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Ángel Ossorio y Gallardo
1919
 (Madrid, 20 de junio de 1873 – Buenos
Aires, 19 de mayo de 1946) .
 Don Ángel Ossorio y Gallardo, eminente jurista
español, publicó en junio de 1919 a la edad de
46 años, un libro que se volvería un clásico en
la deontología jurídica, el alma de la toga.
 Hace constante referencia en cuanto a
diferenciación refiere entre el término:
 ABOGADO
El abogado corresponde exclusivamente a esta
denominación.
 LICENCIADO EN DERECHO
El licenciado en Derecho que ejerce
profesionalmente la dirección y defensa de las
partes asesoramiento y consejo jurídico.
 Es la persona legalmente autorizada para que
en un juicio pueda presentarse por palabras
o por escritos los derechos que desea
defender en su caso o bien los que el cliente
desea que se le defiendan.
 El abogado es, el que ejerce
permanentemente la Abogacía. Los demás
serán solamente licenciados en
derecho, pero nada más.
 Abogado es aquel que se apasione por su
arte, el que busca no llevara su cliente a lo
que este le pida, si no a la emanación pura
de la justicia.
 El autor define al Abogado no como un
Licenciado el Derecho estudiado en una
Universidad si no como la persona que dedica
su vida para abogar por otra persona, dando
consultas y ejerciendo la profesión de
manera continua e ininterrumpida, este autor
nos dice que el abogado debe tener una
fuerza interna superior, y debe creer primero
en si mismo aconsejando que si no se cree en
esa fuerza es mejor que abandone la
profesión.
 La moral del abogado debe marchar según su
conciencia, tratando de dejar esta tan limpia como
sea posible; la rectitud de la conciencia es más
importante que el ingenio del abogado y que este
no debe aceptar asuntos que para su conciencia
sean inmorales o perturbadores.
 QUIEN ES ABOGADO?
“YA QUE NO SIRVES PARA NADA ÚTIL, ESTUDIA PARA
ABOGADO”.
Aunque la frase sea preyorativa, realmente hoy en
día hay muchos que se dicen ser “licenciados y/o
abogados”, sin ejercer la profesión con dignidad ni
respeto.
 Menciona indubitablemente como es precisa
esa fuerza interior que distingue a la
abogacía de otras profesiones, ya que en el
campo de guerra el abogado se haya en una
especie de confinamiento en solitario
publico, cuando si bien no se haya privado de
la libertad, se encuentra solo a la condición
de la confianza, esto mencionado como que
lo único meramente formal con lo que
contamos los abogados, es eso, nosotros
mismos como abogados.
 Su afirmación es que: en el hombre cualquiera
que sea su oficio, debe creer principalmente en
sí. La fuerza que en sí mismo no halle no la
encontrará en ninguna otra parte.

 Debemos aprender a confiar en nosotros
mismos, en vivir nuestra vida sin tener como
condicionales las opiniones de los demás
colegas, que si bien son validas, muchas veces
y que por la práctica moralista de cada caso
en cuestión, podría no ser la más correcta o la
indicada.
No es
soberbia.
Es seguir
los dictados
que uno
mismo se
imponga …
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desatender
lo demás.
 Actuar de buena fe
 No ser irascible
 El antídoto para librarse de la ira es el
desdén.
 Contra el verdadero abogado hay envidia
implacable.
 Si no tiene cuidado terminara siendo
envidioso, egoísta
 Si logra sortear situaciones logrará ser
iluminado por los altos ideales.
o Prudencia: actuar con
precaución.
o Justicia: dar a cada
uno lo que
corresponde.
•Fortaleza: fuerza de ánimo
frente a las adversidades.
•Templanza: capacidad de
controlar y canalizar
correctamente nuestras
tendencias.
VIRTUD: Cualidad
personal que se
considera buena y
correcta
 Ser abogado no es saber el Derecho sino conocer
la vida.
 El derecho positivo está en los libros, pero lo
que la vida reclama no está escrito en ninguna
parte.
 Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de
miras y de sentimientos para advertirlo, será
Abogado;
 quien no tenga más inspiración ni más guía que
las leyes, será un desventurado mandadero.
La justicia no es fruto del estudio, sino de una
sensación.
 Ángel cita al ilustre novelista Henry
Bordeaux. Henry refiere que cuando visito
al escritor Daudet y le manifestó que era
estudiante de Derecho, éste le dijo:
 “ las leyes, los códigos no deben ofrecer
ningún interés. Se aprende a leer con
imágenes y se aprende la vida con hechos.
Procure ver y observar. Estudie la
importancia de los intereses en la vida
humana.
 “la sensación dela justicia”
 es que procuremos no actuar tan apegados a
las leyes, que usemos lo que nosotros
tenemos conceptualizado como bueno,
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  • 1.
  • 2. Ángel Ossorio y Gallardo 1919
  • 3.  (Madrid, 20 de junio de 1873 – Buenos Aires, 19 de mayo de 1946) .  Don Ángel Ossorio y Gallardo, eminente jurista español, publicó en junio de 1919 a la edad de 46 años, un libro que se volvería un clásico en la deontología jurídica, el alma de la toga.
  • 4.  Hace constante referencia en cuanto a diferenciación refiere entre el término:  ABOGADO El abogado corresponde exclusivamente a esta denominación.  LICENCIADO EN DERECHO El licenciado en Derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes asesoramiento y consejo jurídico.
  • 5.  Es la persona legalmente autorizada para que en un juicio pueda presentarse por palabras o por escritos los derechos que desea defender en su caso o bien los que el cliente desea que se le defiendan.
  • 6.  El abogado es, el que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más.  Abogado es aquel que se apasione por su arte, el que busca no llevara su cliente a lo que este le pida, si no a la emanación pura de la justicia.
  • 7.  El autor define al Abogado no como un Licenciado el Derecho estudiado en una Universidad si no como la persona que dedica su vida para abogar por otra persona, dando consultas y ejerciendo la profesión de manera continua e ininterrumpida, este autor nos dice que el abogado debe tener una fuerza interna superior, y debe creer primero en si mismo aconsejando que si no se cree en esa fuerza es mejor que abandone la profesión.
  • 8.
  • 9.
  • 10.  La moral del abogado debe marchar según su conciencia, tratando de dejar esta tan limpia como sea posible; la rectitud de la conciencia es más importante que el ingenio del abogado y que este no debe aceptar asuntos que para su conciencia sean inmorales o perturbadores.  QUIEN ES ABOGADO? “YA QUE NO SIRVES PARA NADA ÚTIL, ESTUDIA PARA ABOGADO”. Aunque la frase sea preyorativa, realmente hoy en día hay muchos que se dicen ser “licenciados y/o abogados”, sin ejercer la profesión con dignidad ni respeto.
  • 11.  Menciona indubitablemente como es precisa esa fuerza interior que distingue a la abogacía de otras profesiones, ya que en el campo de guerra el abogado se haya en una especie de confinamiento en solitario publico, cuando si bien no se haya privado de la libertad, se encuentra solo a la condición de la confianza, esto mencionado como que lo único meramente formal con lo que contamos los abogados, es eso, nosotros mismos como abogados.
  • 12.  Su afirmación es que: en el hombre cualquiera que sea su oficio, debe creer principalmente en sí. La fuerza que en sí mismo no halle no la encontrará en ninguna otra parte. 
  • 13.  Debemos aprender a confiar en nosotros mismos, en vivir nuestra vida sin tener como condicionales las opiniones de los demás colegas, que si bien son validas, muchas veces y que por la práctica moralista de cada caso en cuestión, podría no ser la más correcta o la indicada.
  • 14.
  • 15. No es soberbia. Es seguir los dictados que uno mismo se imponga … y desatender lo demás.
  • 16.  Actuar de buena fe  No ser irascible  El antídoto para librarse de la ira es el desdén.  Contra el verdadero abogado hay envidia implacable.  Si no tiene cuidado terminara siendo envidioso, egoísta  Si logra sortear situaciones logrará ser iluminado por los altos ideales.
  • 17. o Prudencia: actuar con precaución. o Justicia: dar a cada uno lo que corresponde. •Fortaleza: fuerza de ánimo frente a las adversidades. •Templanza: capacidad de controlar y canalizar correctamente nuestras tendencias. VIRTUD: Cualidad personal que se considera buena y correcta
  • 18.  Ser abogado no es saber el Derecho sino conocer la vida.  El derecho positivo está en los libros, pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte.  Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado;  quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado mandadero. La justicia no es fruto del estudio, sino de una sensación.
  • 19.  Ángel cita al ilustre novelista Henry Bordeaux. Henry refiere que cuando visito al escritor Daudet y le manifestó que era estudiante de Derecho, éste le dijo:  “ las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprende a leer con imágenes y se aprende la vida con hechos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los intereses en la vida humana.
  • 20.  “la sensación dela justicia”  es que procuremos no actuar tan apegados a las leyes, que usemos lo que nosotros tenemos conceptualizado como bueno, equitativo, prudente, cordial y sobre todo justo.