La Ley de Dependencia de 2006 establece un sistema para promover la autonomía y atención a personas en situación de dependencia en España. Define la dependencia como necesitar ayuda para actividades básicas como el cuidado personal, la movilidad y las tareas domésticas. Establece prestaciones económicas y servicios a través de las comunidades autónomas para atender a las personas dependientes. Evalúa el grado de dependencia y tipos de apoyo necesarios.
1. Ley 39/2006 de 14 de Diciembre de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia
LEY DE DEPENDENCIA
2. Es la situación permanente en la que se encuentran las
personas que precisan ayudas importantes para realizar
actividades básicas de la vida diaria:
• Orientarse
• Cuidado personal
• Actividades domésticas básicas • Entender
• Movilidad esencial • Realizar tareas sencillas
• Reconocer personas y objetos • Etc.
3. Es la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia
iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de
acuerdo con las normas y preferencias propias así como
de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
4. Requisitos:
• Ser español
• Residir en territorio nacional
• Ser declarado “dependiente” por el órgano evaluador
de la Comunidad Autónoma correspondiente
5. • Servicios prestados a través de la Red de Servicios
Sociales de las Comunidades Autónomas
• Prestación económica para sufragar el servicio de
no ser posible por la Red de Servicios Sociales
• Excepcionalmente, una prestación económica para
ser atendido por cuidadores no profesionales, (Ej.
Familiares)
6. • Servicios de Prevención de dependencia
• Servicio de Teleasistencia
• Servicio de Ayuda a Domicilio
• Servicio de Centro de Día y Noche
• Servicio de Atención Residencial
7. El órgano encargado de la CCAA emitirá un
dictamen sobre el grado y nivel de dependencia
especificando los cuidados que pueda requerir
teniendo en cuenta los informes de salud y el
entorno en el que viva.
8. Baremo Nivel Ayuda
Grado Tipo Apoyo
Diaria
1 2
Dependencia Intermitente o
I 25-39 40-49 1 vez
moderada limitado
Dependencia 2ó3
II 50-64 65-74 Extenso
severa veces
Indispensable y
III 75-89 90-100 Gran dependencia Varias
continuo
9. Es el Sistema constituido para coordinar a todas las
Administraciones Públicas intervinientes y para
optimizar los recursos disponibles para la atención de
las personas dependientes.
http://www.saad.mtas.es
10. • Rellenar el formulario. Aportar
• Informe de salud
• Fotocopia DNI compulsada
• Copia última declaración de la renta
• Entregarlo en:
• Cualquier Registro Oficial (mediante Ventanilla Única)
• Correos:
• Comunidad de Madrid
Dirección General de Coordinación de la Dependencia
Espartinas, 10 3ª Planta
28001 Madrid
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