1. CONVOCATORIA No. 002 DE 2012
Enero 03 de 2012
"Por medio de la cual se convoca a los ciudadanos
interesados en participar como candidatos al cargo de
Personero(a) Municipal de Campohermoso,
Departamento de Boyaca"
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CAMPOHERMOSO EN USO DE LAS
ATRIBUCIONES LEGALES Y FACULTADES CONSTITUCIONALES, EN ESPECIAL
LAS CONFERIDAS POR EL ARTICULO 35 Y 170 DE LA LEY 136 DE 1994 Y EL
ARTICULO 490- DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO SE PERMITE
INFORMAR QUE SE ENCUENTRA ABIERTA LA CONVOCATORIA PARA PROVEER
EL CARGO DE PERSONERO MUNICIPAL DE CAMPOHERMOSO, PERIODO LEGAL
2012 - 2016, COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE MARZO DE 2012 AL 29 DE
FEBRERO DE 2016.
AVISO DE CONVOCATORIA
Clase de Concurso: Abierto
Fecha de Fijación: 03 de Enero de 2012, 08:00 a.m.
Número: . 02 de 2012
Medio de Divulgación: Cartelera del Concejo y Página Web
EMPLEO A PROVEER
Denominación: Personero Municipal
Naturaleza: Empleado Publico de Elección Legal para el periodo
constitucional fijado.
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(l.SC)
Misión del Empleo: La guarda y promoción de los derechos humanos, la
protección del interés público y la vigilancia de la conducta de
quienes desempeñan funciones públicas.
Dedicación: Tiempo Completo
Periodo: Del 01 de Marzo de 2012 al 29 de Febrero de 2016
Número de Empleos: 01
Sueldo: Lo establecido legalmente por el Concejo
Lugar de Trabajo: Palacio Municipal de Campohermoso, Personería Municipal.
REQUISITOS
Los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadano colombiano por nacimiento.
2. Ser ciudadano en ejercicio de derechos
3. Haber terminado estudios en derecho 'f
FUNCIONES
El Personero ejercerá en el municipio, bajo la dirección suprema del Procurador General de
la Nación, las funciones del Ministerio Público, además de las que determine la
Constitución, la Ley, los Acuerdos y las siguientes:
1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las ordenanzas, las
decisiones judiciales y los actos administrativos, promoviendo las acciones a
que hubiere lugar, en especial las previstas en el artículo 87 de la
Constitución.
2. Defender los intereses de la sociedad.
3. Vigilar el ejercicio eficiente y diligente de las funciones administrativas
municipales.
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4. Ejercer vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones
públicas municipales; ejercer preferentemente la función disciplinaria
respecto de los servidores públicos municipales; adelantar las
investigaciones correspondientes, bajo la supervigilancia de los
procuradores provinciales a los cuales deberán informar de las
Investigaciones.
5. Las apelaciones contra las decisiones del personero en ejercicio de la
función disciplinaria, serán competencia de los procuradores
departamentales.
6. Intervenir eventualmente y por delegación del Procurador General de la
Nación en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas
cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público
o de los derechos y garantías fundamentales.
7. Intervenir en los procesos civiles y penales en la forma prevista por las
respectivas disposiciones procedimentales.
8. Intervenir en los procesos de policía, cuando lo considere conveniente o
cuando lo solicite el contraventor o el perjudicado con la contravención.
9. Velar por la efectividad del derecho de petición con arreglo a la ley.
10. Rendir anualmente informe de su gestión al Concejo.
11. Exigir a los funcionarios públicos municipales la información necesaria y
oportuna para el cumplimiento de sus funciones, sin que pueda oponérsele
reserva alguna, salvo la excepción prevista por la Constitución o la ley.
12. Presentar al Concejo proyectos de acuerdo sobre materia de su
competencia.
13. Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y
empleados de su dependencia.
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14. Defender el patrimonio público interponiendo las acciones judiciales y
administrativas pertinentes.
15. Interponer la acción popular para el resarcimiento de 105 daños y perjuicios
causados por el hecho punible, cuando se afecten intereses de la
comunidad, constituyéndose como parte del proceso penal o ante la
jurisdicción civil.
16. Dfvulgar los derechos humanos y orientar e instruir a 105 habitantes del
municipio en el ejercicio de sus derechos ante las autoridades competentes
o entidades de carácter privado.
17.Cooperar en el desarrollo de las políticas y orientaciones propuestas por el
Defensor del Pueblo en el territorio municipal.
18. Interponer por delegación del Defensor del Pueblo las acciones de tutela en
nombre de cualquier persona que lo solicite o se encuentre en situación de
indefensión.
19. Defender los intereses colectivos en especial el ambiente, interponiendo e
interviniendo en las acciones judiciales, populares, de cumplimiento y
gubernativas que sean procedentes ante las autoridades.
20. Velar porque se dé adecuado cumplimiento en el rnuruopio a la
participación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales,
comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales
sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan
mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de
participación, control y vigilancia de la gestión pública municipal que
establezca la ley.
21. Apoyar y colaborar en forma diligente con las funciones que ejerce la
Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas.
22. Vigilar la distribución de recursos provenientes de las transferencias de los
ingresos corrientes de la Nación al municipio o distrito y la puntual y exacta
recaudación e inversión de las rentas municipales e instaurar las acciones
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correspondientes en caso de incumplimiento de las disposiciones legales
pertinentes.
23. Promover la creación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas y
comunitarias.
24. Todas las demás que le sean delegadas por el Procurador General de la
Nación y por el Defensor del Pueblo.
I INSCRIPCIÓN Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS
Fecha: Del 03 al 05 de Enero de 2012
Horario: De 8:00 a.m. A 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Lugar: Secretaría General Concejo Municipal.
Municipio: Campohermoso Boyacá
DOCUMENTOS A PRESENTAR AL MOMENTO DE LA
INSCRIPCIÓN
1. Hoja de Vida Formato Único Función Pública - www.dafp.gov.co
2. Fotocopia del Documento de Identificación
3. Título Profesional de Abogado o Constancia Universitaria de terminación de
estudios en derecho.
4. Certificado Judicial Vigente
5. Certificado de Antecedentes Disciplinarios
6. Certificado de Antecedentes Fiscales
7. Fotocopia Libreta Militar (hombres)
8. Los documentos enunciados en la hoja de vida
>- Estudios: Se acreditan mediante certificaciones, diplomas, actas de
grado o títulos otorgados por las instituciones correspondientes.
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> Experiencia: Se acredita mediante constancias expedidas por la
autoridad competente de las respectivas entidades oficiales o privadas.
Cuando el interesado haga ejercicio de su profesión de forma
independiente, la experiencia se acreditar' mediante dos (2)
declaraciones extrajuicio de terceros o copia de los contratos
respectivos.
> Cursos: Se acreditarán mediante certificaciones expedidas por las
respectivas entidades oficiales o privadas, indicando nombre y razón
social de la Entidad que expide, nombre y contenido del curso,
intensidad horaria y fecha de realización.
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-1--ElECCION
Fecha: 10 de Enero de 2012
Hora: 2:00 p.m.
Lugar: Recinto de Sesiones Concejo Municipal de Campohermoso,
Dada en Campohermoso, a los dos (2) días del mes de enero de dos mil doce
(2012)
CONSTANCIA DE PUBLICACIÓN: Hoy tres (3) de enero de dos mil doce (2012), siendo
las 08:00 p.m., fue fijada en ia cartelera del Concejo ¡"iunicipal la Convocatoria No. 002 de
2012.
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r(~~OVOA BACCA
Presidente Concejo Municipal
(a!Tim Y:NiJ. 2 -73 SCífLmáo :]'is(l- (cCrda/.'V() 3125823560
Emaií: ~ílli.{~jO l~Pca1lJpoficr¡,'Jo.·o-6{~y¡¡(a"<qo·-(), (O
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