello crearía varias instituciones que aun hoy forman parte del
sistema educativo, tales como Colciencias, la ESAP, el SENA y el
Fondo Nacional Universitario, a partir del cual nacería el ICFES. El
Fondo Nacional Universitario se crearía con el Decreto 3686 de
1954. Con respecto a esas instituciones también le sería
asignadas funciones de Inspección y Vigilancia. En 1957 el Fondo
se transformaría en la Asociación Colombiana de Universidades
(ASCUN), organización de carácter privado que agrupó tanto a
instituciones oficiales como privadas y en la que el gobierno
nuevamente delegó las funciones de inspección y vigilancia de la
educación superior.
Se expide el Decreto 277 de 1958. En su artículo primero dispone
que “las Universidades Oficiales Departamentales “serán personas
jurídicas autónomas”. En el Gobierno de Guillermo León Valencia
se expiden los decretos 1464 de 1963, por el cual se establecían
normas para la fundación, aprobación e inspección de entidades
no universitarias de educación superior y 1297 de 1964, por el cual
se reglamentaba la educación superior en las universidades y en
otros institutos.
El documento se ocupa de la acreditación, en los siguientes
términos:
El Plan Básico
de la “10.1 Entiéndase por acreditación el proceso permanente de
Educación estudio de evaluación y asesoría a una universidad, a un instituto
Superior 1967
universitario, a un programa de estudios de acuerdo con las
13. respectivas normas o requisitos mínimos aprobados. Por su medio
se da crédito o se otorga confianza o se le niega a una institución
o programa educativo. Tal acto y proceso los realiza
periódicamente la autoridad educativa competente.
10.2. La acreditación será institucional y por programas.
10.3. La entidad competente para la acreditación será la Comisión
Nacional de la Educación Superior”.
Este mismo año, con el Decreto 3156 de 1968, se reorganizó el
Fondo Universitario Nacional, que pasó a llamarse Instituto
Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES).
Como finalidad, el instituto tendría la de “servir de órgano auxiliar
del Ministerio de Educación Nacional en lo relativo a la inspección
y vigilancia de la Educación Superior, otorgar asistencia técnica,
La Reforma
Constitucional económica y administrativa a las universidades, dentro del respeto
de 1968 a su autonomía legal, y prestar aquellos servicios que sean
necesarios para el mejoramiento cuantitativo y cualitativo de la
misma, en consonancia con los requerimientos del progreso
armónico de la Nación”. En materia de exámenes, los exámenes
nacionales de admisión, a partir de este año pasaron a llamarse
Exámenes de Estado para ingreso a la Educación Superior a partir
de este momento se aplicaron de manera ininterrumpida y
constituyen requisito obligatorio para dicho propósito.
El 24 de enero de 1979 se expidió la Ley 8ª, “ por la cual se
otorgan una facultades extraordinarias para establecer la
naturaleza, características y componentes del Sistema de
Reforma Educación Post-secundaria, se fijan requisitos para la creación y
Universitaria funcionamiento de instituciones públicas y privadas de educación
de 1980 post-secundaria, para organizar la Universidad Nacional de
Colombia y las demás Universidades e institutos Oficiales de nivel
post-secundario y para expedir las normas sobre Escalafón
Nacional para el Sector Docente y derogar unas normas”.
14. La Ley 30 de 1992 estableció los parámetros de la Educación
Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los
campos de acción; los programas académicos; los tipos de
instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía
de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el
Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto
Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES);
Ley 30 de 1992
los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las
Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999);
las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema
Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las
instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado,
la organización y elección de las directivas, el personal docente y
administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de
Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar
universitario.
15. EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA Y PANAMÁ. EVOLUCIÓN
HISTÓRICA FRENTE A LA DEMANDA DE CALIDAD
En este análisis se abordará la evolución histórica de la gesta de los procesos
evolutivos de la educación superior en Colombia y Panamá desde el ámbito
legislativo enmarcado en los aspectos sociales, políticos y culturales hasta la
época actual.
El marco legal de educación en Colombia es muy amplio en comparación con el
establecido en Panamá, conclusión de lógica común puesto que la historia
panameña es reciente, su origen inicia con la separación de Colombia el 3 de
Noviembre de 1903. Cronológicamente cualquier comparación del marco
legislativo educativo de ambas naciones es posible cotejarlo en los inicios del siglo
XX como se referenciara a continuación.
La universidad de Panamá fue la primera universidad en este país y al
promulgarse la nueva Constitución se constituye en fiscalizadora del sistema de
educación superior, esto por mandato constitucional.
En el desarrollo histórico de la educación superior y particular en Colombia se
implementaron diversas reformas que buscaban amoldar a la población a las
necesidades coyunturales de la cada época en la que nación vivió su proceso de
maduración desde la colonia, pasando por la gestas independentistas, la
formación de la republica, la alternancia de hegemonía bipartidista liberal y
conservadora, cada una permeando de acuerdo a sus deseos los principios
constitutivos de la universidad, la continua influencia del poder eclesiástico y la
pugna entre el carácter oficialista y privado de la misma universidad.
La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación establece en su título primero los
principios, fines y normas de la educación, en ella la Educación de consagra como
un derecho y no tiene cabida ninguna forma de discriminación para negarlo.
16. El marco legislativo de esta ley en Panamá es similar al de la Ley Orgánica de
Colombia por cuanto ambos dan herramientas a las universidades centrales de
sus respectivos países para vigilar, aprobar y controlar las nuevas universidades
que se crearan en esos momentos. Aunque es de no se puede obviar que en el
caso Colombiano el énfasis sobre la autonomía es muy fuerte como se explica a
continuación.
La autonomía para el caso de las universidades en Colombia es un caso de vieja
data, en el que todavía no es posible desligarse de esta herencia que nace desde
la creación de la primera universidad oficial en este país, la Universidad Nacional
ubicada en la capital y fundada en 1867, se concibió como el punto neurálgico de
la reforma (Ley Orgánica) y modelo a emular por las demás universidades del
país.
El país ha creado políticas a lo largo de su cambiante y convulsionada historia
para fortalecer el sistema educativo y algunas has sido beneficiosas pero otras por
el contario han sido retrogradas involucionando completamente lo alcanzado por
las anteriores, una verdaderas política de Estado en cuanto al ordenamiento
jurídico sería ideal.
El aseguramiento de la calidad es una característica muy afín entre los Estados
Colombianos y Panameños, la acreditación en Colombia se estableció desde la
reforma de 1967 en procura de establecer requisitos mínimos para elevar el
rendimiento académico de los programas universitarios y sobre todo para la
asesoría y vigilancia permanente, luego la Ley 30 de 1992 lo retoma y la fortalece,
al igual que la ley 30 de Panamá en donde su estructura inicial contempla lo
referente al mismo aspecto. Ambas coinciden que el siguiente objetivo: mejorar la
calidad de las universidades y que rindan cuentas a través de procesos que gocen
de credibilidad y confianza por los grupos de interés.
Pero el llegar a estas leyes ha sido una necesidad para ponerse en línea con las
tendencias y necesidades de un mercado global, en el caso especifico de Panamá
el estudio realizado por Mariana A. de McPherson: Innovaciones en procesos
17. de acreditación institucional universitaria: Caso Panamá. Se detalla que
Panamá se encuentra en evidente crecimiento económico desde hace varios
años. Ha disminuido el desempleo a niveles de 5.6% y aumentado el Producto
Interno Bruto de manera sostenida a pesar de la crisis económica mundial (Foro
Económico Mundial) (The Global Competitiveness Report 2009-2010, 2009 World
Economic Forum).
También plantea que pesar de lo anterior, existen indicadores en los cuales
Panamá no califica bien y que son requisitos para que el crecimiento económico
sea sostenido y sostenible y pueda traducirse en desarrollo. Entre estos últimos
indicadores se destacan los relacionados con educación en todos sus niveles.
En lo que se refiere a educación superior, la Universidad de Panamá estuvo por
muchos años ejerciendo la función de fiscalizar las universidades ya aprobadas, la
cual se le ha dado por mandato constitucional. Esto fue así porque, al crearse la
constitución, la única universidad estatal era ésta. Al mismo tiempo, la Universidad
de Panamá asumió la función de recomendar al Órgano Ejecutivo, a través del
Ministerio de Educación, el otorgamiento el permiso provisional de funcionamiento
a universidades nuevas.
A partir de la promulgación de la Ley 30 de 20 de julio de 2006, se crea la
Comisión Técnica de Fiscalización, la cual está constituida por la Universidad de
Panamá en coordinación con las otras universidades estatales. Otro de los
antecedentes relevantes señala que, el rendimiento de los estudiantes ha bajado,
según estadísticas universitarias y son poco exigentes los requisitos de ingreso a
las universidades, salvo en programas de ciencias de la salud e ingeniería. Si esta
información se suma al incremento en la satisfacción de los empleadores con
respecto a las competencias de los egresados de las universidades en Panamá,
puede colegirse que existe un problema de control de calidad en este nivel
educativo, especialmente si se compara el número de universidades (42) con el
hecho de que la población del país no alcanza los cuatro (4) millones de
habitantes.
18. Colombia inició su experiencia del mejoramiento cualitativo de la educación
superior a través de la acreditación de alta calidad que aparece en la Ley 30 de
1992. Dadas las exigencias de la acreditación, la comunidad académica y el
gobierno se percataron pronto del largo tiempo que tomaría a las instituciones
llenar los requisitos para la acreditación, así que se actuó para sumar, al
mecanismo de acreditación, el mecanismo de registro calificado, no registro
simple, que permitiese asegurar que los programas técnicos, tecnológicos y
profesionales se ofrecerían con condiciones mínimas de calidad. Fue así como se
legisló para exigir estándares o condiciones mínimas que significan que las
instituciones ofrecen idóneamente los programas. Deben satisfacerse estas
condiciones para obtener el registro calificado. El paso siguiente, la acreditación
de alta calidad, se estableció como práctica voluntaria, dados los altos estándares
requeridos para su obtención. Hoy el total de universidades acreditadas no supera
las 12 y aun el proceso continúa.
RECOMENDACIONES
1. Establecer una política de Estado para generar estabilidad al sistema
educativo colombiano para evitar que las condiciones ideológicas, políticas
y socioeconómicas perturben su normal desarrollo.
2. Fortalecer los acuerdos internacionales para unificar lineamientos
curriculares de las instituciones universitarias para facilitar la cualificación
de los programas académicos para que los procesos de homologación de
títulos y convalidaciones sean más eficientes.
3. Que los ministerios de educación de los pises de la región creen un órgano
regional que permita armonizar la legislación de los Estados en cuanto al
tema educativo para que las instituciones de educación superior puedan
facilitar la oferta en otros territorios, ello mejoraría la competitividad y
disminuiría los costos educativos.
19. BIBLIOGRAFÍA
1. Carlos Patiño Millán. Apuntes para una historia de la educación en
Colombia. Escuela de Comunicación Social, CELYC, Universidad del
Valle. 2010
2. Colombia, Ministerio de Educación Nacional, 1992, Ley 30 de
Educación Superior, Bogotá, Ministerio de Educación Nacional.
3. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER EDUCATION IN LATIN
AMERICA AND THE CARIBBEAN IESALC Reports available at
www.iesalc.unesco.org.ve
4. Evolución Legislativa de la educación superior en Colombia.
Educación culpable, educación redentora IESALC - UNESCO
5. Haydée Franco. ESTUDIO SOBRE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSITARIA PRIVADA EN PANAMÁ.
6. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMÉRICANOS. Situación de la
educación superior en Colombia 2006. Sitio
http://www.oei.es/quipu/colombia/index.html#legi. Consultado 4 de
Abril de 2013
7. Cifras Economía de Panamá
http://espanol.doingbusiness.org/data/exploreeconomies/panamá/).
8. Mariana A. de McPherson. Consejo Nacional de Evaluación y
Acreditación Universitaria de Panamá, CONEAUPA, Panamá, Panamá.
Innovaciones en procesos de acreditación institucional universitaria:
Caso Panamá