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INFORME DE PRENSA

                                       Fiscalía y Policía
                    Relación entre las instituciones en el sistema acusatorio


El Procurador General de la Provincia de Salta, Pablo López Viñals, sentó las bases del
debate para pensar la posición institucional de la policía y la fiscalía y como se relacionan
entre sí.
La naturaleza y ubicación habitual de la actual policía presenta, en términos expresados por el
disertante, dos facetas: por un lado la averiguación de datos que condiciona el requerimiento
fiscal y por otro lado la actuación de persecución.
Se percibe una preponderancia del modelo de mandato externo hacia órganos de investigación
que se ubican en una esfera institucional distinta a la de las fiscalías.
Entonces ¿a qué vino la fiscalía al proceso penal del siglo XX?, vino a controlar la aplicación
de la ley por parte de los jueces, a contribuir a la objetividad de los magistrados, en otros
términos, a dirigir y controlar a la policía.
Las expectativas era ser dueña y señora de las investigaciones policiales y rescatar las
facultades que los jueces habían renunciado a ejercer. Pero, las expectativas se frustraron
porque los jueces no transfirieron sus herramientas a los fiscales. Esto creó la conciencia de
los fiscales acerca de que ese sistema no les permitía ejercer el derecho legal.
Este desarrollo llevó a la necesaria pregunta de ¿por qué los fiscales hicieron un paso al
costado? La respuesta se dirigió en la dirección de una frase “la cabeza sin manos”, es decir,
el cometido de un fiscal solo podría ser sacar consecuencias jurídicas sobre la investigación
policial, y negar su facultad de conducción.
Así fue planteado el tema por el expositor, el cual, luego dirigió la disertación en torno al
proceso mixto en la Argentina y la marginación de la fiscalía, el modo en que la Argentina
renunció a la conducción de la policía, los tres modelos de relación entre fiscalía y policía y
cuales son los trabajos que esta haciendo la fiscalía para revertir su minusvalía.


Informe de Prensa Nº 419                                  San Luis, 3 de septiembre de 2010.

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419

  • 1. INFORME DE PRENSA Fiscalía y Policía Relación entre las instituciones en el sistema acusatorio El Procurador General de la Provincia de Salta, Pablo López Viñals, sentó las bases del debate para pensar la posición institucional de la policía y la fiscalía y como se relacionan entre sí. La naturaleza y ubicación habitual de la actual policía presenta, en términos expresados por el disertante, dos facetas: por un lado la averiguación de datos que condiciona el requerimiento fiscal y por otro lado la actuación de persecución. Se percibe una preponderancia del modelo de mandato externo hacia órganos de investigación que se ubican en una esfera institucional distinta a la de las fiscalías. Entonces ¿a qué vino la fiscalía al proceso penal del siglo XX?, vino a controlar la aplicación de la ley por parte de los jueces, a contribuir a la objetividad de los magistrados, en otros términos, a dirigir y controlar a la policía. Las expectativas era ser dueña y señora de las investigaciones policiales y rescatar las facultades que los jueces habían renunciado a ejercer. Pero, las expectativas se frustraron porque los jueces no transfirieron sus herramientas a los fiscales. Esto creó la conciencia de los fiscales acerca de que ese sistema no les permitía ejercer el derecho legal. Este desarrollo llevó a la necesaria pregunta de ¿por qué los fiscales hicieron un paso al costado? La respuesta se dirigió en la dirección de una frase “la cabeza sin manos”, es decir, el cometido de un fiscal solo podría ser sacar consecuencias jurídicas sobre la investigación policial, y negar su facultad de conducción. Así fue planteado el tema por el expositor, el cual, luego dirigió la disertación en torno al proceso mixto en la Argentina y la marginación de la fiscalía, el modo en que la Argentina
  • 2. renunció a la conducción de la policía, los tres modelos de relación entre fiscalía y policía y cuales son los trabajos que esta haciendo la fiscalía para revertir su minusvalía. Informe de Prensa Nº 419 San Luis, 3 de septiembre de 2010.