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PROCESO DE SANEAMIENTO
CONTABLE EN EL SECTOR
PUBLICO
Ing. A. More S.
Ing. Alejandro More Seminario
SANEAMIENTO
PATRIMONIAL DE LOS
BIENES MUEBLES DE
PROPIEDAD ESTATAL
Ing. A. More S.
Marco Legal
Adecuada a la Modernización
de la Gestión del Estado,
al Proceso de Descentralización y
Apoyo al Fomento de la Inversión.
Ley General del Sistema Nacional
de Bienes Estatales
Ley Nº 29151
Reglamento de la Ley N 29151
Decreto Supremo N 007-2008-VIVIENDA,
modificado por D.S. N 007-2010-VIVIENDA
Ing. A. More S.
SANEAMIENTO CONTABLE
Ley N 29608 Ley que aprueba la Cuenta General de la República
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009 F. Pub. 04.11.2010.
Directiva N 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Proceso de
Saneamiento Contable en el Sector Público”, aprobada por Resolución
Directoral N 012-2011-EF/93.01 del 08.04.2011. F. Pub. 13.04.2011.
Directiva Nº 005-2009/SBN “Saneamiento de los Bienes Muebles de
Propiedad Estatal”, aprobado por la Resolución Nº 147-2009/SBN. Del
30.11.2009. F. Pub. 12.12.2009.
Manual de Procedimientos para las acciones de Saneamiento Contable de
las Entidades Gubernamentales, aprobado por Resolución Directoral N
011-2011-EF/51.01 del 03.08.2011. F. Pub. 08.08.2011.
Término del plazo de la presentación de los avances de la implementación
del Saneamiento de la Información Contable, para el primer semestre del
año 2011, dispuesto en el Artículo 3º de la Ley 29608, será hasta el 30 de
setiembre del año 2011, aprobado por Resolución Directoral N 012-2011-
EF/51.01 del 24.08.2011. F. Pub. 12.09.2011 (Plazo termina 31.03.2012).
Ing. A. More S.
BIENES MUEBLES ESTATALES
Resolución N 147-2009/SBN aprueba la Directiva N 005-
2009/SBN Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad
Estatal.
Alta y Baja de Bienes Muebles (Directiva N 004-2002/SBN)
Donación de Bienes Muebles (Directiva N 009-2002/SBN)
Venta de Bienes Muebles (Directiva N 002-2005/SBN)
Reglamento Para el Inventario de Bienes Muebles
(Resolución Nº 039-98/SBN)
Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado
(Resolución Nº 158-97/SBN)
Procedimientos para la baja y venta de los Bienes Muebles en
calidad de Chatarra (Directiva Nº 003-2010/SBN)
Marco normativo SBN
Ing. A. More S.
Finalidad
Regularizar la situación
administrativa y legal de los
bienes muebles de las entidades
públicas que se encuentran en
condición de sobrantes, así como
la de aquellos que se encuentran
en condición de faltantes en su
patrimonio.
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
Objetivo
 Dar de alta los bienes muebles sobrantes. con excepción de
aquellos que se encuentran en condición de chatarra.
 Dar de baja los bienes muebles faltantes.
 Regularizar la situación registral de los vehículos que no cuentan
con la documentación suficiente para su inscripción.
Las entidades tienen un plazo de 03 años (a partir del 13/12/09) para
culminar los procedimientos de saneamiento de bienes muebles.
Plazo
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
• De Moralidad: Los servidores públicos deberán regirse por los principios de
honradez, veracidad y probidad.
• De Economía: En los procedimientos deberá buscarse minimizar costos y
lograr el mayor beneficio económico a favor del Estado.
• De Celeridad: Los procedimientos se desarrollarán con la máxima dinámica
posible, a fin lograr el saneamiento de los bienes muebles sobrantes y
faltantes en el plazo de vigencia de la presente Directiva.
• De Transparencia: Los actos deberán estar debidamente publicitados
conforme a lo regulado en la presente Directiva.
• De Fiscalización: Los actos serán fiscalizados por la SBN y OCI.
Principios
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
-Saneamiento: Acciones administrativas, contables y legales que deben
realizar las entidades para regularizar la situación de los bienes muebles
patrimoniales sobrantes y faltantes.
-Abandono: Situación en que se encuentran los bienes muebles en
posesión de las Entidades, luego de levantar el Acta de Saneamiento.
-Bienes Muebles Faltantes: Aquellos que están incluidos en el
patrimonio pero que no se encuentran físicamente, desconociéndose su
ubicación.
Definiciones
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
-Bienes Muebles Sobrantes: Aquellos que no han sido dados de alta
debido a que son propiedad de terceros; no habiendo sido
reclamados por sus propietarios, su origen es desconocido o no se
cuenta con la documentación suficiente.
-Chatarra: Estado avanzado de deterioro de un bien mueble que
impide que pueda cumplir las funciones para las cuales fue
diseñado y cuya reparación es imposible u onerosa.
-Entidad Poseedora: Entidad que posee físicamente bienes muebles
susceptibles de saneamiento.
-Informe Técnico-Legal: Se elabora según los antecedentes
histórico-legales, características técnicas, estado de conservación,
ubicación y valor de un bien mueble que será objeto de
saneamiento.
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
• La OGA, es la responsable del saneamiento, en coordinación con
OCP.
• La OGA encargará al OCP realizar la identificación de los bienes
sobrantes y faltantes, a partir del último inventario.
• Los bienes en calidad de chatarra, no serán dados de alta; en el
Informe se declara su condición de sobrantes y mediante una
resolución de la OGA se aprobará su disposición, acorde con la
normatividad vigente.
• El saneamiento de los bienes muebles faltantes se realiza sin
perjuicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales a que
hubiere lugar.
• La Directiva no es de aplicación para vehículos internados por
infracciones; así como para bienes incautados o declarados en
abandono en aplicación a Leyes especiales.
Disposiciones Generales
Saneamiento de Bienes Muebles
Ing. A. More S.
SANEAMIENTO DE
BIENES MUEBLES
SOBRANTES
Ing. A. More S.
a) Que el bien se encuentre por lo menos 02 (dos) años
en posesión de la entidad pública; (se acreditará con
una declaración jurada de permanencia o posesión por
parte de la entidad); y,
b) Que no se cuente con la documentación suficiente que
sustente el ingreso al patrimonio de la entidad pública o
cuando no exista documentación sobre el origen del
bien.
Condiciones previas
SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES
SOBRANTES
Ing. A. More S.
CASO DE BIENES MUEBLES PROVENIENTES DE:
Convenios de Cooperación.
Entidades fusionadas, liquidadas, extinguidas u otros.
Si no se puede regularizar la
transferencia a favor de la
entidad poseedora.
Documentación insuficiente.
SANEAMIENTO
SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES
SOBRANTES
Ing. A. More S.
a) Para vehículos registrados, se deberá contar con la boleta informativa
expedida por la SUNARP y el certificado de DIPROVE.
b) Para los que no exhiban placa la UORCP deberá solicitar a la
SUNARP la búsqueda a nivel nacional a través del Nº de Serie o
Motor.
c) De no estar registrado, se deberá contar con el certificado negativo de
inscripción de la SUNARP y se tramitará el certificado de DIPROVE.
d) Si el vehiculo tiene gravámenes u órden de captura y luego de haber
agotado las gestiones la entidad pública no puede levantarlas o
cancelarlas, informará a la Policia Nacional del Perú o Juzgado sobre
la ubicación del vehículo para que sea puesto a disposición de ellos.
SANEAMIENTO DE VEHICULOS
Ing. A. More S.
CERTIFICADO DE
IDENTIFICACION
VEHICULAR
DIPROVEOFICINA REGISTRAL –
REG. PROP. VEHICULAR
BOLETA
INFORMATIVA
DOCUMENTO DE
NO INSCRIPCION
(búsqueda ORE.)
CERTIFICADO DE
IDENTIFICACION
VEHÍCULAR
INMATRICULADO
(placa)
NO
INMATRICULADO
DOCUMENTO
SANEAMIENTO DE VEHICULOS
NO CHATARRA
Ing. A. More S.
PNP O JUZGADO
CASO DE VEHÍCULOS CON GRAVAMENES U ORDEN DE CAPTURA:
Entregar
(OGA)
SANEAMIENTO
Acta de
Entrega
No Si
Tratar de levantar las afectaciones
SANEAMIENTO DE VEHICULOS
NO CHATARRA
Ing. A. More S.
- Elaborar la Ficha Técnica que acredite la condición de chatarra
según formato (Anexo 1).
- No serán exigibles: Boleta Informativa, expedida por el RPV;
Certificado Policial de Identificación Vehicular, expedido por la
DIPROVE,Tarjeta de Propiedad.
- No se elabora el Acta de Saneamiento. La posesión de los
vehículos será acreditada con el Informe y la Declaración Jurada.
- No se publica en EL PERUANO.
- Los vehículos a nombre de otras Entidades, no se regulariza el
tracto sucesivo, debiendo disponerse de ellos sin derecho de
inscripción registral. La entidad poseedora deberá solicitar al titular
registral, gestione la baja de circulación del Sistema Nacional de
Transporte.
- No serán dados de alta ni se inscribirán en el Registro de
Propiedad Vehicular y la Entidad está obligada a disponer
mediante Venta (en calidad de chatarra) o Donación, sin derecho a
inscripción registral.
SANEAMIENTO DE VEHICULOS
CHATARRA
Ing. A. More S.
Ing. A. More S.
Vehículos Registrados en los
Estados Financieros
Los vehículos que con anterioridad a la vigencia de la
Directiva hubiesen sido incorporados al patrimonio de
la entidad pero que no hayan sido inscritos en el
Registro de Propiedad Vehicular debido a que no se
cuenta con la documentación suficiente; podrán ser
registrados en virtud al procedimiento de saneamiento
de bienes muebles sobrantes regulado en la presente
Directiva.
SANEAMIENTO DE VEHICULOS
Ing. A. More S.
OCP
IT
OGA
aprueba
OCP
Acta/Sane.
Proy. Res.
OGA
Res. Alta
Plazo (días)
10 101010
Evaluación (OGA) Publicación (OGA)
[Periódico mural – Web]
Evaluación (OGA) Expe (OCP)
SBN
CASO DE VEHICULOS NO CHATARRA
OPOSICION
Notificación o
publicación El Peruano
Inscripción en RPV
(no Chatarra)
Presentación
de oposición
Entrega del
vehículo
Acta a SBNConforme
IT (OCP)
PROCEDIMIENTO
Ing. A. More S.
Procedimiento General
Saneamiento de Mobiliario
UCP OGA
10 días
10 días
SBN
•Contabilidad
•UCP
•Informe Técnico
•Inf. Final del Inv.
•Fotografías.
•Declaración Jurada
de posesión
•Otros
• Revisa el Expediente
(10 dias)
Publicación
(en la entidad y
Portal electrónico)
10 días hábiles.
•Acta de Saneamiento
•Informe de Tasación
•Proyecto Resolución
• Aprueba Resolución
(10 dias)
(1)
(2)
(3)
(4)
(5)
(6)
•Resolución de Alta
•Informe de Tasación
•Informe Técnico
•Publicación y/o
Notificación
•Acta de Saneamiento
•Documento de Devolución
Ing. A. More S.
Procedimiento General
Saneamiento de Vehículos
UCP OGA
10 días
SBN
•Informe Técnico
•Ficha Tecnica
•Inf. Final del Inv.
•Fotografías.
•Declaración Jurada de
posesión.
•Boleta Informativa
•Otros (*)
(*) Vehículos inscritos, se deberá contar con la
Tarjeta de Propiedad, la Boleta Informativa
expedida por SUNARP y el Certificado DIPROVE
Notificación al
Propietario o
Publicación
(en El Peruano)
10 días
• Revisa el Expediente
(10 dias)
•Resolución de Alta
•Informe de Tasación
•Informe Técnico
•Publicación y/o
Notificación
•Acta de Saneamiento
•Documento de Devolución
10 días
•Acta de Saneamiento
•Informe de Tasación
•Proyecto Resolución
(1)
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(3)
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(6)
• Aprueba Resolución
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Placa
Detalles Técnicos
Titular Registral
•Contabilidad
•UCP
Ing. A. More S.
Inscripción del Vehículo dado de alta
por Saneamiento
RPV
SUNARP
OGA
COPIAS CERTIFICADAS
 Resolución de Alta por Saneamiento
 Acta de Saneamiento
 Certificado DIPROVE
 Copia de la Publicación
 Resolución de Designación del
Administrador
 Copia de la Directiva
Una vez aprobado el Alta la
entidad tiene un plazo de 10
días útiles para proceder a su
inscripción
Ing. A. More S.
10 días a partir
del Alta
SBN
OCP
 Resolución de Saneamiento.
 Informe TL.
 Declaración Jurada.
 Notificación o publicación del aviso.
 Acta de Saneamiento.
Documentación a remitir a la SBN por
saneamiento de bienes sobrantes
Ing. A. More S.
Procedimiento General
Bienes Sobrantes
ACTA DE SANEAMIENTO
En las instalaciones de…........... (Nombre de la entidad pública)..., sito en (Av., Calle,
Jr.)....................., del distrito de...................., provincia de.................. y departamento
de......................, a las.......... horas del día.......... de................. de 20............, los
miembros de la unidad orgánica responsable de control patrimonial, designados
mediante Resolución Nº..............., de fecha............. de............. de 20........., se
reunieron en virtud de la Directiva Nº...............-2009/SBN: Saneamiento de los
Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobada por Resolución Nº ...........-
2009/SBN.
(Otras observaciones):
.....................................
.....................................
Habiendo constatado que se ha(n) realizado la(s) publicación(es) correspondiente(s)
de acuerdo a lo establecido en los numerales……..y……. del acápite “Saneamiento
de Bienes Muebles Sobrantes” de la Directiva Nº…........-2009/SBN: “Saneamiento de
los Bienes Muebles de Propiedad Estatal” y no habiéndose presentado oposición
alguna, se declara en abandono los bienes detallados en anexo adjunto y se
recomienda a la Oficina General de Administración (o la que haga sus veces) emitir la
Resolución aprobando el ALTA DE LOS BIENES MUEBLES PROPUESTOS PARA
SANEAMIENTO:
................................ (*) ................................ (*)
(*) Firma de los miembros de la UORCP
Ing. A. More S.
ACTA DE ENTREGA
En las instalaciones de ... (nombre de la entidad pública) ..., sito en (Av., Calle, Jr.) ...................,
del distrito de ..................., provincia de .................... y departamento de .................., a las ............
horas del día ............. de ............ del 200........, se reunieron los representantes de (nombre de la
entidad pública) , el Señor ................, identificado con DNI Nº ............., ............. (cargo) , y el
propietario (o el representante de la entidad propietaria) de los bienes muebles propuestos para
saneamiento, el Señor ................, identificado con DNI Nº .................
La reunión tuvo por finalidad proceder a la entrega de los bienes muebles propuestos para
saneamiento por (nombre de la entidad pública) , los cuales se detallan en la hoja adjunta, que
forma parte integrante de la presente Acta.
Efectuada(s) la(s) publicación(es) correspondiente(s) señalada(s) en el numeral …….. (y en el
numeral ………..) de la Directiva Nº 005-2009/SBN: “Saneamiento de los Bienes Muebles de
Propiedad Estatal”, aprobada por Resolución Nº 147-2009/SBN, el(la) ... (nombre o razón social)
... demostró la propiedad de determinados bienes muebles, según consta en el Informe N
.................., de fecha ............ de ............ del 200........, emitida por la Unidad de Control
Patrimonial de la ... (nombre de la entidad pública) ..., por lo que se procedió a realizar la entrega
correspondiente.
Estando de acuerdo las partes, y verificado(s) físicamente el(los) bien(es) mueble(s) materia de
entrega, se firmó la presente Acta y su anexo en señal de conformidad.
EL QUE ENTREGA:
.............................................. (*)
EL QUE RECIBE:
.............................................. (*)
(*) Firma de ambas partes.
Procedimiento General
Bienes Sobrantes
Ing. A. More S.
OPOSICION AL
SANEAMIENTO DE
BIENES MUEBLES
SOBRANTES
Ing. A. More S.
Publicación o
notificación
10 días
Opositor OCP
Informe
Fin del plazo
0
Solicita devolución
Documentación
OGA
Evalúa
Saneamiento
Opositor
Acta de
EntregaSBN
10 días
si no
10 días
Procedimiento de Oposición
+ Documentación
Ing. A. More S.
SANEAMIENTO DE
BIENES MUEBLES
FALTANTES
Ing. A. More S.
Procedimiento General
Bienes Faltantes
• Que no se cuente con la
documentación sufiente que
sustente la baja del bien mueble.
• Que el bien mueble se encuentre
en poder de otra entidad pública,
privada o persona natural, según
documentación que así lo acredite
fehacientemente y cuando no sea
posible recuperarlo o regularizar la
transferencia de propiedad a favor
del poseedor.
Condiciones previas:
Ing. A. More S.
OCP
Informe
Técnico
OGA Comisión investigadora
(AD, OGA, OAJ)
Evalúa
10 conforme
Informe 2 meses
OCP
OGA
Proyecto de Res.
Expediente
Emite Res. baja
10
SBN
10
Solicita a la AD
Procedimiento
Ing. A. More S.
UCP
•Informe Técnico
OGA
• Revisa el Expediente
(10 dias)
•Investigaciones
•Notificaciones
•Documentos de
asignación
•Informe Final del
Inventario
SBN
•Contabilidad
•UCP
• Copia de la Resolución de
Baja
• Copia del Informe Técnico
• Copia del Informe de la
Comisión Investigadora
Si existen investigaciones por los bienes muebles faltantes, el Informe de
Investigación será puesto en conocimiento de la OGA, de la UCP y de la
OCI para las acciones que correspondan.
La Comisión Investigadora tiene un plazo máximo de 02 meses para
emitir su informe.
• Aprueba Resolución
(20 dias)
• Si no se realizaron las
investigaciones solicita a
la Alta Direción la
Conformación de la
Comisión Investigadora
(AD, OGA, LEGAL)
• Proyecto de Resolución
• Exp. de Saneamiento
(1)
(4)
(2)
(5)
(6)
(3)
(3.1)
Dentro de 10 días de
aprobada remitir a SBN:
Procedimiento General
Bienes Faltantes
Ing. A. More S.
Organo de Control Institucional
El Órgano de Control Institucional de la Entidad
verificará el cumplimiento de la presente
Directiva y determinará, de corresponder, las
responsabilidades funcionales en caso de
incumplimiento
Ing. A. More S.
¡Gracias por la
atención prestada!
Subdirección de Supervisión
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
Ing. Alejandro More Seminario
317-4400 Anexo 514

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  • 1. Ing. A. More S. PROCESO DE SANEAMIENTO CONTABLE EN EL SECTOR PUBLICO
  • 2. Ing. A. More S. Ing. Alejandro More Seminario SANEAMIENTO PATRIMONIAL DE LOS BIENES MUEBLES DE PROPIEDAD ESTATAL
  • 3. Ing. A. More S. Marco Legal Adecuada a la Modernización de la Gestión del Estado, al Proceso de Descentralización y Apoyo al Fomento de la Inversión. Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales Ley Nº 29151 Reglamento de la Ley N 29151 Decreto Supremo N 007-2008-VIVIENDA, modificado por D.S. N 007-2010-VIVIENDA
  • 4. Ing. A. More S. SANEAMIENTO CONTABLE Ley N 29608 Ley que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009 F. Pub. 04.11.2010. Directiva N 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral N 012-2011-EF/93.01 del 08.04.2011. F. Pub. 13.04.2011. Directiva Nº 005-2009/SBN “Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal”, aprobado por la Resolución Nº 147-2009/SBN. Del 30.11.2009. F. Pub. 12.12.2009. Manual de Procedimientos para las acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales, aprobado por Resolución Directoral N 011-2011-EF/51.01 del 03.08.2011. F. Pub. 08.08.2011. Término del plazo de la presentación de los avances de la implementación del Saneamiento de la Información Contable, para el primer semestre del año 2011, dispuesto en el Artículo 3º de la Ley 29608, será hasta el 30 de setiembre del año 2011, aprobado por Resolución Directoral N 012-2011- EF/51.01 del 24.08.2011. F. Pub. 12.09.2011 (Plazo termina 31.03.2012).
  • 5. Ing. A. More S. BIENES MUEBLES ESTATALES Resolución N 147-2009/SBN aprueba la Directiva N 005- 2009/SBN Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal. Alta y Baja de Bienes Muebles (Directiva N 004-2002/SBN) Donación de Bienes Muebles (Directiva N 009-2002/SBN) Venta de Bienes Muebles (Directiva N 002-2005/SBN) Reglamento Para el Inventario de Bienes Muebles (Resolución Nº 039-98/SBN) Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado (Resolución Nº 158-97/SBN) Procedimientos para la baja y venta de los Bienes Muebles en calidad de Chatarra (Directiva Nº 003-2010/SBN) Marco normativo SBN
  • 6. Ing. A. More S. Finalidad Regularizar la situación administrativa y legal de los bienes muebles de las entidades públicas que se encuentran en condición de sobrantes, así como la de aquellos que se encuentran en condición de faltantes en su patrimonio. Saneamiento de Bienes Muebles
  • 7. Ing. A. More S. Objetivo  Dar de alta los bienes muebles sobrantes. con excepción de aquellos que se encuentran en condición de chatarra.  Dar de baja los bienes muebles faltantes.  Regularizar la situación registral de los vehículos que no cuentan con la documentación suficiente para su inscripción. Las entidades tienen un plazo de 03 años (a partir del 13/12/09) para culminar los procedimientos de saneamiento de bienes muebles. Plazo Saneamiento de Bienes Muebles
  • 8. Ing. A. More S. • De Moralidad: Los servidores públicos deberán regirse por los principios de honradez, veracidad y probidad. • De Economía: En los procedimientos deberá buscarse minimizar costos y lograr el mayor beneficio económico a favor del Estado. • De Celeridad: Los procedimientos se desarrollarán con la máxima dinámica posible, a fin lograr el saneamiento de los bienes muebles sobrantes y faltantes en el plazo de vigencia de la presente Directiva. • De Transparencia: Los actos deberán estar debidamente publicitados conforme a lo regulado en la presente Directiva. • De Fiscalización: Los actos serán fiscalizados por la SBN y OCI. Principios Saneamiento de Bienes Muebles
  • 9. Ing. A. More S. -Saneamiento: Acciones administrativas, contables y legales que deben realizar las entidades para regularizar la situación de los bienes muebles patrimoniales sobrantes y faltantes. -Abandono: Situación en que se encuentran los bienes muebles en posesión de las Entidades, luego de levantar el Acta de Saneamiento. -Bienes Muebles Faltantes: Aquellos que están incluidos en el patrimonio pero que no se encuentran físicamente, desconociéndose su ubicación. Definiciones Saneamiento de Bienes Muebles
  • 10. Ing. A. More S. -Bienes Muebles Sobrantes: Aquellos que no han sido dados de alta debido a que son propiedad de terceros; no habiendo sido reclamados por sus propietarios, su origen es desconocido o no se cuenta con la documentación suficiente. -Chatarra: Estado avanzado de deterioro de un bien mueble que impide que pueda cumplir las funciones para las cuales fue diseñado y cuya reparación es imposible u onerosa. -Entidad Poseedora: Entidad que posee físicamente bienes muebles susceptibles de saneamiento. -Informe Técnico-Legal: Se elabora según los antecedentes histórico-legales, características técnicas, estado de conservación, ubicación y valor de un bien mueble que será objeto de saneamiento. Saneamiento de Bienes Muebles
  • 11. Ing. A. More S. • La OGA, es la responsable del saneamiento, en coordinación con OCP. • La OGA encargará al OCP realizar la identificación de los bienes sobrantes y faltantes, a partir del último inventario. • Los bienes en calidad de chatarra, no serán dados de alta; en el Informe se declara su condición de sobrantes y mediante una resolución de la OGA se aprobará su disposición, acorde con la normatividad vigente. • El saneamiento de los bienes muebles faltantes se realiza sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales a que hubiere lugar. • La Directiva no es de aplicación para vehículos internados por infracciones; así como para bienes incautados o declarados en abandono en aplicación a Leyes especiales. Disposiciones Generales Saneamiento de Bienes Muebles
  • 12. Ing. A. More S. SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES SOBRANTES
  • 13. Ing. A. More S. a) Que el bien se encuentre por lo menos 02 (dos) años en posesión de la entidad pública; (se acreditará con una declaración jurada de permanencia o posesión por parte de la entidad); y, b) Que no se cuente con la documentación suficiente que sustente el ingreso al patrimonio de la entidad pública o cuando no exista documentación sobre el origen del bien. Condiciones previas SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES SOBRANTES
  • 14. Ing. A. More S. CASO DE BIENES MUEBLES PROVENIENTES DE: Convenios de Cooperación. Entidades fusionadas, liquidadas, extinguidas u otros. Si no se puede regularizar la transferencia a favor de la entidad poseedora. Documentación insuficiente. SANEAMIENTO SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES SOBRANTES
  • 15. Ing. A. More S. a) Para vehículos registrados, se deberá contar con la boleta informativa expedida por la SUNARP y el certificado de DIPROVE. b) Para los que no exhiban placa la UORCP deberá solicitar a la SUNARP la búsqueda a nivel nacional a través del Nº de Serie o Motor. c) De no estar registrado, se deberá contar con el certificado negativo de inscripción de la SUNARP y se tramitará el certificado de DIPROVE. d) Si el vehiculo tiene gravámenes u órden de captura y luego de haber agotado las gestiones la entidad pública no puede levantarlas o cancelarlas, informará a la Policia Nacional del Perú o Juzgado sobre la ubicación del vehículo para que sea puesto a disposición de ellos. SANEAMIENTO DE VEHICULOS
  • 16. Ing. A. More S. CERTIFICADO DE IDENTIFICACION VEHICULAR DIPROVEOFICINA REGISTRAL – REG. PROP. VEHICULAR BOLETA INFORMATIVA DOCUMENTO DE NO INSCRIPCION (búsqueda ORE.) CERTIFICADO DE IDENTIFICACION VEHÍCULAR INMATRICULADO (placa) NO INMATRICULADO DOCUMENTO SANEAMIENTO DE VEHICULOS NO CHATARRA
  • 17. Ing. A. More S. PNP O JUZGADO CASO DE VEHÍCULOS CON GRAVAMENES U ORDEN DE CAPTURA: Entregar (OGA) SANEAMIENTO Acta de Entrega No Si Tratar de levantar las afectaciones SANEAMIENTO DE VEHICULOS NO CHATARRA
  • 18. Ing. A. More S. - Elaborar la Ficha Técnica que acredite la condición de chatarra según formato (Anexo 1). - No serán exigibles: Boleta Informativa, expedida por el RPV; Certificado Policial de Identificación Vehicular, expedido por la DIPROVE,Tarjeta de Propiedad. - No se elabora el Acta de Saneamiento. La posesión de los vehículos será acreditada con el Informe y la Declaración Jurada. - No se publica en EL PERUANO. - Los vehículos a nombre de otras Entidades, no se regulariza el tracto sucesivo, debiendo disponerse de ellos sin derecho de inscripción registral. La entidad poseedora deberá solicitar al titular registral, gestione la baja de circulación del Sistema Nacional de Transporte. - No serán dados de alta ni se inscribirán en el Registro de Propiedad Vehicular y la Entidad está obligada a disponer mediante Venta (en calidad de chatarra) o Donación, sin derecho a inscripción registral. SANEAMIENTO DE VEHICULOS CHATARRA
  • 20. Ing. A. More S. Vehículos Registrados en los Estados Financieros Los vehículos que con anterioridad a la vigencia de la Directiva hubiesen sido incorporados al patrimonio de la entidad pero que no hayan sido inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular debido a que no se cuenta con la documentación suficiente; podrán ser registrados en virtud al procedimiento de saneamiento de bienes muebles sobrantes regulado en la presente Directiva. SANEAMIENTO DE VEHICULOS
  • 21. Ing. A. More S. OCP IT OGA aprueba OCP Acta/Sane. Proy. Res. OGA Res. Alta Plazo (días) 10 101010 Evaluación (OGA) Publicación (OGA) [Periódico mural – Web] Evaluación (OGA) Expe (OCP) SBN CASO DE VEHICULOS NO CHATARRA OPOSICION Notificación o publicación El Peruano Inscripción en RPV (no Chatarra) Presentación de oposición Entrega del vehículo Acta a SBNConforme IT (OCP) PROCEDIMIENTO
  • 22. Ing. A. More S. Procedimiento General Saneamiento de Mobiliario UCP OGA 10 días 10 días SBN •Contabilidad •UCP •Informe Técnico •Inf. Final del Inv. •Fotografías. •Declaración Jurada de posesión •Otros • Revisa el Expediente (10 dias) Publicación (en la entidad y Portal electrónico) 10 días hábiles. •Acta de Saneamiento •Informe de Tasación •Proyecto Resolución • Aprueba Resolución (10 dias) (1) (2) (3) (4) (5) (6) •Resolución de Alta •Informe de Tasación •Informe Técnico •Publicación y/o Notificación •Acta de Saneamiento •Documento de Devolución
  • 23. Ing. A. More S. Procedimiento General Saneamiento de Vehículos UCP OGA 10 días SBN •Informe Técnico •Ficha Tecnica •Inf. Final del Inv. •Fotografías. •Declaración Jurada de posesión. •Boleta Informativa •Otros (*) (*) Vehículos inscritos, se deberá contar con la Tarjeta de Propiedad, la Boleta Informativa expedida por SUNARP y el Certificado DIPROVE Notificación al Propietario o Publicación (en El Peruano) 10 días • Revisa el Expediente (10 dias) •Resolución de Alta •Informe de Tasación •Informe Técnico •Publicación y/o Notificación •Acta de Saneamiento •Documento de Devolución 10 días •Acta de Saneamiento •Informe de Tasación •Proyecto Resolución (1) (2) (3) (4) (6) • Aprueba Resolución (10 dias) (5) Placa Detalles Técnicos Titular Registral •Contabilidad •UCP
  • 24. Ing. A. More S. Inscripción del Vehículo dado de alta por Saneamiento RPV SUNARP OGA COPIAS CERTIFICADAS  Resolución de Alta por Saneamiento  Acta de Saneamiento  Certificado DIPROVE  Copia de la Publicación  Resolución de Designación del Administrador  Copia de la Directiva Una vez aprobado el Alta la entidad tiene un plazo de 10 días útiles para proceder a su inscripción
  • 25. Ing. A. More S. 10 días a partir del Alta SBN OCP  Resolución de Saneamiento.  Informe TL.  Declaración Jurada.  Notificación o publicación del aviso.  Acta de Saneamiento. Documentación a remitir a la SBN por saneamiento de bienes sobrantes
  • 26. Ing. A. More S. Procedimiento General Bienes Sobrantes ACTA DE SANEAMIENTO En las instalaciones de…........... (Nombre de la entidad pública)..., sito en (Av., Calle, Jr.)....................., del distrito de...................., provincia de.................. y departamento de......................, a las.......... horas del día.......... de................. de 20............, los miembros de la unidad orgánica responsable de control patrimonial, designados mediante Resolución Nº..............., de fecha............. de............. de 20........., se reunieron en virtud de la Directiva Nº...............-2009/SBN: Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobada por Resolución Nº ...........- 2009/SBN. (Otras observaciones): ..................................... ..................................... Habiendo constatado que se ha(n) realizado la(s) publicación(es) correspondiente(s) de acuerdo a lo establecido en los numerales……..y……. del acápite “Saneamiento de Bienes Muebles Sobrantes” de la Directiva Nº…........-2009/SBN: “Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal” y no habiéndose presentado oposición alguna, se declara en abandono los bienes detallados en anexo adjunto y se recomienda a la Oficina General de Administración (o la que haga sus veces) emitir la Resolución aprobando el ALTA DE LOS BIENES MUEBLES PROPUESTOS PARA SANEAMIENTO: ................................ (*) ................................ (*) (*) Firma de los miembros de la UORCP
  • 27. Ing. A. More S. ACTA DE ENTREGA En las instalaciones de ... (nombre de la entidad pública) ..., sito en (Av., Calle, Jr.) ..................., del distrito de ..................., provincia de .................... y departamento de .................., a las ............ horas del día ............. de ............ del 200........, se reunieron los representantes de (nombre de la entidad pública) , el Señor ................, identificado con DNI Nº ............., ............. (cargo) , y el propietario (o el representante de la entidad propietaria) de los bienes muebles propuestos para saneamiento, el Señor ................, identificado con DNI Nº ................. La reunión tuvo por finalidad proceder a la entrega de los bienes muebles propuestos para saneamiento por (nombre de la entidad pública) , los cuales se detallan en la hoja adjunta, que forma parte integrante de la presente Acta. Efectuada(s) la(s) publicación(es) correspondiente(s) señalada(s) en el numeral …….. (y en el numeral ………..) de la Directiva Nº 005-2009/SBN: “Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal”, aprobada por Resolución Nº 147-2009/SBN, el(la) ... (nombre o razón social) ... demostró la propiedad de determinados bienes muebles, según consta en el Informe N .................., de fecha ............ de ............ del 200........, emitida por la Unidad de Control Patrimonial de la ... (nombre de la entidad pública) ..., por lo que se procedió a realizar la entrega correspondiente. Estando de acuerdo las partes, y verificado(s) físicamente el(los) bien(es) mueble(s) materia de entrega, se firmó la presente Acta y su anexo en señal de conformidad. EL QUE ENTREGA: .............................................. (*) EL QUE RECIBE: .............................................. (*) (*) Firma de ambas partes. Procedimiento General Bienes Sobrantes
  • 28. Ing. A. More S. OPOSICION AL SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES SOBRANTES
  • 29. Ing. A. More S. Publicación o notificación 10 días Opositor OCP Informe Fin del plazo 0 Solicita devolución Documentación OGA Evalúa Saneamiento Opositor Acta de EntregaSBN 10 días si no 10 días Procedimiento de Oposición + Documentación
  • 30. Ing. A. More S. SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES FALTANTES
  • 31. Ing. A. More S. Procedimiento General Bienes Faltantes • Que no se cuente con la documentación sufiente que sustente la baja del bien mueble. • Que el bien mueble se encuentre en poder de otra entidad pública, privada o persona natural, según documentación que así lo acredite fehacientemente y cuando no sea posible recuperarlo o regularizar la transferencia de propiedad a favor del poseedor. Condiciones previas:
  • 32. Ing. A. More S. OCP Informe Técnico OGA Comisión investigadora (AD, OGA, OAJ) Evalúa 10 conforme Informe 2 meses OCP OGA Proyecto de Res. Expediente Emite Res. baja 10 SBN 10 Solicita a la AD Procedimiento
  • 33. Ing. A. More S. UCP •Informe Técnico OGA • Revisa el Expediente (10 dias) •Investigaciones •Notificaciones •Documentos de asignación •Informe Final del Inventario SBN •Contabilidad •UCP • Copia de la Resolución de Baja • Copia del Informe Técnico • Copia del Informe de la Comisión Investigadora Si existen investigaciones por los bienes muebles faltantes, el Informe de Investigación será puesto en conocimiento de la OGA, de la UCP y de la OCI para las acciones que correspondan. La Comisión Investigadora tiene un plazo máximo de 02 meses para emitir su informe. • Aprueba Resolución (20 dias) • Si no se realizaron las investigaciones solicita a la Alta Direción la Conformación de la Comisión Investigadora (AD, OGA, LEGAL) • Proyecto de Resolución • Exp. de Saneamiento (1) (4) (2) (5) (6) (3) (3.1) Dentro de 10 días de aprobada remitir a SBN: Procedimiento General Bienes Faltantes
  • 34. Ing. A. More S. Organo de Control Institucional El Órgano de Control Institucional de la Entidad verificará el cumplimiento de la presente Directiva y determinará, de corresponder, las responsabilidades funcionales en caso de incumplimiento
  • 35. Ing. A. More S. ¡Gracias por la atención prestada! Subdirección de Supervisión Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Ing. Alejandro More Seminario 317-4400 Anexo 514