2. Publicada el 26.09.2007 y sus reglamentos
publicados el 26.09.2008
Regula los procedimientos administrativos para:
• Obtener una licencia de Habilitación Urbana y de
Edificación,
• Seguimiento, Supervisión y Fiscalización.
Establece el rol y responsabilidades de los actores
que intervienen en estos procedimientos.
Instituye la modalidad de Revisores Urbanos con la
finalidad de promover la inversión inmobiliaria.
Contempla 4 modalidades de aprobación.
LEY Nº 29090
3. INTERVIENEN
OBRA SEGURA
Encargada de aplicar las
normas; supervisar, fiscalizar y
controlar la ejecución de las
obras en el ámbito de su
jurisdicción.
Actúan como
Proyectistas,
Responsables de
Obra, Comisión
Técnica, Revisor
Urbano
Supervisor de
Obra o
Funcionario
Público
Persona natural o
jurídica obligada a
obtener licencia
para ejecutar obras
de Habilitación
Urbana o de
Edificación sobre su
predio
9. Son profesionales registrados en las
municipalidades provinciales y
acreditados por los colegios
profesionales para la verificación de
proyectos.
Es una modalidad de verificación que
agiliza el procedimiento administrativo y
promueve la inversión privada.
REVISORES URBANOS
10.
11. Mediante sentencia del Pleno Jurisdiccional
del Tribunal Constitucional de fecha 17.02.09,
se declaró Infundada la demanda de
inconstitucionalidad interpuesta por el C.A.P.
LA LEY Nº 29090 ES CONSTITUCIONAL