1. C.P.C. LEONELA VALENZUELA VALDEZ
TECNICO ECARGADA DE CONTROL PATRIMONIAL
PROCEDIMIENTOS DE GESTION DE
BIENES MUEBLES ESTATALES
PRESENTACION DE INVENTARIO
2. MARCO LEGAL
Ley Nº 29151
D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA
Directiva Nº 001-2015/SBN
Directiva Nº 003-2013/SBN
Resolución Nº 158-97/SBN
Ley Nº 27995
D.S. Nº 013-2004-EF
D. Leg Nº 1214
Ley Nº 27444
Leyes Especiales
SNBE
D. L Nº 1439; Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de
Abastecimiento.
3. TOMA DE INVENTARIO
Consiste en verificar físicamente, codificar y
registrar los bienes de la entidad, con la finalidad de
comprobar su existencia.
4. ¿QUÉ ES UN BIEN MUEBLE PARA EL SNBE?
Es el bien que se
encuentra
contemplado en el
Catálogo Nacional
de Bienes Muebles
del Estado.
Actualmente existen
4456 tipos de
bienes muebles.
5. Es la responsable de los avances y el resultado del inventario.
El Director de la Institución Educativa mediante Resolución Directoral constituirá la Comisión de Inventario
que tendrá a su cargo el procedimiento de toma de inventario de la Entidad, la cual estará conformada
como mínimo por tres (03) integrantes.
Director, Sub Director (a) Administrativo (a), Coordinador (a) Administrativo (a), en las IIE que cuente
con la referida plaza o el docente más antiguo como: Presidente.
Un docente como: Miembro Integrante
Personal administrativo como: Miembro Integrante
Un miembro o Representantes de APAFA .
COMISION DE INVENTARIO
6. FUNCIONES DE LA COMISION DE INVENTARIO
Los miembros integrantes de la Comisión de Inventario tienen las siguientes funciones:
Elaborar y suscribir:
a. El Acta de Inicio de la Toma de Inventario, conforme al formato contenido en el Anexo N° 21 y Acta de cierre
de Inventario Físico Anexo N° 22, señalando la fecha, hora, lugar y miembros participantes.
b. Verificar la presencia física de los bienes a inventariarse, comprobando su ubicación estado de conservación,
condiciones de utilización, seguridad y funcionarios responsables.
c. Durante el trabajo de campo llenará La Ficha de Levantamiento de Información Anexo N° 15.
d. El Informe Final del Inventario, conforme al formato contenido en el Anexo N° 17
7. Nivel Primaria : Profesor
(a) Aula - Especificar el
Mobiliario
Docentes de Secundaria-
Asignación Común o
Auxiliares y Personal
Administrativo
Formas de Organizarse
TAMBIEN SE ASIGNARÁ
RESPONSABILIDAD
PERSONAL ADMINISTRATIVO
PERSONAL AUXILIAR
PERSONAL DE SERVICIO
PERSONAL GUARDIANIA
9. ETIQUETADO
Los bienes que constituyen el patrimonio del estado tendrán una codificación única y permanente que
los diferencie de cualquier otro bien.
La codificación se realiza asignando y aplicando al bien un grupo de números a través del cual se le
clasificará e identificará, conforme al catálogo nacional de bienes muebles y el software inventario
Institucional.
Para la identificación de los bienes con la etiqueta correspondiente se sugiere lo siguiente:
a. Mobiliario vista de frente, en el perfil derecho parte superior. En caso de muebles pegados a la pared o
a otros que impiden su lectura según antes mencionada, en el frente o cara interna del mueble donde
sea posible su ubicación y fácil lectura , las sillas, modulares, sillones o similares en la parte inferior del
tablero del asiento.
b. Equipos alrededor de la placa del fabricante en donde sea posible ubicarla.
c. En la superficie inferior del equipo o en su parte trasera. En caso de equipos pequeños como celulares
en el compartimiento de la batería.
10. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES QUE NO
SE INCLUYEN EN EL CATÁLOGO
Accesorios, herramientas, repuestos.
Material de vidrio y cerámica para ensayo.
Instrumentos de Laboratorio.
Objetos empotrados (parte integrante de otro bien).
Set de instrumental médico-quirúrgico.
Animales menores e insectos.
Prendas de vestir, Ropas.
Marcas, Títulos Valores, Licencias y Software.
Bienes Intangibles.
Bienes Fungibles y/o Consumibles.
Bienes Culturales: Obras de Arte – Libros y Textos.
Aquellos que por su naturaleza no son posibles
identificarlos con etiquetas o tintas.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17. CRITERIOS CONCURRENTES PARA LA CODIFICACIÓN DE UN
BIEN MUEBLE PATRIMONIAL
• Que sea de propiedad de la entidad.
• Que tenga una vida útil estimada mayor de 01 año.
• Que no este sujeto a operaciones de venta inmediata o
comercialización.
• Que sea objeto de acciones de mantenimiento.
• Que clasifique como activo fijo o bien no depreciable.
• Que sea un bien mueble tangible.
• Que sea materia de algún acto de disposición final.
• Que sea susceptible de ser inventariado.
• Que sea individualizable por su función.
• Todos los descritos en el Catalogo.
19. • Aceptación de donación.
• Reposición de bienes.
• Fabricación de bienes.
• Saneamiento de bienes sobrantes.
• Permuta.
• Transferencia por dación en pago.
• Transferencia en retribución de servicios.
• Reproducción de semovientes.
¿CUÁLES SON LOS ACTOS DE ADQUISICIÓN?
20. ¿COMO SUSTENTO EL ALTA Y BAJA DE
UN MOBILIARIO?
¿QUE DOCUMENTOS DEBO ADJUNTAR?
23. La Comisión de Toma de Inventario, Altas y Bajas de Bienes
Patrimoniales, identifica el bien mueble, para registrarlo en los
Anexos según causales por Alta. Ejemplo:
- Saneamiento De Bienes Sobrantes.
- Aceptación de Donación de APAFA, Padres de familia, Institución
Publica o Privada.
- Compra con Presupuesto de Programa de Mantenimiento(PRONIED).
PROCEDIMIENTO POR ALTA DE BIENES MUEBLES
24. DOCUMENTOS QUE SUSTENTA
La Comisión de Toma de Inventario y Altas y Bajas de Bienes Patrimoniales,
identifica el bien mueble, para registrarlo en el Anexo N° 08 Formato De Bienes
Sobrantes.
Cuyo procedimiento es de aplicación con la normativa vigente que regula el
procedimiento de Alta. Según RESOLUCION N° 084-2017/SBN.
La condición previa es que los bienes deben encontrarse por lo menos 2 años en posesión de la
entidad, acreditándose dicha situación mediante declaración jurada de permanencia o posesión,
suscrita con el servidor que usa el bien.(Anexo N° 23 Declaración Jurada).
Elaborar el IT que sustenta la posesión de los bienes sobrantes y estime el tiempo de permanencia
de los mismos en la entidad, con su debida valoración de los bienes muebles y lo enviara a
Patrimonio para su evaluación.
Remite el Anexo N° 24 Acta De Bienes Sobrantes Que No Cuentan Con
Documentación.
SANEAMIENTO DE BIENES SOBRANTES
25. DOCUMENTOS QUE SUSTENTA
Aceptación de Donación:
La Comisión de Toma de Inventario y Alta y Bajas de Bienes Patrimoniales, identifica el
bien mueble recibidos como Donación, para registrarlo en el Anexo N° 09 Formato De
Alta De Bienes Durante El Periodo. Sustentado con los siguiente:
Informe Técnico.
Acta de Entrega y Recepción del Bien Mueble.
Comprobante de Pago.
Resolución Directorial Institucional por Aceptación de Donación.
- La R.D. de Aceptación de Donación, debe especificar el valor de los bienes recibidos en donación.
En caso la entidad reciba bienes que no precisa su valor o los bienes provengan de otra entidad con
valor totalmente depreciado. El Director(a), Sub director(a) Administrativo en las Instituciones
Educativas de Jornada Escolar Completa (JEC), deberán realizar la tasación de los mismos para proceder
a ser incorporado.
ACEPTACION DE DONACIÓN
26. ADQUISICIONES DE BIENES DE CAPITAL CON PRESUPUESTO DE MANTENIMIENTO.
La rendición de gastos efectuados con el presupuesto de mantenimiento por adquisiciones de bienes
de capital otorgados a los Directores de las IIEE, deberán ser remitidos a la oficina de Patrimonio
de la UGEL N° 16 Barranca, con la finalidad de incorporarlos patrimonialmente al inventario de la
IIEE , cumpliendo el siguiente orden:
1. Oficio detallando en el asunto: Rendición de gastos – Bienes de Capital , provenientes del
presupuesto asignado para mantenimiento.
2. Copia fedateada de los comprobantes de pago (Boletas, Facturas, guías de remisión, etc.), la
cual acredite la adquisición del bien. (Firmados con el sello).
3. Se deberá remitir la respectiva información como plazo máximo los 5 primeros días hábiles del
mes siguiente.
COMPRA CON PRESUPUESTO DE MANTENIMIENTO (PRONIED)
27. REPOSICIÓN DE BIENES
Es la recepción por parte de la entidad de un bien de
características iguales, mejores o equivalentes en valor
comercial, en reemplazo de otro que ha sufrido los siguientes
acontecimientos:
ACONTECIMIENTO REPOSICIÓN A CARGO DE:
Pérdida, robo, hurto o daño total o
parcial
Del servidor cuya responsabilidad ha
quedado determinada.
Siniestro en caso el bien se encuentre
asegurado
La compañía aseguradora
Vicios o defectos que afecten su
correcto funcionamiento en caso
cuente con garantía
El proveedor
28. IMPORTANTE:
Los bienes Muebles que sean propuestos para su Alta,
según causal, deberán estar en buenas condiciones.
La comisión de Toma de inventario y Altas De Bienes
Muebles, deberán tomar los criterios que considere
adecuado para los bienes Muebles que se ingresara al
Inventario de la INSTITUCION posterior a su alta.
30. Es la cancelación de la anotación en el registro
patrimonial de la entidad, que lleva de la mano, la
extracción contable de los mismos bienes, conforme
a la normatividad del Sistema Nacional de
Contabilidad..
CONTABILIDAD
Módulo Muebles
SINABIP
BAJA
31. 1. La Comisión de Toma
de Inventario, Altas y
Bajas de Bienes
Patrimoniales,
identifica el bien
mueble que se
propondrá para su
Baja, para registrarlo en
el Anexo N° 20, según
causales por Baja.
PROCEDIMIENTO POR BAJA DE BIENES MUEBLES
32.
33. La Comisión de Toma de Inventario, Altas y Bajas de Bienes Patrimoniales,
identifica el bien mueble para su Baja, para registrarlo en el Anexo N° 20
Relación De Bienes Muebles Patrimoniales Que Se Propone Para La Baja Año 2020.
Sustentado con los siguiente:
Informe Tecnico
Relación de Bienes (Apéndice A).
Evidencias del Bien Mueble.
R.D de Baja de Bienes Muebles.
DOCUMENTO SUSTENTO POR BAJA DE BIENES MUEBLES
36. BAJA
Las causales de pérdida, hurto,
robo, siniestro o destrucción
accidental deben sustentarse
con la correspondiente
denuncia policial o fiscal.
37. BAJA
Los bienes dados de baja, no podrán ser desmantelados para
reparar bienes semejantes.
Sólo en los casos en que los bienes dados de baja sean de utilidad para el sistema
educativo, en aplicación de la Ley Nº 27995 y su Reglamento, se notificará a la UGEL de la
jurisdicción donde se encuentren los bienes, la resolución de baja, siempre que concurran
los siguientes presupuestos:
Los bienes puedan ser empleados o
usados por la IE, es decir, ameriten ser
dados de alta
Las II EE que se encuentren
geográficamente en zonas de extrema
pobreza, conforme a lo señalado por
el INEI.
Importante:
38. DIRECTIVA Nº 007 - 2018- DPSIII/J(e)AGA/PATRIM-UGEL16-BCA
FINALIDAD
establecer las pautas que se utilizarán al
momento de llevar a cabo el inventario físico de
bienes patrimoniales de la Unidad de Gestión
Educativa Local Nº 16 y las IEE de su
Jurisdicción
ESTABLECIENDO
lineamientos de planificación y ejecución del
proceso de Toma de Inventarios que permitan
obtener una información y administración
eficiente de los bienes.
39. El Área Administración de la Unidad
de Gestión Educativa Local Nº 16.
Los Directores, Sub-Directores.
Administrativos de las Instituciones
Educativas.
Los Coordinadores Administrativos
en las Instituciones Educativas de
J.E.C y
Comisión de Inventario acreditado
con Resolución Directoral.
RESPONSABILIDADES
DIRECTIVA Nº 007 - 2018- DPSIII/J(e)AGA/PATRIM-UGEL16-BCA
Correcto registro,
administración y disposición
de los bienes muebles de
acuerdo a las acciones
establecidas en la presente
Directiva
proporcionar a los
responsables de control
patrimonial, las facilidades
necesarias para la ejecución
de las mismas.
A SU VEZ
40. DIRECTIVA Nº 036 - 2018- DPSIII/J(e)AGA/PATRIM-UGEL16-BCA
FINALIDAD
establecer las disposiciones que debe cumplir la
Sede Institucional y las II.EE a fin de asegurar el
uso correcto, conservación y permanencia que
constituyen el patrimonio estatal.
ESTABLECIENDO
Criterios a seguir por los Comités de Gestión
Patrimonial, responsables de la realización de
los procedimientos de altas y bajas de bienes.
41. El Área Administración de la Unidad
de Gestión Educativa Local Nº 16.
Los Directores, Sub-Directores.
Administrativos de las Instituciones
Educativas.
Los Coordinadores Administrativos
en las Instituciones Educativas de
J.E.C y
Comisión de Inventario acreditado
con Resolución Directoral.
RESPONSABILIDADES
DIRECTIVA Nº 036 - 2018- DPSIII/J(e)AGA/PATRIM-UGEL16-BCA
Correcto registro,
administración y disposición
de los bienes muebles de
acuerdo a las acciones
establecidas en la presente
Directiva
proporcionar a los
responsables de control
patrimonial, las facilidades
necesarias para la ejecución
de las mismas.
A SU VEZ