La Ley de Dependencia de 2006 tiene como objetivos atender a personas en situación de dependencia y promover su autonomía personal. Define la dependencia como necesitar ayuda importante para realizar actividades básicas de la vida diaria. Establece servicios y prestaciones económicas para dependientes que incluyen teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y residencias. Sin embargo, tras dos años de vigencia, su implantación solo alcanzaba el 61% y casi 280.000 casos aún no habían sido atendidos.
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LEY DE DEPENDENCIA
1. LEY DE DEPENDENCIA
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal
y atención a las personas en
situación de dependencia.
Jefatura del Estado (BOE número
299 de 15/12/2006
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2. MOTIVACION
Atender a las personas en situación de
dependencia y promover su autonomía
personal.
Atender las necesidades de personas
especialmente vulnerables, que
requieren apoyos para tareas de su
vida diaria.
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3. ¿Qué es Dependencia?
Dependencia, según la Ley 39/2006
de 14 de diciembre, es la situación
permanente en la que se encuentran
las personas que precisan ayudas
importantes de otra u otras personas
para realizar actividades básicas de
la vida diaria.
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4. ¿Qué es autonomía personal?
Autonomía personal es la capacidad
de controlar, afrontar y tomar por
iniciativa propia, decisiones
personales acerca de cómo vivir, de
acuerdo con normas y preferencias
propias, y desarrollar actividades
básicas; cuidado personal,
actividades domésticas, movilidad
esencial.....
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5. ¿Dependencia o discapacidad?
No es lo mismo dependencia que
discapacidad.
Dependencia significa que una persona
necesita ayuda de otra para realizar
tareas básicas de su vida diaria:
lavarse, comer, vestirse, etc. Esta
pérdida de autonomía puede deberse a
una enfermedad o a una discapacidad.
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6. BENEFICIARIOS
Para poder ser considerado beneficiario
de los derechos que otorga la ley, será
necesario:
Ser español.
Residir en territorio nacional.
Ser declarado “dependiente” por el
órgano evaluador de la CA
correspondiente.
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7. SERVICIOS DISPONIBLES
Entre otros, están incluidos los siguientes:
Servicios de prevención de las
situaciones de dependencia.
Servicio de Teleasistencia
Servicio de ayuda a domicilio
Servicio de centro de día y noche
Servicio de atención residencial
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8. PRESTACIONES
ECONOMICAS EXISTENTES
La prestación económica para cuidados
en el entorno familiar y apoyo a los
cuidadores no profesionales.
La vinculada al servicio, que se otorgará
cuando no pueda accederse a un
servicio público o concertado de
atención y cuidado.
Y la de asistencia personal, para la
contratación de una asistencia personal.
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9. CALENDARIO DE
IMPLANTACION
Se establecen las siguientes fechas según nivel:
o 2007, personas valoradas con Grado III niveles 2 y 1
o 2008-2009, personas valoradas con Grado II, nivel 2.
o 2009-2010, personas valoradas con Grado II nivel 1.
o 2011-2012, personas valoradas con un Grado I nivel 2.
o 2013-2014, personas valoradas con un Grado I nivel 1.
(Gran dependencia, severa y moderada, respectivamente)
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10. REALIDAD DE LA SITUACION
“Tras dos años de vigencia de la Ley de
Autonomía Personal y Dependencia, la
implantación se encuentra en el 61% a
principios de enero 2009”. Casi 280.000
casos aún no han sido atendidos.
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