1. En el siguiente artículo 1273 “De la protección de la información y de los datos” el que destruya dañe o borre alguna información, con sus partes o componentes lógicos incurrirá una prisión de (48 a 96 meses). El que sin estar autorizado sustraiga, ofrezca, venda, emplee códigos penales incurrirá una pena de prisión de (36 a 72 meses).La pena señalada se agravara y se reclutara a la victima a la cadena del delito. La ley 1273 de 2009 Nos muestra una visión constitucional y penal que tiene por objeto el estudio socio-jurídico de los derechos fundamentales de la constitución. Igual se hace un estudio comparado con otras ciudades y analizamos el tratamiento jurídico informativo contra la intimidad. Se propone una conclusión un tipo penal complejo que protege la intimidad de la persona que se ven atentados en medios informativos y hacemos una relación de tipo penal que pretende a tutelar la información y los datos personales de las personas. Esta ley nos permite usar de una manera confiada los servicios informáticos ya q nos brinda respaldos ante gente q viola los derechos de privacidad , el q acceda sin autorización o por fuera de lo acordado en el sistema informático incurrirá en pena de prisión ....