1. APERTURA TEMPORADA DE CAZA DEPORTIVA 2014
El Ministerio de Producción, a través de la Dirección General de Bosques y Fauna
informa que a partir del día 10 de mayo y hasta el 03 de agosto del corriente año queda
HABILITADA LA TEMPORADA DE CAZA DEPORTIVA 2014. La misma tiene vigencia
en todo el territorio provincial EXCEPTO en los Departamentos Copo, Capital, Banda,
Choya, Guasayan, Rivadavia especialmente en la Laguna de los Porongos, Lago de
Termas de Río Hondo, Perilago, Embalse del Dique de Figueroa y Cauces de Ríos de
Jurisdicción Provincial.
La actividad solo esta permitida en campos de propiedad privada con el correspondiente
permiso de su encargado o propietario, únicamente los fines de semana, feriados
nacionales, permanentes y/o provinciales (no así los departamentales y municipales) y
durante las horas de luz diurna.
2. ESPECIES AUTORIZADAS y CANTIDADES PERMITIDAS:
• Mamíferos mayores: Pecarí de Collar 1 (uno) por cazador y por temporada. Puma 1
(uno) por cazador y por temporada. Solo se autoriza por daños y perjuicios a la
actividad ganadera, con la debida denuncia.
Para las dos especies se debe adquirir el precinto correspondiente en la
Subdirección Gral. de • Mamíferos menores: Liebre Europea, Nutria 2 (dos) ejemplares
por cazador y por excursión y zorro 3 (tres) ejemplares por cazador y por excursión.
• Aves: Perdiz chica 8 (ocho), Montaraz 3 (tres), Copetona o Martineta 1 (uno). y
Charata 5 (cinco) Cupo total: 10 (diez) ejemplares por cazador y por excursión.
Patos: Sirirí Pampa, Sirirí Colorado, Maicero, Gargantilla, Picazo, Barcino, Capuchino,
Ochogo o Biguá con un cupo de 12 (doce) ejemplares por Cazador y por excursión.
Extranjeros: solo 2 (dos) Excursiones por Temporada respetando el cupo.
Palomas: Se podrán cazar durante todo el año y sin límite en toda la provincia, excepto
la Torcaza “Columba picazuro” que se permitirán 40 (cuarenta) ejemplares por cazador
y por excursión.
ESPECIES VEDADAS: Esta prohibida la caza deportiva de todas las especies de la
fauna autóctona que no estén habilitadas para la temporada 2014. Entre ellas Corzuela,
Ñandú, Pecarí Labiado, Vizcacha y Conejo.
Asimismo recuerda que es requisito indispensable contar con la Licencia de caza
deportiva autorizada o permiso provisorio de caza extendido por la Subdirección Gral.
de Fauna, caso contrario se procederá al secuestro preventivo de los elementos,
comiso de las piezas y multas.
El cazador que circulare por vía pública o por zona de veda con productos de la caza,
deberá contar con la HOJA DE RUTA firmada por la Policía o Juez de Paz del lugar del
3. origen de la cacería.
Los operativos de control se realizan en forma permanente a efectos de hacer cumplir
la Ley Provincial Nº 4.802 de “Protección a la Fauna Silvestre” y sus decretos
reglamentarios.
Para mayor información dirigirse a Independencia 475 Teléfono (0385) 4218391 /
4213764 int. 112 y 114 Santiago del Estero (Capital), e-mail:
direfo_comunicacion@yahoo.com.ar .